Hecho por: 1. Susana Castillo Vindas. Arely Quirós. Alejandro Barrantes.

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Transcripción de la presentación:

Hecho por: 1. Susana Castillo Vindas. Arely Quirós. Alejandro Barrantes.

 La Municipalidad es el gobierno local de cada cantón.  Esta integrada por el Concejo Municipal, el Alcalde, y las dependencias encargadas de los servicios y apoyo administrativo.  La jurisdicción territorial de la Municipalidad es el cantón. La población cabecera del cantón es la sede del Gobierno Municipal y tiene título de ciudad.

 Por municipio el conjunto de vecinos residente en un mismo cantón y la municipalidad es la persona jurídica estatal que gobierna y administra los intereses y servicios cantonales, para lo cual posee patrimonio propio, personalidad, capacidad jurídica plenas, autonomía política (autorganización), administrativa y financiera, de acuerdo con la constitución Política.

Administrar y suministrar los servicios básicos que requiere la población para desarrollar un modo de vida normal y que tienda al desarrollo y a brindar las posibilidades de realización. Ejemplos: servicios de agua potable, alcantarillados sanitario y pluvial, recolección y tratamiento de basura, limpieza y mantenimiento de vías y caminos vecinales, además de la administración del desarrollo y ordenamiento urbano.

 La Municipalidad financia su actividad mediante el cobro de tarifas por los servicios que brinda, (citados anteriormente) y por tasas e impuestos como los de patentes, bienes inmuebles y otros creados por leyes especiales. Algunos de estos ingresos tienen usos específicos determinados en la misma ley de creación, por lo que no pueden ser destinados a ningún otro fin mas que al que señala la ley. Además percibe ingresos por alquileres.

Para cumplir con sus funciones, el Código Municipal en su artículo 4 establece que la Municipalidad puede: a) Dictar los reglamentos autónomos de organización y de servicio, así como cualquier otra disposición que autorice el ordenamiento jurídico. b) Acordar sus presupuestos y ejecutarlos. c) Administrar y prestar los servicios públicos municipales.

d) Aprobar las tasas, los precios y las contribuciones municipales y proponer los proyectos de tarifas e impuestos municipales. e) Percibir y administrar, en su carácter de administración tributaria, los tributos y demás ingresos municipales. f) Concertar con personas o entidades nacionales o extranjeras, pactos, convenios o contratos necesarios para el cumplimiento de sus funciones. g) Convocar al municipio a consultas populares, para los fines establecidos en esta ley y su reglamento.

 La Dirección de Gestión Municipal fue creada con el objetivo fundamental para el Área de Obras Públicas brindar en forma coordinada, la asistencia técnica y el apoyo a las municipalidades y a otras organizaciones del país, para que en conjunto con estas, se lleven a cabo las obras públicas necesarias con énfasis en la conservación vial.

Organigrama

 Somos una dependencia del Ministerio de Obras Públicas y Transportes cuyo fin es brindar asistencia técnica, legal, administrativa y financiera a los gobiernos locales y grupos organizados de la comunidad. Nos abocamos a colaborar para el logro de una real autonomía de los municipios, mediante un proceso consciente y sistemático de transferencia tecnológica, de capacitación y recursos.

 Ser la Dependencia Ministerial promotora del desarrollo social, económico y administrativo de los gobiernos locales, aplicando para ello la rectoría del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, en la conservación y mejora de la Red Cantonal de nuestro país.

 Deficiencias en el área administrativa.  Deficiencias en el área financiera.  Área de planificación débil.  Deficiencias en la prestación de los servicios públicos.  Aspecto ambiental no es atendido directamente por la municipalidad.  No se informa a la población de la gestión municipal.

Los más importantes que forman la Municipalidad, son:  Alcalde (sa) Es el/la encargado/a de administrar y gestionar el municipio. Se eligen cada 4 años junto con los concejales por votación popular.  Concejales Supervisan, aprueban o rechazan los proyectos de las municipales.

