¿Qué es la caja PREVER? Es una Institución Previsional creada por Decreto Ley Nº 1030/62 en 1962. En la CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA, segundo párrafo.

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Transcripción de la presentación:

¿Qué es la caja PREVER? Es una Institución Previsional creada por Decreto Ley Nº 1030/62 en En la CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA, segundo párrafo de su artículo 125, se proclama “… Las provincias y la ciudad de Buenos Aires pueden conservar organismos de seguridad social para los empleados públicos y los profesionales; y promover el progreso económico, el desarrollo humano, la generación de empleo, la educación, la ciencia, el conocimiento y la cultura.” En el ámbito Provincial el tercer párrafo del artículo 77 de la CONSTITUCION DE ENTRE RIOS establece “… La Provincia reconoce la existencia de las entidades de previsión y seguridad social para profesionales, bajo los principios de solidaridad, proporcionalidad y obligatoriedad de afiliación y aporte. Asegura su autonomía económica y financiera, la dirección y administración de las mismas por representantes de sus afiliados y la intangibilidad frente al Estado, de los recursos que conforman su patrimonio.” La Caja PREVER se encuadra en el Sistema Previsional Argentino de la siguiente manera: SISTEMA PREVISIONAL ARGENTINO A.N.S.E.SA.F.J.P.CAJAS MUNICIPALES CAJAS PROVINCIALES Derogada por Ley Para Empleados Públicos Para Profesionales (Caja PREVER) 2

A tener en cuenta: Como primer paso, al momento de iniciar actividades los profesionales deben realizar la inscripción fiscal (en AFIP), siendo el caso más frecuente el alta en el Régimen Simplificado (MONOTRIBUTO). El Monotributo consiste en concentrar en un único tributo el ingreso de un importe fijo, el cual está formado por un componente previsional (Seguridad Social) y otro impositivo.componente previsionalimpositivo Es sumamente importante remarcar que los profesionales universitarios que por esa actividad se encontraren obligatoriamente afiliados a uno o más regímenes provinciales para profesionales, de acuerdo con lo normado por el apartado 4, del inciso b) del artículo 3º de la ley y sus modificaciones; están eximidos de realizar el pago del componente previsional (es decir, solamente corresponde abonar el componente impositivo). Al momento de realizar el alta en el régimen simplificado, se debe tildar la opción “No aportante a este Régimen (Profesional con Aporte a Cajas Provinciales/locales)” por estar los profesionales de la Ingeniería de Entre Ríos obligatoriamente afiliados a esta Caja (Decreto Ley 1030/62). Para el caso de que el afiliado de igual manera optara por abonar el Componente Previsional del Régimen simplificado, este tendrá el carácter de voluntario y bajo ningún punto de vista lo eximirá de realizar los aportes obligatorios establecidos en el Decreto Ley 1030/62. Por dudas respecto a la Inscripción fiscal / Monotributo consulte a su Contador. 3

¿Quiénes son sus Afiliados? Agrupa obligatoriamente a todos aquellos profesionales matriculados en los Colegios de: ¿Qué obligación me genera la afiliación? 1º. Régimen Previsional: el afiliado deberá realizar aportes jubilatorios por cada trabajo profesional que realice, debiendo cumplimentar obligatoriamente un aporte mínimo anual de acuerdo a su escala ( Res. 712/89). 2º. Sistema Subsidio Mutual y al Fondo de trasplante: por única vez en el primer Resumen de Cuentas deberá abonar el Fondo de Reserva de $ 80,00 y un Arancel de Inscripción que depende de: Menos de un año de recibido$14.00 Mas de un año de recibido$42.00 Domicilio fuera de la Provincia de Entre Ríos$

