Introducción al Estudio del Derecho Procesal Penal

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Transcripción de la presentación:

Introducción al Estudio del Derecho Procesal Penal Principios Generales

El Derecho Procesal Penal Concepción básica que involucra su expresión Conjunto de normas jurídicas Regula las instituciones que intervienen en el Poder Judicial mrio Publico Policía Nacional y Judicial etc. La actividad y los sujetos que intervienen en él Sujetos juez fiscal victima querellante imputado terceros buena fe, comunicar domicilio h. p., derechos: inocencia, abogados, declarar “conjunto de normas jurídicas que regula los actos tendientes al ejercicio de persecución comprobación y castigo que tiene el estado (ius Puniendi)

El D. P. P. cumple la siguientes funciones: Material Realización del derecho penal material Protección de la dignidad humana Recomposición de la paz y la seguridad social Formal Juicio previo y juez natural

Proceso y Procedimiento variables Abarca desde la el conocimiento del hecho punible por el organismo del estado hasta su culminación con una S.D Procedimiento Una parte del proceso que tiene un principio y final pero que se ubica dentro del proceso Incidentes, reconocimiento de personas, anticipo jurisdiccional de pruebas, audiencias varias, declaraciones varias etc. “POCEDIMIENTO es el contenido PROCESO es el continente”

Rasgos principales Inmediatez 366 Publicidad 368 Oralidad 370 concentración progresividad contradicción Publicidad 368 Oralidad 370 Continuidad 372

Artículo 1. JUICIO PREVIO. Nadie podrá ser condenado sin un juicio previo, fundado en una ley anterior al hecho del proceso, realizado conforme a los derechos y garantías es­tablecidos en la Constitución, el Derecho Inter­ nacional vigente y a las normas de este código.   En el procedimiento se observarán especialmente los principios de oralidad, publicidad, in­mediatez, contradicción, economía y concentración, en la forma en que este código determina.

Principios y Garantías procesales Artículo 1. JUICIO PREVIO. Artículo 2. JUEZ NATURAL. Artículo 3. INDEPENDENCIA E IMPARCIALIDAD. Artículo 4. PRINCIPIO DE INOCENCIA. Artículo 5. DUDA. Artículo 6. INVIOLABILIDAD DE LA DEFENSA. Artículo 8. ÚNICO PROCESO. Artículo 9. IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PROCESALES. Artículo 10. INTERPRETACIÓN.

Artículo 16 - De la defensa en juicio La defensa en juicio de las personas y de sus derechos es inviolable. Toda persona tiene derecho a ser juzgada por tribunales y jueces competentes, independientes e imparciales.

Artículo 17 - De los derechos procesales En el proceso penal, o en cualquier otro del cual pudiera derivarse pena o sanción, toda persona tiene derecho a: 1) Que sea presumida su inocencia; 2) Que se le juzgue en juicio público, salvo los casos contemplados por el magistrado para salvaguardar otros derechos; 3) Que no se le condene sin juicio previo fundado en una ley anterior al hecho del proceso, ni que se le juzgue por tribunales especiales;

4) Que no se le juzgue más de una vez por el mismo hecho 4) Que no se le juzgue más de una vez por el mismo hecho. No se pueden reabrir procesos fenecidos, salvo la revisión favorable de sentencias penales establecidas en los casos previstos por la ley procesal; 5) que se defienda por sí misma o sea asistida por defensores de su elección; 6) Que el Estado le provea de un defensor gratuito, en caso de no disponer de medios económicos para solventarlo;

7) La comunicación previa y detallada de la imputación, así como a disponer de copias, medios y plazos indispensables para la preparación de su defensa en librecomunicación; 8) Que ofrezca, practique, controle e impugne pruebas; 9) Que no se le opongan pruebas obtenidas o actuaciones producidas en violación de las normas jurídicas; 10) El acceso, por sí o por intermedio de su defensor, a las actuaciones procesales, las cuales en ningún caso podrán ser secretas para ellos. El sumario no se prolongará más allá del plazo establecido por la ley, y a 11) La indemnización por el Estado en caso de condena por error judicial.

Su contenido material Estado es una persona jurídica organizada por sus habitantes para ejercer o regir sus vidas en sociedad Rosseau contrato social Platón armonía Ernst Beling el derecho penal no le toca un pelo al delincuente el a través del proceso penal que se puede autorizar incluso la muerte “es el conocimiento que tiene toda persona de la existencia de reglas de convivencia y su eventual castigo por incumplimiento previa comprobación de su responsabilidad y el ejercicio de su defensa”

Artículo 256. DE LA FORMA DE LOS JUICIOS. Los juicios podrán ser orales y públicos, en la forma y en la medida que la Ley determine. Toda sentencia judicial debe estar fundada en esta Constitución y en la Ley. La crítica a los fallos es libre. El proceso laboral será oral y estará basado en los principios de inmediatez, economía y concentración.

Objeto del proceso penal Descubrimiento de la verdad histórica Realización del derecho penal material Convivencia armónica y pacifica y en derecho Redefinición del conflicto

Sujetos del Proceso Penal El juez tiene la jurisdiccion iuris dictio Ministerio Público Fiscal General del Estado - Fiscal- Sociedad-Victima art. 67 Imputado art. 74

Aspectos contemporáneos que involucra el Proceso Penal Código penal Teodosio González y procesal Ricardo Brugada y Ramón Zubizarreta – Inquisitivo plenario y sumario Autor Acusatorio Acto Tres etapas Distintos jueces Garantías, sentencia y ejecución

caracteres Derecho público Derecho interno Derecho de aplicación poder punitivo monopoliza el Estado Derecho interno hechos punibles ocurridos dentro del territorio de la republica Derecho de aplicación Aplica el Derecho Penal