LAS CORTES GENERALES (III): ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
FUNCIONAMIENTO DE LAS CÁMARAS Períodos de Sesiones (Art. 73 CE): tiempo en que se entiende que las Cámaras están reunidas y en funcionamiento con sus órganos ordinarios de administración y funcionamiento ordinarios (septiembre-diciembre/febrero-junio) extraordinarios: fuera de los ordinarios, podrán reunirse a petición de la Diputación Permanente, del gobierno o de la mayoría absoluta de cualquier Cámara ---> orden del día determinado y clausura una vez agotado éste sesiones conjuntas de ambas Cámaras (Art. 74 CE) Régimen de las sesiones: Publicidad como regla general de las del Pleno, no publicas pero tampoco secretas las de Comisiones, secretas cuando así se acuerde por mayoría absoluta o así lo establezca el Reglamento de la Cámara (Art. 80 CE) Adopción de acuerdos (Art. 79 CE) Reunión conforme al reglamento y quórum de asistencia: mitad más uno del número legal de sus miembros (mayoría absoluta) Voto personal y no delegable Tipos de votación: por asentimiento, ordinaria (sentados/levantados y electrónica), pública por llamamiento, secreta (por papeleta/electrónica) Mayorías para la adopción de acuerdos: regla general mayoría de miembros presentes (interpretada como mayoría simple -más votos a favor que en contra-), excepcionalmente mayorías cualificadas (mayoría absoluta, de 3/5, de 2/3...)
ORGANIZACIÓN DE LAS CÁMARAS (I) Órganos rectores (de gobierno y administración) Presidente elección por el Pleno de cada Cámara funciones (Art. 72 .3 CE): representación, dirección, policiales, administrativas, de interpretación reglamentaria Mesa elección por el Pleno de la Cámara por un sistema electoral mayoritario de voto limitado composición: Presidente + (4) Vicepresidentes + (4) Secretarios funciones: ordenar la organización del trabajo parlamentario, regir y gobernar la administración de la Cámara, en particular, el Presupuesto Junta de Portavoces Composición: Presidente de la Cámara + Portavoces de los Grupos Parlamentarios ---> manifestación orgánica de la relevancia jurídica de los Grupos Parlamentarios Voto ponderado para la adopción de decisiones competencias: fijación del orden del día de los debates, solicitar la comparecencia de los miembros del Gobierno, dar su parecer respecto de las resoluciones interpretativas de los Reglamentos
ORGANIZACIÓN DE LAS CÁMARAS (II) Órganos de funcionamiento: Diputación Permanente: actúa en representación de cada Cámara, cuando ésta no está reunida o cuando está disuelta (Art. 78 CE) funciones: solicitar de su presidente la convocatoria de la Cámara en sesión extraordinaria, asumir las facultades de las Cámaras respecto de los Decretos-Leyes y de los estados de crisis, velar por los poderes de las Cámaras Composición: mínimo de 21 miembros que representen en proporción a su importancia numérica a los Grupos Parlamentarios ---> voto no ponderado. Sus miembros conservan el Estatuto de los parlamentarios Comunicación a la Cámara una vez reunida ésta de los asuntos tratados y de las decisiones adoptadas Pleno de cada Cámara Composición: los miembros constitucional y legalmente determinados para la Cámara competencias: las principales en materia interior (org. y gob. de la cámara) como exterior (legislativas y de gobierno) --- no obstante, son delegables algunas (Art. 75 CE) convocatoria: por el Presidente, 1/5 miembros de la Cámara, 2 Grupos Parlamentarios
ORGANIZACIÓN DE LAS CÁMARAS (III) Comisiones parlamentarias Funciones: órganos preparatorios de las decisiones del Pleno, o decisorios por delegación de aquél composición: miembros designados por los Grupos Parlamentarios en proporción a su importancia numérica ---> voto no ponderado Tipos: Permanentes (ordinarias): Legislativas (en correspondencia con los ministerios)/No Legislativas (de Reglamento, del Estatuto de los Parlamentarios, etc...) No Permanentes: creadas para una tarea concreta, y se extingue a su fin o al de la Legislatura ---> en especial la Comisiones de investigación (Art. 76 CE) Comisiones delegadas: Comisiones Legislativas Permanentes, que ejercen funciones del Pleno por delegación (excepto reformas constitucinales, leyes orgánicas y de bases, cuestiones internacionales y los presupuestos generales del Estado) (Art. 75 CE) Comisiones mixtas: de ambas cámaras
ORGANIZACIÓN DE LAS CÁMARAS (IV) Los Grupos Parlamentarios Parlamentarismo individualista versus parlamentarismo racionalizado ---> la influencia del principio democrático y del pluralismo de partidos en la relevancia parlamentaria de los Grupos Parlamentarios Naturaleza jurídica: No son órganos de las Cámaras, pero ejercen funciones jurídicamente relevantes No representan jurídicamente a los partidos políticos No representan jurídicamente a los parlamentarios ---> relación de imputación política Son organizaciones en las que se agrupan dentro de cada Cámara diputados y senadores de acuerdo en general, pero no necesariamente con su afinidad política Constitución y composición: voluntariedad de la constitución, pero obligatoriedad de la adscripción a un grupo (Grupo Mixto) ---> limitaciones de pertenencia a Grupos Parlamentarios Mínimo 15 Diputados/10 Senadores, ó 5 Diputados + el 15% votos de las circunscripciones en las que se hubiesen presentado ó el 5% a nivel nacional agrupación por criterios ideológico-políticos o por criterios territoriales: los Grupos territoriales en el Senado funciones: investidura del Presidente, composición de diversos órganos de administración y funcionamiento de las cámaras, indirectamente a través de la junta de portavoces