REGIMEN PREVISIONAL Los afiliados deben aportar el 10% del importe de sus honorarios y de toda remuneración de origen profesional que perciban (art. 24 Decreto Ley Nº 1030/62). Este aporte jubilatorio debe ser ingresado en un plazo de 30 días desde la fecha de la tarea profesional realizada. Los depósitos por aportes jubilatorios son traducidos a Unidad Modulo Jubilatorio (UMJ) y acumulados en el transcurso del año calendario. Al final de cada año calendario puede ocurrir que las UMJ acumuladas sean:  iguales o superiores al Aporte Mínimo Anual Obligatorio: en este caso el año se computa para el cálculo del futuro beneficio jubilatorio.  inferiores al Aporte Mínimo Anual Obligatorio: en este caso el afiliado deberá abonar la diferencia en pesos, traducidos en UMJ. hasta cubrir el mínimo anual correspondiente. Tiene tiempo de abonarlo hasta el último día hábil de enero del año siguiente. ¿Qué es la UMJ? Es la unidad de medida exclusiva de la Caja Prever para el cálculo del aporte previsional. El valor de la UMJ lo establece el Directorio de la Caja Prever. Actualmente una UMJ = $ (valor vigente a partir del 01/09/15) ¿Cómo hago los Aportes? El depósito de los aportes jubilatorios se realiza de la siguiente manera: el afiliado debe generar e imprimir una “Boleta de Aporte”, utilizando el Sistema de Autogestión, dentro de los 30 días desde la fecha de la tarea profesional realizada. Esta boleta se abona en el Nuevo BERSA, Entre Ríos Servicios y Agencias Multipagos. Transcurridos los 30 días de la fecha de la tarea profesional el aporte se considera omitido. En este caso se deberán ingresar las UMJ. correspondientes más intereses, a valor vigente de la UMJ, al momento del depósito. Desde la página web el afiliado puede ingresar al Sistema de Autogestión, con su nombre de usuario y contraseña (en caso de no poseerla comuníquese telefónicamente o por para adquirirla). Sistema Autogestión: el afiliado necesita un nombre de usuario y contraseña. Solicítelo al Int. 19 por mail: 5

DISEÑADO POR PERSONAL ADMINISTRATIVO CAJA PREVER 6 Página de Autogestión Autogestión: Le permite ingresar a sus registros personales dentro de Caja Prever. También puede: Imprimir el Resumen Mensual Cargar sus boletas de aportes Cargar las Declaraciones Juradas por exención de aportes jubilatorios, aquellos que trabajan en relación de dependencia. Reservas de Turismo: Complejo Colón y/o Complejo Santa Ana Entre otros. Si aún no posee nombre de usuario y clave para ingresar a Autogestión, debe solicitarla al tel – int. 19 o vía a

Aporte Mínimo Anual Obligatorio Es la cantidad mínima de UMJ. que el afiliado debe ingresar en el transcurso del año calendario a efectos de que ese año sea computado para el cálculo del beneficio del régimen previsional. El Aporte Mínimo Anual Obligatorio está fijado por categorías de la siguiente manera (art. 2 Res. 712/89): Afiliados con Menos de 5 años de graduado 37 UMJ Afiliados con Entre 5 y 8 años de graduado48 UMJ Afiliados con Más de 8 de graduado 68 UMJ Si al final del año calendario las UMJ acumuladas son inferiores al Aporte Mínimo Anual Obligatorio, la Caja enviará en el mes de enero del año siguiente una boleta especial a efectos de que pueda abonar la diferencia. Los aportes excedentes se computan a partir de las 68 UMJ. ¿Quiénes quedan exentos? Pueden eximirse del aporte mínimo anual aquellos profesionales que en razón de su desempeño en relación de dependencia, pública o privada, están incluidos en otro sistema previsional y además no hubieren realizado actos profesionales durante el período anual (art 2 Res. 1919/07). También pueden eximirse aquellos noveles profesionales que se matriculen por primera vez a la Caja con posterioridad al 01 de Julio. Esta exención únicamente es aplicable el primer año de inscripción y bajo la condición de que el profesional no haya realizado en todo el año actos profesionales (art. 2 Res. 2083/11). Las solicitudes de exención se pueden realizar, hasta el día 28 de Febrero del año inmediato posterior al año respecto del cual se solicita la misma. A través del sistema de autogestión (con su Usuario y Clave), completando los campos requeridos por este último. Beneficios Régimen Previsional La jubilación ordinaria mínima es de 20 UMJ. Requisitos: Edad: 60 años - Aportes: 25 Años Ante el exceso de edad o aportes, se pueden compensar cualquiera de los faltantes en la proporción de 2 de excedente por 1 de faltante. La jubilación solicitada por encima de la edad exigida, mejoran el futuro haber jubilatorio así como también aportar sobre el mínimo. Se considera novel profesional a aquellos profesionales matriculados por primera vez antes de cumplir los cinco años de graduado. Deposito Fuera de Término: el sistema autogestión realiza el cálculo en forma automática, tratándose de tareas profesionales realizadas dentro del año corriente. Caso contrario deben presentar la documentación para liquidarse los aportes. 7

