Excepciones Generales

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Transcripción de la presentación:

Excepciones Generales GATT Art XX

Carga de prueba La parte quien invoca la excepción tiene la carga de prueba. Ya que haya probado cada elemento de la defensa, la otra parte tiene la carga. Si quedan iguales, la parte quien tiene la carga de prueba pierde.

GATT Art XX: Chapeau (“cláusulas introductorias” o “preámbulo”) A reserva de que no se apliquen las medidas enumeradas a continuación en forma que constituya un medio de discriminación arbitrario o injustificable entre los países en que prevalezcan las mismas condiciones, o una restricción encubierta al comercio internacional, ninguna disposición del presente Acuerdo será interpretada en el sentido de impedir que toda parte contratante adopte o aplique las medidas:

Análisis bajo art XX Estados Unidos - Gasolina (OA) Para que a la medida de que se trate pueda hacerse extensiva la protección del artículo XX que la justifique, dicha medida no sólo debe estar comprendida en el ámbito de una u otra de las excepciones particulares -párrafos a) a j)- recogidas en el artículo XX; debe además satisfacer las prescripciones exigidas por las cláusulas iniciales del artículo XX. En otras palabras, el análisis es doble: primero la justificación provisional de la medida por su carácter de medida comprendida en el apartado g) del artículo XX; segundo, nueva evaluación de la misma medida a la luz de las cláusulas introductorias del artículo XX. (pp 25-26)

Análisis bajo art XX Estados Unidos - Camarones (OA) 120. La tarea de interpretar el preámbulo en el sentido de que evita el abuso o el uso indebido de las excepciones específicas previstas en el artículo XX se hace muy difícil, si no imposible, si el intérprete ... no ha identificado y examinado en primer lugar la excepción específica amenazada de abuso. Además, las normas establecidas en el preámbulo tienen necesariamente un alcance y un ámbito amplios: la prohibición de aplicar una medida "en forma que constituya un medio de discriminación arbitrario o injustificable entre los países en que prevalezcan las mismas condiciones" o "una restricción encubierta al comercio internacional". ... Aplicados a un caso particular, la forma y el contenido reales de estas normas variarán según cual sea la medida que se examina.

GATT Art XX: a-d a) necesarias para proteger la moral pública; b) necesarias para proteger la salud y la vida de las personas y de los animales o para preservar los vegetales; c) relativas a la importación o a la exportación de oro o plata; d) necesarias para lograr la observancia de las leyes y de los reglamentos que no sean incompatibles con las disposiciones del presente Acuerdo, tales como las leyes y reglamentos relativos a la aplicación de las medidas aduaneras, al mantenimiento en vigor de los monopolios administrados de conformidad con el párrafo 4 del artículo II y con el artículo XVII, a la protección de patentes, marcas de fábrica y derechos de autor y de reproducción, y a la prevención de prácticas que puedan inducir a error;

GATT Art XX: e-g e) relativas a los artículos fabricados en las prisiones; f) impuestas para proteger los tesoros nacionales de valor artístico, histórico o arqueológico; g) relativas a la conservación de los recursos naturales agotables, a condición de que tales medidas se apliquen conjuntamente con restricciones a la producción o al consumo nacionales; ...

Caso: EE UU - Camarones (OA) y EE UU - Camarones (Art. 21.5)(OA) ¿Cuál restricción al comercio es el objeto de la queja en esta diferencia? ¿Por qué la OA rechaza la defensa de los EE UU en la primera decisión? ¿Cómo decide el OA el significado del par. XX (g)? ¿Por qué se acepta la defensa de los EE UU en las segundas decisiones del GE y de la OA? ¿Está completo el análisis del preámbulo? ¿Estás de acuerdo con la segunda decisión en cuanto a la cuestión de soberanía y unilateralismo? ¿ Debe de haber un límite jurisdiccional en art XX(g)? ¿Y XX(b)?

Caso: CE – Amianto (OA) Bajo XX(b), ¿hay que cuantificar los riesgos existentes para la salud o la vida? Bajo XX(b), ¿hay un límite relativo al nivel de protección permitido? ¿Cómo se determina que una medida es “necesaria”? ¿Cómo se determina si otra medida menos restrictivo al comercio es "razonablemente disponible"?