 Secretaría Municipal Servir de Secretaría Administrativa del Alcalde y del Concejo Municipal.  Administrador Municipal Planificar y ejecutar las tareas de dirección y coordinación permanente de todas las unidades municipales y servicios municipalizados, de acuerdo a las instrucciones del Alcalde.

 Un alcalde es un cargo público que se encuentra al frente de la administración local básica de un país o parte de ella. En el mundo existe una amplia variedad de regulaciones legales o consuetudinarias, tanto en lo relativo a las competencias y responsabilidades del alcalde como en la forma en que es elegido.

a) Ser costarricense y ciudadano en ejercicio. b) Pertenecer al estado seglar. c) Estar inscrito electoralmente, por lo menos con dos años de anterioridad, en el cantón donde ha de servir el cargo.

a) Ejercer las funciones inherentes a la condición de administrador general y jefe de las dependencias municipales, vigilando la organización, el funcionamiento, la coordinación y el fiel cumplimiento de los acuerdos municipales. b) Asistir, con voz pero sin voto, a todas las sesiones del Concejo Municipal, asambleas, reuniones y demás actos. c) Sancionar y promulgar las resoluciones y los acuerdos aprobados por el Concejo Municipal y ejercer el veto, conforme a este código.

d) Presentar los proyectos de presupuesto, ordinario y extraordinario, de la municipalidad. e) Nombrar, promover, remover al personal de la municipalidad, así como concederle licencias e imponerle sanciones. f) Vigilar el desarrollo correcto de la política adoptada por la municipalidad, el logro de los fines propuestos en su programa de gobierno y la correcta ejecución de los presupuestos municipales.

Una alcaldía es un órgano ejecutivo municipal en la mayor parte de América Latina y España. En Argentina se le denomina municipalidad y está administrada por un intendente. En Uruguay se le denomina municipio y está regida por un concejo presidido por el alcalde.

La edificación donde trabajan el alcalde y el concejo municipal en España se conoce como ayuntamiento y en Chile y Perú como municipalidad. En Colombia normalmente se llama "alcaldía" y puede estar aparte del Concejo municipal. En este país, por ley, las alcaldías deben tener página web; las de los municipios grandes manejan sus propios servidores, las de los más pequeños lo hacen a través de la iniciativa Internet para la Rendición de Cuentas. En México se le llama Presidencia Municipal, a excepción de Ciudad de México, mejor conocida como el Distrito Federal (D.F.).

 Ejerce la administración general y jefatura de las dependencias municipales, vigilando la organización, el funcionamiento, la coordinación y el fiel cumplimiento de los acuerdos municipales, las leyes y los reglamentos en general.  Presentar al Concejo Municipal, antes de entrar en posesión de su cargo, un programa de gobierno basado en un diagnóstico de la realidad del cantón, y deberá ser difundido a las diferentes organizaciones y vecinos del cantón.  Rendir al Concejo Municipal, semestralmente, un informe de egresos de la gestión municipal.

 Rendir cuentas a los vecinos del cantón mediante un informe de labores presentado ante el Concejo Municipal, para ser discutido y aprobado.  Presentar los proyectos de presupuesto, ordinario y extraordinario, de la municipalidad, en forma coherente con el plan de Desarrollo municipal, ante el Concejo para su discusión y aprobación.  Autorizar los egresos de la municipalidad.

 CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DE VENEZUELA Y DISPOSICIONES TRANSITORIAS. Promulgada por el Congreso Nacional el 23 de Enero de 1961 (Gaceta Oficial, Número 662, Extraordinario). 1ra y 2da Enmiendas. Eduven. Pág. : Caracas, Venezuela.  CHALBAUT ZERPA, Reinaldo. Estado y Política. 5ª. Edición. Mobil Libros C.A Pág. : , Caracas, Venezuela.  DICCIONARIO ILUSTRADO DE LA LENGUA ESPAÑOLA. Aristos. Editorial Ramón Sopena S.A. Barcelona, España  ENCICLOPEDIA MICROSOFT ENCARTA 99. Microsoft Corporation. "Constitución, Derecho Venezolano, Plebiscito, Referéndum "