SOCIEDAD EN COMANDITA (S.C)

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
Sociedad en Comandita por Acciones
Advertisements

Sociedades Mercantiles más usadas en Venezuela
Sociedad en Comandita por acciones
INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
SOCIEDADES COMERCIALES
Facultad Regional Multidisciplinaria
LAS EMPRESAS Y LAS SOCIEDADES
DERECHO MERCANTIL GUATEMALTECO
Sociedades Mercantiles
Sociedad colectiva Sociedad mercantil en la que todos los socios, en nombre colectivo y bajo una razón social, se comprometen a participar de las obligaciones.
Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.)
BARBARA PORTUGAL GUZMAN
DERECHO MERCANTIL Unidad IV “Tipo de Sociedades”
Sociedad en Comandita Simple Sociedad en Comandita por Acciones
DERECHO MERCANTIL Unidad IV “Tipo de Sociedades”
TIPOS DE EMPRESAS ING. CLAUDIA REYES.
Sociedad En Comandita Por Acciones (S.C.A)
Clasificación de Las Sociedades
EMPRESA UNIPERSONAL CINDY PACHECO ALVAREZ ALEJANDRA RIOS RODRIGUEZ
Sociedades Mercantiles
INSTITUTO DE CAPACITACIÓN JURÍDICA
REQUISITOS DE CONSTITUCION DE UNA S O C I E D A D ANONIMA
DOCUMENTOS DE CONSTITUCIÓN Y SOCIEDADES COMERCIALES
SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA S.A.S.
Tipos clásicos de sociedades mercantiles
Instituto Nacional De Soyapango
Instituto Nacional de Soyapango
Sociedad anónima Capital social Títulos Acciones Sociedad mercantil
SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE
Formación de empresas en Chile
Danielle Gallamini Valeria Garrido Tomás Chang Alessandra Chumaceiro
Universidad Autónoma San Francisco
SOCIEDADES MERCANTILES
Sociedad en comandita por acciones
Sociedad simple.
SOCIEDADES DE PERSONAS
SOCIEDADES LEY
3.6 Clasificación general de las sociedades mercantiles
Sprek III Marisol Arias IEI/Fackspråk
DERECHO EMPRESARIAL PROFESOR DEL CURSO:
No son comerciantes Los que ejercen una profesión liberal.
Lina Arias Erika castro Nathaly Murillo Jean Carlos Ruiz
Comandita Simple DIR VENTAS 2
3.6 Clasificación general de las sociedades mercantiles
Tania Sirze Guadalupe Tania Álvarez Julio Cesar Ricardo Paola.
TIPOS DE SOCIEDADES COMERCIALES
ABOG. ANA MILAGROS CERPA H.
Derecho de las Sociedades
SOCIEDAD COMANDITARIA SIMPLE
2.4 Tipos de sociedad. MAESTRA: Candelaria Beatriz Arroyo Denis.
Las sociedades mercantiles
Formalización de una Empresa
EMPRESAS.
TIPOS DE SOCIEDADES COMERCIALES
Presentado Por : Carolina Acevedo Mantilla Miguel Angel Vitta Rincón Grado : Actividad De Empresas.
Sociedad Civil: Sociedad Civil: Se constituye mediante un contrato por el cual los socios se obligan a combinar sus recursos o sus esfuerzos para la realización.
Sociedad de Responsabilidad Limitada comercial
EMPRESA: La Titularidad Jurídica
CONSTITUCION DE SOCIEDADES
¿Cuáles son los Tipos de sociedades?
Clase Derecho de Sociedades - Tipos
SOCIEDAD DE COMANDITA SIMPLE
Sociedad en Comandita Simple
Lorena Males Anacona Steffany García Ortiz Lizeth Rivera Cruz
Sociedad colectiva.
SOCIEDAD COMANDITARIA simple
Tema 3: El empresario mercantil.
FORMULACION Y EVALUACION DE PROYECTOS SESION 5 FORMULACION Y EVALUACION DE PROYECTOS SESION 5 PROFESOR JORGE EDUARDO MELO MOLINA.
Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.)
Práctica Empresarial I Sociedades Comerciales. Clasificación de las Empresas Según la forma jurídica…. Empresa Unipersonal Sociedades. Cooperativas.
Transcripción de la presentación:

