Reglamento de EXTENSIÓN UNIVERSITARIA

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Transcripción de la presentación:

Reglamento de EXTENSIÓN UNIVERSITARIA DIRECCION DE INVESTIGACIÓN Y EXTENSIÓN (DIE) Reglamento de EXTENSIÓN UNIVERSITARIA

La extensión universitaria Es uno de los fines y una de las actividades importantes en el proceso institucional de la FCE Constituyen acciones orientadas a proyectar a la sociedad los conocimientos científicos y técnicos generados en la Universidad

Marco normativo Reglamento General de Extensión Universitaria aprobada por Resolución del Consejo Superior Universitario en el mes de noviembre del año 2005 Reglamento Interno de Extensión Universitaria de la FCE (Resolución Nº 6 – Acta Nº 3 del 7 de febrero de 2008)

Reglamento Interno de Extensión Universitaria Facultad de Ciencias Económicas Reglamento Interno de Extensión Universitaria Aspectos principales

Constituyen actividades de extensión: Cursos extracurriculares; programas de capacitación a la comunidad, charlas educativas de interés social, campañas de concienciación. Prestaciones de servicios a la comunidad, Asistencia social. Actos culturales: música, teatro, danza, festivales, conciertos. Deportes

Constituyen actividades de extensión: Publicaciones, Transmisiones electrónicas. Congresos, Seminarios, Simposios, Foros, Paneles, Conferencias, Videoconferencias, Exposiciones. Trabajos de campo, Pasantías, Viajes de estudio. Consultorías, Asesorías, Servicios Profesionales. Trabajos de autogestión Programas de seguimiento a egresados, promoción de carreras.

Participación de los estudiantes El Reglamento General de Extensión Universitaria de la UNA establece las siguientes exigencias en materia de extensión universitaria: Al término de su Carrera, el estudiante deberá tener cumplida una cantidad mínima de 30 horas reloj, en tres actividades diferentes de extensión Alumnos ingresantes en el año 2004 - 20% (6 horas) Alumnos ingresantes en el año 2005 - 50% (15 horas) Alumnos ingresantes a partir del año 2006 - 100% (30 horas)

Participación de los estudiantes Reglamento Interno FCE Para los estudiantes que hayan ingresado en el año 2004: Tener cumplida la cantidad mínima de 6 horas reloj, por lo menos en una de las siguientes actividades: Prestaciones de servicios a la comunidad, Asistencia social. Actos culturales: música, teatro, danza, festivales, conciertos. Deportes. Congresos, Seminarios, Simposios, Foros, Paneles, Conferencias, Videoconferencias, Exposiciones. Trabajos de campo, Pasantías, Viajes de estudio.

Participación de los estudiantes Reglamento Interno FCE Para los estudiantes que hayan ingresado en el año 2005: Tener cumplida la cantidad mínima de 15 horas reloj, por lo menos en dos de las siguientes actividades: Prestaciones de servicios a la comunidad, Asistencia social. Actos culturales: música, teatro, danza, festivales, conciertos. Deportes. Congresos, Seminarios, Simposios, Foros, Paneles, Conferencias, Videoconferencias, Exposiciones. Trabajos de campo, Pasantías, Viajes de estudio.

Participación de los estudiantes Reglamento Interno FCE Para los estudiantes que hayan ingresado a partir del año 2006: Tener cumplida la cantidad mínima de 30 horas reloj, por lo menos en una proporción acumulada del 50%, en las siguientes actividades: Cursos extracurriculares; programas de capacitación a la comunidad, charlas educativas de interés social, campañas de concienciación. Congresos, Seminarios, Simposios, Foros, Paneles, Conferencias, Videoconferencias, Exposiciones. Trabajos de campo, Pasantías, Viajes de estudio.

Participación de los estudiantes Reglamento Interno FCE Para los estudiantes que hayan ingresado a partir del año 2006: Se establecen limites para acumulación de créditos en algunas actividades, de manera a evitar una excesiva concentración en algunas de ellas. El crédito máximo de horas que podrán asignarse a las actividades de extensión universitaria, cuyos límites no se encuentran indicados expresamente, será de 6 horas reloj por evento.

Estructura organizacional El Departamento de Extensión Universitaria (DEU), dependiente de la Dirección de Investigación y Extensión de la FCE (DIE) La Dirección Académica, el Departamento de Acción Social y la Coordinación de Bienestar y Apoyo Estudiantil en el ámbito de sus respectivas funciones.

