Comisión Nacional de Telecomunicaciones de Honduras www.conatel.gob.hn 1 Sector de Telecomunicaciones EL SECTOR DE TELECOMUNICACIONES EN HONDURAS Comisión.

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Transcripción de la presentación:

Comisión Nacional de Telecomunicaciones de Honduras 1 Sector de Telecomunicaciones EL SECTOR DE TELECOMUNICACIONES EN HONDURAS Comisión Nacional de Telecomunicaciones

Antecedentes Antes de octubre de 1995, el Estado de Honduras concentraba en HONDUTEL las funciones de: Antes de octubre de 1995, el Estado de Honduras concentraba en HONDUTEL las funciones de: -Regulación -Fiscalización -Operación y Explotación. Desde octubre de 1995, las funciones de Regulación y Fiscalización recaen sobre CONATEL y las funciones de Operación y explotación sobre HONDUTEL. Desde octubre de 1995, las funciones de Regulación y Fiscalización recaen sobre CONATEL y las funciones de Operación y explotación sobre HONDUTEL.

La Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) Estructura de CONATEL Comisión integrada por 3 miembros propietarios y 2 suplentes Comisión integrada por 3 miembros propietarios y 2 suplentes Nombrados por el Presidente de la República, y con 4 años de duración. Nombrados por el Presidente de la República, y con 4 años de duración. Decisiones por simple mayoría, en casos especiales por unanimidad. Decisiones por simple mayoría, en casos especiales por unanimidad.

Objetivos Promover la mejora sustantiva de la calidad, cantidad y Variedad de los Servicios. Promover la mejora sustantiva de la calidad, cantidad y Variedad de los Servicios. Promover el carácter universal de los servicios públicos tales como la telefonía fija, telefonía movil, larga distancia nacional, y larga distancia internacional a precios razonables Promover el carácter universal de los servicios públicos tales como la telefonía fija, telefonía movil, larga distancia nacional, y larga distancia internacional a precios razonables Promover la competencia de los Servicios que no están sujetos a un régimen de exclusividad Promover la competencia de los Servicios que no están sujetos a un régimen de exclusividad

Misión Promover el desarrollo y modernización de las telecomunicaciones en Honduras, fomentando la participación de la inversión privada en el sector, dentro de un ambiente de libre y leal competencia.

Funciones Regulación: Regulación: -Normativa Técnica y Reglamentación -Establecimiento de Tarifas -Otorgamiento de Títulos Habilitantes Supervisión y Fiscalización: Supervisión y Fiscalización: -Garantiza los derechos y deberes de los operadores -Vela por los derechos de los usuarios -Aplicación de Sanciones - Hacer cumplir la legislación vigente-

Gestión del Espectro Radioeléctrico Gestión del Espectro Radioeléctrico -Planificación e Ingeniería -Comprobación y control de Emisiones Otras Funciones: Otras Funciones: -Colaboración en formulación de Políticas -Representación del Estado en materia de Telecomunicaciones -Promover la Universalización de los Servicios -Resolver conflictos entre operadores y entre operadores y usuarios.

Administración del Espectro Radioeléctrico Los servicios de telecomunicaciones utilizan en su mayoría el espectro radioeléctrico, como medio para enviar información, tal como la Radio, Televisión, transmisión de datos y Telefonía Celular. Los servicios de telecomunicaciones utilizan en su mayoría el espectro radioeléctrico, como medio para enviar información, tal como la Radio, Televisión, transmisión de datos y Telefonía Celular. Se requiere de una administración moderna y eficiente para evitar problemas de interferencia entre los distintos operadores. Se requiere de una administración moderna y eficiente para evitar problemas de interferencia entre los distintos operadores.

Convocatoria y Monitoreo de Cadena Nacional A partir de su creación mediante Decreto 185/95 las Convocatoria y Monitoreos de Cadena Nacional son responsabilidad de CONATEL. A partir de su creación mediante Decreto 185/95 las Convocatoria y Monitoreos de Cadena Nacional son responsabilidad de CONATEL. Las Transmisiones de Cadena Nacional se realizan a través de: Las Transmisiones de Cadena Nacional se realizan a través de: 1. Estaciones de radiodifusión de televisión (VHF y UHF) 2. Estaciones de radiodifusión sonora (AM y FM) 3.Sistemas de Televisión por Suscripción por Cable

Convocatoria y Monitoreo de Cadena Nacional El Articulo 10 del Decreto 118/97 “LEY MARCO DEL SECTOR DE TELECOMUNICACIONES” establece que: Las estaciones de radio, televisión y otros servicios de difusión estarán obligadas cuando CONATEL lo solicite, a otorgar espacios para Cadena Nacional para difundir mensajes de los Presidentes de los tres Poderes del Estado y para casos de emergencia nacional y de interés nacional, cultural y cívico que se consignarán en el reglamento respectivo. El Articulo 10 del Decreto 118/97 “LEY MARCO DEL SECTOR DE TELECOMUNICACIONES” establece que: Las estaciones de radio, televisión y otros servicios de difusión estarán obligadas cuando CONATEL lo solicite, a otorgar espacios para Cadena Nacional para difundir mensajes de los Presidentes de los tres Poderes del Estado y para casos de emergencia nacional y de interés nacional, cultural y cívico que se consignarán en el reglamento respectivo.

