3. FUNCIONES DE LOS ALCALDES, REGIDORES Y LOS SÍNDICOS MUNICIPALES

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
HACIA UNA LEY DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA PARA OAXACA
Advertisements

CARTAS ORGÁNICAS MUNICIPALES
Unidad 4: Características del Sistema Político costarricense.
Características del Sistema Político costarricense.
Licenciado Virgilio S. Mena Becerra Vicepresidente Nacional
COORDINACIÓN DE ENLACE DELEGACIONAL SECRETARÍA DE GOBIERNO PROPUESTAS DE POLITICAS, ESTRATEGIAS Y LINEAS DE ACCION QUE PUEDAN CONTRIBUIR A DAR CONTINUIDAD.
EL CONSEJERO TERRITORIAL DE PLANEACION
ASAMBLEA GENERAL: Máximo órgano de administración de la cooperativa y sus decisiones son obligatorias para todos los asociados . OBJETIVO: Señalar políticas.
Subsecretaría de Gobierno para Asuntos Religiosos Subdirección de Información de Estadísticas Religiosa Salir O r g a n i g r a m a Dirección General de.
Auxiliar Administrativo Auxiliar Administrativo
NORMATIVA, ROL E IMPORTANCIA DE LOS CONSEJOS TERRITORIALES DE PLANEACIÓN (CTP) EN LOS PROCESOS DE DESARROLLO.
Tres Elementos a Reflexionar en Democracia
Subsecretaría de Gobierno para Asuntos Religiosos Dirección de Información de Estadísticas Religiosa Salir O r g a n i g r a m a Dirección de Normatividad.
Autoridades electorales locales
D emocracia Participat i va y r epres e ntativa. C iudadanía “… es una condición de derechos y responsabilidades de las personas pertenecientes a una.
DECRETO 1860 DE 1994 Diario Oficial No , del 5 de agosto de 1994.
Instalación de la Comisión Permanente de Contralores Estado – Municipios (CPCE-M) 12 de enero del 2000 Participantes: 17 Municipios con Órgano de Control.
CLASE No. 8 OTROS DOCUMENTOS UTILIZADOS EN LA CORRESPONDENCIA OFICIAL
GUIA PRELIMINAR PARA SER MIEMBRO DE UN CONCEJO MUNICIPAL
La rama Ejecutiva es la que representa el gobierno
Bienvenidos a la Primera Sesión Extraordinaria del Ejercicio de Marzo de 2013.
PARTICIPACION Y CONTROL SOCIAL
1 Secretaria General ATRIBUCIONES DE SECRETARIA GENERAL DEL AYUNTAMIENTO.
Organización Interna de las Empresas
“La Descentralización del Gasto para el Desarrollo Social”
1 1 Secretaría de la Contraloría General Gobierno del Estado de Sonora. Benjamin Hill Sonora, 30 de marzo de 2005 Reglamento Interior de los Ayuntamientos.
GOBIERNO ESCOLAR.
COMITÉ INTERINSTITUCIONAL DE CONTROL INTERNO DEL RISARALDA
CALIDAD CALIDEZ COLABORACIÓN
DIP. MARTHA DELGADO PERALTA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL TERCERA LEGISLATURA DIP. MARTHA DELGADO PERALTA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO.
PROYECTO DEL ANILLO VIAL MAPIRIPAN. VIABILIDAD DEL ACUERDO PUBLICO PRIVADO PARA ADELANTAR EL PROYECTO  El Articulo 96 de la Ley 489 de establece.
CONTENIDO DEL DERECHO ADMINISTRATIVO
PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL AYUNTAMIENTO DE TEGUISE.
VIII PROGRAMA DE FORMACIÓN A LAS AUTORIDADES MUNICIPALES LEGISLACION MUNICIPAL Y CODIGO MUNICIPAL Módulo IV, Tema 2.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA ASAMBLEA NACIONAL COMISION PERMANENTE DEL PODER POPULAR Y MEDIOS DE COMUNICACIÓN SUBCOMISIÓN DEL PODER POPULAR LEY DE.
ALCALDIAS MUNICIPALES -Partido Socialista- Secretaría de Asuntos Municipales Departamental Secretaría de Formación Departamental.
A partir del 28 de octubre de 2001 la primera instancia de reclamación por el estrato asignado es la Alcaldía y, la segunda, el Comité Permanente de Estratificación.
