Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. 100MILviviendas100MILviviendas Haciendo casas, cambiamos vidas Luis Felipe Henao Cardona Ministro Ministerio.

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Transcripción de la presentación:

Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio

100MILviviendas100MILviviendas Haciendo casas, cambiamos vidas Luis Felipe Henao Cardona Ministro Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Revisión y Ajustes al Plan de Ordenamiento Territorial Municipal (POT - PBOT – EOT) Dirección de Espacio Urbano y Territorial Subdirección de Asistencia Técnica y Operaciones Urbanas Integrales 2013

100MILviviendas100MILviviendas Haciendo casas, cambiamos vidas CAPACITACION EN REVISIÓN Y AJUSTE DEL POT OBJETIVO: Realizar una capacitación técnica y de procedimientos a las administraciones municipales en materia de revisión y ajuste de los Planes de Ordenamiento Territorial (POT), especialmente aquellos que terminaron la vigencia de largo plazo en el año REVISION POT MARCO GENERAL REVISION DEL POT PROCEDIMIENTO TECNICO REVISION POT EJECUCION E IMPLEMENTACION ESTRUCTURA DE LA CAPACITACION:

100MILviviendas100MILviviendas Haciendo casas, cambiamos vidas MARCO GENERAL REVISION Y AJUSTE DEL PLAN DE ORDENAMIENTO

100MILviviendas100MILviviendas Haciendo casas, cambiamos vidas ORDENAMIENTO TERRITORIAL Conjunto de acciones político-administrativas y de planificación física concertadas por los municipios, en ejercicio de la función pública que les compete, que les permita disponer de instrumentos eficientes para : Orientar el desarrollo del territorio Regular la utilización, transformación y ocupación del espacio De acuerdo con las estrategias de desarrollo socioeconómico y en armonía con el medio ambiente y las tradiciones históricas y culturales Ordenamiento Territorial Vivir Trabajo Comprar Recrear  Desarrollo Económico  Desarrollo Social  Desarrollo Cultural  Sostenibilidad ambiental Protección Recrear Vivir Trabajo Comprar

100MILviviendas100MILviviendas Haciendo casas, cambiamos vidas DECISIONES ACTUACIONES TERRITORIO FUNCION PUBLICA DEL URBANISMO … PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES ACCIÓN URBANÍSTICA NORMAS URBANÍSTICAS POT ORDENAMIENTO TERRITORIAL

100MILviviendas100MILviviendas Haciendo casas, cambiamos vidas REVISION Y AJUSTE DEL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL “Es un procedimiento de carácter técnico, participativo y jurídico establecido por la Ley 388 de 1997 y sus decretos reglamentarios, con el fin principal de actualizar, modificar o ajustar sus contenidos y normas de manera que se asegure la construcción efectiva del modelo territorial adoptado por el municipio.” Si al finalizar la vigencia de largo plazo no se ha adoptado la revisión general del POT, seguirá vigente el ya adoptado.

100MILviviendas100MILviviendas Haciendo casas, cambiamos vidas Revisión y ajuste por vencimiento de vigencia. Artículo 5 Decreto 4002 de 2004 TIPOS DE REVISION DEL POT Modificación excepcional de norma urbanística. Artículo 6 Decreto 4002 de 2004 Revisión y ajuste por motivos de excepcional interés público. Artículo 5 Decreto 4002 de 2004 Ajuste del POT para incorporar suelo para VIS y VIP. (Ley 1537 de Artículo 47. TRANSITORIO. INCORPORACIÓN DEL SUELO RURAL, SUBURBANO Y EXPANSIÓN URBANA Al PERÍMETRO URBANO) Al inicio de periodo constitucional y únicamente sobre los contenidos que se han vencido. En cualquier momento del proceso de implementaci ó n del POT. Siempre que se presenten las situaciones excepcionales. En cualquier momento del proceso de implementaci ó n del POT. Siempre que se soporten t é cnicamente las modificaciones. Por una sola vez durante el periodo 2012 – 2015, con el fin de habilitar suelo para VIS y VIP.

100MILviviendas100MILviviendas Haciendo casas, cambiamos vidas REVISIÓN Y AJUSTE POR VENCIMIENTO DE VIGENCIA. Corto PlazoMediano PlazoLargo Plazo POT Período Período Período Período REGLA GENERAL: Al inicio del periodo constitucional, por vencimiento de las vigencias de los contenidos de corto, mediano y largo plazo. La vigencia mínima del POT, debe ser de Tres (03) Periodos Constitucionales de Alcaldes. ( Art. 28, Ley 388 de 1997 / Modificado por el Art. 2, Ley 902 de 2004) REGLA GENERAL: Al inicio del periodo constitucional, por vencimiento de las vigencias de los contenidos de corto, mediano y largo plazo. La vigencia mínima del POT, debe ser de Tres (03) Periodos Constitucionales de Alcaldes. ( Art. 28, Ley 388 de 1997 / Modificado por el Art. 2, Ley 902 de 2004)

100MILviviendas100MILviviendas Haciendo casas, cambiamos vidas REVISION Y AJUSTE POR MOTIVOS DE EXCEPCIONAL INTERÉS PÚBLICO: Corto PlazoMediano PlazoLargo Plazo POT Período Período Período Período Declaratoria de desastre o calamidad pública. (Ley 1523 de 2012). Declaratoria de desastre o calamidad pública. (Ley 1523 de 2012). Resultados de estudios técnicos detallados sobre amenazas, riesgos y vulnerabilidad que justifiquen la recalificación de áreas de riesgo no mitigable.