Planeamiento de las actividades de extensión Las direcciones deberán informar en la primera semana del mes de noviembre de cada año, las actividades proyectadas para el siguiente periodo lectivo, a los efectos de su inclusión en el plan operativo anual. El Consejo Directivo podrá incorporar en el transcurso del año nuevas actividades en el plan operativo anual, a propuesta de la DIE

Planeamiento de las actividades de extensión Podrán presentar propuestas de actividades de extensión, dentro del plazo establecido: Cualquier dependencia, egresado u organización gremial o profesional. Los estudiantes y organizaciones estudiantiles, con el parecer favorable de la Coordinación de Bienestar y Apoyo Estudiantil. El reconocimiento como actividad de Extensión Universitaria estará sujeto al cumplimiento estricto del procedimiento establecido Reglamento Interno

Procedimientos para la ejecución y registración de las actividades de extensión Para el registro de las actividades, los responsables deberán ajustarse a los siguientes procedimientos: ANTES Presentar a la dirección de carrera o filial , con 15 días de anticipación, el Formulario de Extensión Universitaria. De solicitar financiamiento parcial, el plazo será de 45 días La dirección respectiva remitirá a la DIE con su parecer favorable, con 10 días de anticipación (40 días con financiamiento parcial)

Procedimientos para la ejecución y registración de las actividades de extensión DESPUES Remitir a la dirección respectiva, dentro de los 5 días hábiles del término de la extensión, el Informe Final respectivo La dirección respectiva remitirá a la DIE dentro de los 10 días de recibido dicho documento La no presentación del informe final en el plazo establecido significará que la actividad no fue realizada

Procedimientos para la ejecución y registración de las actividades de extensión El Informe final deberá contener: La nómina y número de documento de los participantes y el tiempo de duración efectiva en horas reloj. La evaluación de los resultados obtenidos, las dificultades encontradas, si los hubiere; y, el grado o porcentaje de cumplimiento de las metas proyectadas.

Asignación de créditos de las actividades de EU Reglamento Interno FCE La asignación de los créditos de las actividades de Extensión Universitaria en términos de horas reloj será realizada por la Dirección Académica de la Facultad de Ciencias Económicas de la UNA de acuerdo con una escala que será propuesta al Decano por la Dirección Académica en coordinación con la Dirección de Investigación y Extensión, la Dirección cada carrera y la Coordinación de Bienestar y Apoyo Estudiantil El Decano establecerá la escala mencionada por Resolución

Reglas y procedimientos para Viajes Viajes con fines académicos destinados a enriquecer la formación o a proyectar a la sociedad el saber científico y técnico Deberá guardar relación con el contenido y objetivos de la asignatura La delegación deberá estar acompañada de por lo menos un profesor (1/40) Se establecen funciones del coordinador del viaje Se establecen responsabilidades de los alumnos

Carrera de Administración – Extensión Universitaria Asignaturas propuestas

Carrera de Administración – Extensión Universitaria Asignaturas propuestas

Registro de participación en actividades de extensión La Dirección de Investigación y Extensión elaborará semestralmente una planilla que deberá contener los créditos obtenidos en horas reloj por cada estudiante por la realización de actividades de Extensión Universitaria. La planilla deberá contemplar las cantidades de horas requeridas según el año de ingreso, las acumuladas, las realizadas durante el semestre y el total de horas acumuladas a la fecha de emisión de la misma.

Registro de participación en actividades de extensión La Dirección de Investigación y Extensión remitirá semestralmente la planilla mencionada a la Secretaría General de la Facultad de Ciencias Económicas de la UNA para el registro de las horas reloj en Extensión Universitaria cumplidas por cada estudiante. Asimismo remitirá una copia de la planilla a las Direcciones afectadas para su registro correspondiente

De las faltas y sanciones Se establecen normas procesales y una escala de sanciones disciplinarias para los casos en que los estudiantes no cumplan sus deberes y obligaciones en las actividades de extensión Las medidas disciplinarias se aplicarán tomando en cuenta la gravedad de la falta cometida y las circunstancias atenuantes o agravantes del hecho, contemplándose desde apercibimientos, hasta la disminución parcial o cancelación total de créditos, según la gravedad de la falta cometida

Disposiciones generales La FCE podrá conceder distinciones u otros estímulos por el desempeño o relevancia del emprendimiento de Extensión Universitaria. Se establece la factibilidad y el procedimiento para el reconocimiento de las actividades de extensión universitaria realizadas por los estudiantes y los docentes durante los años 2006 y 2007, para el otorgamiento de créditos en horas reloj

Formulario de Extensión (solicitud)

Formulario de Extensión (Informe)

Muchas Gracias …… abril/2008