Estructura del Núcleo Estatal Funciones del Núcleo Estatal Elección dentro de los Núcleos Lineamientos diversos 2da. Sesión Ordinaria del Consejo Consultivo.
CONSEJO ACADÉMICO ASAMBLEA DE BENEFACTORES CONSEJO SUPERIOR DIRECCION GENERAL RECTORIA SECRETARIA GENERAL VICERRECTORIA ACADÉMICA VICERRECTORIA ACADÉMICA.
Licenciatura en Administración Pública
DECRETO 234 DE 2008 Por el cual se regula el procedimiento de elección de los delegados de las organizaciones sociales y sectores poblacionales rurales.
Mayo, REGLAMENTO GENERAL DEL CONCEJO MUNICIPAL (Ley 482 Art. 16) DISPOSICIONES GENERALES: Objeto - Ámbito de aplicación – Autoridad del Concejo.
“Ley Nº 482 de Gobiernos Autónomos Municipales”
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE MEDELLÍN FONDOS DE SERVICIOS EDUCATIVOS
H. CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE A TRIBUCIONES Y F UNCIONES DE LA C ONTRALORÍA M UNICIPAL SECRETARÍA DE FISCALIZACIÓN 1 ATRIBUCIONES.
TEMA 3 La Ley de Gobierno Valenciano: El Consell.
PARTICIPACION CIUDADANA
LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES LEY Nº 27972
INICIATIVA NORMATIVA Derecho de presentar, ante la respectiva corporación de elección popular, proyectos de acto legislativo, de ley, de ordenanza, de.
Sistema político costarricense
SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE
Seminario de Administración
DESARROLLO PROFESIONAL DOCENTE
LA INTEGRACIÓN DE LOS SUBSISTEMAS Y ORGANISMOS RECTORES DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA COMITÉS TÉCNICOS DE PROFESIONALIZACIÓN COMITÉS TÉCNICOS DE.
COMITES COMUNITARIOS DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Asamblea Consultiva Universitaria Jairo Ruiz. Democracia y participación Artículo 154. Definición. En concordancia con sus principios rectores, la Universidad.
LIC. SERGIO LARA GALVAN, REGIDOR SILVIA CASTAÑEDA DE LEON, SECRETARIA LIC. ENRIQUE VAZQUEZ ORTEGA, ASISTENTE JURIDICO LIC. ANA ILEAN.
“ESTRUCTURA Y FUNCION DE LOS MUNICIOPIOS” OSKAR CORTÉS VÁZQUEZ DHTIC PRIMAVERA 2012.
Comité de Ética Institucional El Colegio de la Frontera Sur.
Hecho por: 1. Susana Castillo Vindas. Arely Quirós. Alejandro Barrantes.
¿Que es el Observatorio de Autonomía Municipal? ¿Por qué es importante la construcción del OdAM? Construcción teórico conceptual de la Autonomía municipal.
Informe Gestión Concejo Municipal de Titiribí Periodo: Jairo Ricardo Ossbal Robledo Presidente de la Corporación Diciembre de 2015.
La Asamblea Nacional Decretò La Ley de los Consejos Estadales de Planificación y Coordinación de Políticas Publicas Gaceta Oficial Nº Fecha 20 -agosto-2002.
GOBIERNO LOCAL, PARTICIPACION LOCAL
CONSEJO CANTONAL DE PROTECCION DE DERECHOS DE SAN JACINTO DE YAGUACHI RENDICIÓN DE CUENTAS ENERO – DICIEMBRE 2015.
Componentes de un Centro de Estudiantes Según ley provincial N° y Decreto Reglamentario Programa Estudiantes al Centro Ministerio de Educación.
Tribunal Electoral del Estado de Querétaro Atribuciones y servicios por Unidad Administrativa Pleno: Ejerce colegiadamente la función jurisdiccional especializada.
24 de junio de m
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Presupuesto por Programas en Costa Rica Néstor Chinchilla Dinarte María Lourdes Jaén Calderón Mayra Rodríguez Quirós San Salvador, Abril 2012.
Transcripción de la presentación:

3. FUNCIONES DE LOS ALCALDES, REGIDORES Y LOS SÍNDICOS MUNICIPALES El ALCALDE (AS) Cargo ejecutivo electo popularmente. Ejerce la administración general y dirección de la municipalidad. Coordina y sirve de enlace entre los diferentes entes estatales y la ciudadanía.

