EL DOCUMENTO ELECTRONICO. Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica “Se considera documento electrónico la información de cualquier naturaleza.

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Transcripción de la presentación:

EL DOCUMENTO ELECTRONICO

Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica “Se considera documento electrónico la información de cualquier naturaleza en forma electrónica, archivada en un soporte electrónico según un formato determinado y susceptible de identificación y tratamiento diferenciado” (art. 3.5) “Se considera documento electrónico la información de cualquier naturaleza en forma electrónica, archivada en un soporte electrónico según un formato determinado y susceptible de identificación y tratamiento diferenciado” (art. 3.5)

DOCUMENTO PUBLICO ELECTRONICO Los que están firmados electrónicamente por funcionarios que tienen legalmente atribuida la facultad de dar fe pública, judicial, notarial o administrativa, siempre que actúen en el ámbito de sus competencias con los requisitos exigidos por la ley en cada caso. Los que están firmados electrónicamente por funcionarios que tienen legalmente atribuida la facultad de dar fe pública, judicial, notarial o administrativa, siempre que actúen en el ámbito de sus competencias con los requisitos exigidos por la ley en cada caso.

DOCUMENTO ELECTRONICO  Documento el que en cualquiera de sus etapas haya participado de algún modo la electrónica.  Documento que es objeto de almacenamiento a través de medios informáticos.  Documento que está escrito en lenguaje binario en un soporte adecuado para ser leído por un computador.

 El documento debe estar escrito en lenguaje binario.  El documento debe estar o poder ser almacenado en soporte informático, magnético, óptico o cualquier otra clase de soporte que pudiera ser desarrollado para tales fines.  El documento debe poder ser, mediante la aplicación del correspondiente programa informático, transformado a alguna clase de lenguaje o representación comprensible por el ser humano.

LA ESCRITURA Lenguaje binario. Combinación de ceros y unos que descifrados por una máquina capaz para ello representan imágenes, sonido o textos. Lenguaje binario. Combinación de ceros y unos que descifrados por una máquina capaz para ello representan imágenes, sonido o textos.

LA ESCRITURA  SECRETARIO JUDICIAL 

CARACTERISTICAS ESENCIALES DEL DOCUMENTO  Es algo material.  Tiene una finalidad representativa de un hecho o acontecimiento.  Reviste garantías de permanencia e inmutabilidad.

Por lo tanto, el documento electrónico debe…  Garantizar la integridad de los datos que contiene, es decir, debe ser difícil realizar alteraciones en él, o al menos se debe poder, con cierta facilidad, detectar cambios o alteraciones fraudulentas en su contenido.  Perdurar en el tiempo, para cumplir las funciones de archivo, prueba y publicidad.  Permitir la suscripción (firma), para poderse lograr la identificación de los autores y la autentificación de su contenido.

AUTORIA Y ALTERABILIDAD Adopción de las medidas de seguridad oportunas que nos garanticen su autoría, integridad, inalterabilidad, legibilidad, estabilidad y permanencia en el tiempo. Adopción de las medidas de seguridad oportunas que nos garanticen su autoría, integridad, inalterabilidad, legibilidad, estabilidad y permanencia en el tiempo.

LAS COPIAS  Documentos “originarios” y “derivativos”.  El único original sería el conservado en la memoria del soporte informático que lo crea y toda otra representación sería copia.  Por su especial naturaleza, no se podría diferenciar entre original y copia.