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Transcripción de la presentación:

UPAC FISCALISTAS Y AUDITORES Somos una firma comprometida con brindar a nuestros clientes información actualizada y acorde a sus necesidades. Por lo cual hemos realizado este resumen ejecutivo de un tema de interés general, y de recientes implicaciones.

LEY FEDERAL PARA LA PREVENCIÓN E IDENTIFICACIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA “LEY ANTILAVADO DE DINERO”

Entro en vigor el 17 de julio de 2013 Su objetivo es proteger el sistema financiero y la economía nacional, estableciendo medidas y procedimientos para prevenir y detectar actos u operaciones que involucren recursos de procedencia ilícita. La Secretaria de Hacienda y Crédito Publico es la encargada administrativamente de aplicar la ley. La Procuraduría General de la Republica a través de una Unidad Especializada en Análisis Financiero, será el órgano especializado en análisis financiero y contable relacionado con operaciones con recursos de procedencia ilícita. Para efectos de esta Ley se entenderán Actividades Vulnerables y, por tanto, objeto de identificación en términos del artículo siguiente, las que a continuación se enlistan:

Quienes realicen las Actividades Vulnerables están obligados entre otras cosas a: Identificar a los clientes y usuarios con quienes realicen dichas Actividades Para los casos en que se establezca una relación de negocios, se solicitará la información sobre su actividad u ocupación, basándose entre otros, en los avisos de inscripción y actualización de actividades presentados para efectos del RFC. Resguardar la información y documentación que sirva de soporte a la Actividad Vulnerable, así como la que identifique a sus clientes o usuarios. Brindar las facilidades necesarias para que se lleven a cabo las visitas de verificación en los términos de esta Ley, y Presentar los Avisos en la Secretaría en los tiempos y bajo la forma prevista en esta Ley.

ACTIVIDADES PROHIBIDAS HACERLAS EN EFECTIVO

Las multas por incumplimientos van desde los 200 SMGDF $12,952 hasta los 10,000 SMGDF $647,600 La pena por delitos tipificados en esta ley, van desde los 2 a los 10 años de prisión. El Ejecutivo Federal emitirá el Reglamento de la presente Ley, dentro de los 30 días siguientes a la entrada en vigor de esta Ley.

Para información mas detallada y especifica a sus necesidades, contáctanos donde con gusto resolveremos sus dudas y lo asesoraremos adecuadamente.