DIPLOMADO DE GESTIÓN PÚBLICA CEPEG LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO Y SU REGLAMENTO Julio 2012
OBJETIVO DE LA LEY Maximizar el valor del dinero del contribuyente en las contrataciones que realicen las Entidades del Estado, uso eficiente y transparente de recursos públicos. Permitir que las entidades contraten en forma oportuna, de la calidad requerida y a precio razonable.
Ámbito de aplicación Contratación de bienes, servicios y obras para cumplimiento de las funciones de la Entidad, en la que ésta pago el precio o retribución. Causales de inaplicación: Por régimen especial. Por la naturaleza del bien, servicio u obra.
Instrumentos de Gestión de las contrataciones Registro Nacional de Proveedores- RNP. Sistema Electrónico de Contrataciones- SEACE. Catálogo de bienes, servicios y obras.
FASES DE UNA CONTRATACIÓN Desde la convocatoria Hasta antes de la suscripción del contrato Ejecución contractual y Liquidación Programación y Actos Preparatorios Proceso de Selección 5
ACTOS PREPARATORIOS
PLAN ANUAL DE CONTRATACIÓN (PAC) Documento de gestión que contiene las contrataciones previstas para el corto plazo (año fiscal). Busca el cumplimiento de las metas y objetivos previstos en el PIA, POI y PEI.
Elaboración del PAC Plan Anual SEACE Aprobación de PIA Aprobación Segundo Momento (15 días hábiles después) Aprobación de PIA Aprobación Plan Anual Consolidación de cuadro de necesidades SEACE Difundir: Dentro de los 5 días hábiles de aprobado Primer Momento LOCAL Y WEB DE LA ENTIDAD Usuarios definen requerimientos
Ejecución Modificación del PAC A cargo del órgano encargado de las contrataciones De los comités especiales y permanentes Modificación del PAC Podrá ser modificado en cualquier momento, de conformidad con la asignación presupuestal o en caso de reprogramaciones de las metas institucionales.
FORMA DE MODIFICACIÓN DEL PAC Incluir o excluir procesos de selección; o Modificar la cantidad prevista de bienes, servicios u obras en más de 25% del valor estimado y ello pueda variar el tipo de proceso de selección. APROBACIÓN DE MODIFICACIÓN DEL PAC Similar al procedimiento de aprobación y difusión.
EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN Sentido amplio: Documento que contiene todas las actuaciones referidas a la contratación, desde la decisión de adquirir o contratar hasta la culminación del contrato. Sentido estricto: expediente que reúne la información necesaria para la contratación de un objeto determinado (RTM, VR, etc), el que una vez aprobado es remitido al CE para el inicio de sus labores (fase inicial)
EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN ¿Cuándo se inicia? Se inicia con el requerimiento del área usuaria. Concluye con la conformidad de recepción de la última prestación, o con la liquidación, en caso de obras, y con el pago. NECESIDAD Área usuaria / requerimiento OEC.
¿Cuál es el grado de discrecionalidad del área usuaria, OEC, inclusive del órgano especializado para la determinación de las características técnicas? Finalidad Pública
CONTENIDO DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN (I) Requerimiento y/o Solicitud del área usuaria, características técnicas mínimas, cantidad, período de contratación, lugar de entrega, plazo, forma de pago, etc. - Especificaciones técnicas (bienes). - Términos de referencia (servicios). - Expediente técnico (obras).
CONTENIDO DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN (II) Estudio de las posibilidades que ofrece el mercado para: - Determinar valor referencial - Pluralidad de marcas y postores - Ajuste a características - Propuesta de factores - Distribución de la buen pro.
CONTENIDO DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN (III) Sistema de contratación Modalidad de Selección Modalidad de ejecución contractual Disponibilidad Presupuestal Tipo de proceso Resumen ejecutivo
CONTENIDO DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN (IV) En obras y actividades derivadas de proyectos de inversión : Declaración de viabilidad del SNIP Expediente Técnico Disponibilidad del terreno
Requerimientos Técnicos Mínimos NO aludir a marcas o nombres comerciales, diseños, fabricantes, ni descripción que oriente la adquisición o contratación de marca, fabricante o tipo de producto específico.
