Dra. Zoila García Huamán

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Transcripción de la presentación:

Dra. Zoila García Huamán LA TENENCIA Dra. Zoila García Huamán

TENENCIA La tenencia y custodia de los hijos es una forma de protección de los mismos, que consiste en ejercer la custodia física de un niño con el fin de vivir con éste, cuidar y asistirlo. Se puede otorgar la tenencia y custodia a uno de los cónyuges o a los dos en forma compartida.

COMO DETERMINAR LA TENENCIA - Por acuerdo de los padres, se aprecia ello cuando existe una buena comunicación entre los padres. - Se asume a través del reconocimiento judicial del derecho de custodia y tenencia de un hijo. Procede en caso que los padres se encuentren separados y un cónyuge o conviviente le arrebata al otro a un hijo o si estuviera en peligro la identidad física de éste.

La competencia en el proceso judicial de tenencia le corresponde al Juez de Familia o en su defecto al Juez Mixto Se tramita vía Proceso Único. La tenencia no suspende de la Patria Potestad al progenitor que no la ejerce. Se debe tener en cuenta la opinión del niño o adolescente, de acuerdo y teniendo en cuenta la edad y madurez del mismo.

Tenencia compartida.- No existe un padre y/o madre visitador, ambos ejercen la custodia, buena comunicación entre los progenitores. - Factores a tener en cuenta: Paternidad y maternidad responsable. No es lo mismo Tenencia compartida y Régimen de visitas con externamiento.

Alineación Parental.- Influencia de uno de los padres en la opinión o concepto de sus hijos, con respecto al otro progenitor en forma negativa.

MEDIDAS CAUTELARES No existe medida cautelar fuera del proceso. Se establece de acuerdo a la edad (pericia psicológica y visita social, si esta es necesaria) Se puede otorgar régimen de visita provisional

Tutela Institución que protege al menor en la ausencia de los padres y se concede a los abuelos u otros familiares.