JULIANA ARIAS ROJAS MARISOL ORTIZ TORO

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
EL PAGARE Concepto: Es un título de crédito que contiene la promesa incondicional del suscriptor de pagar una suma de dinero en lugar y época determinados,
Advertisements

EL VALE El vale es un título de crédito, por el cual la persona que lo firma se reconoce deudora de otra, por el valor de bienes entregados o servicios.
LEY CAMBIARIA Y DEL CHEQUE
Tesis I: Contratos mercantiles modernos
Factura Cambiaria
Letra de Cambio
ACCIONES CAMBIARIAS
DERECHO ECONÓMICO INTERNACIONAL NATALIA PÉREZ BETANCUR 2011
Cheque Pagaré.
Amaya Villota.IES LAZARO CARDENAS
4. TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO
México, D.F. a 9 de noviembre de Por esta única letra de cambio se servirá usted pagar incondicionalmente la cantidad de dos mil pesos a la orden.
PAPELES DE COMERCIO: CHEQUE- LETRA DE CAMBIO Y PAGARÈ
Derecho Mercantil.
 Letra de Cambio.  Cheque.  Pagaré.
TITULOS VALORES DEFFINICIÓN: son documentos que contienen un derecho literal y autónomo; de carácter económico. Es decir, son documentos que se utilizan.
LOS DOCUMENTOS CAMBIARIOS
Documentación contable II
Cuenta Con el fin de conservar la historia de las transacciones, así como de obtener elementos para elaborar los estados financieros y otros reportes contables,
LETRA DE CAMBIO.
Por: Eúan Reyes Yudiana Concepción.
Los títulos de crédito Derecho Mercantil
Gestión Administrativa
TITULOS VALORES ESPECIFICOS
CAJERO BANCARIO COMERCIAL
Tipos y características de instalaciones deportivas.
DE LA QUIEBRA(ley ) Qué es la quiebra? Principios de la quiebra
INSTRUMENTOS DE COBRO Y PAGO
SOPORTES CONTABLES.
LETRA DE CAMBIO Las letras de cambio surgieron en Europa en la Edad Media como medios de pago más seguros que las monedas y los billetes. Fueron el.
Gestión administrativa
1 – El Cheque. 2 – El Recibo. 3 – Domiciliación Bancaria. 4 – Transferencia Bancaria. 5 – Tarjetas Débito y Crédito. 6 – La Letra de Cambio.
Camilo López Jiménez Sebastián Botero Gómez Alex Santa Pineda
Pagaré.
PRESENTADO POR: Sebastián Blandón Osorio. Yuri Paola Lemos Machado. Ivette Daniela Tabares Iglesias.
LETRA DE CAMBIO.
INSTRUMENTOS DE FINANCIACIÓN AJENA A CORTO PLAZO.
TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO
LETRA DE CAMBIO DERECHO EMPRESARIAL
TÍTULOS DE CRÉDITO Mtra. Candelaria Beatriz Arroyo Denis
pagaré Para que sirve? Que es? cuando se usa? como se usa?
CONTENIDOS 11 Introducción La Ley Cambiaria y del Cheque
El PAGARE DERECHO EMPRESARIAL
Alumnos: Hernández Rodríguez Herrera Pacheco Maldonado Noh
PAGARÉ Alumnas: Alegría Narváez Sandra Odimaris Cauich Puc Adriana
PAGARÉ Alumnas: Alegría Narváez Sandra Odimaris Cauich Puc Adriana
Pagarés y Cedulas Hipotecarias.
EL PAGARE.
DOCUMENTOS CONTABLES Y NO CONTABLES
Catedrático: Emilio Balarezo Reyes
Personas que intervienen Modelo del Pagaré Colombiano
TITULOS DE CREDITO.
EL PAGARE Concepto: Es un título de crédito que contiene la promesa incondicional del suscriptor de pagar una suma de dinero en lugar y época determinados,
LETRA DE CAMBIO Es un título valor que se extiende por una persona (acreedor – librador) y recoge una obligación de pago aceptada por otra persona (deudor.
VALOR DEL DINERO EN EL TIEMPO
CUESTIONARIO INICIAL ¿Qué ventajas crees que tiene un empresario al efectuar sus pagos a crédito o aplazado en lugar de hacerlo al contado? ¿Qué departamento.
PAGO APLAZADO Pagaré Letra de cambio
UD 2 MEDIOS DE COBRO Y PAGO 1.
Catedrático: Emilio Balarezo Reyes
Para que sirve? Que es ? pagaré cuando se usa? características.
Tema 4: El cheque y el pagaré.
Gestión administrativa
ACCIÓN CAMBIARIA CONCEPTO Y DIFERENCIA CON LA ACCIÓN CAUSAL.
1 Economía y Gestión de Empresas CREDITO y SISTEMA FINANCIERO.
Dr. Roberto E. Franco Zesati
DESCUENTOS. DESCUENTO Es la operación de adquirir, antes del vencimiento, valores generalmente endosables. Operación por la que un banco entrega al tenedor.
Cheque. Tal vez no hayas utilizado nunca una letra de cambio o un pagaré, pero seguramente has utilizado el cheque: DEFINICIÓN. Título de crédito en virtud.
GRADO 7° DORIS LÓPEZ PERALTA
LETRA DE CAMBIO.
Documentos utilizados en las relaciones comerciales
Transcripción de la presentación:

