EL PAGARE.

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
EL VALE El vale es un título de crédito, por el cual la persona que lo firma se reconoce deudora de otra, por el valor de bienes entregados o servicios.
Advertisements

LEY CAMBIARIA Y DEL CHEQUE
Tesis I: Contratos mercantiles modernos
Factura Cambiaria
Letra de Cambio
GESTIÓN ADMINISTRATIVA
Tema 9 Cheque y letra de cambio
Cheque Pagaré.
Tema 9 Cheque y letra de cambio
Amaya Villota.IES LAZARO CARDENAS
DOCUMENTOS COMERCIALES
4. TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO
México, D.F. a 9 de noviembre de Por esta única letra de cambio se servirá usted pagar incondicionalmente la cantidad de dos mil pesos a la orden.
PAPELES DE COMERCIO: CHEQUE- LETRA DE CAMBIO Y PAGARÈ
 Letra de Cambio.  Cheque.  Pagaré.
TITULOS VALORES DEFFINICIÓN: son documentos que contienen un derecho literal y autónomo; de carácter económico. Es decir, son documentos que se utilizan.
LOS DOCUMENTOS CAMBIARIOS
Documentación contable II
Matemáticas Financieras
LETRA DE CAMBIO.
Por: Eúan Reyes Yudiana Concepción.
Los títulos de crédito Derecho Mercantil
Gestión Administrativa
TITULOS VALORES ESPECIFICOS
El Cheque Cheques especiales
1. CAPITALIZACIÓN SIMPLE
CAJERO BANCARIO COMERCIAL
GARANTIAS ADUANERAS FINALIDADES: ASEGURAMIENTO DEL PAGO DE TRIBUTOS
Tipos y características de instalaciones deportivas.
DE LA QUIEBRA(ley ) Qué es la quiebra? Principios de la quiebra
INSTRUMENTOS DE COBRO Y PAGO
Gestión administrativa
1 – El Cheque. 2 – El Recibo. 3 – Domiciliación Bancaria. 4 – Transferencia Bancaria. 5 – Tarjetas Débito y Crédito. 6 – La Letra de Cambio.
JULIANA ARIAS ROJAS MARISOL ORTIZ TORO
Pagaré.
Las operaciones bancarias
INSTRUMENTOS DE FINANCIACIÓN AJENA A CORTO PLAZO.
TITULOS VALORES CAMBIARIOS
TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO
LETRA DE CAMBIO DERECHO EMPRESARIAL
PAGARÉ El pagaré es un documento que consiste en la promesa pura y simple de pagar una determinada cantidad de dinero en un futuro a su legítimo tenedor.
TÍTULOS DE CRÉDITO Mtra. Candelaria Beatriz Arroyo Denis
pagaré Para que sirve? Que es? cuando se usa? como se usa?
OPERACIONES PASIVAS PROFA. GLORIA SALAZAR.
CONTENIDOS 11 Introducción La Ley Cambiaria y del Cheque
El PAGARE DERECHO EMPRESARIAL
Alumnos: Hernández Rodríguez Herrera Pacheco Maldonado Noh
PAGARÉ Alumnas: Alegría Narváez Sandra Odimaris Cauich Puc Adriana
TARJETAS DE CREDITO Y DEBITO
PAGARÉ Alumnas: Alegría Narváez Sandra Odimaris Cauich Puc Adriana
El comprobante de consignación es donde se relacionan los depósitos de dinero (efectivo, cheques o títulos), realizadas por la empresa o personas naturales.
Pagarés y Cedulas Hipotecarias.
Catedrático: Emilio Balarezo Reyes
Personas que intervienen Modelo del Pagaré Colombiano
EL PAGARE Concepto: Es un título de crédito que contiene la promesa incondicional del suscriptor de pagar una suma de dinero en lugar y época determinados,
LETRA DE CAMBIO Es un título valor que se extiende por una persona (acreedor – librador) y recoge una obligación de pago aceptada por otra persona (deudor.
VALOR DEL DINERO EN EL TIEMPO
CUESTIONARIO INICIAL ¿Qué ventajas crees que tiene un empresario al efectuar sus pagos a crédito o aplazado en lugar de hacerlo al contado? ¿Qué departamento.
PAGO APLAZADO Pagaré Letra de cambio
UD 2 MEDIOS DE COBRO Y PAGO 1.
INTEGRANTES: TAPIA CRUZ CLELY GLADIS TITO SALGADO ROSMERY
Catedrático: Emilio Balarezo Reyes
Para que sirve? Que es ? pagaré cuando se usa? características.
Tema 4: El cheque y el pagaré.
Gestión administrativa
•El descuento bancario es el que se utiliza en todas las operaciones comerciales y, por ello, al hablar de descuento, se entiende que es el descuento.
Dr. Roberto E. Franco Zesati
DESCUENTOS. DESCUENTO Es la operación de adquirir, antes del vencimiento, valores generalmente endosables. Operación por la que un banco entrega al tenedor.
Cheque. Tal vez no hayas utilizado nunca una letra de cambio o un pagaré, pero seguramente has utilizado el cheque: DEFINICIÓN. Título de crédito en virtud.
LETRA DE CAMBIO.
Transcripción de la presentación:

