DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO

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Transcripción de la presentación:

DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO FEBRERO 2009

DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO ANTECEDENTES

ANTECEDENTES CPEUM-Articulo 123 fracción XIV DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO CPEUM-Articulo 123 fracción XIV Los empresarios serán responsables de los accidentes del trabajo y de las enfermedades profesionales de los trabajadores, sufridas con motivo o en ejercicio de la profesión o trabajo que ejecuten. CPEUM-Articulo 123 fracción XV El patrón estará obligado a observar, de acuerdo con la naturaleza de su negociación, los preceptos legales sobre higiene y seguridad en las instalaciones de su establecimiento, y a adoptar las medidas adecuadas para prevenir accidentes. LEY FEDERAL DEL TRABAJO Artículos del 472 al 515 Regulan las obligaciones patronales para: Prevención de riesgos de trabajo Implementación de medidas de seguridad e higiene. Artículo 513 Tabla de enfermedades de trabajo Artículo 514 Tabla de valuación de incapacidades permanentes. ANTECEDENTES

ANTECEDENTES LEY DEL SEGURO SOCIAL.- Artículo 53 DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO LEY DEL SEGURO SOCIAL.- Artículo 53 El patrón que haya asegurado a los trabajadores a su servicio contra riesgos de trabajo, quedará relevado en los términos que señala esta Ley, del cumplimiento de las obligaciones que sobre responsabilidad por esta clase de riesgos establece la Ley Federal del Trabajo. LEY DEL SEGURO SOCIAL.- Artículo 72 … Al inscribirse por primera vez en el Instituto o al cambiar de actividad, las empresas cubrirán, en la clase que les corresponda conforme al reglamento, la prima media. Una vez ubicada la empresa en la prima a pagar, los siguientes aumentos o disminuciones de la misma se harán conforme al párrafo primero de este artículo. Artículo 73 Valores de la Prima Media. ANTECEDENTES

DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO RIESGOS DE TRABAJO

RIESGOS DE TRABAJO RIESGOS DE TRABAJO Incapacidad Temporal DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO RIESGOS DE TRABAJO Incapacidad Temporal Incapacidad permanente parcial Valuada hasta un 25% Valuada entre 25% y 50% Valudada mas del 50% Incapacidad permanente total Valuada más del 50% y hasta el 100% Muerte Art. 58 LSS RIESGOS DE TRABAJO

DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO CONSECUENCIAS POR RIESGOS DE TRABAJO INCAPACIDAD TEMPORAL INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL MUERTE   Valuación de Hasta 52 semanas Hasta 25% Entre 25% y 50% Mas de 50% PRESTACIONES EN DINERO Subsidios al 100% hasta por 52 semanas. Indemnización global equivalente a 3 anualidades de la pensión Opcional: Indemnización global y pensión mensual Pensión mensual calculada conforme a la tabla de valuaciones Pensión mensual definitiva 70% del SBC en que se estuviese cotizando Pensión mensual definitiva, calculado con el promedio del SBC de las 52 ultimas semanas. ( o las que tenga si es que no completa las 52 semanas) Pensión a beneficiarios y ayuda para gastos de funeral Art. 58 Fracc. I LSS Art. 58 Fracc. III LSS, Art. 514 LFT Art. 58 Fracc. II y 159 Fracc IV LSS Art. 64 LSS * Opcion de renta vitalicia o retiro programado

DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO PATRONES OBLIGADOS

PATRONES OBLIGADOS SUPUESTO GENERAL DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO SUPUESTO GENERAL La siniestralidad se obtendrá con base en los casos de riesgos de trabajo terminados durante el periodo comprendido entre el primero de enero y el treinta y uno de diciembre del año de que se trate, atendiendo para tal efecto a lo establecido en el artículo 72 de la Ley; Art. 32 RLSS Fracc. I PATRONES OBLIGADOS

PATRONES OBLIGADOS Art. 32 RLSS DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO NO ESTAN OBLIGADOS A PRESENTAR LA DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO Los que hayan iniciado operaciones después del 1o. de enero Cuando el resultado sea una prima igual a la que venía utilizando Alta y baja de actividades por más de seis meses en un mismo ejercicio Sin trabajdores por más de seis meses y no haya presentado baja patronal Art. 32 RLSS PATRONES OBLIGADOS

PATRONES OBLIGADOS CASO ESPECIAL DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO CASO ESPECIAL Los patrones de menos de 10 trabajadores (y que hayan tenido un ejércicio completo) Es opcional presentar la Declaración anual O cubrir sus cuotas con la prima media de acuerdo a su clase. PATRONES OBLIGADOS

DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO ASPECTOS ESPECIFICOS

ASPECTOS ESPECIFICOS REGISTRO DE SINIESTRALIDAD POR EL PATRON DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO REGISTRO DE SINIESTRALIDAD POR EL PATRON Para que el patrón determine su prima deberá llevar un registro pormenorizado de su siniestralidad.desde el inicio de cada uno de los casos hasta su terminación, estableciendo y operando controles de documentación e información que él genere, así como de la que elabore el Instituto, esta última información será entregada al trabajador o a sus familiares para que la hagan llegar al patrón, con el fin de justificar sus ausencias al trabajo o al momento de reincorporarse al mismo. El patrón estará obligado a recabar la documentación correspondiente del trabajador o sus familiares y si éstos omiten la entrega, el propio patrón deberá obtenerla del Instituto. Art. 34 RLSS ASPECTOS ESPECIFICOS

ASPECTOS ESPECIFICOS DOCUMENTACION DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO DOCUMENTACION La que corresponda a los riesgos de trabajo terminados y sus consecuencias: a) NSS b) CURP c) Nombre del asegurado d) Recaida o revaluacion e) Fecha del riesgo de trabajo f) Tipo de riesgo ASPECTOS ESPECIFICOS

ASPECTOS ESPECIFICOS DOCUMENTACION g) Días subsidiados por incacidad DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO DOCUMENTACION g) Días subsidiados por incacidad temporal h) Porcentaje de valuación por incapacidad permanente parcial o total i) Defunción j) Fecha del alta médica ASPECTOS ESPECIFICOS

ASPECTOS ESPECIFICOS Arts. 72 LSS y 35 al 39 RLSS FORMULA: DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO FORMULA: PRIMA= [(S/365)+V*( I + D)]* (F/N)+M Variable “ S ” Total de dias subsidiados a causa de una incapacidad temporal No se consideraran accidentes del trabajo al domicilio y viceversa En éste renglón se incluiran, también, los días subsidiados por recaidas que sufrán los trabajadores. Arts. 72 LSS y 35 al 39 RLSS ASPECTOS ESPECIFICOS

ASPECTOS ESPECIFICOS Arts. 72 LSS y 35 al 39 RLSS FÓRMULA: DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO FÓRMULA: PRIMA= [(S/365)+V*( I + D))]* (F/N)+M Variable “ V ” Tiene un valor de 28 años, que es la duración promedio de vida activa de un individuo que no haya sido victima de un accidente mortal o de un accidente. Arts. 72 LSS y 35 al 39 RLSS ASPECTOS ESPECIFICOS

ASPECTOS ESPECIFICOS Arts. 72 LSS y 35 al 39 RLSS FORMULA: DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO FORMULA: PRIMA= [(S/365)+V*( I + D)]* (F/N)+M Variable “ 365 ” Son los días naturales del año. Arts. 72 LSS y 35 al 39 RLSS ASPECTOS ESPECIFICOS

ASPECTOS ESPECIFICOS FORMULA: PRIMA= [(S/365)+V*( I + D)]* (F/N)+M DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO FORMULA: PRIMA= [(S/365)+V*( I + D)]* (F/N)+M Variable “ I ” Suma de los porcentajes de las incapacidades permanentes, parciales y totales, divididos entre 100. Cuando por la evolución del padecimiento se incremente el porcentaje de valuación de una incapacidad permanente parcial del trabajador se considera la suma de los porcentajes de ambas Arts. 72 LSS y 35 al 39 RLSS, Art. 514 LFT ASPECTOS ESPECIFICOS

ASPECTOS ESPECIFICOS FORMULA: PRIMA= [(S/365)+V*( I + D)]* (F/N)+M DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO FORMULA: PRIMA= [(S/365)+V*( I + D)]* (F/N)+M Variable “ D ” Numero total de defunciones originadas por accidentes y enfermedades de trabajo. Arts. 72 LSS y 35 al 39 RLSS, Art. 514 LFT ASPECTOS ESPECIFICOS

ASPECTOS ESPECIFICOS FORMULA: PRIMA= [(S/365)+V*( I + D)]* (F/N)+M DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO FORMULA: PRIMA= [(S/365)+V*( I + D)]* (F/N)+M Variable “ F ” Factor de prima 2.3 Si tiene acreditación del la ST y PS anote un factor de prima de 2.2 Arts. 72 LSS y 35 al 39 RLSS. ASPECTOS ESPECIFICOS

ASPECTOS ESPECIFICOS FORMULA: PRIMA= [(S/365)+V*( I + D)]* (F/N)+M DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO FORMULA: PRIMA= [(S/365)+V*( I + D)]* (F/N)+M Variable “ N ” Numero de trabajadores promedio expuestos al riesgo. Arts. 72 LSS y 35 al 39 RLSS. ASPECTOS ESPECIFICOS

ASPECTOS ESPECIFICOS FORMULA: PRIMA= [(S/365)+V*( I + D)]* (F/N)+M DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO FORMULA: PRIMA= [(S/365)+V*( I + D)]* (F/N)+M Variable “ M ” Prima mínima de riesgo: .005 Formula actuarial Arts. 72 LSS y 35 al 39 RLSS. ASPECTOS ESPECIFICOS

DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO CASO PRACTICO

CASO PRACTICO DATOS BASICOS Prima de riesgo actual: 1.44587 DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO DATOS BASICOS Prima de riesgo actual: 1.44587 El accidente esta valuado en la LFT Art. 514 Fracc. 173 CASO PRACTICO RELACION DE CASOS NOMBRE TIPO DE INCAPACIDAD FECHA DE INICIO FECHA TERMINACION DIAS SUBSIDIADOS DIAS PARA RT Carlos Mario Pérez Robles Enfermedades de Trabajo   12/05/2007 30/05/2007 19 Raquéenle García Martínez Accidente de Trabajo 12/02/2007 17/03/2007 34 Arturo Sifuentes Lopez* I.P.P. 22% 13/07/2007 28/09/2007 78 Jesús Javier Estrada Ibarra 12/12/2007 NO TERMINA Gerardo Martín Cáceres Mondragón Accidente de Trayecto 05/08/2007 06/08/2007 2 Maria de Guadalue Perez Perez Maternidad 04/10/2007 26/12/2007 84 SUMA 217 131

CASO PRACTICO DATOS PARA LA FORMULA DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO DATOS PARA LA FORMULA CASO PRACTICO CONCEPTOS VARIABLES CIFRAS Total de los días subsidiados a causa de incapacidad temporal. S 131 Suma de los porcentajes de las incapacidades permanentes, parciales y totales, divididos entre 100 I 0.22 Número de defunciones. D Número de trabajadores promedio expuestos al riesgo. N 650 Años promedio de vida activa V 28 Factor de prima F 2.3 Prima mínima de riesgo. M 0.005 Numero de dias naturales del año   365

ASPECTOS ESPECIFICOS PRIMA= [(S/365)+V*( I + D)]* (F/N)+M DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO PRIMA= [(S/365)+V*( I + D)]* (F/N)+M Ejemplo sin acreditación de la STyPS PRIMA = [(131 / 365)+28* ( 0.00 + 0 )]* ( 2.3 / 650 ) + 0.005 PRIMA = 0.00626996 PRIMA EXPRESADA EN PORCENTAJE: 00.62699% Ejemplo con acreditación de la STyPS PRIMA = [(131 / 365)+28* ( 0.00 + 0 )]* ( 2.2/ 650 ) + 0.005 PRIMA =0.006214752 PRIMA EXPRESADA EN PORCENTAJE: 00.62147% Arts. 72 LSS y 35 al 39 RLSS. ASPECTOS ESPECIFICOS

ASPECTOS ESPECIFICOS VIGENCIA DE LA PRIMA DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO VIGENCIA DE LA PRIMA Desde el 1 de marzo de 2009 y hasta el ultimo día de febrero de 2010 FECHA DE PRESENTACION En el mes de febrero. Art. 32 RLSS ASPECTOS ESPECIFICOS

DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO OTRAS CONSIDERACIONES

OTRAS CONSIDERACIONES DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO SANCIONES: POR NO PRESENTAR LA DECLARACIÓN Por presentarla extemporáneamente o con datos falsos o incompletos. Sanción: 20 a 210 VSMG OCULTAR RIESGOS DE TRABAJO El patrón que oculte la realización de un accidente sufrido por alguno de sus trabajadores durante su trabajo o lo reporte indebidamente como accidente en trayecto, se hará acreedor a las sanciones que determine esta Ley y el reglamento respectivo. Sanción: 20 a 350 VSMG OTRAS CONSIDERACIONES

OTRAS CONSIDERACIONES DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO VERIFICACION POR PARTE DEL INSTITUTO El Instituto verificará la información proporcionada por las empresas contra sus registros y si determina que la prima manifestada no es congruente con la obtenida por el propio Instituto, hará la rectificación correspondiente, la cual surtirá efectos a partir del primero de marzo del año posterior a que se refiere el cómputo, debiendo ser notificada al patrón Arts. 32 Fracc. VI OTRAS CONSIDERACIONES

OTRAS CONSIDERACIONES DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO RECTIFICACION POR PARTE DEL INSTITUTO El Instituto podrá rectificar o determinar la prima de un patrón, mediante resolución, que se notificará a éste o a su representante legal, cuando: I. La prima manifestada por el patrón no esté determinada conforme a lo dispuesto en este Reglamento; II. El patrón en su declaración no manifieste su prima; III. El patrón no presente declaración alguna, y IV. Exista escrito patronal manifestando desacuerdo con su prima y ésta sea procedente. Arts. 33 RLSS OTRAS CONSIDERACIONES

OTRAS CONSIDERACIONES DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO ESCRITO DE DESACUERDO El patrón podrá presentar el escrito a que se refiere la fracción IV del artículo 33 de este Reglamento, respecto de la resolución que rectifique su clasificación, su prima o bien determine esta última, dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha en que surta efectos la notificación respectiva, siempre y cuando no haya interpuesto algún medio de defensa contra la mencionada resolución. Arts. 41 RLSS OTRAS CONSIDERACIONES