SOCIEDAD EN COMANDITA (S.C) Combina una sociedad de personas con una sociedad de capital, por lo cual la Ley General de Sociedades permite aplicarle los criterios de la sociedad colectiva y se actúa bajo una razón social, dedicada a la explotación de una industria mercantil.

Tipos de socios Los socios comanditarios: Son los que intervienen en calidad de inversionistas y responsables sólo por el monto de su aporte. Las cualidades personales no importan ya que están excluidos de la gestión. comanditario acepta poner su nombre en la razón social es responsable ante terceros como si fuera un socio comendatario. Los socios colectivos: Son los que actúan como administradores que tienen responsabilidad ilimitada.

Características de la sociedad en comandita: 1.- Sociedad, en virtud de que el contrato social es bilateral o plurilateral, es decir, cuando menos deben existir un socio comanditado y un socio comanditario. 2.- Mercantil, por estar comprendida en la relación de las calificadas como tales, por el Artículo lo. De la Ley General de Sociedades Mercantiles; asimismo, como consecuencia de la Personalidad Jurídica asume la calidad de Comerciante. 3.- Personalista, en virtud de que el principal elemento del contrato social lo constituye el Personal (honradez, prestigio, calidad individual, etc.) 4.- Razón Social, el nombre de esta especie de Sociedad estará formado con el nombre personal de: a) Todos los socios Comanditarios b) De alguno o algunos de los socios Comanditarios más las palabras y Cía.

Están reguladas por Ley N° 26887, Ley General de Sociedades • Art. 278° (referido a la responsabilidad de la sociedad en comandita) • Art. 279° (referido a la razón social) • Art. 280° (referido al contenido que debe contener la escritura de constitución) • Art. 281° (referido a las reglas propias de la sociedad en comandita simple) D.S. N° 008-2004-JUS: TUPA de la SUNARP Resolución N° 200-2001-SUNARPSN, del 24.07.2001: Reglamento del Registro de Sociedades. • Art. 92° (referido a las normas aplicables) • Art. 93° (relativo a la indicación de la modalidad de la sociedad en comandita)

Tipos de socios Socios comanditarios: Características: Aportan un capital determinado. Responden sólo hasta el límite de su aporte. No reciben a cambio de sus aportes título alguno No participan en la administración de la sociedad.

Socios Colectivos: Características: Son responsables solidaria e ilimitadamente respecto de las deudas sociales, responden con sus propios bienes Dirigen las operaciones sociales.

REQUISITOS 1. Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito. 2. Pago de los derechos registrales. 3. Copia simple del documento de Identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. 4. Escritura Pública que contenga el pacto social y el estatuto.

Capital Social:  El comanditario tiene la obligación de aportar al capital base de la compañía el depósito de una suma que señale el contrato de la asociación. El depósito debe de ser ingresado obligatoriamente en un plazo determinado por el contrato de la asociación, en otro caso sin demora innecesaria después de la fundación de la compañía, o inmediatamente después del surgimiento de su participación en la compañía.

Ventajas de la sociedad: Los comanditarios no tienen prohibición de competencia No es necesario el capital social de la sociedad Desventajas de la sociedad: Los socios colectivos responden con todos sus bienes de modo indivisible por las obligaciones de la sociedad, Los comanditarios no pueden decidir sobre la dirección comercial de la sociedad

SOCIEDADES EN COMANDITA TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 278.- Responsabilidad En las sociedades en comandita, los socios colectivos responden solidaria e ilimitadamente por las obligaciones sociales, en tanto que los socios comanditarios responden sólo hasta la parte del capital que se hayan comprometido a aportar. El acto constitutivo debe indicar quiénes son los Socios colectivos y quiénes los comanditarios. La sociedad en comandita puede ser simple o por acciones.

