El derecho del trabajo.

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Transcripción de la presentación:

El derecho del trabajo

1. Concepto de Derecho del Trabajo El Derecho del Trabajo es un conjunto de normas jurídicas, institucionales y principios teóricos que regulan las relaciones entre trabajadores y empresarios. Esta definición concuerda con lo establecido en el art. 1.1. del Estatuto de los Trabajadores que exige para esta relación que el trabajo sea voluntario, retribuido, por cuenta ajena y dependiente.

2. Divisiones del Derecho Clases de Derecho Ramas del Derecho Derecho Público: sus normas van dirigidas a regular la actividad del Estado y de los organismos públicos entre sí, así como sus relaciones con los particulares cuando el Estado y los organismos públicos actúan de forma oficial Derecho Internacional Público Derecho político Derecho administrativo Derecho penal Derecho procesal Derecho financiero Derecho comunitario (UE) Derecho del Trabajo Derecho privado: regula las relaciones entre particulares, o con el Estado y los organismos públicos cuando actúan de forma privada Derecho internacional privado Derecho civil Derecho mercantil

3. El trabajo y el Derecho laboral La actividad que regula el Derecho del trabajo debe tener las siguientes características: Voluntariedad: la persona trabajadora debe ser libre durante el desarrollo de toda la relación laboral Por cuenta ajena: se trabaja para otra persona a la que se cede el fruto del trabajo y se cobra un salario a cambio Dependencia: el empresario es quien ordena cuándo, dónde y cómo ha de realizarse el trabajo Retribución: toda actividad laboral ha de ser remunerada, lo que excluye la realizada de forma gratuita

4. Actividades excluidas del Derecho Laboral Existen determinadas actividades y trabajos que no se incluyen dentro del Derecho Laboral porque así lo establece el Estatuto de los Trabajadores, y son: Funcionarios públicos Prestaciones personales obligatorias (formar parte de un jurado, de una mesa electoral, etc) Consejeros en sociedades mercantiles Trabajos de amistad, benevolencia y buena vecindad Trabajo familiar (hasta 2º grado de parentesco) Autónomos Agentes comerciales

5. Relaciones laborales especiales Se consideran especiales aquellas relaciones laborales que por su singularidad respecto a jornadas, responsabilidad, salarios, vida profesional corta y otros aspectos necesitan de una regulación específica aparte de la general. Son las siguientes: Personal de alta dirección (directivos de empresas) Penados Deportistas profesionales Artistas espectáculos públicos Representantes de comercio Minusválidos Estibadores portuarios Abogados

6. La legislación laboral española La constitución española de 1978 es la norma suprema del ordenamiento jurídico español y también del Derecho Laboral. Esto significa que ninguna norma o disposición puede oponerse a lo dispuesto en su articulado. Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores Ley Orgánica de Libertad Sindical Ley de Prevención de Riesgos Laborales Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS) Texto Refundido de la Ley General de Seguridad Social Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral

7. La administración laboral La Administración laboral es el conjunto de organismos públicos con competencias en materias laborales: Ministerio de Empleo y Seguridad Social, que está formado por los siguientes órganos: Secretaría de Estado de Empleo, Secretaría de Estado de la Seguridad Social, Secretaría General de Inmigración y Emigración y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. La Administración laboral tiene como funciones: Desarrollo de la política laboral: relaciones laborales, Seguridad Social, etc Vigilancia del cumplimiento de las normas laborales: contratación, prestaciones a la Seguridad Social, etc La vigilancia del cumplimiento de las normas laborales está encargada específicamente a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social Es el órgano encargado de garantizar el cumplimiento de la legislación laboral. La forma más frecuente de iniciar las actuaciones de este organismo es como consecuencia de una denuncia o petición escrita de los trabajadores en el Servicio de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social correspondiente. Las actuaciones de la Inspección pueden comenzar: Por iniciativa de la propia Inspección Por orden superior A solicitud del empresario A petición de las entidades gestoras de la Seguridad Social Por denuncia de cualquiera que conozca alguna infracción Sus funciones son: Investigar las infracciones en materia laboral Asesorar a los trabajadores y empresarios sobre sus derechos y obligaciones Mediar en los conflictos colectivos de trabajo Adoptar medidas en materia de seguridad e higiene para proteger la salud de los trabajadores