100MILviviendas100MILviviendas Haciendo casas, cambiamos vidas Permite modificar alguna o algunas normas urbanísticas ESTRUCTURALES o GENERALES del POT, siempre que se asegure el logro de los OBJETIVOS y ESTRATEGIAS territoriales de largo y mediano plazo Componentes General y Urbano - POT MODIFICACIÓN EXCEPCIONAL DE NORMA URBANÍSTICA Se puede emprender en cualquier momento, por iniciativa del Alcalde, siempre y cuando existan motivos técnica y legalmente sustentados Corto PlazoMediano PlazoLargo Plazo POT Período Período Período Período

100MILviviendas100MILviviendas Haciendo casas, cambiamos vidas AJUSTE DEL POT PARA INCORPORAR SUELO PARA VIS Y VIP: Corto PlazoMediano PlazoLargo Plazo POT Por una única vez y con el fin de garantizar el desarrollo de programas de vivienda de interés social y prioritaria y solo durante el periodo 2012 – Se podrán incorporar al perímetro urbano predios localizados en suelo rural, suburbano y de expansión urbana requeridos para el desarrollo y construcción de VIS y VIP. Condiciones: Servicios públicos, restricciones ambientales, desarrollo prioritario (Ley 1537 de Artículo 47. TRANSITORIO. INCORPORACIÓN DEL SUELO RURAL, SUBURBANO Y EXPANSIÓN URBANA Al PERÍMETRO URBANO)

100MILviviendas100MILviviendas Haciendo casas, cambiamos vidas COMO REGLA GENERAL, LAS REVISIONES SE REALIZAN AL INICIO DEL PERÍODO CONSTITUCIONAL, SOBRE LOS CONTENIDOS VENCIDOS DEL POT. SE DEBE VERIFICAR SI LOS MUNICIPIOS ESTABLECIERON OTRAS CONDICIONES EN LOS POT PARA ADELANTAR PROCESOS DE REVISIÓN. COMO REGLA GENERAL, LAS REVISIONES SE REALIZAN AL INICIO DEL PERÍODO CONSTITUCIONAL, SOBRE LOS CONTENIDOS VENCIDOS DEL POT. SE DEBE VERIFICAR SI LOS MUNICIPIOS ESTABLECIERON OTRAS CONDICIONES EN LOS POT PARA ADELANTAR PROCESOS DE REVISIÓN. Período Período Período Período Período Período Período MEDIANO PLAZO LARGO PLAZO CORTO PLAZO MEDIANO PLAZO LARGO PLAZO CORTO PLAZO POT REVISION GENERAL DEL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL MEDIANO PLAZO LARGO PLAZO CORTO PLAZO MEDIANO PLAZO CORTO PLAZO Período VIGENCIAS CONTENIDOS POT

100MILviviendas100MILviviendas Haciendo casas, cambiamos vidas

100MILviviendas100MILviviendas PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL PLANES DE DESARROLLO MUNICIPAL PDM 1PDM 2PDM 3 C o r t o p l a z o M e d i a n o p l a z o Mínimo 3 periodos constitucionales L a r g o p l a z o El asunto central que se debe lograr para la articulación entre el Plan de Desarrollo y el Plan de Ordenamiento Territorial en cada municipio es integrar al plan de inversiones del plan de desarrollo el respectivo programa de ejecución del POT, de tal manera que conjuntamente con éste sea puesto a consideración del concejo por parte del alcalde para su aprobación. ARTICULACION DEL PLAN DE ORDENAMIENTO Y EL PLAN DE DESARROLLO

100MILviviendas100MILviviendas Haciendo casas, cambiamos vidas DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA LA REVISION Y AJUSTE DEL POT Diagnóstico Territorial Formulación: componentes General, Urbano y Rural Cartografía Gestión y financiación Programa de ejecución “Las revisiones estarán sometidas al mismo procedimiento previsto para su aprobación y deberán sustentarse en parámetros e indicadores de (…)” Art 28 Ley 388 de 1997.

100MILviviendas100MILviviendas Haciendo casas, cambiamos vidas Tiempo de formulación, depende de los recursos técnicos y financieros del municipio, así como la complejidad del territorio de su jurisdicción. OFICINA DE PLANEACIÓN CONSEJO DE GOBIERNO PROYECTO REVISION POT PROCEDIMIENTO Y TIEMPOS REVISIÓN POT NO Seguimiento y Evaluación SI TEMAS CONCERTADOS Pronunciamiento MADS PARTICIPACIÓN CIUDADANA

100MILviviendas100MILviviendas Haciendo casas, cambiamos vidas MARCO NORMATIVO Ley 388 de 1997 (Modificado por el art. 2, Ley 902 de 2004, Reglamentado por el Decreto Nacional 4002 de 2004). Artículo 28: Define la vigencia de los contenidos y las condiciones que ameritan su revisión Decreto 879 de 1998 Artículo 8: Reglamenta Vigencia, de los componentes y contenidos y del programa de ejecución del POT. Decreto 4002 de 2004 Artículos 5 al 10: Reglamenta el proceso de revisión del POT. LEY 507 DE 1999 Artículo 2. Los Concejos Municipales o Distritales celebrarán obligatoriamente un Cabildo Abierto previo para el estudio y análisis de los Planes de Ordenamiento Territorial.

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