Seguros de Obligaciones Patronales Tecnicatura Pymes.

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Transcripción de la presentación:

Seguros de Obligaciones Patronales Tecnicatura Pymes.

Seguros de Obligaciones Patronales SEGURO COLECTIVO DE VIDA OBLIGATORIO (Dec. Ley 1567/74) SEGURO COL. DE VIDA PARA ACTIVIDADES RURALES (Ley y Modificatorias) SEGURO COL. LEY DE CONTRATO DE TRABAJO (Ley ) SEGURO COL. “CONVENIO MERCANTIL” (Dec. Ley 130/75).

Vida Obligatorio (Dec. 1567/74) Cobertura: MUERTE POR CUALQUIER CAUSA (durante las 24 hs., los 365 días) Características: Es de contratación obligatoria. Dueños y/o patrones no están cubiertos. No existe límite de edad. Sólo debe existir relación de dependencia entre Asegurado y Tomador. Este seguro no subroga las obligaciones laborales. Suma Asegurada Individual: $ Costo mensual por persona: $ 2,46 (fijado por la SSN). Derecho de Emisión: de 1 a 25 asegurados, $ 12.- de 26 a 50, $ 17 y más de 50, $ 25.- Vida Obligatorio Actividades Rurales (Ley y mod.) Cobertura: MUERTE POR CUALQUIER CAUSA (24 hs., 365 días). INVALIDEZ TOTAL Y PERMANENTE (Por enfermedad y/o accidente) Características: Todo ídem anterior. Suma Asegurada individual: $ Costo mensual por persona: $ 9,47.-

CONTRATO DE TRABAJO (Ley 20744) Cobertura: MUERTE POR CUALQUIER CAUSA (24 hs., 365 días) INVALIDEZ TOTAL Y PERMANENTE POR ENFERMEDAD Y/O ACCIDENTE. Características: No es obligatoria su contratación. Dueños y/o patrones no están cubiertos. No existe límite de edad. Solo debe existir relación de dependencia entre Asegurado y Tomador. Suma Asegurada Individual: Muerte, ½ sueldo por cada año de antigüedad o fracción mayor a 3 meses. Invalidez, 1 sueldo por cada año de antigüedad. Costo mensual: Se determina mediante una cotización. Muy importante: A partir de los 65 años se ampara solamente el riesgo de muerte. Monto mensual Mínimo y Máximo a computar: $ y $ Emisión: Será fundamental aportar el sig. dato de cada uno de los empleados: Fecha de Ingreso laboral. El resto de datos provienen desde la ART a través del F. 931.

CONVENIO MERCANTIL (Dec. Ley 130/75) Cobertura: MUERTE POR CUALQUIER CAUSA (24 hs., 365 días) INVALIDEZ TOTAL Y PERMANENTE POR ENFERMEDAD Y/O ACCIDENTE. Características: Es obligatoria su contratación. Se aseguran las personas que pertenezcan a la actividad de comercio y se encuentren en servicio activo. Dueños y/o patrones no están cubiertos. No existe límite de edad. Solo debe existir relación de dependencia entre Asegurado y Tomador. Suma Asegurada Individual: $ (Desde el 01-08: $ ) Costo mensual: Se determina mediante una cotización. Muy importante: A partir de los 65 años se ampara solamente el riesgo de muerte. Emisión: Los datos de cada uno de los empleados provienen desde la ART a través del F. 931.

ACCIDENTES PERSONALES (Cobertura 24 hs.) Cobertura: MUERTE ACCIDENTAL (24 hs., 365 días) INVALIDEZ TOTAL Y PARCIAL PERMANENTE POR ACCIDENTE. Características: Cubre en cualquier lugar del mundo. No existe límite de edad. No posee el adicional de AMF. Suma Aseg. Individual: Diferentes opciones moduladas de $ , con una base de $ y un máximo de $ (AUTOMÁTICO). Sumas mayores tendrán tratamiento facultativo. Costo mensual: Establecido de acuerdo al módulo de suma asegurada elegido y al CIIU del Tomador/asegurado. Muy importante: Las incapacidades se determinan de conformidad a lo estipulado en la Ley (ART), o sea considerándose de carácter laborativas (66%).