2. VALOR REFERENCIAL ESTUDIO DE LAS POSIBILIDADES QUE OFRECE EL MERCADO
Valor Referencial ¿QUÉ DEBE INCLUIR ? El costo del Bien o Servicio, además de su margen de comercialización o utilidad. Tributos, Seguros, Costos de Transporte al punto de entrega, Inspecciones, Pruebas solicitadas, Costos Laborales y cualquier otro concepto. En casos de servicios de Intermediación Laboral, el VR debe calcularse respetando todas las normas laborales.
VALOR REFERENCIAL 22
Valor Referencial Antigüedad del VR: Obras: 06 meses contados desde la fecha de determinación del presupuesto base Bienes y Servicios: 03 meses contados a partir de la aprobación del Expediente de Contratación. En caso se requiera un período mayor a los consignados, el OEC indicará el período de actualización del mismo
Valor Referencial Límites del VR: Para Bienes y Servicios, las propuestas que excedan VR serán devueltas, sin límite mínimo Obras: No deben exceder el 10% del VR, ni menor 90% Consultoría: No menor del 90%
3. DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL Contenido de la Certificación Presupuestal: Fuente de Financiamiento Cadena Funcional Programática y del gasto Monto al cual asciende la certificación con las anotaciones del caso 25
Expediente de Contratación Formulación (área usuaria, OEC) Aprobación Por funcionario competente Entrega al Comité Especial Cada Entidad debe definir los procedimientos y plazos para la determinación y aprobación del Exp. Contrat. y designación del Comité Especial (Directivas, Instructivos)
FUNCIONARIOS Y DEPENDENCIAS RESPONSABLES
Funcionarios y órganos encargados de las contrataciones Titular de la Entidad Área usuaria Órgano encargado de las contrataciones Comité Especial 28
TITULAR DE LA ENTIDAD Es la más alta autoridad ejecutiva de la Entidad. Aprueba, autoriza y supervisa los procesos de contrataciones. Ejemplos: Ministerios: Ministro Poder Judicial: Presidente Empresas del Estado: Gerente General Gobierno Regional: Presidente. Gobierno Local: Alcalde.
Delegación El Titular de la Entidad no puede delegar: Autorización de exoneraciones. Declaración de nulidad de oficio. Aprobación de prestaciones adicionales de obra. Emisión de pronunciamientos sobre las observaciones a las Bases Administrativas. Decisión de encargar procesos a entidad privada nacional o internacional 30
Funcionarios y/o Servidores del OEC Deberán ser profesionales y/o técnicos debidamente certificados. Requisitos: - Capacitación técnica en contrataciones públicas o gestión logística: no < 80 horas lectivas - Experiencia laboral general: no < a 3 años - Experiencia laboral en materia de contrataciones públicas o en logística privada: no <1 año Nota: Directiva N° 001-2011-OSCE/CD – Procedimiento para la Certificación de los Funcionarios y Servidores que laboran en el Órgano Encargado de las Contrataciones de la Entidad. 31
EL COMITÉ ESPECIAL
DESIGNACIÓN A través del funcionario competente: según niveles de competencia Se realiza: Por escrito En función a las personas ¿Existe jerarquía entre los miembros del comité?
TIPOS DE COMITÉ ESPECIAL Comité Especial (ad hoc): Para cada proceso de selección, se da en cualquier tipo de proceso, salvo menor cuantía (opcional). Comité Especial Permanente: Para varios procesos de selección; solo está permitido en las Adjudicaciones Directas y las Menores Cuantías.
COMITÉ ESPECIAL Tres miembros: uno del área usuaria y otro del OEC. Por lo menos 01 debe conocer técnicamente el objeto de la contratación. La designación debe cuidar que exista correspondencia entre cada miembro titular y su suplente. 35
COMITÉ ESPECIAL En la conformación del Comité Especial Permanente sólo será exigible que 01 sea representante del OEC. Debe instalarse al día siguiente de la designación, notificada junto con el Expediente de Contratación. 36
No Pueden ser miembros de Comité Especial: Titular de la Entidad Funcionarios: Control y fiscalización Funcionarios que aprobaron el expediente, Bases, Comité Especial Funcionarios, servidores o expertos independientes sancionados.
¿Cuándo no es necesario conformar Comité Especial? En los procesos de menor cuantía (opcional). En las contrataciones exoneradas.
