Ing. Rigoberto Zamora Montes

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Transcripción de la presentación:

CUMPLIMIENTO DE LAS EMISIONES DE LAS NORMAS NOM-040-SEMARNAT-2002 y NOM-098-SEMARNAT-2002 Ing. Rigoberto Zamora Montes Subdirector de Contaminación Atmosférica e Impacto Ambiental Subprocuraduría de Inspección Industrial Octubre, 2010 1

¿Qué es la Profepa? La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), es un órgano desconcentrado de la SEMARNAT Funciones: Vigilar el cumplimiento de la normatividad Ambiental aplicable en el ámbito de su competencia. Instrumenta procedimientos administrativos de inspección y vigilancia. Estructura Orgánica: Subprocuraduría de Inspección Industrial Subprocuraduría de Recursos Naturales Subprocuraduría de Auditoria Ambiental Subprocuraduría Jurídica 32 Delegaciones Federales de la Profepa.

Subprocuraduría de Inspección Industrial Facultades: Vigilar el cumplimiento de las disposiciones jurídicas (leyes, reglamentos y normas), medidas de prevención, control, mitigación, restauración o compensación señaladas en las resoluciones, autorizaciones, permisos y licencias en la materia de contaminación atmosférica. Verificar que los procedimientos de muestreo se realicen de acuerdo a las especificaciones establecidas en las Normas Oficiales Mexicanas, para el adecuado monitoreo de las emisiones contaminantes a la atmósfera. Dar apoyo técnico a las delegaciones y a la Dirección General de Inspección de Fuentes de Contaminación, durante las diligencias de inspección, en la evaluación de las emisiones de contaminantes a la atmósfera. Dictaminar sobre la procedencia técnica de la aprobación de laboratorios de prueba acreditados.

Cumplimiento de los niveles de emisión establecidos en la NOM-040 y 098-SEMARNAT Acciones de la Procuraduría: La Profepa dentro de sus procedimientos de inspección ha identificado 84 fuentes pertenecientes a la industria del cemento y 74 instalaciones de tratamiento térmico de residuos peligrosos y por consecuencia se tiene instrumentado en cada una de ellas procedimientos administrativos En la industria del cemento se han realizado 106 visitas de inspección, desde el año 2001 a la fecha; aproximadamente el 50 % de estas visitas resultaron sin irregularidades y el otro 50 % resultaron con irregularidades leves. En instalaciones de tratamiento térmico de residuos peligrosos ha realizado 171 visitas de inspección, desde el año 2001 a la fecha; aproximadamente el 40 % de estas visitas resultaron sin irregularidades y el otro 60 % resultaron con irregularidades leves.

Muestreo de emisiones a la atmósfera La Subprocuraduría de Inspección Industrial, cuenta con el equipo y personal altamente capacitado para el muestreo de emisiones a la atmósfera, para la determinación de los siguientes contaminantes: Partículas suspendidas totales Óxidos de nitrógeno Bióxido de azufre Gases de combustión

Supervisión de emisiones a la atmósfera. PARTES DEL EQUIPO PARA EL MUESTREO DE GASES Y PARTICULAS CORDON UMBILICAL CONSOLA CAJA CALIENTE CAJA FRIA

Verificación de calibración del tren de muestreo Reconocimiento del emisor y tipo de proceso. El equipo debe de estar calibrado cada 6 meses.

Verificación de certificado de gases. Los gases de calibración deben de estar vigentes

Supervisión de la técnica de muestreo Durante el muestreo Se realiza un muestreo preliminar, cuyos datos sirven para calcular el diámetro de la boquilla, constante de isocinetismo y humedad. Se realizan dos muestreos definitivos, donde se debe verificar: Que no utilice boquillas deterioradas. Acondicionamiento inicial de los filtros. Que se realice la prueba de infiltraciones al inicio de la prueba. Que se ajuste adecuadamente la presión en la placa de orificio en cada punto. Que se tome la lectura de la carátula del medidor de volumen. Que cambie de puerto. Que realice la prueba de infiltraciones al termino de cada muestreo. Que tome lecturas de gases de combustión al inicio a la mitad del muestreo y al finalizar. Que realice el cálculo para el porcentaje de isocinetismo.

