Instituto Nacional de vigilancia de medicamentos y alimentos

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Transcripción de la presentación:

Instituto Nacional de vigilancia de medicamentos y alimentos

Con la expedición de la Ley 100 de 1993 fue creado el "Sistema General de Seguridad Social en Salud" su artículo 245 ordenó la creación del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos INVIMA. Hoy el INVIMA realiza importantes esfuerzos por fortalecer su presencia en todo el territorio nacional, modernizar su estructura organizacional, ampliar su infraestructura y ser reconocido a nivel internacional como referente técnico y científico en los asuntos de su competencia. Directora General Dra. Blanca Elvira Cajigas de Acosta SEDE PRINCIPAL Carrera 68D # 17 - 11/21  Bogotá, Colombia  Teléfono Conmutador: 57-(1) 2948700 webmaster@invima.gov.co Horario de Atención: 8:00 am - 4:00 pm

FUNCIONES Coordinar la elaboración de normas de calidad con otras entidades especializadas en esta materia, de acuerdo con la competencia que les otorgue la ley.

Participar y colaborar con la industria y el sector privado en general, en los aspectos de capacitación, actualización, asesoría técnica e intercambio de experiencias e innovaciones tecnológicas. Promover, apoyar y acreditar instituciones para la realización de evaluaciones farmacéuticas y técnicas, así como laboratorios de control de calidad.

Otorgar visto bueno sanitario a la importación y exportación de los productos de su competencia, previo el cumplimiento de los requisitos establecidos en las normas vigentes. Realizar actividades permanentes de información y coordinación con los productores y comercializadores, y de educación sanitaria con los consumidores, expendedores y la población en general, sobre cuidados en el manejo y uso de los productos.

Responder y hacer cumplir las normas y reglamentos pertinentes que emanen de la Dirección del Sistema de Seguridad Social en Salud. Ejercer las demás funciones que le asigne el Ministerio de la Protección Social o el Gobierno Nacional. La evaluación de factores de riesgo y expedición de medidas sanitarias relacionadas con alimentos y materias primas para la fabricación de los mismos.

inspección, vigilancia y control las importaciones y exportaciones de alimentos y materias primas para la producción de los mismos, en puertos, aeropuertos y pasos fronterizo.

REQUISITOS MÍNIMOS GENERALES AL RADICAR SU TRÁMITE

Letra clara y visible, Arial, tamaño 8mm, tanto en documentos como en etiquetas. Foliar o numerar debidamente de la 1ª a la última hoja, en la esquina superior derecha delantera en tinta negra o en lápiz, sin enmendaduras y sin alterar membretes, sellos, textos o numeraciones originales (si hay una enmendadura colocar una diagonal y foliar nuevamente). No se acepta agregar letras a los números de los folios. Las hojas en blanco no deben foliarse

Legajar los documentos en carpetas máximo hasta 200 folios Usar Carpeta ( para: Registros Sanitarios nuevos, Renovaciones, Evaluaciones farmacológicas y farmacéuticas y demás trámites que contengan más de 100 folios) Tapas unidas en tela coleta por dentro y por fuera, fuelle de expansión de 5 cms, tapa con yute en tamaño oficio (no plastificar ni marcar) según Oficio # 300-4705-2010 del 24-09-2010 Las evaluaciones farmacológicas y farmacéuticas deberán colocar en la primera hoja la siguiente información: Titular, fabricante, importador, modalidad y apoderado con sus domicilios. No anexar duplicados idénticos

No colocar grapas a las etiquetas (deben venir pegadas en una hoja) Etiquetas ampliadas Los recibos de consignación deben pegarse totalmente en una hoja con pegante o legajarse como una hoja. No grapar Usar los formatos actualizados que se encuentran en la página Web del Invima No usar resaltador en ningún caso

Para todas las solicitudes se debe tener en cuenta la descripción mínima exigida por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo en la Resolución 388 de 2009. Para el caso de importación de materias primas, se debe especificar el uso y el sector a la cual va dirigida. El trámite de solicitud de importación de los productos competencia del INVIMA se realiza a través de la VUCE – Ventanilla Única de Comercio Exterior: www.vuce.gov.co

REQUISITOS PARA ALIMENTOS NACIONALES Recibo original de la consignación Formularios diligenciados Certificado de existencia y representación legal del titular

REQUISITOS PARA ALIMENTOS IMPORTADOS Además de lo anterior anexar: Certificado de venta libre del país de origen, en el cual se conste que el producto se vende libremente en ese país, es apto para el consumo humano y que el fabricante cumple con las normas sanitarias exigidas en dicho país. Ficha técnica según modelo INVIMA del país de origen Carta de autorización del fabricante al importador para importar,. Distribuir, comercializar y ser el titular del registro sanitario del producto en Colombia. Poder para actuar, si actúa mediante apoderado

ANTES DE SOLICITAR EL PERMISO SANITARIO EL TITULAR DEBE: Solicitar ante la Subdirección de Alimentos y Bebidas Alcohólicas del INVIMA una visita al establecimiento donde se fabrica el producto. Adjuntar recibo original del recibo de consignación REQUISITOS Recibo original de la consignación Formularios diligenciados Copia del concepto sanitario favorable o favorable condicionado Certificado de existencia y representación legal cuando se trate de persona jurídica o registro mercantil

PASOS PARA RADICAR SU TRAMITE Dirigirse a la oficina Buscar a las orientadoras, quienes le asignaran un turno y le brindaran la información inicial que requiera respecto a su tramite Dirigirse a las ventanillas correspondientes en donde los abogados revisaran la documentación respectiva Dirigirse a la ventanilla que le indiquen, donde se efectuara una nueva revisión y en el caso de registros sanitarios de alimentos se expedirá el registro sanitario