LEY 22.362 DE MARCAS Y DESIGNACIONES, DECRETO REGLAMENTARIO 558 / 81, modificado por el 1141 / 03.

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Transcripción de la presentación:

LEY DE MARCAS Y DESIGNACIONES, DECRETO REGLAMENTARIO 558 / 81, modificado por el 1141 / 03

LA AUTORIDAD DE APLICACIÓN DE ESTA LEY ES LA D.N.P.I. ( DIRECCION NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL )

¿QUÉ ES UNA MARCA? ES TODO SIGNO NOVEDOSO Y CARACTERISTICO QUE DISTINGUE A UN PRODUCTO O SERVICIO DE OTRO

¿PARA QUÉ SIRVE? Distinguirse frente a la competencia. Indicar la procedencia empresarial. (Origen) Señalar calidad y características constantes. Realizar y reforzar la función publicitaria. Eleva valor en la empresa. (El valor de una marca puede ser incluído en la contabilidad de la empresa) Ejercicio de acciones legales contra quienes la estén imitando o usando sin autorización.

Se puede registrar como Marca: Los dibujos Los Emblemas Los Grabados Envases Estampados, imágenes Combinaciones de letras y números Frases publicitarias Todo otro signo con “capacidad distintiva” “El sabor del encuentro”

DIARCO Vs. APPLE

No pueden ser registradas: Una marca Similiar o idéntica a una ya registrada o solicitada con anterioridad para distinguir los mismos productos o servicios Palabras, dibujos y demás signos contrarios a la moral y las buenas costumbres Palabras, nombres y símbolos que usen o deban usar la Nación, las provincias los municipios y organizaciones religiosas El nombre, seudónimo o retrato de una persona sin su consentimiento o el de sus herederos hasta 4to grado inclusive

No se consideran marcas y no pueden ser registradas: Los nombres, palabras y signos que constituyan la designación necesaria o habitual del producto o servicio a distinguir Los nombres, palabras, signos y Frases que hayan pasado al uso general antes de su solicitud de registro

ARTICULO 1° DEL DECRETO ESTABLECE UNA CLASIFICACION DE PRODUCTOS Y SERVICIOS PARA EL REGISTRO DE MARCAS. EXISTEN 45 CLASES DIFERENTES:  34 PARA PRODUCTOS  11 PARA SERVICIOS

Inscripción: proceso Debe presentarse una solicitud en la Dirección Nacional de la Propiedad Industrial. Datos necesarios de solicitud si se es persona física:  Nombre  Número de documento  Domicilio  Estado civil  CUIT o CUIL según el caso  Denominación marcaria o isologo según el caso  Clase en la que se solicita  Firma del solicitante o apoderado

Inscripción: proceso Debe presentarse una solicitud en la Dirección Nacional de la Propiedad Industrial. Datos necesarios de solicitud si se es persona jurídica:  Razón social  Datos de inscripción en el registro público (número, fecha, tomo, folio, libro)  Domicilio  CUIT  Firma del representante o apoderado de la sociedad  Documentación respaldatoria del carácter del firmante  Denominación marcaria o isologo según el caso

Procedimiento de Registro de Marcas Solicitud de registro Publicación en Boletín de Marcas -Búsqueda de Antecedentes -Plazo para efectuar las oposiciones -Notificación al solicitante -Plazo para corregir y/o contestar las Oposiciones -Resolución de la D.N.P.I.: si no existe oposicìón, se da lugar al registro. 1 día 30 días 15 días 90 días 12 meses

OPOSICION Por escrito Con nombre del oponente Domicilio Real Fundamentos de la oposición Por duplicado

Plazo de Vigencia Durará 10 años Podrá ser renovada todas las veces que se quiera por lapsos iguales si la misma fue utilizada dentro de los 5 años antes de cada vencimiento.

Extinción El derecho de propiedad de una marca se extingue por 1.Renuncia de su titular 2.Vencimiento de los 10 años sin renovación 3.Declaración judicial de nulidad o caducidad del registro