Control Previsional La Caja dispone de un procedimiento administrativo para llevar a cabo el control previsional y demás obligaciones que poseen los afiliados. Dicho control se realiza con la información de las tareas profesionales que son suministradas por los Organismos Provinciales y los Colegios Profesionales, Dirección de Arquitectura, IAPV, Secretaría de Energía, Dirección de Hidráulica y otros. El procedimiento de contacto con los afiliados para la comunicación de las deudas puede resumirse en los siguientes pasos:  Remisión vía correo electrónico al afiliado del estado de deuda con la Caja, solicitando se comunique con la misma para regularizarla.  Con posterioridad al mail se envía una nota por correo postal otorgándole un plazo de 20 días para cancelar la deuda, o firmar un convenio de pago.  Adicionalmente, antes de vencido el plazo indicado en el punto anterior la Caja se pondrá en contacto telefónicamente para informar verbalmente la situación y recordar que para el caso de que no se regularice la situación, se procederá a la emisión de Título de Apremio para el reclamo vía judicial, con los gastos extras que esto conlleva para el afiliado. Con esta metodología la Caja busca evitar que sus afiliados tengan mayores gastos, como lo serían lo de asesoría legal, honorarios abogados, etc., y así regularizar su situación. 8

SISTEMA SUBSIDIO MUTUAL Es un sistema solidario que brinda ayuda económica al afiliado ante determinadas contingencias que se le puedan presentar, ya que son propias de la vida misma de cada persona.  La alícuota mensual del subsidio mutual está fijada en $53.-  El aporte mensual correspondiente al Fondo Solidario de Trasplante es de: $38,00. el primer año de afiliación. Reduciéndose a $20,00. a partir del segundo año.  Para afiliados con domicilio real fuera de la Provincia de Entre Ríos estos conceptos se liquidan en forma anual. ¿Qué beneficios otorga? La normativa vigente contempla los siguientes beneficios cuyos montos máximos son los que se detallan a continuación (vigentes desde agosto 2015): Sistema Solidario que brinda una ayuda económica al afiliado. Por nacimiento o adopción, afiliadas mujeres$ Por nacimiento o adopción, afiliados varones$ Por matrimonio$ Por jubilación en esta Caja$ Por jubilación en otra Caja$ Por incapacidad total absoluta y transitoria, de 60 días hasta 1 añoHasta 90 UMJ mensuales Por incapacidad total absoluta y permanente del afiliado en actividad. Perdida de miembros $ Por muerte del afiliado en actividad$ Contribución gastos de sepelios$ Contribución para Gastos por tratamiento de Fertilización Asistida. Baja Complejidad $ Contribución para Gastos por tratamiento de Fertilización Asistida. Alta Complejidad $ Formularios de Solicitud de Subsidios, disponibles en: Teléfono: Int. 17

