GOBIERNO UNIVERSITARIO CP - LA Fernando Hammond. Arrancando…  ¿Cómo funciona el gobierno universitario de la UNMDP? ¿Por qué funciona bien/mal?  ¿Cómo.

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Transcripción de la presentación:

GOBIERNO UNIVERSITARIO CP - LA Fernando Hammond

Arrancando…  ¿Cómo funciona el gobierno universitario de la UNMDP? ¿Por qué funciona bien/mal?  ¿Cómo lo mejorarían?

Dimensiones de análisis  Normativa: composición, representación y forma de elección de los órganos de gobierno.  Práctica: integración de los órganos, grupos de poder, lógicas políticas.

Principales cortes históricos  Periodo colonial y de los primeros años de la independencia  La organización nacional y constitucional  La universidad oligárquica y liberal  La Reforma Universitaria  La Universidad y el peronismo  La restauración reformista y su crisis  El peronismo de los 70  La dictadura militar del 76  La recuperación democrática  Los 90 y la Ley de Educación Superior  El periodo pos crisis del 2001

Tendencias históricas en el gobierno universitario Argentino

Tendencias históricas de la normativa sobre los claustros:  Los docentes han ocupado siempre el 50% o más de la representación en los órganos colegiados. Algunas excepciones en el periodo y posteriores a 1983.

Tendencias históricas de la normativa sobre los claustros:  La participación de los estudiantes: Hasta 19471) la Asamblea de Estudiantes podía elegir entre un cuarto y un tercio de los consejeros directivos profesores o graduados 2) luego integraron los consejos con dos o tres delegados (con voz pero sin voto) 3) finalmente se les otorgo derecho a voto en algunos temas. Después de 1947 se limito la participación de delegados estudiantiles solo en los consejos directivos con voz y sin votos. Eran designados por sorteo. Desde 1955 se les brindo derecho a voto en algunos temas (se les fijan requisitos), finalmente se conforman los órganos de cogobierno tripartitos con miembros plenos hasta 1966…

Tendencias históricas de la normativa sobre los claustros:  Los graduados aparece como aspiración en 1918 y se hace efectiva en 1955, desaparece en 1966 y reaparece debilitada en 1983, sin que pueda decirse que haya al respecto una autentica tradición.  La de los no docentes surge como novedad legislativa en la ley de 1974, pero se lleva a la práctica solo después de 1983 en algunos estatutos.

Tendencias históricas sobre la elección de organos unipersonales: Se han ensayado dos variantes:  1) designación por el PEN  2) por la propia universidad, en este último caso mayoritariamente son elegidos por órganos colegiados en forma indirecta, en otros casos mediante la elección directa.

Tendencias históricas sobre la integración de los órganos colegiados: Respecto de los Consejos Superiores:  1) se han integrado mediante el rector y decanos  2) ídem 1 mas delegados por facultad o Consejo Académico  3) ídem 1 más representantes de los tres claustros.

T endencias históricas sobre la integración de los órganos colegiados: Los Consejos Académicos:  1) se han integrado con el decano y el vice, y profesores electos por sus pares  2) Incorpora integrantes de los distintos claustros. A partir de 1955 hasta 1966 “la restauración reformista” se conforman los consejos de representación tripartita y electiva por cada claustro.

Tendencias históricas sobre la integración de los órganos colegiados: La Asamblea Universitaria: por regla general se ha integrado con el rector los decanos y los demás miembros de los consejos superiores y directivos o académicos. La UNLP históricamente fue una excepción a esto, integrando su asamblea por miembros distintos.

Principales prerrogativas establecidas por la Ley de Educación Superior Los 90 y el régimen vigente

La autonomía “Las instituciones universitarias tendrán autonomía académica e institucional, que comprende básicamente las siguientes atribuciones: Definir sus órganos de gobierno, establecer sus funciones, decidir su integración y elegir sus autoridades de acuerdo a lo que establezcan los estatutos y lo que prescribe la presente ley” (art 29 inc. b)

Respecto de la composición y representación en órganos de gobierno  Claustro docente: le otorga la mayor representatividad en los órganos colegiados, estableciendo que no podrán tener una participación menor al 50% del total de sus miembros.  Personal no docente: le otorga representación en los órganos colegiados, aunque deja su alcance a lo que determine cada institución.  Graduados: se delega en las universidades la facultad de incorporarlos o no en los órganos colegiados.  Decanos/directores: los considera miembros plenos del CS  Se podrá incorporar a representantes del Consejo Social a los órganos colegiados.

