Gerardo Yáñez Betancourt Otoño 2006

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Transcripción de la presentación:

Gerardo Yáñez Betancourt Otoño 2006 LEY DEL IVA Gerardo Yáñez Betancourt Otoño 2006

Aspectos previos Antes de entrar al estudio de la Ley del IVA consideremos los siguientes aspectos. 1.- Contribuciones 2.- Jerarquía de las leyes fiscales 3.- Normas supletorias CFF 4.- Interpretación de la Norma 5.- Normas que establecen cargas (estructura)

Antecedentes Los impuestos Indirectos son aquellos que se trasladan facilmente a través del precio de los bienes o servicios, como los impuestos generales al consumo, que gravan las operaciones de compra y venta en todas sus etapas.

Antecedentes del IVA Francia lo adopta en 1954 y se extendió su aplicación hacia el mercado común europeo y casi todos los paises de América Latina con excepción de Guatemala, el Salvador y México. En México se publica el 29 de Diciembre de 1978 pero entra en vigor hasta el 1° de Enero de 1980 como una respuesta para un nuevo sistema tributario basado en el consumo, pretendiendo abatir los impuestos en cascada, efecto característico del impuesto sobre ingresos mercantiles al cual vino a sustituir. Hoy en día es considerado una de las principales contribuciones que recauda el estado, así se constata en la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio de 2006, donde se puede apreciar que el IVA representa el 28% del monto total de los impuestos

Objeto Impositivo Es objeto del impuesto la manifestación de la realidad económica, establecida expresamente en la norma fiscal y considerada a ser sometida a la imposición. Dicho objeto, por tanto existe jurídicamente y será imputable a la persona física o moral que se coloque en el hecho jurídico generador del impuesto.  Así, es objeto de imposición la transmisión de un bien, la percepción de un ingreso, el usufructo de un bien o la prestación de un servicio. En resumen: en la práctica el objeto viene a ser el evento económico sobre el cual se establece el impuesto. La ley del IVA en su artículo 1° , establece como objeto de imposición, la enajenación de bienes, la prestación de servicios independientes, el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes y la importación de bienes o servicios.

Características del IVA IMPUESTO AL CONSUMO INSTANTÁNEO Y PERIÓDICO REAL INDIRECTO y DIRECTO FEDERAL O ESTATAL

Características del IVA IMPUESTO AL CONSUMO Por los recursos económicos que afecta, se considera al consumo porque grava efectivamente el consumo de bienes y servicios, el uso o goce temporal de bienes en el País, así como la importación de bienes o servicios que se realicen.

Características del IVA INSTANTÁNEO Y PERIÓDICO De acuerdo al tiempo que se produce, puede ser Instantáneo y periódico. Instantáneo en el caso de la importación porque es reclamado en este caso en la aduana por los bienes y servicios que ingresen al territorio nacional y es Periódico porque se podrá liquidar en forma mensual, trimestral según la naturaleza del contribuyente, esta característica es la mas representativa por el tiempo en que se produce.

Características del IVA REAL Por la materia imponible el IVA es real porque no toma en cuenta al sujeto que realice los actos o actividades sino mas bien a los propios actos o actividades.

Características del IVA DIRECTO E INDIRECTO Directo cuando la carga tributaria ya no podrá trasladarse a otro sujeto. Se vive esta circunstancia en el contribuyente o consumidor final. Indirecto cuando el sujeto obligado puede transferir el impacto a otro sujeto o entidad. Este es el caso de los contribuyentes empresarios del régimen general de ley cuando se realiza el acreditamiento

Indirecto y Directo ¿Quien pago el IVA? Productor 1000 Distribuidor 2000 Detallista 3000 Cliente 4000 Iva 150 Iva 300 Iva 450 SAT= 150+150+150 = 450 150 300-150 = 150 450-300 = 150 ¿Quien pago el IVA?

Características del IVA FEDERAL O ESTATAL Por el sujeto activo el IVA es de tipo federal, porque sus normas son aplicables en toda la republica mexicana y es el gobierno federal el encargado de su recaudación. (Caso Repecos)

Dificultades propias de cada ley Dentro de las leyes fiscales la dificultad para su aplicación estriba algunas veces en la determinación de la base (como en el caso del ISR o del IA.), en otras leyes la dificultad esta en aplicar la Tarifa (como ocurre con los sueldos y salarios). En la Ley del IVA la dificultad esta en reconocer en que casos se debe aplicar las diversas tasas del 15%; 0%; Exentos y 10%.

Generalidades En el I.V.A. como en cualquier otro impuesto es posible identificar sus elementos: SUJETO OBJETO BASE TASA O TARIFA De conformidad con el Código Fiscal de la Federación en su articulo 5. El capítulo de disposiciones generales establece en el primer articulo lo siguiente:

Sujetos obligados al pago del IVA Las Personas Físicas y Morales que: En este articulo quedan asentados los hechos jurídicos que las personas al situarse en ellos, dan lugar a la obligación de pagar el impuesto (OBJETO). En Territorio Nacional Realicen Enajenación de Bienes, Presten servicios independientes Otorguen el Uso o Goce temporal de Bienes Importen bienes o servicios.

Tasas aplicables La tasa general es el 15%, aplicable a las personas que adquieran bienes, los usen o gocen temporalmente, reciban servicios o realicen la importación Adicionalmente encontraremos ciertas excepciones a la tasa general dando como resultado tasas del 0% del 10% y exentos.

Pago del Impuesto El contribuyente pagará en las oficinas autorizadas el impuesto a su cargo,  pudiendo acreditar el IVA que le fue trasladado menos =               IVA TRASLADADO IVA ACREDITABLE IVA TRASLADADO

Además podrá acreditar el pagado en importación y también podrá disminuir en su caso, el impuesto que se le hubiere retenido. Impuesto trasladado   ( el que el trasladó )       (-)   Impuesto acreditable  ( el que a le trasladaron ) (-)   Impuesto pagado por Importación        ------------------------------------------------------------------    =   Impuesto a cargo       (-)  Impuesto retenido (el que a el le retuvieron)              ----------------------------------------------------------------        =   Impuesto a enterar.

Traslado y acreditamiento Traslado del impuesto: El contribuyente trasladará el impuesto, en forma expresa y por separado, a las personas que adquieran los bienes, los usen o gocen temporalmente, o reciban servicios.   El Traslado = cobro o cargo que hace el contribuyente a sus clientes por un monto equivalente al impuesto establecido. Acreditamiento Consiste en la acción de restar el Impuesto acreditable, de la cantidad que resulte de aplicar a los valores señalados en esta Ley, la tasa que corresponda según sea el caso.

FIN