FONDOS DE SERVICIOS EDUCATIVOS

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Transcripción de la presentación:

FONDOS DE SERVICIOS EDUCATIVOS

IMPORTANCIA, CONCEPTO, ORIGEN Y NORMATIVIDAD CREAR COMUNIDAD ENSEÑAR CON EL EJEMPLO GANAR GRADOS DE LIBERTAD PARTICIPACIÓN EFECTIVA APROXIMACIÓN A LA AUTONOMÍA INSTITUCIONAL CONCEPTO ARTÍCULO 2 DEL DECRETO 4791 DE 2008

CONT. ORIGEN ORIGEN Artículo 67 de la Constitución Política: “La educación será gratuita en las instituciones del Estado, sin perjuicio del cobro de derechos académicos a quienes puedan sufragarlos”. inciso 2º del artículo 68 de la Constitución Política: La Comunidad Educativa participará en la dirección de las instituciones educativas.

CONT. ORIGEN Los cobros por derechos académicos en las instituciones del Estado no están contemplados como ingresos corrientes de las entidades territoriales y tampoco son rentas parafiscales, de acuerdo con la Constitución Política y el Estatuto Orgánico del Presupuesto.

NORMATIVIDAD ARTÍCULO 183 DE LA LEY 115 DE 1994. Cobro de Derechos Académicos Vigilancia y control de las SED. ARTÍCULO 10 NUMERAL 10.16, Y 11 A 14 DE LA LEY 715 DE 2001, (RECURSOS DE GRATUIDAD ESCOLAR) DECRETO 4791 DE 2008 DECRETO 111 DE 1996 EN LO PERTINENTE. LEY 80 DE 1993, LEY 1150 DE 2007 PARA CONTRATOS EN CUANTÍAS SUPERIORES A 20 SMMLV DECRETO 2474 DE 2008

CONT. NORMAS REGLAMENTOS DE LA SED CORRESPONDIENTE REGLAMENTOS DEL CONSEJO DIRECTIVO NORMAS DE TESORERÍA DE LA E.T. EN RELACION CON LA APERTURA DE CUENTAS EN E.F. NORMAS GENERALES DE LA ENTIDAD TERRITORIAL PARA EL MANEJO DE CAJAS MENORES. NORMAS DE CONTROL INTERNO DISCIPLINARIO Y CONTROL INTERNO FISCAL LAS NORMAS EXPEDIDAS POR LA CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

DECRETO 4791 DE 2008 COMPETENCIAS DE LAS SED .  Definir criterios y establecimientos que deben contar con Fondos de Servicios Educativos.  Establecer el proceso para el registro de la cuenta y determinar las condiciones y manejo de la misma.  Ajustar el manual de funciones respecto de quien debe ejercer la función de tesorería o pagaduría del Fondo y asignar el personal requerido.  Reglamentar el funcionamiento y manejo de la caja menor.  Aprobar las adiciones presupuestales, de acuerdo con la reglamentación que se expida para tal efecto.

OTRAS COMPETENCIAS  Informar a cada establecimiento educativo, a más tardar el primer trimestre de cada año, el valor y concepto de las transferencias que realice.  La entidad territorial certificada debe establecer las condiciones en que se realizará el proceso operativo de preparación y elaboración de la contabilidad del establecimiento educativo.  Las entidades territoriales certificadas deben abrir en su contabilidad una cuenta para cada FSE.  Ejercer el control interno, brindar asesoría y apoyo administrativo, contractual, financiero, presupuestal y contable de acuerdo con las normas vigentes.

OTRAS COMPETENCIAS  Informar a cada establecimiento educativo, a más tardar el primer trimestre de cada año, el valor y concepto de las transferencias que realice.  La entidad territorial certificada debe establecer las condiciones en que se realizará el proceso operativo de preparación y elaboración de la contabilidad del establecimiento educativo.  Las entidades territoriales certificadas deben abrir en su contabilidad una cuenta para cada FSE.  Ejercer el control interno, brindar asesoría y apoyo administrativo, contractual, financiero, presupuestal y contable de acuerdo con las normas vigentes.