COMITÉ ESPECIAL Intervención de miembros suplentes: Si el titular está ausente, su suplente lo reemplazará, respetándose la conformación. Entidad evaluará motivo de ausencia, sin impedir participación de su suplente. El miembro titular reemplazado, podrá reincorporarse al comité como miembro suplente, previa autorización posterior a la evaluación señalada. 39
¿Cómo se toman las decisiones? Para procesos en general Para Sesionar: Todos Para Adoptar Acuerdos: Unanimidad Mayoría Nota: Los actos deberán figurar en actas suscritas, con las votaciones y la fundamentación de los votos en contra.
Causales de Remoción Caso Fortuito o Fuerza Mayor Cese en el servicio declarado con documento motivado
Competencias del Comité Especial Elaborar las Bases Convocar al proceso Absolver Consultas y Observaciones Evaluar propuestas Otorgar la Buena Pro Declarar desierto el proceso Consultar o proponer las modificaciones de características técnicas o del valor referencial Otros actos necesarios
El Comité Especial no tiene competencia directa para modificar: Cantidad, plano o dimensión de bien, servicio u obra. Características y especificaciones Valor referencial Financiamiento Tipo de proceso
¿Cuándo termina la función del Comité Especial? Con la Buena Pro consentida Cancelación del proceso ¿En el supuesto previsto en el art. 148, numeral 2) del Reglamento, declarado desierto el proceso, quién debe efectuar la nueva convocatoria?
¿Hay sanción para los operadores? Amonestación escrita. Suspensión sin goce de remuneraciones de treinta a noventa días. Cese temporal hasta doce meses. Destitución. Según régimen laboral o contractual. Nota: A través del D.S. N° 023-2011-PCM (Reglamento de Infracciones y Sanciones para la responsabilidad administrativa funcional derivada de los informes emitidos por los órganos del Sistema Nacional de Control) se tipifican como infracciones sendas actuaciones del comité especial, así como de los servidores y funcionarios que participan en el proceso de contratación pública.
BASES
¿Qué aspectos regulan las Bases? Requerimiento del bien, servicio u obra materia de la contratación. Reglas de procedimiento. Derechos y obligaciones de las partes.
Aprobación de Bases Titular de la Entidad - Nunca quien elabora las Bases Por escrito Delegación
¿Qué deben contener las Bases? Condiciones Mínimas Art. 26º Ley Especificaciones Calendario Metodología de evaluación Proforma de contrato Sistema/modalidad de contratación Contenido de las propuestas Art. 42º Rgto. Copia certificado RNP DDJJ ART. 76º Rgto Doc. Obligatoria. Documentación facultativa Oferta Económica Valor Referencial Valor Referencial y Límites Antigüedad del Valor Referencial
PROCESOS DE SELECCIÓN
DEFINICIÓN Es un procedimiento especial conformado por un conjunto de actos llevados a cabo por la Entidad, que tiene por finalidad seleccionar a la persona natural o jurídica con la cual la Entidad suscribirá un contrato para satisfacer sus necesidades.
TIPOS DE PROCESOS DE SELECCIÓN Se determina dependiendo de: A) Objeto del proceso. B) Valor Referencial. Bienes Licitación Pública Obras Objeto Concurso Público Servicios Adjudicación Directa Bienes, servicios Menor Cuantía y Obras
MONTOS PARA LOS PROCESOS DE SELECCIÓN 2012 TIPO DE PROCESO BIENES SERVICIOS OBRAS LICITACIÓN PÚBLICA >= 400,000 >= 1,800,000 CONCURSO PÚBLICO ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA < a 400,000 > a 200,000 < de 400,000 > de 200,000 < de 1,800,000 > de 900,000 SELECTIVA <= de 200,000 >= de 40,000 <= de 900,000 >= de 180,000 ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA < de 40,000 > de 10,950 >de 10,950 < de 180,000
ETAPAS DE LOS PROCESOS DE SELECCIÓN CONVOCATORIA ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS PRESENTACIÓN DE CONSULTAS REGISTRO DE PARTICIPANTES FORMULACIÓN DE OBSERVACIONES PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS ABSOLUCIÓN DE OBSERVACIONES OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO INTEGRACIÓN
ETAPAS DE LOS PROCESOS DE SELECCIÓN SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO IMPUGNACIÓN CONSENTIMIENTO PUBLICACIÓN EN EL SEACE
FASE DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL
EL CONTRATO Está conformado por: Bases integradas Propuesta ganadora Documento que lo contiene Cualquier otro documento consignado expresamente en Bases integradas. Nota: Verificar proforma de contrato contenida en Bases estandarizadas.