Artículo 279.- Razón social La sociedad en comandita realiza sus actividades bajo una razón social que se integra con el nombre d todos los socios colectivos, o de algunos o alguno de ellos, agregándose, según corresponda, las expresiones "Sociedad en Comandita" o "Sociedad en Comandita por Acciones“ o sus respectivas siglas "S. en C." o "S. en C. por A.". El socio comanditario que consienta que su nombre figure en la razón social responde frente a terceros por las obligaciones sociales como si fuera colectivo.

Artículo 280.- Contenido de la escritura de constitución El pacto social debe contener las reglas particulares a la respectiva forma de sociedad en Comandita que se adopte y además puede incluir los mecanismos, procedimientos y reglas, así como otros pactos lícitos, que a juicio de los contratantes sean necesarios o convenientes para la organización y funcionamiento de la sociedad, siempre que no colisionen con los aspectos sustantivos de la respectiva forma de sociedad en comandita.

REGLAS PROPIAS DE LA SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE Artículo 281.- Sociedad en comandita simple A la sociedad en comandita simple se aplican las disposiciones relativas a la sociedad colectiva, siempre que sean compatibles con lo indicado en la presente Sección.

Reglas de la sociedad comandita 1. El pacto social debe señalar el monto del capital y la forma en que se encuentra dividido. Las participaciones en el capital no pueden estar representadas por acciones ni por cualquier otro título negociable 2. Los aportes de los socios comanditarios sólo pueden consistir en bienes en especie o en dinero 3. Salvo pacto en contrario, los socios comanditarios no participan en la administración. 4. Para la cesión de la participación del socio colectivo se requiere acuerdo unánime de los socios colectivos y mayoría absoluta de los comanditarios computada por capitales. Para la del comanditario es necesario el acuerdo de la mayoría absoluta computada por persona de los socios colectivos y de la mayoría absoluta de los comanditarios computada por capitales.

REGLAS PROPIAS DE LA SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES A la sociedad en comandita por acciones se aplican las disposiciones relativas a la sociedad anónima, siempre que sean compatibles con lo indicado en la presente Sección. Esta forma societaria debe observar, particularmente, las siguientes reglas:

El íntegro de su capital está dividido en acciones, pertenezcan éstas a los socios colectivos o a los comanditarios. 2. Los socios colectivos ejercen la administración social y están sujetos a las obligaciones y responsabilidades S.A. 3. La responsabilidad de los socios colectivos frente a terceros se regula por las reglas de los artículos 265 y 273. 4. Las acciones pertenecientes a los socios colectivos no podrán cederse sin el consentimiento de la totalidad de los colectivos y el de la mayoría absoluta, computada por capitales, de los comanditarios; las acciones de éstos son de libre transmisibilidad, salvo las limitaciones que en cuanto a su transferencia establezca el pacto social.

SOCIEDADES EN COMANDITA SIMPLE OBLIGACIONES. SOCIALES COMANDITA POR ACCIONES OBLIGACIONES. SOCIALES Están garantizadas por la responsabilidad ilimitada de uno o más socios (solidarios o comanditantes) Responsabilidad limitada a una suma determinada de uno o más socios (comanditarios) ADMINISTRACION La administran los socios responsables ilimitada y solidariamente (comanditantes) estar dividido en acciones Están excluidos de la administración interna o externa de la sociedad RAZON SOCIAL Se forma con el nombre de uno de los socios comanditados o con los apellidos de dos o más de ellos si fueren varios y con el agregado: y Compañía, Sociedad en Comandita o abreviarse: y Cía. S...en C. Se forma con el nombre de uno de los socios comanditados o con los apellidos de dos o más de ellos, si fueren varios y con el agregado: y Compañía Sociedad en Comandita por Acciones o abreviarse: y Cía. , S.C.A.