LAS REGALIAS MINERAS EN DIVERSOS PAISES

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Transcripción de la presentación:

LAS REGALIAS MINERAS EN DIVERSOS PAISES Por: ANIDA YUPARI Consultora para UNCTAD Foro Nacional de la ANMIM Lima 3, 2004

Generalidades En general el régimen tributario para la actividad minera es común en los países de América Latina, pero hay ciertos países donde existen algunas normas especiales que generan diferencias en los mecanismos de deducción del impuesto a la renta y diferencias en las tasas aplicables y exenciones diversas.

Regalías La regalía es la participación en los ingresos o la cantidad fija que se paga al propietario de un derecho, a cambio de un permiso para ejercerlo. La tendencia internacional es de no aplicar este tipo de tributo que afecta la producción y no el desempeño económico. Pero hay una buena cantidad de países mineros que aplican las regalías ya que garantiza un flujo estable de ingresos fiscales durante la vida activa de la mina.

Argentina Ley Nº 24196, Inversiones Mineras (1993), establece que la actividad minera goza de la estabilidad tributaria por el término de 30 años. Las Provincias que se hayan adherido al Régimen de Inversiones y que impongan el pago de regalías, no podrán percibir un porcentaje superior al 3% del valor en "boca de mina" del mineral extraído.

Bolivia Ley Nº 1606, establece que un importe equivalente al Impuesto Complementario de la Minería se destina en su integridad a los departamentos productores de minerales o metales, por concepto de regalía minera departamental. La regalía es el 1% de las ventas brutas y es deducible del Impuesto a la Renta. El titular minero paga solamente la cantidad que resulte más alta.

Brasil Ley Nº 7990 (1989) establece una compensación financiera por explotación de recursos minerales con una tasa que no excede del 3% sobre el valor líquido resultante de las ventas del mineral antes de su transformación industrial. piedras preciosas, piedras coloradas labrables, carbonados y metales nobles: 0.2%.

Brasil hierro, fertilizantes, carbón y demás sustancias minerales: 2%. aluminio, manganeso, sal y potasio: 3%. oro extraído por empresas mineras 1%, pero las actividades de minería artesanal están dispensadas.

Colombia Base Constitucional y por Ley 141 (1994). Toda explotación de recursos naturales no renovables de propiedad estatal genera regalía como contraprestación obligatoria, consistente en un porcentaje, fijo o progresivo, del producto bruto explotado y sus subproductos. La tasa es diferenciada (entre 1% al 12%) y se calcula en boca de mina.

Colombia Las regalías se estabilizan al monto vigente al momento de celebrarse el contrato de concesión y se aplican durante toda su vigencia. Las modificaciones que se adopten vía ley, sólo se aplicarán a los contratos que se celebren con posterioridad a su promulgación.

Ecuador Las regalías se aplican y la tasa es 3% sobre la producción bruta. En los casos de concentrados de cualquier sustancia mineral a venderse en el extranjero, el valor de la regalía será establecido por el Ministerio de Energía y Minas, en relación con los precios de los mercados internacionales.

Ecuador Para los minerales a ser comercializados en el mercado local, la regalía se determinará sobre la base de los precios del mercado local. Si una sustancia mineral es utilizada en un proceso industrial por el titular de la concesión minera, el valor de la regalía se calculará "ex–mina" a los precios prevalecientes del mercado.

Venezuela Decreto Ley Nº 295 (1999), la regalía es aplicable desde la extracción del mineral y se paga en dinero o en especie. Las tasas varían entre (3%) para el oro, plata, platino y metales asociados a este último, (4%) para diamantes y demás piedras preciosas, y (3%) para otros minerales, El Estado y el titular pueden acordar una reducción hasta (1%) bajo ciertas condiciones económicas.

Otros países fuera de LAC Australia: aplicable y varia según los estados. Se calcula sobre el valor realizado, para los minerales es de 7.5%; concentrados 5% y para metales 2.5% Canadá: aplicable en algunas provincias. La tasa es de 12% y se calcula sobre las utilidades R.P China: aplicable con una tasa de 2% sobre los ingresos por venta Polonia: aplica una tasa de 3% sobre la v/b

Africa del Sur Se viene discutiendo la aprobación de un anteproyecto de Ley que plantea el establecimiento de regalías, consistente en un porcentaje que fluctúa entre, el 2% para el carbón y el cobre, 3% para el oro, 4% para el platino, 8% para los diamantes, y para otros minerales 1%. El proyecto se encuentra en proceso de consulta pública y debate en el parlamento.

Africa del Sur La implementación de esta norma sería recién a partir del año 2009. Se aplicará sobre las ventas brutas y es deducible del impuesto a la renta. Hay excepciones para las operaciones marginales (minas que explotan minerales de baja ley)

Chile Recientemente se ha presentado en el Congreso chileno una propuesta para establecer regalías de 3% sobre las operaciones mineras. La iniciativa cuenta con el apoyo de las diversas agrupaciones políticas y afectaría la producción de cobre y sus subproductos de minas cuya producción supere las 60,000 toneladas anuales.

Chile Estatuto de la Inversión Extranjera (1974), estimula y garantiza la inversión extranjera y establece una gama de beneficios tributarios que han hecho que Chile sea considerado como uno de los países número en el mundo en cuestión de atracción de inversiones seguido por Australia, Quebec, y Nevada (Fraser Institute 2003).

Perú a) se base en los ingresos brutos de ventas de minerales, b) la tasa no exceda el 3%, c) la tasa sea uniforme para todos los tipos mineros, y d) el derecho de importación sea eliminado eficazmente. (James Otto) La imposición de regalías debiera contemplar diversos criterios, e insertarse en una revisión integral del sistema tributario en general.

Muchas gracias