PERFECCIONAMIENTO LP/CP/ADP/ADS: Suscripción del documento que lo contiene; o En AMC (excepto obras, consultoría obras y arrendamiento) con la recepción de la O/C u O/S.
REQUISITOS PARA CONTRATAR RNP vigente y no estar impedido para contratar Constancia de no estar inhabilitado para contratar con Estado. Garantías, salvo excepciones * Fiel cumplimiento (Para MYPES en caso prestación periódica, retención 10%) * Monto diferencial propuesta. * Adelantos Contrato de consorcio, de ser el caso. Demás documentación solicitada en Bases integradas.
SUBCONTRATACIÓN Las bases deben autorizarlo. El límite máximo de contratación es 40% del monto contratado. La Entidad tiene 5 días hábiles para aprobar solicitud, si no contesta se considera aprobado. El subcontratista debe contar con RNP vigente y no estar inhabilitado.
ADICIONALES Y REDUCCIONES Se aplican excepcionalmente para alcanzar la finalidad (objetivo) de la contratación. Sólo para bienes y servicios hasta el 25% del monto del contrato original, previa sustentación del área usuaria. La Entidad podrá ordenar y pagar directamente prestaciones adicionales, previa disponibilidad presupuestal y autorización expresa (Resolución) Titular de la Entidad. Obras: Hasta 15% aprueba Titular Más de 15% hasta 50% + aprobación CGR
AMPLIACIÓN DE PLAZO (BIENES Y SERVICIOS) CAUSAS: Por aprobación de adicional que afecte el plazo. Por atrasos y/o paralizaciones no imputables al contratista o por culpa de la Entidad. Por caso fortuito o fuerza mayor
AMPLIACIÓN DE PLAZO (BIENES Y SERVICIOS) TRÁMITE: Solicitud fundamentada dentro de los 7 días hábiles de finalizado el hecho generador del atraso. Pronunciamiento de la Entidad en 10 días hábiles. De no pronunciarse se da por aprobada. Controversias: conciliación y/o arbitraje dentro de los 15 días hábiles de comunicada la decisión.
RESOLUCIÓN DE CONTRATO CAUSAS: Incumplimiento injustificado de una de las partes. Acumular monto máximo de penalidad Caso fortuito / Fuerza mayor
RESOLUCIÓN DE CONTRATO PROCEDIMIENTO: Carta notarial de requerimiento. Plazos: 5 días ó 15 días según monto, complejidad, y en el caso de obras. Carta notarial de resolución. Excepciones: Acumular monto máximo de penalidad. Incumplimiento no pueda ser revertido.
NULIDAD DE CONTRATO CAUSALES: Cuando el contratista estaba impedido de ser participante, postor y/o contratista. Transgresión al principio de presunción de veracidad. Suscripción cuando se encontraba en trámite recurso de apelación. No haber utilizado proceso de selección correspondiente. Comunicar mediante Carta notarial.
CULMINACIÓN DE CONTRATO CONFORMIDAD DE LA PRESTACIÓN: Para bienes y servicios Observaciones: Levantarlas en un plazo entre 2 y 10 días, sino causal de resolución. Informe o Acta de conformidad: 10 días de ejecutado.
CULMINACIÓN DE CONTRATO LIQUIDACIÓN: Consultoría de obras y ejecución de obras. Trámite y consentimiento. PAGO: En el plazo señalado en las Bases.
CONTRATO COMPLEMENTARIO CUESTIONES PRELIMINARES: Es un contrato nuevo (constancia de no estar inhabilitado de contratar con Estado, RNP, garantías, etc.)
CONTRATO COMPLEMENTARIO CONDICIONES: Dentro de 3 meses de culminado el contrato original Mismo contratista Proceso de selección convocado Por única vez Preservando condiciones de contrato primigenio
Gracias por su atención!!