ASPECTOS GENERALES ADMINISTRACION POR RECTOR O DIRECTOR Y CONSEJO DIRECTIVO AL FINALIZAR VIGENCIA RECTOR O DIRECTOR PRESENTA PROYECTO PARA APROBACION POR CONSEJO MEDIANTE ACUERDO MODIFICACIONES APRUEBA CONSEJO DIRECTIVO ORDENADOR DE GASTOS EL RECTOR CONSEJO DIRECTIVO DETERMINA ACTOS, CONTRATOS, PROCEDIMIENTOS, FORMALIDADES Y GARANTÍAS CUANDO NO SE SUPERE 20 SMMLV NO SE PUEDE ATENDER GASTOS DE PERSONAL

PLANIFICAR Es un proceso que permite prever y decidir hoy las acciones que conduzcan a un futuro deseable con la utilización eficiente y racional de los recursos disponibles.

El Plan Educativo Institucional debe responder los siguientes interrogantes: Qué se quiere hacer? - Cuánto se espera lograr? - Cómo lo puede lograr? - En cuánto tiempo? - Cómo se mide el logro? - Quiénes son los responsables? - Qué disponibilidad de recursos institucionales y financieros se requiere?

Definición de Objetivos La formulación del plan de desarrollo debe ser integral, por ello es fundamental que la definición de objetivos estratégicos asegure una articulación entre los objetivos INSTITUCIONALES de desarrollo y los de desarrollo territorial. Ej: Objetivos estratégicos Lograr mejores condiciones de vida para la población Lograr una educación de calidad para todos.

Metas La formulación de metas implica la precisión de los objetivos (resultados) y acciones en términos cuantificables y verificables, así como la definición de los plazos en los cuales se ha previsto alcanzar los resultados propuestos. Meta de resultado: EJ: la meta para el sector educación es reducir, durante los tres próximos años, en el 20% el nivel de deserción escolar que actualmente se registra en el área rural del municipio.

FORMULACION DE METAS Meta de producto, se refieren a la obtención de productos específicos que agregados tienen un efecto en términos de resultado, por ejemplo: la construcción de 10 aulas educativas. Paso siguiente: Definir metas tanto para los objetivos estratégicos como para los objetivos específicos, sobre la base de la situación actual de la Institución en los diferentes aspectos de la gestión.

Definición de Estrategias La administración determina las posibilidades a su alcance y la conveniencia de cada una de ellas o de su combinación, para diseñar las estrategias que se ajusten a: disponibilidad de recursos y capacidad de gestión. La definición de estrategias debe basarse y complementar las definidas previamente en el Plan de Desarrollo Territorial.

Definición de Programas Una vez se tenga claridad sobre las potencialidades, las áreas problemáticas, los grupos que requieren atención inmediata, las estrategias generales y las áreas de intervención, el paso siguiente es: La definición de la parte programática del plan, aquello específico con lo cual se comprometerá durante un periodo de tiempo, a partir de la óptica de lo que se ha planeado a largo plazo.

Ejemplo: Objetivo estratégico: Disminuir las tasas de mortalidad y morbilidad infantil Programa de vacunación infantil Programa de nutrición a madres lactantes y menores de 6 años Programa de educación en prevención de la violencia dirigido a padres de familia.

Ejemplo: Para implementar un programa de apoyo a la creación de empresas productivas la Institución tiene dificultades de comercialización. No hay lugar para el almacenamiento y transformación del producto, por tanto los proyectos: Proyecto de capacitación a docentes y estudiantes sobre estrategias de mercadeo. Proyecto de instalación de un centro de acopio y comercialización de productos.

Planificación Financiera El área financiera es un aspecto fundamental de la gestión local que requiere especial atención y sobre la cual se debe realizar un proceso de planeación, evaluación y permanente monitoreo, pues de ella dependen las posibilidades reales de desarrollo .

