Derechos, obligaciones y prohibiciones de los Accionistas.
Carácter de Accionista: Una persona que suscribe acciones adquiere el carácter de socio, que es una cualidad subjetiva y compleja que le permite tener injerencia. Le atribuye un conjunto de derechos patrimoniales y corporativos, participar en el funcionamiento y gestión del ente, integrar los órganos sociales, mantener su porcentaje accionario, asistir a las asambleas, disfrutar de los beneficios o perdidas, y del voto en los limites o alcances que le otorgue su acción.* *Soyla H.Leon Tovar y Hugo González Garcia Derecho Mercantil, Editorial Oxford
Derechos de los Accionistas: DERECHOS CORPORATIVOS: Convocatoria (ser invitado a las asambleas y conocer los asuntos que se trataran); Art. 186 LGSM Asistencia (participar en las asambleas);Arts. 190, 191 y 195 LGSM. Ser Representado en asambleas por medio de apoderado; Art. 192 LGSM. Presidir las Asambleas; Art. 193 LGSM
Derechos de los Accionistas: Deliberación (exponer sus ideas, sobre los temas que se traten en la orden del día); Voto (excepto cuando este les hubiere sido limitado; Art. 91 fracc. VII, inciso c); Información (tener acceso y conocimiento de las actividades de la sociedad); Art. 172 y 186 LGSM. Igualdad (mismos derechos que los demás accionistas de la misma especie de acciones);
Derechos de los Accionistas: Preferencia para suscribir acciones. Art. 132 LGSM Minoría: (cuando representen el 25% capital social): Designar integrante del Consejo de Administración; Art. 144 LGSM Ejercer Acción (directamente) de Responsabilidad Civil en contra de los Administradores; Art. 163 LGSM Aplazar Asamblea; Art. 199 Oposición a los acuerdos de Asambleas; Art. 201 LGSM
Derechos de los Accionistas: DERECHOS PATRIMONIALES: Participar en las Utilidades (recibir dividendos); Arts. 16, 17 y 19 LGSM Participar en la Liquidación (recibir una parte del haber social o cuota de liquidación); Art. 247 LGSM Recibir intereses (cuando lo prevean los estatutos, por un periodo máximo de 3 años); Art. 123 LGSM Separación y Obtener Reembolso del valor de sus Acciones; Art. 206 LGSM
Obligaciones de los Accionistas: Pagar el Valor de las Acciones que suscribe; Art. 87 LGSM Abstenerse en la deliberación en Operación que tenga interés contrario al de la sociedad; Art. 196 LGSM Especiales que le impongan estatutos, acuerdos societarios o entre accionistas; Art. 198 LGSM Acatar Resoluciones de las Asambleas; Art. 200 LGSM
Mtro. Gerardo E. González Jaramillo Muchas Gracias Mtro. Gerardo E. González Jaramillo Corredor Publico No. 59 de la Plaza de Jalisco gerardo@fedehechos.com.mx