10 Todo afiliado tendrá derecho a percibir el beneficio que correspondiere en directa proporción a su FACTOR DE CUMPLIMIENTO (Factor K) en el Sistema. El Factor K se conforma de: Período Real (PR) K = Período Teórico (PT)  Periodo real de cumplimiento en el sistema: se corresponde con la cantidad de alícuotas mensuales efectivamente canceladas por el afiliado.  Periodo teórico posible de participación en el sistema: se corresponde con el período teórico en el cual el profesional debió estar afiliado a la Caja desde la obtención del título y/o certificado habilitante. Si el profesional no comenzara a ejercer inmediatamente, el Período Teórico se contará a partir del sexto (6) mes de obtenido el título habilitante, tomándose este lapso de tiempo como período de gracia. Se exceptúa a Maestros Mayores de Obras y Técnicos quienes tendrán un período de gracia de veinticuatro (24) meses, a partir de la fecha de recibidos. Para obtener el beneficio, el afiliado deberá cumplimentar las siguientes condiciones: 1°. Poseer matrícula habilitada 2°. Haber cumplido con el periodo de carencia por 12 meses consecutivos 3°. No poseer deuda con la Caja por ningún concepto

¿Qué es el Fondo de Trasplante? El fondo de trasplante otorga prestaciones en calidad de subsidios para reintegro, como en el caso de: gastos por servicios de salud de alta complejidad y prácticas quirúrgicas de ablación e implantes. Esta cobertura comprende entre otros trasplantes de corazón, riñón, hígado, cornea, etc. ¿Qué beneficios otorga? El fondo de trasplante otorga prestaciones en calidad de subsidios para reintegro de  gastos por servicios de salud de alta complejidad y  prácticas quirúrgicas de ablación e implante. ¿Cómo se Paga? Estos conceptos se incluyen en el Resumen de Cuentas: instrumento creado por Res. 845/91 por el cual la Caja liquida todas las Obligaciones dinerarias de sus afiliados. El mismo, es remitido vía correo postal todos los meses al domicilio legal declarado por el afiliado, o también puede ser descargado a través del sistema de autogestión. Los medios para abonar este Resumen de Cuentas son:  Por ventanilla en cualquier sucursal del Nuevo BERSA y Entre Ríos Servicios  Bocas de cobros de Multipago  Vía electrónica a través de la Red de Pagos LINK Esta cobertura comprende entre otros trasplantes de corazón, riñón, hígado, cornea, etc. 11

DISEÑADO POR PERSONAL ADMINISTRATIVO CAJA PREVER SUBSIDIOS REINTEGRABLES Las condiciones indispensables para ser beneficiario son las siguientes: Ser afiliado a la Caja Tener una antigüedad en el ejercicio continuado de la profesión en la provincia no menor de un año calendario (o lo que para cada tipo de subsidio reintegrable se requiera) Haber mantenido ininterrumpidamente su afiliación a la Caja por el período inmediato anterior al de la solicitud del Subsidio Reintegrable (o lo que para cada tipo de subsidio reintegrable se requiera) Obligarse a mantener su afiliación en la Caja y su matrícula habilitada en el Colegio respectivo hasta la finalización del Subsidio Reintegrable No ser beneficiario de otro Subsidios Reintegrable No poseer deuda por ningún concepto, como así tampoco financiación de deudas con la Caja Ingresos del solicitante Los ingresos por servicios profesionales, se estiman en función a las constancias de aportes jubilatorios obrantes en la Caja. Los ingresos adicionales a los de la actividad profesional deben acreditarse fehacientemente presentando: -Relación de dependencia: Certificado de empleo y fotocopias de los tres (3) últimos recibos de haberes. -Provenientes de Actividades Comerciales u otras: Fotocopia declaración jurada del Impuesto a las Ganancias del último período fiscal vencido; Monotributistas, fotocopia de los últimos tres comprobantes de pago; tres últimos comprobantes declaración jurada del Impuesto sobre los Ingresos Brutos. En ningún caso la cuota podrá superar el 30% de los ingresos del profesional, ni ser menor a pesos Cien ($100). La solicitud de los subsidios reintegrables se realiza por nota dirigida al presidente de la Caja (se sugiere indicar un celular y casilla de correo en la misma). Los subsidios reintegrables se instrumentan mediante convenios de pago, en todos los casos, las firmas de los mismos deberán ser certificadas por escribano público. 12

