REFORMA POLÍTICA ALCANCES Y RELACIÓN CON AYUNTAMIENTOS.

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Transcripción de la presentación:

REFORMA POLÍTICA ALCANCES Y RELACIÓN CON AYUNTAMIENTOS

México es una democracia electoral en ciernes y por ende existía la necesidad de transformar el régimen político para fomentar la corresponsabilidad y la cooperación entre el Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo para lograr elecciones más equitativas, competitivas y transparentes, tanto a nivel local como federal, así como para aumentar la participación ciudadana.

El 10 de febrero de 2014 se publicó la Reforma Constitucional en Materia Política-Electoral

Este conjunto de ordenamientos modifica la relación entre poderes y entre éstos y los ciudadanos en dos grandes aspectos: Se modernizan las instituciones del régimen político y se transforman las instituciones y las reglas de la competencia electoral para fortalecer la participación ciudadana y brindar mayor certidumbre a los comicios locales y federales

Los partidos políticos tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de los órganos de representación política y como organizaciones de ciudadanos, hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público, de acuerdo con los programas, principios e ideas que postulan.

MODIFICACIONES AL RÉGIMEN POLÍTICO

Gobierno de Coalición Ratificación de los Secretarios de Relaciones Exteriores y de Hacienda y Crédito Público

Reelección Consecutiva de Legisladores partir del proceso electoral de 2018 hasta por 12 años Reelección Consecutiva de los Miembros de los Ayuntamientos por un periodo adicional siempre y cuando la duración del mandato de los ayuntamientos no sea superior a 3 años

Creación de una Fiscalía General de la República Autónoma. Autonomía del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.

Ratificación del Plan Nacional de Desarrollo y de la Estrategia Nacional de Seguridad Pública facultad de la Cámara de Diputados el Senado de la República ratificará la Estrategia Nacional de Seguridad Pública. Toma de Posesión del Presidente de la República A partir de 2024, la toma de protesta del Presidente de la República será el primero de octubre

Se persigue que con los cambios incorporados por la reforma en el régimen político fomentan un mayor equilibrio entre Poderes al tiempo que contribuyen a la formación de gobiernos que den resultados a los mexicanos, al contar con instrumentos que facilitan el diálogo y los acuerdos.

MODIFICACIONES A LAS INSTITUCIONES Y REGLAS ELECTORALES

La autoridad electoral nacional y su relación con los organismos locales La reforma fortalece a la autoridad electoral a través de la trasformación del antiguo Instituto Federal Electoral (IFE) en un nuevo organismo nacional llamado Instituto Nacional Electoral (INE). Garantizar que los candidatos independientes tengan acceso a tiempos en radio y televisión. Por su parte, los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLES) son los organismos que tienen a su cargo la organización de las elecciones en el ámbito local.

Autoridades Jurisdiccionales Locales estableció la transformación de los tribunales electorales en autoridades jurisdiccionales de carácter local, ajenas a los Poderes Judiciales de las entidades federativas y con facultades para resolver controversias en materia electoral en los procesos electorales locales.

Umbral para Mantener el Registro como Partido Político pasando de dos a tres por ciento de la votación válida en la elección inmediata anterior. Artículos Promocionales Utilitarios serán elaborados exclusivamente con material textil

. Paridad de género en las candidaturas Candidaturas Independientes

A petición de los partidos políticos y con cargo a sus prerrogativas, en los términos que establezca la ley, podrá organizar las elecciones de sus dirigentes. Duración de las campañas se cambian tiempos 90 días y 60días

TIEMPOS DE PUBLICIDAD

El Instituto Nacional Electoral será autoridad única para la administración del tiempo que corresponda al Estado en radio y televisión destinado a sus propios fines y al ejercicio del derecho de los partidos políticos nacionales.

Los partidos políticos y candidatos no podrán contratar o adquirir tiempos de radio y televisión Ninguna otra persona física o moral, sea a título propio o por cuenta de terceros, podrá contratar propaganda en radio y televisión dirigida a influir en las preferencias electorales de los ciudadanos, ni a favor o en contra de partidos políticos o de candidatos a cargos de elección popular.

Para fines electorales en las entidades federativas, el Instituto Nacional Electoral administrará los tiempos que correspondan al Estado en radio y televisión en las estaciones y canales de cobertura en la entidad de que se trate. La organización de las elecciones es una función estatal que se realiza a través del Instituto Nacional Electoral y de los organismos públicos locales.

Durante el tiempo que comprendan las campañas electorales federales y locales y hasta la conclusión de la respectiva jornada comicial, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental, tanto de los poderes federales y estatales, como de los municipios, órganos de gobierno del Distrito Federal, sus delegaciones y cualquier otro ente público.

Las modificaciones de la reforma en materia electoral fortalecen la participación ciudadana y brindan mayor certidumbre, equidad y transparencia en los comicios electorales, tanto a nivel nacional como local.

RETOS Y AGENDA:

Veremos como reto el objetivo que puede ser difícil de conseguir:

Reforma Municipalista: Más autocracia, reelección consecutiva por lo menos en 4 ocasiones, potestades hacendarias, más funciones y servicios, cambios en las funciones legislativas.

GRACIAS Dr. Tomás Trueba Gracián.