SISTEMA PRESUPUESTAL 1. PLAN FINANCIERO 2. PLAN OPERATIVO ANUAL DE INVERSIONES 3. PRESUPUESTO GENERAL PRESUPUESTO RENTAS Ingresos Operacionales Transferencias Recursos de Capital PRESUPUESTO DE GASTOS O DE APROPIACIONES DISPOSICIONE S GENERALES

QUE ES EL PLAN OPERATIVO ANUAL DE INVERSIONES ES LA MATERIALIZACION EN UNA VIGENCIA FISCAL DEL PLAN GENERAL DE INVERSIONES, CONTENIDO EN EL PLAN EDUCATIVO, A TRAVES DEL CUAL SE IDENTIFICAN LOS PROYECTOS A EJECUTAR, FINANCIADOS CON LAS DIFERENTES FUENTES DE FINANCIACION DE LA INSTITUCION (R.PROPIOS, TRANSFERENCIAS, DONACIONES, RECURSOS DEL BALANCE).

CONCEPTO ADMINISTRATIVO DE PRESUPUESTO ES UN ACTO ADMINISTRATIVO Y SOBERANO POR MEDIO DEL CUAL SE CALCULAN ANTICIPADAMENTE TODAS Y CADA UNA DE LAS RENTAS E INGRESOS, SE AUTORIZAN Y APROPIAN TODOS Y CADA UNO DE LOS GASTOS DE FUNCIONAMIENTO E INVERSION PARA UN PERIODO FISCAL DETERMINADO ES EL INSTRUMENTO OPERATIVO REQUERIDO PARA DARLE CUMPLIMIENTO DE LOS PLANES Y PROGRAMAS.

PRINCIPIOS PRESUPUESTALES RELACIONADOS Planificación: concordancia con planes existente. Anualidad: Vigencia del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año. Universalidad: Totalidad del gastos Publico. Unidad de caja: Totalidad de ingresos sin Programación integral: Gastos de inversión y funcionamiento Especialización: todos los gastos deben referirse al objeto del E.E. Inembargabilidad: de las rentas del presupuesto nacional y del SGP. Así como bienes y derechos del Estado.

PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL PRESUPUESTO DE INGRESOS FUENTES DE INGRESOS PRESUPUESTO DE GASTOS PLAN DE COMPRAS PROGRAMACION DE INGRESOS Y GASTOS POR FUENTE Y RUBRO FLUJO DE CAJA: DEFINICION DE RECAUDOS Y GASTOS POR MES

ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO INGRESOS: A NIVEL DE GRUPOS Y FUENTES OPERACIONALES: PUBLICOS O PRIVADOS POR PRESTACION DEL SERVICIO EDUCATIVO TRANSFERENCIAS: GIRADOS A ESTABLECIMIENTO POR ENTIDADES PUBLICAS RECURSOS DE CAPITAL: RECURSOS BALANCE, RENDIMIENTOS FINANCIEROS, DONACIONES EN DINERO. GASTOS: FUNCIONAMIENTO: A NIVEL DE RUBROS. SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS, GASTOS GENERALES. INVERSION: A NIVEL DE PROYECTOS. DIVULGACION, CAPACITACION Y FORMACION DEL TALENTO HUMANO, MEJORAMIENTO DE INFRAESTRUCTURA FISICA, DOTACION DE MATERIALES EDUCATIVOS, PROGRAMAS ESPECIALES, SERVICIOS ESPECIALES.