Respecto de los requisitos y formas de elección de los órganos de gobierno  Los docentes para elegir y ser elegidos como representantes deben haber accedido a sus cargos por concurso.  Los estudiantes para elegir representantes deben ser regulares, y acreditar un rendimiento mínimo que no podrá ser inferior a dos materias aprobadas por año, y para ser elegido se requiere tener aprobado al menos un tercio del plan de estudios de la carrera que cursan.  Los graduados, de formar parte de los órganos colegiados, podrán elegir y ser elegidos si no tienen relación de dependencia con la universidad.  Para ser elegido rector se requiere haber sido profesor por concurso de una universidad nacional.  Se recomienda la elección directa de los órganos unipersonales.

La esencia del cogobierno “los estatutos de las instituciones universitarias nacionales deben prever sus órganos de gobierno, tanto colegiados como unipersonales, así como su composición y atribuciones. Los órganos colegiados tendrán básicamente funciones normativas generales, de definición de políticas y de control en sus respectivos ámbitos, en tanto los unipersonales tendrán funciones ejecutivas” (art 52)

Composición, representación, elección y principales funciones de los órganos de gobierno (Estatuto UNMDP 2013) La Universidad Nacional de Mar del Plata

Respecto de los órganos unipersonales  Deben ser profesores de la universidad  Son electos en forma indirecta, por los órganos colegiados  La duración de su mandato es de 4 años

Respecto de los órganos colegiados  Docentes designados por concurso, estudiantes se requiere ser activo.  Son electos en forma directa por cada uno de sus claustros.  La duración de sus mandatos es de 2 años.  El personal universitario se integra con voz en todos los órganos y con voto solo en la AU y el CS.

Del gobierno de la universidad  La AU integrada por 114 miembros: 54 docentes, 36 estudiantes, 18 graduados, 3 personal universitario, 3 docentes preuniversitarios.  El Rector  El CS integrado por 39 miembros: 9 decanos, 9 docentes, 9 estudiantes, 9 graduados, 2 personal universitario, 1 docentes preuniversitarios.

Principales funciones de la AU:  modificar el Estatuto Universitario  elegir al Rector y al Vicerrector de la Universidad;  crear, disolver, organizar y/o modificar Facultades, Escuelas Superiores e Instituciones de Enseñanza Pre- universitaria;  considerar, con carácter extraordinario, los asuntos que le sean sometidos y que interesen al funcionamiento de la Universidad o al cumplimiento de sus fines;  tomar conocimiento, en forma anual, del informe de gestión del Rector.

Principales funciones del Rector:  dirigir la administración general de la Universidad;  expedir, por sí solo, los diplomas universitarios y, conjuntamente con el Decano de la Facultad, los títulos de las profesiones y grados académicos;  organizar las Secretarías y designar y remover a sus titulares;  tener a su orden los fondos de la Universidad y decidir sobre los pagos que deban verificarse y las entregas, a las respectivas dependencias, de los montos de las partidas que les hayan sido acordadas;  nombrar y remover los empleados de la Universidad cuyo nombramiento no esté atribuido al Consejo Superior o a otras autoridades universitarias;  percibir todos los derechos y demás recursos universitarios por medio de la Tesorería y con intervención de Contaduría y darle la distribución que la normativa determine;

Principales funciones del CS:  dictar ordenanzas y reglamentaciones que surjan de la aplicación del presente Estatuto;  disponer, en caso de grave conflicto o acefalia, la intervención de las Facultades  proponer a la Asamblea Universitaria la creación, disolución, reorganización y/o modificación de unidades académicas. Proponer modificaciones al Estatuto.  establecer las condiciones generales básicas para las reglamentaciones sobre designación de profesores;  confirmar a los profesores regulares designados por los Consejos Académicos; con facultad para anular y devolver esas designaciones.  separar por el voto de los dos tercios de sus miembros a los docentes regulares, previa sustanciación de juicio académico.  designar a los profesores extraordinarios por iniciativa propia o a propuesta de las Unidades Académicas.