FUNCIONES DEL ALCALDE (SA) Ser administrador y autoridad superior de las dependencias municipales. Asistir, con voz pero sin voto, a todas las sesiones del Concejo Municipal. Emite las resoluciones y ejecuta los acuerdos aprobados por el Concejo Municipal. Antes de entrar en posesión de su cargo, presentar, al concejo municipal, un programa de gobierno. Artículo N° 17 del Código Municipal

FUNCIONES DEL ALCALDE (SA) Rendir cuentas a los vecinos del cantón, mediante un informe de labores ante el Concejo Municipal. Presentar los proyectos de presupuesto, ordinario y extraordinario, de la municipalidad ante el Concejo Municipal para su discusión y aprobación. Nombrar y remover al personal municipal. Ostentar la representación legal de la municipalidad.

EL REGIDOR (A) Es la persona electa popularmente para conformar el Concejo Municipal. Siendo el Concejo Municipal como una asamblea legislativa cantonal.

FUNCIONES DEL REGIDOR Tomar acuerdos mediante su voto en los asuntos que se sometan al conocimiento del órgano colegiado. Desempeñar las funciones e integrar las comisiones que se le asignen. Los demás deberes que expresamente señale el Código Municipal y los reglamentos internos que se emitan. Artículo N° 26 Código Municipal

EL SÍNDICO (A) Cada distrito estará representado ante la Municipalidad, del respectivo cantón, por un síndico propietario y un suplente, con voz pero sin voto. Artículo N°172 Constitución Política.

FUNCIONES DEL SÍNDICO Ser el representante directo del Distrito ante ese Concejo de Distrito. Es el enlace entre el Distrito y el Concejo Municipal. Traslada iniciativas del Concejo de Distrito al Concejo Municipal. Traslada iniciativas de la comunidad de su distrito a los Concejos Distritales y Concejos Municipales.

EL INTENDENTE (A) Es la persona electa popularmente que tiene las mismas facultades del Alcalde Municipal pero desempeña su cargo en el Concejo Municipal de Distrito. Puede existir un Vice-intendente Distrital, quien realizará las funciones administrativas y operativas que le asigne el Intendente. En Costa Rica existen ocho Concejos Municipales de Distrito.

Funciones del Concejo Municipal Fijar la política y las prioridades de desarrollo del municipio, conforme al programa de gobierno inscrito por el alcalde municipal. Acordar los presupuestos y aprobar las contribuciones, tasas y precios que cobre por los servicios municipales. Celebrar convenios, comprometer los fondos o bienes y autorizar los egresos de la municipalidad. Proponer a la Asamblea Legislativa los proyectos de ley necesarios para el desarrollo municipal. Acordar la celebración de plebiscitos, referendos y cabildos de conformidad con el reglamento que se elaborará con el asesoramiento del Tribunal Supremo de Elecciones. Aprobar el Plan de Desarrollo Municipal y el Plan Anual Operativo que elabore la persona titular de la alcaldía. Crear las comisiones especiales y las comisiones permanentes asignarles funciones. 

¿CÓMO ESTA CONFORMADO EL CONCEJO DE DISTRITO El Concejo de Distrito, está conformado por cinco miembros propietarios y cinco miembros suplentes. Artículo N° 55 del Código Municipal

FUNCIONES DEL CONCEJO DE DISTRITO Proponer beneficiarios de becas, bonos de vivienda y alimentación, ayudas estatales que las instituciones pongan a disposición de cada Distrito. Recomendar al Concejo Municipal el orden de prioridad para ejecutar obras públicas en su distrito, en los casos en que las instituciones estatales desconcentren sus decisiones. Proponer al Concejo Municipal la forma de utilizar otros recursos públicos destinados al distrito. Emitir recomendaciones sobre permisos de patentes y fiestas comunales correspondientes a su distrito. Artículo N°57 Código Municipal

FUNCIONES DEL CONCEJO DE DISTRITO Fomentar la participación activa y democrática de los vecinos en las decisiones de su distrito Servir como órganos coordinadores en actividades distritales con la Administración Pública Las funciones que delegue el Concejo Municipal por acuerdo, conforme a la ley Artículo N°57 Código Municipal