Caso: México – Impuestos sobre refrescos (OA) ¿Las medidas mexicanas eran destinadas a lograr la observancia de qué leyes? Según el Grupo Especial, ¿qué significa “lograr la observancia”? ¿El OA está de acuerdo con la interpretación del GE? ¿Qué efecto tiene la lista ilustrativa de leyes y reglamentos que aparece en el artículo XX (d) sobre la interpretación del OA? ¿Los términos “leyes y reglamentos” en el artículo XX (d) incluyen las obligaciones internacionales de un Miembro? ¿Es la interpretación de México sobre el significado del artículo XX (d) compatible con el Entendimiento sobre la Solución de Diferencias? ¿La palabra “necesarias” en el artículo XX (d) tiene el mismo significado que en el artículo XX (b)? ¿Hay un acordeón de “necesidad” en el art. XX como el acordeón de “similitud” en el art. III?

El papel jurisdiccional del Art. XX OMC contra jurisdicción nacional: ¿Dónde termina la soberanía nacional? OMC contra jurisdicción de otros acuerdos multilaterales: ¿Quién tiene la jurisdicción sobre medidas comerciales ambientales?

Caso: CE Hormonas La norma de examen correctamente aplicable a los procedimientos que el marco con el Acuerdo MSF debe, por supuesto, reflejar el equilibrio que establece ese Acuerdo entre la competencia jurisdiccional conferida por los Miembros a la OMC y la competencia jurisdiccional que los Miembros se han reservado para ellos.

AGCS Art. XIV Excepciones generales A reserva de que las medidas enumeradas a continuación no se apliquen en forma que constituya un medio de discriminación arbitrario o injustificable entre países en que prevalezcan condiciones similares, o una restricción encubierta del comercio de servicios, ninguna disposición del presente Acuerdo se interpretará en el sentido de impedir que un Miembro adopte o aplique medidas: a) necesarias para proteger la moral o mantener el orden público[1]; b) necesarias para proteger la vida y la salud de las personas y de los animales o para preservar los vegetales; c) necesarias para lograr la observancia de las leyes y los reglamentos que no sean incompatibles con las disposiciones del presente Acuerdo… [1] La excepción de orden público únicamente podrá invocarse cuando se plantee una amenaza verdadera y suficientemente grave para uno de los intereses fundamentales de la sociedad.

AGCS Art. XIV Excepciones generales d) incompatibles con el artículo XVII, siempre que la diferencia de trato tenga por objeto garantizar la imposición o la recaudación equitativa o efectiva[1] de impuestos directos respecto de los servicios o proveedores de servicios de otros Miembros; e) incompatibles con el artículo II, siempre que la diferencia de trato resulte de un acuerdo destinado a evitar la doble imposición o de las disposiciones destinadas a evitar la doble imposición contenidas en cualquier otro acuerdo o convenio internacional que sea vinculante para el Miembro.

Ejercicio: ¿Cómo solucionar esta diferencia comercial? La provincia canadiense de Ontario impone un impuesto “ambiental” de .10 CAD por lata sobre cerveza en lata. Dice que las latas son más dañinas al medio ambiente que las botellas. Por eso, no se aplica el impuesto a la cerveza en botella. La mayor parte de las cervezas en lata son exportadas desde los EE UU. La mayor parte de las cervezas en botella son producidas en la provincia de Ontario. Bajo la constitución de Canadá, las provincias tienen la jurisdicción exclusiva en impuestos locales y medio ambiente local. El gobierno federal tiene la jurisdicción exclusiva en comercio internacional y tratados internacionales.

Globalismo y Regionalismo GATT Art. XXIV, GATS Art. V

Mexico Canada European Union USA Chile Colombia Venezuela Bolivia Source: http://www.sice.oas.org/tradee.asp Costa Rica Nicaragua El Salvador Guatemala Honduras Caricom Dominican Republic

GATT Art. XXIV:5 5. ...las disposiciones del presente Acuerdo no impedirán ... el establecimiento de una unión aduanera ni el de una zona de libre comercio ... a condición de que:

GATT Art. XXIV:5 a) en el caso de una unión aduanera ... los derechos de aduana que se apliquen en el momento en que se establezca dicha unión ... no sean en conjunto, con respecto al comercio con las partes contratantes que no formen parte de tal unión o acuerdo, de una incidencia general más elevada, ni las demás reglamentaciones comerciales resulten más rigurosas que los derechos y reglamentaciones comerciales vigentes en los territorios constitutivos de la unión antes del establecimiento de ésta ...;