Principales funciones del CS:  orientar la gestión académica de todos los niveles educativos que ofrece la Universidad;  confirmar la creación y el cierre de carreras.  ratificar la aprobación y la modificación de los planes de estudio de las carreras universitarias y de las Instituciones de Enseñanza Pre-universitaria;  instituir el marco normativo en el que se encuadrarán las condiciones de admisión, permanencia, promoción y egreso de los estudiantes;  disponer o convalidar la creación de Institutos y/o Centros de Investigación;  reglamentar la adquisición y enajenación de bienes;  sancionar, modificar y reajustar el presupuesto anual de la Universidad;  fijar los aranceles universitarios que estime pertinentes, los que en modo alguno podrán afectar la gratuidad de la enseñanza de grado;  tomar conocimiento en forma anual del informe de actividades cumplidas y plan de trabajo a desarrollar en cada Unidad Académica, presentado por su responsable;  ejercer todas aquellas atribuciones que no estuvieren expresamente reservadas a la Asamblea, al Rector o a las Unidades Académicas.

Del gobierno de las Unidades Académicas  El CA integrado por 13 miembros: 6 docentes, 4 estudiantes, 2 graduados, 1 personal universitario.  El Decano

Principales funciones del CA:  dictar disposiciones generales sobre el gobierno y administración de su Facultad;  constituirse como órgano de apelación de las resoluciones del Decano, en la aplicación particular de las ordenanzas o resoluciones de carácter general;  aprobar, observar o rechazar los planes de estudio y sus modificaciones y elevarlos al Consejo Superior para su ratificación;  aprobar, observar o rechazar los programas de enseñanza, investigación, transferencia y extensión que preparen los Departamentos/Aéreas;  autorizar la expedición de títulos de las respectivas profesiones y grados académicos, así como también los títulos de grado y de pre-grado por reválida según la normativa vigente;  ordenar la creación y el cierre de carreras de pre-grado, de grado y de posgrado y elevarlas al Consejo Superior para su ratificación;  aprobar, observar, modificar o rechazar los planes de estudio de las carreras de pre-grado, grado y posgrado y elevarlos al Consejo Superior para su ratificación;  designar a los docentes de la Facultad;

Principales funciones del CA:  proponer al Consejo Superior la separación de los docentes de la Facultad, mediante la sustanciación previa de juicio académico;  suspender o separar al Decano y Vicedecano por causa fundada, por el voto de las tres cuartas partes del total de los miembros que integran el Consejo;  reglamentar la docencia libre y el funcionamiento de las cátedras paralelas de la Facultad;  fijar el calendario académico, dentro de las épocas y normas de carácter general que fije el Consejo Superior;  recibir el informe que el Decano presentará cada año ante el Consejo Superior sobre las actividades y programación académica de la Facultad;  presentar al Consejo Superior el proyecto de presupuesto de la Facultad;  fijar las condiciones de admisión, permanencia, promoción y egreso de los estudiantes, enmarcadas en las normativas dictadas por el Consejo Superior;  llamar a concurso para la provisión de los cargos docentes y decidir sobre ellos, según las normas establecidas por el Consejo Superior;  avalar los proyectos y solicitudes de becas de investigación y extensión, sin que ello invalide la posibilidad de realizar presentaciones sin el mencionado aval;

Principales funciones del Decano:  representar oficialmente a la Facultad en todos sus actos y comunicados;  dictar disposiciones sobre el gobierno y administración de su Facultad, de acuerdo con las ordenanzas y reglamentaciones vigentes;  expedir, conjuntamente con el Rector, los títulos de las profesiones y grados académicos;  dar cuenta a la Universidad de las inasistencias de los docentes en forma mensual y elevar una relación de estas;  conceder licencias al personal docente conforme con el régimen establecido por el Consejo Superior;  proponer al Consejo Académico las designaciones del personal docente interino, suplentes y a término;

Para cerrar…  ¿Qué opinan sobre la elección directa de las autoridades unipersonales?  ¿Quién/es deben evaluar la calidad de la enseñanza en las universidades? ¿Cómo?  ¿Los aspirantes a estudiar en las UUNN deben ser orientados a disciplinas/aéreas específicas o ser libre? ¿Cómo y por quien?  ¿El presupuesto de las universidades debe provenir solamente del Estado o debe financiarse de otros actores?  ¿Le parece que deben integrarse al cogobierno los estudiantes y docentes de posgrado? ¿y los de pregrado? ¿Cómo?  ¿Quién debe fijar las líneas de investigación que deben investigar las dependencias de la universidad? ¿Cómo?