PRESUPUESTO DE INGRESOS * Ingresos por servicios y explotación de bienes o productos: derechos y costos complementarios, * Ingresos de Propiedad: venta de productos, arrendamientos * Ingresos por reintegros OPERACIONALES TRANSFERENCIAS DE RECURSOS PUBLICOS * Transferencias Nacionales departamentales, municipales o distritales Otros Recursos de Capital (recursos de balance, rendimientos financieros, donaciones, etc.) RECURSOS DE CAPITAL

1. GASTOS DE FUNCIONAMIENTO PRESUPUESTO DE GASTOS 1. GASTOS DE FUNCIONAMIENTO Servicios Personales Indirectos: remuneración servicios técnicos, honorarios y jornales a. GASTOS DE PERSONAL Adquisición de Bienes Adquisición de Servicios Impuestos y Multas b. GASTOS GENERALES 2. GASTOS DE INVERSION: Desagregada por proyectos de inversión

desagregado en ingresos y gastos detallando ítems y rubros. APROBACION Y LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO  El Rector o Director rural prepara el presupuesto desagregado en ingresos y gastos detallando ítems y rubros. El presupuesto de gastos debe guardar estricto equilibrio con el presupuesto de ingresos  Una vez definido lo presenta al Consejo Directivo para aprobación definitiva  Aprobado se emite el acto administrativo de liquidación y distribución firmado por el rector  Se remite a la S.E certificada de acuerdo con el cronograma definido

MONTO MAXIMO MENSUAL DE INGRESOS MONTO MAXIMO MENSUAL DE PAGOS EJECUCION DEL PRESUPUESTO FLUJO DE CAJA MONTO MAXIMO MENSUAL DE INGRESOS MONTO MAXIMO MENSUAL DE PAGOS LIMITE MAXIMO VALOR PRESUPUESTADO RECAUDO DE LAS RENTAS Y GIRO DE LOS GASTOS

RECAUDO DE LOS INGRESOS LOS PAGADORES NO DEBEN MANEJAR DINERO EN EFECTIVO. LOS RECAUDOS SE DEBEN EFECTUAR A TRAVÉS DE UNA ENTIDAD BANCARIA AUTORIZADA, LAS EXCEPCIONES DEBERÁN SER REGLAMENTADAS POR LA SED EN COORDINACIÓN CON LA SECRETARÍA DE HACIENDA. ANTE UN SOPORTE DE CONSIGNACIÓN SE DEBE EXPEDIR EL RECIBO OFICIAL. REGISTRAR EN EL LIBRO DE CONTROL PRESUPUESTAL Y EN EL AUXILIAR. PRESENTAR INFORME DIARIO, SEMANAL Y MENSUAL. ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DE LOS RECURSOS

EJECUCION PRESUPUESTAL . APROPIACIONES PRESUPUESTALES SON LAS ASIGNACIONES DE FONDOS PUBLICOS PARA LA EJECUCION DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO Y DE INVERSION SON GLOBALES CUANDO ESTAN DESAGREGADAS A NIVEL DE RUBRO EN EL CASO DE FUNCIONAMIENTO Y A NIVEL DE PROYECTO EN INVERSION.

CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL ES EL DOCUMENTO QUE EXPIDE EL JEFE DE PRESUPUESTO, EN EL CUAL GARANTIZA LA EXISTENCIA DE APROPIACION SUFICIENTE PARA ATENDER LOS GASTOS SE EXPIDE PARA UN PERIODO MUY CORTO, Y SI NO SE UTILIZA DENTRO DE ESTE TIEMPO SE DEBE CANCELAR. ESTE CERTIFICADO SE DEBE REGISTRAR EN EL LIBRO DE PRESUPUESTO

REGISTRO PRESUPUESTAL CERTIFICADO ES LA ANOTACION QUE SE HACE EN LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS Y EN EL DE PRESUPUESTO DE LOS COMPROMISOS QUE AFECTEN EL PRESUPUESTO, PARA QUE LOS RECURSOS CON EL FINANCIADOS NO SEAN DESVIADOS A NINGUN OTRO FIN. EN ESTE REGISTRO SE DEBE INDICAR CARCLARAMENTE EL EL VALOR Y EL PLAZO DE LAS PRESTACIONES A QUE HAYA LUGAR.

EJECUCION DEL PRESUPUESTO ADICION PRESUPUESTAL OPERACION PRESUPUESTAL MEDIANTE LA CUAL SE INCORPORAN RECURSOS AL PRESUPUESTO, PROVENIENTES DE MAYORES RECAUDOS DE LOS INGRESOS OPERACIONALES, TRANSFERENCIAS Y RECURSOS DE CAPITAL. SE DEBE PRESENTAR AL CONCEJO EL RESPECTIVO PROYECTO DE ACUERDO.