Aprobación de Laboratorios de pruebas PROCEDIMIENTO PARA LA APROBACIÓN Registro. Evaluación al desempeño. Reporte final y Dictamen. Seguimiento, Vigilancia y Renovación de la Aprobación. LISTA DE LABORATORIOS DE PRUEBA APROBADOS Se tienen 25 laboratorios aprobados en la rama de fuentes fijas de los cuales sólo 6 cuentan con el método 23A de la EPA y el método 29 de la EPA y 1 sólo para la determinación de metales, para mejor referencia se puede consultar el la pagina de la Profepa: http://www.profepa.gob.mx/innovaportal/v/569/1/mx/fuentes_fijas.html

NOM-040-SEMARNAT-2002 Definiciones: Combustible convencional, son los combustibles fósiles. Combustible formulado, derivado de una mezcla controlada de residuos líquidos o sólidos, incluyendo residuos peligrosos, elaborados por una empresa autorizada por la Secretaría. Se excluyen plaguicidas, dioxinas y dibenzofuranos policloradas, desechos radioactivos, biologicos-infecciosos, cianuros y organoclorados. Combustible de recuperación, aquellos materiales o residuos (poder calorífico superior a 15 MJKg), aceites gastados, textiles impregnados con los mismos, llantas usadas y nuevas, y otros residuos clasificados como no peligrosos.

NOM-040-SEMARNAT-2002 Especificaciones Los niveles máximos permisibles de emisión de partículas a la atmósfera, que utilicen combustibles convencionales: Operación Nivel máximo Frecuencia de medición Método de medición Trituración 80 mg/m3 Molienda de materia prima Molienda de cemento hidráulico anual NMX-AA-010-SCFI-2001 Enfriamiento de clinker 100 mg/m3 Calcinación de clinker 0.15*C

NOM-040-SEMARNAT-2002 Especificaciones Los niveles máximos permisibles de emisión de gases, provenientes del horno de calcinación que utilicen combustibles convencionales (Condiciones Normales, base seca, corregidos al 7 % de O2): Parámetro Cemento Blanco mgm3 Cemento Gris Frecuencia de medición Método de medición ZMCM ZC RP SO2 400 2200 2500 800 1200 Anual NMX –55 Nox 1400 1600 1000 Quimioluminicencia CO 3000 3500 4000 NMX- 35

NOM-040-SEMARNAT-2002 Especificaciones Nivel de cumplimiento, tipo y volumen de combustible de sustitución Sustitución de combustible convencional Llantas Combustible de recuperación Combustible formulado 0 a 5 Nivel 0 Nivel 1 5 a 15 Nivel 2 15 a 30 Nivel 3 > 30 Sujeto a validación

FRECUENCIA DE MEDICIÓN NOM-040-SEMARNAT-2002 Especificaciones Los niveles máximos permisibles de emisiones a la atmósfera, generadas por los hornos de calcinación que utilicen combustibles formulados o de recuperación, son los siguientes: PARAMETRO LIMITES DE EMISIÓN mg/m3 FRECUENCIA DE MEDICIÓN METODO DE MEDICIÓN Nivel 2 Nivel 3 CO Tabla 2 Anual Continuo NMX-035 Infrarrojo no disper. HCl 70 Semestral NMX-070 Infrarrojo no disper. Nox Quimioluminicencia SO2 NMX-055 Infrarrojo no disper. HCt (como CH4) Ionización de flama Partículas Tabla 1 NMX-010 Isocinético Sb, As, Se, Ni, Mn 0.7 Espectofotometría de Absorción Atómica o Equivalente. Cd 0.07 Hg Pb, Cr, Zn Dioxinas y Furanos 0.2 ngEQT/m3 Bienal Cromatografía de gases

NOM-098-SEMARNAT-2002 Campo de aplicación: Esta norma es de observancia obligatoria aplicable en todos el territorio Mexicano, con excepción de los mares territoriales en donde la nación ejerza su jurisdicción, para todas aquellas instalaciones destinadas a incineración de residuos, excepto de hornos crematorios, industriales. No aplica para la incineración de residuos (desechos) radiactivos.