JULIANA ARIAS ROJAS MARISOL ORTIZ TORO LETRA DE CAMBIO JULIANA ARIAS ROJAS MARISOL ORTIZ TORO

LETRA DE CAMBIO: Es un documento mercantil que contiene una promesa u obligación de pagar una determinada cantidad de dinero a una convenida fecha de vencimiento. Un girador, manda a pagar a un Beneficiario una cantidad determinada, en una cierta fecha, a una tercera persona llamada girado.

PARTICIPANTES: El Girador o librador: Da la orden de pago y elabora el documento. El Girado o librado: Acepta la orden de pago firmando el documento comprometiéndose a pagar. Por lo tanto responsabilizándose, indicando en el mismo, el lugar o domicilio de pago para que el acreedor haga efectivo su cobro. El Beneficiario o tomador: Recibe la suma de dinero en el tiempo señalado.

Características

Mandato puro y simple La letra posee un mandato de pagar una suma incondicional en moneda nacional o moneda admitida a cotización . La suma se debe expresar en números y en palabras, junto en la moneda en que se efectuará el pago.

Nombre del Girado El documento debe contener los nombres y apellidos de la persona física o razón social que deberá pagar la obligación estipulada (girado). Si se posee algún error en el nombre, la letra de cambio queda nula.

Fecha de vencimiento Existen cuatro tipos de vencimientos Letras giradas a día fijo Letras libradas a la vista Letras librada a un plazo desde la fecha Letras libradas a un plazo desde vista

Letras giradas a día fijo vencen en el plazo establecido en la letra. Es la forma más usual de girar letras de cambio porque no hay incertidumbres en cuanto a determinar la oportunidad de pago.

Letras libradas a la vista Letra de cambio que se vuelve pagadera en cuanto acepta la parte obligada a pagar.

Letras giradas a un plazo desde la fecha vencen el día que se cumpla el plazo señalado. Son aquellas en donde se establece que el vencimiento se da un tiempo contado a partir de la fecha de la letra.

Letras libradas a un plazo desde la vista su vencimiento se determinará a un plazo desde la fecha de la aceptación o, en su defecto, por la del protesto o declaración equivalente y, a falta de protesto, el último día para llevarlo a cabo

Formas de girar la Letra de Cambio A la propia orden (a la orden del girador) Cuando un sujeto crea la letra de cambio a favor de él mismo. Una persona debe pagarla al creador de la letra. A cargo de tercera persona. Cuando un sujeto crea la letra de cambio para que la pague una persona determinada favor de otra persona. Intervienen tres sujetos: Creador de la letra, Girado (el que debe pagar la letra) y beneficiario (al que le deben pagar la letra) A cargo del propio Girador. Cuando un sujeto crea la letra de cambio para pagarla el mismo a otra persona.

LUGAR DE PAGO La letra debe indicar el lugar en que se debe presentar la letra para pagar, pero si éste falta, la letra se pagará en el lugar designado junto al nombre del librado.

FIRMAS EN LA LETRA DE CAMBIO La firma de aceptación es obligatoria, ya que se presenta como prueba que la persona que acepta el cobro, por lo cual no se acepta la firma por estampado o mecánicos. También la firma quien libra la letra (girador) y puede estar avalada

EL PAGO El pago de la letra debe hacerse con el debido proceso. esto no quiere decir que el pago hecho sin recoger la letra no sea válido pero no es recomendable ya que el tenedor ya pagado podría pretender volver a cobrar la letra