DISEÑADO POR PERSONAL ADMINISTRATIVO CAJA PREVER 13 Subsidio ReintegrableFAMILIARAUTOMOTOR Tope Máximo$ $ Destino Libre Adquisición de vehículo para la actividad profesional o uso particular. Hasta un 80% del valor del vehículo. Antigüedad requerida - Cinco años de afiliación - Últimos cinco años de aporte mínimo completos. - Cinco años de afiliación - Últimos cinco años de aporte mínimo completos. Garantías - Hasta $ a sola firma -Por encima de $ dos afiliados solidarios. - Hasta $ a sola firma - Por encima de $ y hasta $ dos afiliados solidarios. -Superando $ prenda sobre el vehículo a adquirir. Consultar a

DISEÑADO POR PERSONAL ADMINISTRATIVO CAJA PREVER 14 Subsidio Reintegrable FAMILIARAUTOMOTOR Tope Máximo$ $ Destino Libre Adquisición de vehículo para la actividad profesional o uso particular. Hasta un 80% del valor del vehículo. Antigüedad requerida Un añoTres años de afiliación Garantías A sola firmaPrenda sobre el vehículo a adquirir. Consultar a

DISEÑADO POR PERSONAL ADMINISTRATIVO CAJA PREVER 15 Subsidios Reintegrables con GARANTIA HIPOTECARIA Requisitos: Tener antigüedad en el ejercicio de la profesión en la Provincia de Entre Ríos. No menor a 5 años. Acreditar aportes jubilatorios mínimos durante los últimos 5 años anteriores; excepto noveles profesionales a los cuales sólo se les exige 2 años. Acreditar un coeficiente de permanencia en Caja no menos a 0,40. No encontrarse bajo sumario. No tener obligaciones con la Caja con plazos vencidos. Residir efectivamente en la Provincia de Entre Ríos. Obligarse a mantener su afiliación en la Caja y su matrícula habilitada en el Colegio respectivo hasta la finalización del Subsidio. Obligarse a cumplimentar los aportes mínimos exigidos por la Caja hasta la finalización del subsidio reintegrable. Características: Destino: Para construcción, refacción, ampliación, terminación o compra de vivienda y/o oficina, o compra de terreno exclusivamente destinado para la construcción de vivienda propia y/o estudio profesional. Monto máximo a otorgar: $ Plazo máximo: 180 cuotas (15 años) Tasa: 23,38 % variable ajustable en forma cuatrimestral (B.C.R.A. para operaciones de plazo fijo a 60 días o más). El monto a otorgar no puede ser superior al 75% de la valuación del inmueble a hipotecar. Amortización calculada por el Sistema Tradicional Francés. Gastos Administrativos: $ 200,00 (por única vez). Gastos de Tasación: $ 1000,00 Aprox. (Tasador designado por la Caja). Los gastos, sellados, honorarios y derechos de inscripción y levantamiento de hipoteca que resulten de la constitución del Derecho Real de Hipoteca, serán por exclusiva cuenta del solicitante. Seguro de vida (0,73% o sobre saldo de deuda) y seguro de incendio ($0,80 por cada $ de Tasación), se incluyen en la cuota mensual.

