REGISTRO INMOBILIARIO POR: EDGAR BARAJAS ORTIZ CONSULTOR JURIICO URBANISTICO edgarbarajasortiz@hotmail.com
MARCO NORMATIVO DEL REGISTRO CN ART 58 LEY 9 DE 1989 LEY 388 DE 1997 DECRETO 1250 DE 1970 Resolución 1695 de 2001 Por la cual se adoptan los códigos para cada uno de los actos o negocios jurídicos objeto de inscripción en las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos del país. Resolución 2708 de 2001, Resolución 0625 de 2002, Resolución 4043 de 2002, Resolución 6851 de 2004, Resolución 7520 de 2005, Resolución 0310 del 2008, Resolución No. 2205 de 2008 Resolución No. 2057 de 2009 “POR EL CUAL SE CREAN CODIGOS DE REGISTRO”
PRINCIPIOS REGISTRALES Especialidad: Se fundamenta en el hecho de que a cada unidad inmueble se le debe un folio o matrícula única y en ella se consigna cronológicamente toda la historia jurídica del bien raíz. Rogación: Los asientos del registro sólo pueden ser hechos previa solicitud de cualquier persona que tenga interés en ello, nunca de oficio Prioridad o Rango: Establece que el acto registral que primeramente se radica tiene preferencia sobre cualquier otro que se radique con posterioridad, aunque el documento fuese de fecha anterior Legalidad: solo son registrables los títulos que reúnan los requisitos exigidos por las leyes para su inscripción Legitimación: Expresa que los asientos registrales gozan de presunción de veracidad mientras no se demuestre lo contrario. Trato sucesivo: Sólo quien aparece inscrito como propietario puede realizar actos de disposición. Excepción, c. civil autoriza la venta y el registro de cosa ajena.
ACTOS Y NEGOCIOS QUE SE REGISTRAN CODIGO 300 LIMITACIONES AL DOMINIO CODIGO 100 TRADICION CODIGO 200 GRAVAMENES CODIGO 400 MEDIDAS CAUTELARES CODIGO 500 TITULOS DE TENENCIA CODIGO 600 FALSA TRADICION CODIGO 900 OTROS CODIGO 800 CANCELACIONES CODIGO 700 CANCELACIONES
PROCEDIMIENTO REGISTRAL CALIFICACION RADICACION INSCRIPCION CONSTANCIA DE REGISTRO APELACION DECRETO 302 SOLICITUD DE CORRECCIONES
EFECTOS JURIDICOS DEL REGISTRO PUBLICIDAD OPONIBILIDAD PROTECCION POLICIVA CONSTITUCION Y RECONOCIMIENTO PRESUNCION DE VERACIDAD