Convocatoria y Monitoreo de Cadena Nacional Las solicitudes de Cadena Nacional deben presentarse con una anticipación de tres (3) días, a excepción de los casos de emergencia en lo que no sea posible su prevención Las solicitudes de Cadena Nacional deben presentarse con una anticipación de tres (3) días, a excepción de los casos de emergencia en lo que no sea posible su prevención En casos de emergencia como: desastres naturales, seguridad ciudadana, en casos de extrema urgencia en el que no se disponga de tiempo suficiente, el Presidente de la Comisión resolverá, quien posteriormente lo informará a la Comisión En casos de emergencia como: desastres naturales, seguridad ciudadana, en casos de extrema urgencia en el que no se disponga de tiempo suficiente, el Presidente de la Comisión resolverá, quien posteriormente lo informará a la Comisión

Convocatoria y Monitoreo de Cadena Nacional CONATEL notificará la orden de transmisión para Cadena Nacional con una antelación no menor de doce (12) horas, salvo que se trate de imprevistos o de emergencia, en cuyo caso se hará en un tiempo menor al señalado

Convocatoria y Monitoreo de Cadena Nacional Artículo 43 de la LEY MARCO DEL SECTOR DE TELECOMUNICACIONES Las infracciones se sancionarán de la manera siguiente: 1) Las infracciones muy graves con una multa de hasta Lps. 500, (quinientos mil Lempiras) por cada Lps. 500, (quinientos mil Lempiras) por cada infracción; y, infracción; y, 2) Las infracciones graves con una multa de hasta Lps. 99, (noventa y nueve mil Lempiras) por cada 99, (noventa y nueve mil Lempiras) por cada infracción. infracción.

TIPOS DE INSPECCION A COMPAÑÍAS DE TELEVISION POR SUSCRIPCION POR CABLE 1.Inspección de Oficio. Directamente ordenada por CONATEL 1.Inspección de Oficio. Directamente ordenada por CONATEL 2.A Solicitud de Parte (por Denuncia o solicitud de colaboración) 2.A Solicitud de Parte (por Denuncia o solicitud de colaboración)

TIPOS DE INSPECCION A COMPAÑÍAS DE TELEVISION POR SUSCRIPCION POR CABLE Inspección de Oficio Directamente ordenada por CONATEL Verificación de Inicio de Operaciones Verificación de Inicio de Operaciones Verificación de Condiciones Técnicas de Operación. Verificación de Condiciones Técnicas de Operación.

TIPOS DE INSPECCION A COMPAÑÍAS DE TELEVISION POR SUSCRIPCION POR CABLE A Solicitud de Parte (por Denuncia oSolicitud de Colaboración) Denuncia por operación ilegal del servicio Denuncia por operación ilegal del servicio Denuncia por otro operador del servicio Denuncia por otro operador del servicio Solicitud de Colaboración (Oficina de Propiedad Intelectual, Derechos de Autor) Solicitud de Colaboración (Oficina de Propiedad Intelectual, Derechos de Autor)

RELACIONES CON EL MEDIO AMBIENTE 1. Emisión de títulos habilitantes. Específicamente las Licencias Radioeléctricas. 2. Emisión de Normativas Especificas

REGLAMENTACION La emisión de un titulo habilitante del espectro radioeléctrico también esta supeditado a las autoridades municipales correspondientes, ante quienes se tiene que solicitar los respectivos permisos de operación y cumplir con las regulaciones ambientales aplicables

REGLAMENTACION Normativa NR005/07 El Reglamento tiene como objetivo establecer los límites de la exposición permisible para la población en general, a los campos electromagnético, dentro de la banda del espectro radioeléctrico asociada a la operación de las estaciones transmisoras de telecomunicación autorizadas y licenciadas por CONATEL.

CONATEL, como organismo regulador de las telecomunicaciones, vigila que los operadores de telefonía móvil cumplan con los requisitos de limitación de radiaciones, establecidos en la Resolución Normativa NR005/07, para la protección de la salud y seguridad de los habitantes de las comunidades que viven en las cercanías de torres y antenas de transmisión. CONATEL, como organismo regulador de las telecomunicaciones, vigila que los operadores de telefonía móvil cumplan con los requisitos de limitación de radiaciones, establecidos en la Resolución Normativa NR005/07, para la protección de la salud y seguridad de los habitantes de las comunidades que viven en las cercanías de torres y antenas de transmisión.