Tramite: Deberá presentar una carpeta con los Formularios de solicitud formal, en forma completa y anexando la documentación que los mismos indican. Además, deberá presentar el Formulario Declaración de Salud SANCOR Los Formularios se descargan desde Tiempo estimado mínimo del trámite 60 días. Ingresos: Los ingresos a considerar serán los del solicitante y su grupo familiar (cónyuge o concubina/o), con las siguientes consideraciones: Los ingresos por servicios profesionales del afiliado, se estiman en función a las constancias de aportes jubilatorios obrantes en la Caja. Los ingresos adicionales del afiliado deberán acreditarse. Los ingresos del cónyuge o concubina /o no podrán exceder el cincuenta por ciento (50%) de los ingresos del solicitante. Los ingresos deberán ser acreditados fehacientemente con la documentación indicada en la Parte III de los formularios de solicitud formal. El valor de la cuota mensual no podrá ser superior al treinta y cinco por ciento (35 %) de los ingresos netos constatados. 16 Consultar a

17 TURISMO Nuevo Sistema de Turismo por Autogestión El Afiliado debe utilizar el nuevo servicio de turismo desde nuestra página web: Luego ingresar a AUTOGESTIÓN, donde debe colocar su nombre de USUARIO y CLAVE. En caso de no poseer estos datos, solicite esta información por correo electrónico: Una vez que ingresó al sistema, debe dirigirse a la última pestaña llamada TURISMO. Desde allí, haga clic en CONSULTA. Aquí podrá seleccionar el destino: Complejo Colón o Santa Ana. Además, solicitará la fecha, la cantidad de días de hospedaje y pasajeros. Por último, concluido el ingreso de los datos, deberá imprimir la boleta de turismo, quedando efectuada la reserva. La misma podrá abonarla en cualquier sucursal del Nuevo Bersa o agencias Entrerrios Servicios. Las personas que deseen alquilar en forma particular o por Convenio, deberán dirigirse por correo electrónico a O C OMPLEJO T URÍSTICO C OLÓN :C ABAÑAS S ANTA A NA : Cuenta con 54 plazas dispuestas en 10 departamentos, 2 chicos (de 2 personas) y 8 grandes (de 4 a 6 personas) totalmente equipados con calefacción, aire acondicionado, calefactor, cocina, heladera, microondas, televisión, wifi, sala de encuentros, quincho, pileta y frontón de pelota. E MAIL : Ubicadas a 25 Km. de la Ciudad de Chajarí. El predio es amplio, a orillas del lago Salto Grande y a kilómetros de las Termas de Chajarí. Ocho cabañas con una capacidad para 6 personas, están completamente equipadas: aire acondicionado frio/ calor, heladera con freezer, cocina, microondas, parrilla, utensilios de cocina, televisión y wifi. E MAIL :

SEGURO ASISTENCIAL DE SALUD Es un Sistema de Cobertura de Salud, de adhesión voluntaria, que funciona por reintegro de gastos. Tiene una cobertura de alcance nacional, con libre elección de prestadores, sin autorizaciones médicas previas, y farmacias a elección. En virtud de pertenecer al Convenio de reciprocidad de salud entre Cajas Profesionales, es posible acceder a los establecimientos de Salud de más renombre. Entre estos se destacan los que se encuentran en la Ciudad de Buenos Aires: el Hospital Italiano, el Hospital Británico y la Fundación Favaloro. También, el servicio posee el acceso a los centros asistenciales que se encuentran en la provincia de Santa Fe. ¿Qué planes ofrece y cuál es su alícuota? Este sistema ofrece planes de coberturas al afiliado y a todo su grupo familiar primario, con alícuotas diferenciadas para los noveles profesionales (menos de 5 años de graduados): Los Noveles profesionales están exentos de abonar el Fondo de Reserva. Contacto: Formularios de Afiliación están disponibles en: Teléfono: Interno Mail: Sistema de Cobertura de Salud, de adhesión voluntaria Formulario de Afiliación: Noveles Profesionales Alícuota Plan Promocional Básico$400,00 Plan Promocional Integral$1200,00 Profesionales con más de 5 años de graduado Alícuota Plan Básico$800,00 Plan Integral$1.600,00 Plan Generacional$1.600,00 18