EL PAGARE

presentado por: JOHANNA SANCHEZ LEIDDY VALENCIA CAROLINA RAMIREZ

ANTECEDENTES El pagaré aparece como una forma impropia del contrato de cambio que se contiene en la cambial y como medio de eludir la prohibición de estipular intereses, que la Iglesia repudiaba. Como originalmente el título de cambio era expresión del contrato de cambio trayectorio y el derecho canónico prohíbe del pacto de intereses, se ideo la emisión de un título análogo al cambiario en el cual la obligación de pagar los intereses se ocultara bajo la apariencia de una deuda comercial o un préstamo, sin que, de otro lado, tuviese que emitirse el título para pagar en una plaza diferente a la orden de tercera persona.

¿QUÉ ES UN PAGARE? Es un documento escrito mediante el cual una persona se compromete a pagar a otra una determinada cantidad de dinero en una fecha acordada previamente. Es un titulo valor muy similar a la letra de cambio y se usa, principalmente para obtener recursos financieros

¿CUÁLES SON SUS CARACTERÍSTICAS? Poseen feche fija de pago que se denominara “Vencimiento” En caso de incumplimiento (falta de pago), pueden cobrarse judicialmente, mediante una acción mucho mas breve que el juicio ordinario. Representa un derecho de cobro que puede ser transmitido de persona en persona sin limite alguno mediante su “Endoso”.

¿REQUISITOS DEL PAGARE? El pagaré debe contener, además de los requisitos que establece el Articulo 621, los siguientes: 1. La promesa incondicional de pagar una suma determinada de dinero. 2. El nombre de la persona a quien deba hacerse el pago. 3. La indicación de ser pagadero a la orden o al portador, y 4. La forma de vencimiento

¿CÓMO SE CREA UN PAGARE? En su emisión sólo interviene el suscriptor mediante su confesión de deuda, su promesa de pago y la firma. Mientras en un rol pasivo se consigna el nombre del beneficiario. El suscriptor de un pagaré queda obligado de igual manera que el aceptante de una letra de cambio. Además pueden intervenir: El endosante, siempre que el pagaré esté suscrito expresamente a la orden o que no tiene la cláusula que prohíba el endoso

¿QUIÉNES INTERVIENEN ? En el pagare intervienen: El LIBRADO: Que es quien se compromete a pagar la suma de dinero a la vista, o en una fecha futura fija o determinable la persona del librado coincide con el librador que es aquel que emite el pagare.

El BENEFICIARIO O TENEDOR: Es aquel a cuya orden debe hacerse el pago de la suma de dinero estipulada en el pagare, si esta así transmitido o endosado por el librador El AVALISTA: Es la persona que garantiza el pago de el pagare.

¿QUÉ DATOS DEBEN FIGURAR EN EL PAGARE? La denominación de el pagare. El vencimiento o la fecha en la que deberá abonarse. El importe de la cantidad a abonar. El lugar en el que debe efectuarse el pago. El nombre de la persona a la que debe efectuarse el pago a cuya orden se deba efectuar o tenedor. El lugar y la fecha de libramiento. La firma de el deudor.

FORMAS DE EMISION A la orden Nominativos sin clausula, a la orden Nominativos no a la orden Sin vencimiento Para abandonar en cuenta Cruzados Cruzados en general

principales diferencias entre la letra de cambio y el pagare Las diferencias principales entre los documentos pueden concretarse a los elementos personales y el contenido básico de cada uno de los títulos son: 1.Elementos personales 2 Contenido 3 Empresas de descuentos de pagare

CONSEJOS En primer lugar no firme nunca un pagare en blanco, ya que de lo contrario puede suceder que manos inescrupulosas lo complementen con datos distintos a lo pactado. Verificar que contenga los requisitos mencionados especialmente la “Fecha de vencimiento” y la suma que se compromete a abonar. Respete la fecha de vencimiento establecida en el documento sepa que su incumplimiento puede implicar una acción judicial para su cobro ,que además la obligaría el pago de las costas de juicio.

Al momento de cancelar la deuda exija la entrega de el pagare o bien la rotula de su firma en el, caso contrario aun cuando halla abandonado la suma en cuestión, el pagare en manos inadecuadas darán lugar a su cobro judicial, teniendo que abonar nuevamente la deuda.