PANORAMA LABORAL Italo Mórtola Flores

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Transcripción de la presentación:

PANORAMA LABORAL Italo Mórtola Flores

I) INCREMENTO DE LA R.M.V. Marco Legal.- Constitución (Artículo 24°) y Convenio OIT N° 26 (ratificado por el Perú en 1962):  Las remuneraciones mínimas las regula el Estado con participación de las organizaciones representativas de los trabajadores y de los empleadores.  Desde abril de 1999 la RMV se viene regulando mediante Decretos de Urgencia

DECRETOS DE URGENCIA Corresponde al Presidente de la República: (…) Dictar medidas extraordinarias, mediante decretos de urgencia con fuerza de ley, en materia económica y financiera, cuando así lo requiere el interés nacional y con cargo a dar cuenta al Congreso. (Art. 118 Inc. 19 Const.) Materia Económica y Financiera:  Endeudamiento.  Tributación. (Prohibido por Art. 74° de la Constitución)  Presupuesto. D.U. sólo pueden contender materia remunerativa a través de Ley del Presupuesto. En consecuencia, los D.U. que exceden esta limitación son inconstitucionales.

PROYECTO DE LEY SOBRE LA RMV  Remuneraci ó n en especie no puede ser mayor al 20% de la RMV.  RMV se fija y reajusta cada a ñ o por D.S. previo acuerdo y a propuesta del Consejo Nacional del Trabajo.  Reajustes toman en consideraci ó n í ndices de inflaci ó n y el valor de la canasta b á sica de consumo. Por evaluar:  Impacto RMV puede no ser importante: 46% de la PEA es informal.  Incremento RMV puede promover o mantener informalidad.  Sindicatos no se reincorporan al Consejo Nacional del Trabajo.

II) PROYECTO SOBRE APORTE A LAS AFPs  Originalmente aporte era 10% de la remuneraci ó n, luego se redujo a 8%. Proyecto:  Incremento gradual: a 9% hasta el 31-Dic-2006 y luego a 10%.  Objetivo: incrementar base econ ó mica para recibir una mayor pensi ó n de jubilaci ó n.  Se debe evaluar impacto macroecon ó mico por menor liquidez de los trabajadores, para evitar contracci ó n en demanda de bienes y servicios.

III) MODALIDADES FORMATIVAS  R.M. N° (03-Nov-2005): Aprueban formatos relacionados con modalidades formativas. Est á n publicados en la p á gina web del Ministerio de Trabajo (  22-Nov-2005 vence plazo para adecuarse a las disposiciones sobre modalidades formativas.  Desarrollar Programas y Planes de acuerdo a Ley y Reglamento.

IV) REGISTRO DE TRABAJADORES DEL HOGAR Y SUS EMPLEADORES  Res. de Superintendencia N° /SUNAT (01-Oct-2005):  Deben inscribirse empleadores, trabajadores del hogar y sus derechohabientes.  Plazo: Desde 02-Nov-2005 hasta 21-Dic-2005, seg ú n ú ltimo d í gito del documento de identidad del empleador.  El incumplimiento será sancionado de acuerdo con el C ó digo Tributario.