NOM-098-SEMARNAT-2002 Especificaciones: Presentar a la Secretaria protocolo de pruebas Contar con un operador calificado para la operación del incinerador. Contar con un sistema de registro de datos: bitácoras, archivos electrónicos. Las bitácoras deben ser libretas foliadas y guardados en un tiempo de 5 años. No debe de incinerarse residuos peligrosos que contengan compuestos orgánicos persistentes y bio-acumulables: plaguicidas organoclorados, baterías que contengan metales tóxicos.

NOM-098-SEMARNAT-2002 Emisiones al ambiente: La temperatura máxima de los gases antes del equipo de control de emisiones cuando se utilicen lavadores secos debe de ser menor a 250 °C. La frecuencia de medición señalada en tabla 1 se aplicará todo el tiempo excepto en periodos de arranque o paro de los equipos. En caso de mal funcionamiento del equipo de medición continua, debe efectuarse por lo menos una medición diaria puntual hasta que el desajuste sea corregido y dar aviso de inmediato a la Secretaría de la falla y del tiempo de compostura. En caso de no que no sea posible llevar a cabo la medición diaria puntual se debe suspender la alimentación de los residuos al incinerador.

NOM-098-SEMARNAT-2002 Emisiones al ambiente: La instalación de incineración quedara exento de realizar el análisis de alguno o varios parámetros establecidos en la tabla, cuando demuestre a la Secretaría que por características del residuo no genera o concentra los contaminantes a exentar, realizándolo por escrito y bajo protesta de decir verdad. Las exenciones solo podrán ser autorizadas por un plazo no mayor de 2 años, siempre y cuando los resultados de 3 años consecutivos de mediciones de los parámetros exentar estén 25 % a bajo de límite máximo permisible. La disposición anterior no aplica para los parámetros con la calidad de combustión (CO y NOx).

NOM-098-SEMARNAT-2002 Límites Máximos Permisibles CONTAMINANTE LÍMITE DE EMISIÓN FRECUENCIA DE MEDICIÓN NORMA QUE APLICA O METODO CO (mg/m3) 63 CONTINUO INFRARROJO NO DISPERSIVO Y CELDAS ELECTROQUÍMICAS HCl (mg/m3) 15 TRIMESTRAL NMX-AA-070-1980 NOx (mg/m3) 300 SEMESTRAL QUIMILUMINICENCIA PARTÍCULAS (mg/m3) 50 NMX-AA-010-SCFI-2001 ARSENICO SELENIO COBALTO NIQUEL MANGANESO ESTAÑO (mg/m3) 0.7* ESPECTROMETRÍA DE ABSORCIÓN ATÓMICA

NOM-098-SEMARNAT-2002 CONTAMINANTE LIMITE DE EMISIÓN FRECUENCIA DE MEDICIÓN NORMA QUE APLICA O METODO CADMIO (mg/m3) 0.07 SEMESTRAL ESPECTROMETRÍA DE ABSORCIÓN ATÓMICA PLOMO CROMO TOTAL COBRE ZINC (mg/m3) 0.7* MERCURIO (mg/m3) DIOXINAS Y FURANOS ETQ (ng/m3) Inst. Nuevas 0.2 CROMATOGRAFÍA DE GASES ACOPLADO A ESPECTROMETRÍA DE MASAS DE ALTA RESOLUCIÓN Inst. antes de NOM 0.5

Gracias por su Atención Para información adicional favor contactar a: Ing. Rigoberto Zamora Montes Subdirector de Contaminación Atmosférica e Impacto Ambiental rzamora@profepa.gob.mx www.profepa.gob.mx