8.Tribunales laborales Audiencia Nacional Sala de lo Social Tribunal Supremo Sala IV de lo Social Audiencia Nacional Sala de lo Social Tribunales Superiores de Justicia de las comunidades autónomas (Sala de lo Social) Juzgados de lo Social

Juzgados de lo Social: Tienen jurisdicción en toda la provincia y la sede en su capital. Son competentes para conocer de los conflictos de trabajo individuales y colectivos, siempre que su ámbito no supere la provincia Salas de lo Social de los Tribunales Superiores de Justicia de las comunidades autónomas: Tienen jurisdicción en el ámbito territorial de sus respectivas comunidades autónomas. Conocen de los recursos de suplicación contra las resoluciones de los Juzgados de lo Social, y de los conflictos en materia sindical y colectiva cuyo ámbito exceda del Juzgado de lo Social, pero no de la comunidad autónoma

Sala de lo Social de la Audiencia Nacional: Tiene su sede en Madrid y jurisdicción en toda España. Conoce de los procesos en materia sindical y colectiva cuando su ámbito excede el de una comunidad autónoma Sala IV de lo Social del Tribunal Supremo: Tiene su sede en Madrid, con jurisdicción en todo el territorio nacional. Conoce de los recursos de casación contra las sentencias de las Salas de lo Social de los Tribunales Superiores de Justicia de las comunidades autónomas, y de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional También interviene mediante el recurso de casación para la unificación de la doctrina, y declara cuál es la correcta cuando surgen diferencias interpretativas entre los diferentes Tribunales Superiores de las comunidades autónomas

9. Las fuentes del Derecho del trabajo Fuentes internas Fuentes externas La Constitución. Las leyes y los reglamentos (leyes orgánicas y ordinarias, decretos leyes, decretos legislativos y reglamentos) Los reglamentos y directivas de la Unión Europea Los convenios colectivos Los convenios y las recomendaciones de la OIT Los contratos de trabajo La costumbre Los tratados o convenios internacionales Los principios generales del Derecho

Normas de la Unión Europea Reglamentos Son normas de aplicación en todos los Estados miembros Directivas Marcan unos objetivos a los destinatarios, quienes en un plazo determinado deben adoptar las medidas necesarias para conseguir los fines previstos Decisiones Regulan de forma obligatoria los casos particulares Recomendaciones y dictámenes Son textos que expresan valoraciones o juicios de orden político y moral, pero que no tienen fuerza obligatoria

Principio de no discriminación entre los ciudadanos de los países pertenecientes a la UE Libre circulación de personas trabajadoras Libre circulación de prestación de servicios Libertad de establecimiento Condiciones de trabajo armonizadas (contratos de trabajo, prohibición de trabajar a menores…) Reconocimiento de las cualificaciones profesionales Acceso a la función pública (excepto policía, ejército y alta Administración) Formación de los trabajadores a través del Fondo Social Europeo

10. Principios del Derecho Laboral Principio de jerarquía normativa: ninguna norma inferior puede oponerse a la superior Principio de norma mínima: las normas de rango superior determinan el contenido mínimo de la norma que la sigue Principio de norma mas favorable: si existe un conflicto entre normas a la hora de aplicación, se tomará la que sea más favorable al trabajador Principio de condición más beneficiosa: si una norma laboral establece condiciones peores que las contenidas en los contratos, prevalecerán las condiciones más beneficiosas que se fijaran anteriormente

10. Principios del Derecho Laboral Principio de irrenunciabilidad de derechos: los trabajadores no pueden renunciar a los derechos que tengan reconocidos en las normas legales y en los convenios colectivos Principio In dubio pro operario: significa que los tribunales, en caso de duda sobre la aplicación de la norma, la interpretarán de la forma que resulte más beneficiosa para el trabajador

Jerarquía de las normas laborales Constitución Normativa comunitaria (Tratados y Convenios internacionales) Leyes, normas del Gobierno con rango de Ley (Real Decreto Ley, Real Decreto Legislativo Normas del gobierno derivadas de su potestad reglamentaria Convenios colectivos Contratos de trabajo Costumbre