GATT Art. XXIV:5 b) en el caso de una zona de libre comercio..., los derechos de aduana mantenidos en cada territorio constitutivo y aplicables al comercio de las partes contratantes que no formen parte de tal territorio o acuerdo, en el momento en que se establezca la zona..., no sean más elevados, ni las demás reglamentaciones comerciales más rigurosas que los derechos y reglamentaciones comerciales vigentes en los territorios constitutivos de la zona antes del establecimiento de ésta...; y

GATT Art. XXIV:6 6. Si, al cumplir las condiciones estipuladas en el apartado a) del párrafo 5, una parte contratante tiene el propósito de aumentar un derecho de manera incompatible con las disposiciones del artículo II, será aplicable el procedimiento establecido en el artículo XXVIII. Al determinar el ajuste compensatorio, se tendrá debidamente en cuenta la compensación que resulte ya de las reducciones efectuadas en el derecho correspondiente de los demás territorios constitutivos de la unión.

GATT Art. XXIV:8 a) se entenderá por unión aduanera, la substitución de dos o más territorios aduaneros por un solo territorio aduanero, de manera: i) que los derechos de aduana y las demás reglamentaciones comerciales restrictivas (excepto, en la medida en que sea necesario, las restricciones autorizadas en virtud de los artículos XI, XII, XIII, XIV, XV y XX) sean eliminados con respecto a lo esencial de los intercambios comerciales entre los territorios constitutivos de la unión o, al menos, en lo que concierne a lo esencial de los intercambios comerciales de los productos originarios de dichos territorios; y

GATT Art. XXIV:8 ii) que, a reserva de las disposiciones del párrafo 9, cada uno de los miembros de la unión aplique al comercio con los territorios que no estén comprendidos en ella derechos de aduana y demás reglamentaciones del comercio que, en sustancia, sean idénticos;

GATT Art. XXIV:8 b) se entenderá por zona de libre comercio, un grupo de dos o más territorios aduaneros entre los cuales se eliminen los derechos de aduana y las demás reglamentaciones comerciales restrictivas (excepto, en la medida en que sea necesario, las restricciones autorizadas en virtud de los artículos XI, XII, XIII, XIV, XV y XX) con respecto a lo esencial de los intercambios comerciales de los productos originarios de los territorios constitutivos de dicha zona de libre comercio.

Caso: Turquía Textiles ¿Cuál restricción al comercio es el objeto de la queja en esta diferencia? ¿Qué es el argumento de Turquía? ¿Qué decide el OA? ¿Cómo determina el OA el sentido corriente de los términos del art. XXIV? ¿Qué son las 2 condiciones que han de cumplirse para poder invocar el art. XXIV como defensa? ¿Qué significa “desviación de intercambios comerciales” y por qué es pertinente en este caso? ¿Qué es el estándar bajo el art. XXIV? ¿Una medida tiene que ser la menos restrictiva al comercio para cumplir con el art. XXIV?

AGCS Art V 1. El presente Acuerdo no impedirá a ninguno de sus Miembros ser parte en un acuerdo por el que se liberalice el comercio de servicios entre las partes en el mismo..., a condición de que tal acuerdo: a) tenga una cobertura sectorial sustancial, y b) establezca la ausencia o la eliminación, en lo esencial, de toda discriminación entre las partes ... en los sectores comprendidos en el apartado a), por medio de: i) la eliminación de las medidas discriminatorias existentes, y/o ii) la prohibición de nuevas medidas discriminatorias o que aumenten la discriminación...

AGCS Art V 4. Todo acuerdo del tipo a que se refiere el párrafo 1 estará destinado a facilitar el comercio entre las partes en él y no elevará, respecto de ningún Miembro ajeno al acuerdo, el nivel global de obstáculos al comercio de servicios dentro de los respectivos sectores o subsectores con relación al nivel aplicable con anterioridad al acuerdo.

AGCS Art V 6. Los proveedores de servicios de cualquier otro Miembro que sean personas jurídicas constituidas con arreglo a la legislación de una parte en un acuerdo del tipo a que se refiere el párrafo 1 tendrán derecho al trato concedido en virtud de tal acuerdo, a condición de que realicen operaciones comerciales sustantivas en el territorio de las partes en ese acuerdo.

AGCS Art V bis El presente Acuerdo no impedirá a ninguno de sus Miembros ser parte en un acuerdo por el que se establezca la plena integración de los mercados de trabajo entre las partes en el mismo, a condición de que tal acuerdo: a) exima a los ciudadanos de las partes en el acuerdo de los requisitos en materia de permisos de residencia y de trabajo; b) sea notificado al Consejo del Comercio de Servicios.