Derecho Laboral La Capacitación y Adiestramiento Plan 2005 Sesión 13

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Transcripción de la presentación:

Derecho Laboral La Capacitación y Adiestramiento Plan 2005 Sesión 13 Universidad Nacional Autónoma de México Facultad de Contaduría y Administración Sistema de Universidad Abierta Derecho Laboral Plan 2005 Sesión 13 Parte 2/2 La Capacitación y Adiestramiento Profesor: Lic. Fernando González López Mtra. María Evelia García - Grabación

La Capacitación y Adiestramiento Tema a Revisar La Capacitación y Adiestramiento Bienvenido a esta treceava sesión de la asignatura en Derecho Laboral, la organización de las diapositivas de este material es la siguiente: Portada Tema a revisar Objetivo de aprendizaje Mapa conceptual Desarrollo Actividades de aprendizaje Conclusiones Y bibliografía sugerida 2/2

Objetivo de Aprendizaje Que el alumno conozca las obligaciones de la capacitación y el adiestramiento, su finalidad y su sustento legal en la Ley Federal del Trabajo. Asimismo, identificará las obligaciones de los trabajadores y de los patrones, en esta materia, la formación de las comisiones mixtas, así como los planes y programas de capacitación y adiestramiento.

Mapa Conceptual La Capacitación y Adiestramiento Obligaciones del patrón en materia de Capacitación Objetivos de la Capacitación y el Adiestramiento La Capacitación y Adiestramiento

Obligaciones del Patrón en Materia de Capacitación y Adiestramiento En México la Ley Federal del Trabajo en la fracción XV del artículo 132 manifiesta que: El patrón tiene que organizar permanentemente o periódicamente cursos o enseñanzas de capacitación profesional o de adiestramiento para sus trabajadores, de conformidad con los planes y programas que, de común acuerdo elaboren con los sindicatos de trabajadores; informando de ello a la Secretaría de Trabajo y Previsión Social o las autoridades del trabajo de los Estado, para uno o varios establecimientos o departamentos o secciones de las mismas por personal propio o por profesores técnicos especialmente contratados o por conducto de escuelas o instituciones especializadas o por alguna otra modalidad. Las autoridades del trabajo vigilarán la ejecución de los cursos o enseñanzas.

Objetivos de la Capacitación y el Adiestramiento A propósito de esta obligación patronal, la ley del trabajo en su artículo 153-F señala: La capacitación y adiestramiento deberán tener por objeto: Actualizar y perfeccionar los conocimientos y habilidades del trabajador en su actividad; así como proporcionarle información sobre la aplicación de nueva tecnología; Preparar al trabajador para ocupar una vacante o puesto de nueva creación; Prevenir riesgos de trabajo; Incrementar la productividad; y, En general, mejorar las aptitudes del trabajador

Capacitación y Adiestramiento Un trabajador de nuevo ingreso que requiera capacitación inicial para la función que va a realizar, mientras reciba esta, prestará sus servicios conforme a las condiciones generales de trabajo que rijan en la empresa o a lo que se estipule respecto a ella en los contratos colectivos.

Capacitación y Adiestramiento En los contratos colectivos, deberán incluirse clausulas relativas a la obligación patronal de proporcionar capacitación y adiestramiento a los trabajadores.

Obligaciones del Trabajador en materia de Capacitación Asistir puntualmente a los cursos, sesiones de grupo y demás actividades que formen parte del proceso de capacitación o adiestramiento; Atender las indicaciones de las personas que impartan la capacitación o adiestramiento, y cumplir con los programas respectivos; y, Presentar los exámenes de evaluación de conocimientos y de aptitud que sean requeridos.

Comisiones Mixtas de Capacitación y Adiestramiento Se encargaran de regular el adecuado funcionamiento en impartición de la capacitación por parte de la empresa Estas comisiones vigilarán la instrumentación y operación del sistema y de los procedimientos que se implanten para mejorar la capacitación y el adiestramiento de los trabajadores

Comisiones Mixtas de Capacitación y Adiestramiento La secretaría del Trabajo y Previsión Social fijara las bases y podrá constituir Comités Nacionales de Capacitación y Adiestramiento, las cuales tendrán el carácter de órganos auxiliares de la propia secretaría.  Estos comités tendrán facultades para: Participar en la determinación de los requerimientos de capacitación y adiestramiento de las ramas o actividades respectivas; Colaborar en la elaboración del catalogo nacional de ocupaciones y en la de estudios sobre las características de la maquinaria y equipo en existencia y uso en las ramas o actividades correspondientes; Proponer sistemas de capacitación y adiestramiento para y en el trabajo, en relación con las ramas industriales o actividades correspondientes; Formular recomendaciones especificas de planes y programas de capacitación y adiestramiento; Evaluar los efectos de las acciones de capacitación y adiestramiento en la productividad dentro de las ramas industriales o actividades especificas de que se trate; y, Gestionar ante la autoridad laboral el registro de las constancias relativas a conocimientos o habilidades de los trabajadores que hayan satisfecho los requisitos legales exigidos para tal efecto.

Capacitación y Adiestramiento Se extenderá al trabajador la correspondiente constancia de habilidades laborales. Cuando implantado un programa de capacitación, un trabajador se niegue a recibir esta, por considerar que tiene los conocimientos necesarios para el desempeño de su puesto y del inmediato superior, deberá acreditar documentalmente dicha capacidad o presentar y aprobar, ante la entidad instructora, el examen de suficiencia que señale la secretaria del trabajo y previsión social.

Conclusión Debido a que la meta primaria de la capacitación es contribuir a las metas globales de la organización, es preciso desarrollar programas que no pierdan de vista las metas y estrategias organizacionales. Las operaciones organizacionales abarcan una amplia variedad de metas que comprenden personal de todos los niveles, desde la inducción hacia el desarrollo ejecutivo. Además de brindar la capacitación necesaria para un desempeño eficaz en el puesto, los patrones ofrecen capacitación en áreas como el desarrollo personal y el bienestar. A fin de tener programas de capacitación eficaces, se recomienda un enfoque sistemático.

Actividades Menciona los objetivos de la capacitación y el Adiestramiento. Señala que fracción del artículo 123 constitucional apartado A obliga a los patrones a proporcionar capacitación y adiestramiento a sus trabajadores.

Bibliografía Sugerida CAVAZOS Flores, Baltasar, El Nuevo Derecho del Trabajo Mexicano, Trillas, México, 2001. SANTOS Azuela, Héctor. Nociones de Derecho Positivo Mexicano. Alambra mexicana, México, 1990.