EJECUCION DEL PRESUPUESTO MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO: REDUCIR O APLAZAR APROPIACIONES: RECAUDO INFERIOR A LOS GASTOS NO APROBACION DE RECURSOS ADICIONALES RECURSOS ADICIONAALES INSUFICIENTES NO PERFECCIONAMIENTO DE CREDITOS AUTORIZADOS CREDITOS ADICIONALES TRASLADOS

EJECUCIÓN PPTAL. GASTOS 1. SOPORTAR LA NECESIDAD Y ACTUAR DE ACUERDO CON LA REGLAMENTACIÓN, SEGÚN EL CASO. ESTUDIOS PREVIOS Y FLUJO DE CAJA. 2. EXPEDIR ACTO ADTIVO DE ORDENACIÓN DEL GASTO. 3. PAGADOR VERIFICA DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL SEGÚN REGLAMENTO LIBRO CONTROL PPTAL 4. SE DESARROLLAN PROCEDIM. SEGÚN LEY 80 D.2474/2008 O CONSEJO DIRECTIVO

EJECUCIÓN PPTAL. GASTOS CONSTANCIA DE RECIBIDO A SATISFACCIÓN ACTO ADTIVO DE ORDENACIÓN DEL PAGO, CON LOS SOPORTES. GIRO DE CHEQUES (CONTROL) LIBRO DE CONTROL PRESUPUESTAL Y AUXILIARES CONTABILIZACIÓN Y ESTADOS FINANCIEROS. INFORMES A LA SED, SEGÚN DIRECTRICES DE LA CONTAD. GENERAL DE LA N. NACIÓN CIERRE DE LA VIGENCIA

CONTABILIDAD  Todos los establecimientos educativos estatales deben llevar contabilidad de acuerdo con las normas vigentes. (articulo 16 D.4791/08) ESTADOS FINANCIEROS MAS USUALES: Balance general Estado de actividad financiera, económica, social y ambiental Estado de cambios en el patrimonio Estado de Flujos de Efectivo Notas a los estados contables básicos

TESORERÍA establecimiento educativo administra • La cuenta mediante la cual el establecimiento educativo administra los recursos del FSE, se abrirá a nombre del respectivo Fondo identificando última razón social de la I.E., deberá Registrarse en la entidad territorial y su manejo se efectuará de acuerdo con las normas de tesorería de la entidad territorial.

PUBLICIDAD Con el fin de garantizar los principios de moralidad, imparcialidad, publicidad y transparencia en el manejo de los recursos de los FSE, los rectores y consejos directivos de los establecimientos Educativos estatales deberán:  Rendir cuentas a los entes de control Enviar a la secretaría de educación al inicio de cada vigencia fiscal, copia del acuerdo anual del presupuesto del FSE, debidamente numerado, fechado y aprobado por el consejo directivo Presentar un informe de ejecución presupuestal al final de cada vigencia fiscal a las autoridades educativas de la entidad territorial

 Publicar en un lugar visible y de fácil acceso de la Institución, el informe de ejecución de los recursos del FSE y los estados contables con la periodicidad que indique el Consejo Directivo y la secretaria de educación.  Publicar mensualmente en lugar visible la relación de contratos de la vigencia, identificando contratista, objeto, valor, plazo y estado de ejecución del contrato  A más tardar el 28 de febrero celebrar audiencia pública para presentar informe de gestión a la comunidad

POR NUESTRAS NIÑAS, NIÑOS Y JOVENES MIL GRACIAS

CONTRATACIÓN NORMAS QUE SE APLICAN: 1. Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 para contratos de cuantías superiores a los 20 smmlv. 2. Decreto 2474 de 2008. 3. Reglamentos específicos de la entidad territorial. Reglamentos del Consejo Directivo contratos de menos de 20 smmlv.