LEY Nº SEGURO SOCIAL CONTRA RIESGOS DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES Fiscalía IST

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“Exposición a riesgos químicos/biológicos en el trabajo: asistencia médica a un afectado”

LEY Nº 16.744 SEGURO SOCIAL CONTRA RIESGOS DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES Fiscalía IST - 2008

DE CARÁCTER OBLIGATORIO SEGURO SOCIAL DE CARÁCTER OBLIGATORIO REGULADO POR LEY 16.744 CUBRE A TRABAJADORES DEPENDIENTES E INDEPENDIENTES, PUBLICOS O PRIVADOS ES FINANCIADO POR EL EMPLEADOR OTORGA PRESTACIONES PREVENTIVAS, MÉDICAS Y PECUNIARIAS

RIESGO Se define como la combinación de la probabilidad de que se produzca un evento y sus consecuencias negativas. En esta posible combinación se reconocen la amenaza y la vulnerabilidad. Estresor es un fenómeno, sustancia, actividad humana o condición insegura, que puede ocasionar lesiones, muerte u otros impactos a la salud de los trabajadores, daños a la propiedad o daños ambientales. La amenaza se valorará en función de la intensidad y la frecuencia. Vulnerabilidad son las características y las circunstancias de una persona, comunidad o un sistema, que los hacen más o menos susceptibles a los efectos de un estresor. Con los factores mencionados se compone el riesgo específico. RIESGO = ESTRESOR - VULNERABILIDAD

VULNERABILIDAD Exposición (circunstancia) es la condición de desventaja debido a la ubicación, posición o localización de un sujeto, objeto o sistema expuesto al riesgo. Susceptibilidad (características) es el grado de fragilidad interna de un sujeto, objeto o sistema para enfrentar una amenaza y recibir un posible impacto debido a la ocurrencia de un evento adverso. VULNERABILIDAD = EXPOSICIÓN-SUSCEPTIBILIDAD

Riesgo biológico, es la posibilidad de contagio, por tener «contacto» con materiales biológicos que son potencialmente peligrosos. Riesgo químico, es la posibilidad de lesión, por tener «contacto» con materiales químicos que son potencialmente peligrosos.

¿Qué hacer? Identificar agente(s) y factores de riesgo Considerar que podemos «contactarnos» con el agente por: -Contacto -Aerosol -Ingesta -Inoculación ¿Cuál es el riesgo específico que podría provocar el agente? Posibles consecuencias

FACTORES DE RIESGO Concentraciones ambientales. Tiempos de exposición: tipo de exposición (aguda, crónica), tiempo diario de exposición. Cantidad y situación de los focos de emisión. Separación del trabajador de los focos de emisión. Tasa de generación de gases, vapores o aerosoles. Aislamiento del agente. Sistemas de ventilación general y local insuficientes. Procedimiento de trabajo inadecuado. Trabajadores especialmente sensibles Exposición simultánea a varios agentes.

COMO NOS ORIENTAMOS Legislación Vigente Normas Ministeriales Casos Índices «Preocupación» Ficha técnica del o los productos Bibliografía relacionada

LEY 16.744 D.S. 101 de 1968 Reglamento para la Aplicación de la Ley D.S. 109 de 1968 Reglamento para calificación y evaluación de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales D.S. 40 de 1969 Reglamento sobre prevención de riesgos de enfermedades profesionales D.S. 54 de 1969 Reglamento Comités Paritarios de Higiene y Seguridad D.S. 594 de 1999 Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo D.S. 67 de 1999 Reglamento sobre exenciones, rebaja y recargos de la cotización adicional diferenciada Fiscalía IST - 2008

DS 109 Art. 18°

DS 109 Art. 18°

ESTAMOS EXPUESTOS A DAÑO LABORAL

VIGILANCIA

ELEMENTOS DE PROTECCIÓN

Obligaciones Mutuales El D.S. N°109/68 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social: Artículo 29 : Señala que el Ministerio de Salud, con el propósito de facilitar y uniformar las actuaciones preventivas que procedan, impartirá las normas mínimas a cumplir por los organismos administradores, con el objetivo que sirvan para el desarrollo de Programas de Vigilancia Epidemiológica. D.S. N° 73/2005 Artículo 72, letra g) : “el organismo administrador deberá incorporar a la entidad empleadora a sus programas de vigilancia epidemiológica, al momento de establecer en ella la presencia de factores de riesgo que así lo ameriten o de diagnosticar en los trabajadores alguna enfermedad profesional.”

FUNCIONES DEL COMITÉ PARITARIO Cumplir funciones o misiones que haya encomendado la Mutual de Seguridad. Asesorar e instruir a los trabajadores en la correcta utilización de los instrumentos de protección personal. Vigilar cumplimiento tanto por parte de la Empresa como de los Trabajadores, de las medidas de prevención, higiene y seguridad. Decidir si el accidente o enfermedad profesional se debió a una negligencia inexcusable del trabajador. Identificar e investigar causas de accidentes y enfermedades profesionales. Indicar la adopción de todas las medidas de higiene y seguridad que sirvan para la prevención de Riesgos Laborales. Promover la realización de cursos de capacitación para los trabajadores.

PROBLEMAS EN LOS CPHS (MINSAL) Se reúnen y no confeccionan acta. No hay responsables de las actividades. No se definen plazos y las actividades quedan al aire. No se comprueba la ejecución de tareas al no tener responsables ni plazos definidos, por lo que las actividades comprometidas se arrastran mes a mes. Existe desconocimiento por parte de los trabajadores de la existencia del comité paritario y/o de sus funciones como tal. Se sesiona con solamente trabajadores representantes de la empresa o representantes de los trabajadores.

Actividad Mutual Preventiva Identificar la presencia y nivel de exposición a riesgos al interior de una organización. Medir la existencia y magnitud de factores relacionados con el riesgo. Identificar ocupaciones, con mayor grado de exposición a factores de riesgo. Vigilar la incidencia y tendencia de dichos factores en los trabajadores(as). Generar recomendaciones para disminuir la incidencia y prevalencia del posible daño a la salud.

Herramientas Relacionadas Exámenes pre ocupacionales Mediciones ambientales Exámenes Ocupacionales Capacitaciones teórico-prácticas Desarrollar Campañas Comunicacionales Intervención ingenieril y administrativa, sugiriendo mejoras al lugar de trabajo y horarios de trabajo

VIGILANCIA DE SALUD

VIGILANCIA AMBIENTAL

EJEMPLOS DE VIGILANCIA

Prestaciones medicas ATENCIÓN MÉDICA, QUIRÚRGICA Y DENTAL HOSPITALIZACIÓN MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS FARMACÉUTICOS PRÓTESIS Y APARATOS ORTOPÉDICOS Y SU REPARACIÓN REHABILITACIÓN FÍSICA Y REEDUCACIÓN PROFESIONAL LOS GASTOS DE TRASLADO Y CUALQUIER OTRO QUE SEA NECESARIO PARA EL OTORGAMIENTO DE ESTAS PRESTACIONES

Prestaciones Pecuniarias PAGO DE SUBSIDIOS PAGO DE INVALIDECES PAGO DE CAPACITACIONES EN CASO DE QUE EL TRABAJADOR QUEDE INCAPACITADO PARA SU TRABAJO HABITUAL APOYO EN LA ADAPTACIÓN DEL LUGAR HABITACIÓN EN CASO QUE EL PACIENTE LO REQUIERA

¿PREGUNTAS? Dr. Jorge Díaz-Pinto Chávez