Sebastian montoya cardona Angie paola urrea ruiz 10ºA Carlos Fernández I.E La Salle de campo amor 2014.

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
LEGISLACION INFORMATICA
Advertisements

EL DERECHO DE AUTOR Y LOS DERECHOS CONEXOS.
EL DERECHO DE AUTOR EN EL ECUADOR
Gastón Bercún. Ideas, proyecto y modelos de negocios Derechos de Autor Patentes Marcas Dominios.
FUENTE DEL DERECHO NOTARIAL
LEGISLACION INFORMATICA
GENERALIDADES DEL DERECHO DE AUTOR
DERECHO DE AUTOR.
Propiedad intelectual e industrial
COPYRIGHT, COPYLEFT Y CREATIVE COMMONS
El derecho de autor y los derechos conexos
Confeccione un afiche que represente un aviso clasificado donde se solicita un docente de Ciencias Naturales para su escuela. Exponga las características.
Conjunto ordenado, sistematizado y unitario de normas de derecho privado. Regulan las relaciones civiles de las personas físicas y jurídicas, sean privadas.
Propiedad Intelectual para nuevos editores de revistas Ing
MÓDULO ASPECTOS LEGALES BÁSICOS LA EMPRESA MERCANTIL Y LA PROTECCIÓN DE LOS ACTIVOS INTELECTUALES. UNIDAD IV ©Andreyna Febres-Cordero Willet, Venezuela.
PROPIEDAD INTELECTUAL LEY (MODIFICADA POR LEY ) Ley protege derechos que, por el sólo hecho de la creación de la obra, adquieren los autores.
PROPIEDAD INTELECTUAL. CONCEPTO La propiedad intelectual es el conjunto de derechos que corresponden a los autores y a otros titulares (artistas, productores,
Derecho de autor: posibilidades de uso de obras disponibles en la WEB Martha Zapata Rendón Programa Integración de TIC a la Docencia Vicerrectoría de Docencia,
DERECHOS DE AUTOR O PROPIEDAD INTELECTUAL
PROPIEDAD INTELECTUAL
David Rangel Medina “Bajo el nombre derecho de autor se designa al conjunto de prerrogativas que las leyes reconocen y confieren a los creadores de obras.
Jeisson Arley Lasso Lozano Víctor Alfonso Ramírez.
Propiedad Intelectual
Derecho de autor: posibilidades de uso de obras disponibles en la WEB Martha Zapata Rendón Programa Integración de TIC a la Docencia Vicerrectoría de Docencia,
1.
PROPIEDAD INTELECTUAL Prof. Julio Durand Carrion
ARTICULOS María Isabel Ríos 10.A.
ARTICULOS RESUMEN SANTIAGO ARISTIZABAL GIL 10°A. ARTICULO 1 La ley protege a los autores y sus obras.
DEFINICION Es un conjunto de normas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores (los derechos de.
Son un conjunto de normas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores por el solo hecho de la creación.
PROPIEDAD INTELECTUAL
Tecnologías para el Aprendizaje
CRISTIAN HERNANDEZ RUIZ COPYRIGHT © (DERECHO DE AUTOR)
Derechos de Autor Bueno García María Fernanda Herrera García Maru
ESMERALDA GARCIA OLGUIN ESTEBAN VARELA ELIOSA  El derecho de autor es un conjunto de normas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales.
El derecho de autor (del francés droit d'auteur [cita requerida] ) es un conjunto de normas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales.
LEGISLACION EDUCATIVA EN COLOMBIA
CENTRO DE ESTUDIOS “LAS AMERICAS” T.I.C.S TRABAJO: “LOS DERECHOS DE AUTOR” EDITH HERNANDEZ CRUZ KARINA CASTAÑEDA LOPEZ 2 “A”
Alexa Beltrán Ake Dalila Domínguez Méndez Naomi Góngora Castillo Adrian Escobar Robelo.
DERECHO DE AUTOR Institución educativa nº “Mariano Melgar”
Derecho Ana Belem Murillo Cante *Derechos de Autor.
Fines educativos.  El derecho de autor es un conjunto de normas jurídicas y principios que regulan los derechos que la ley concede a los autores, por.
POR: PABLO ANTONIO GARCÍA CABRERA. DERECHOS DE AUTOR.
DERECHOS DE AUTOR Fines educativos.
Introducción O Todos los seres humanos tienen la capacidad de crear. O Todo creador de una obra de computo u otra área es un autor. O Para proteger su.
Caos en los derechos de autor Una guía para el educador en la Ley de derechos de autor y el “uso seguro” Integrantes: Luz Aguirre Aida Rivera Franklin.
PROPIEDAD INTELECTUAL
DERECHOS HUMANOS: GARANTIAS CONSTITUCIONALES
Sociedad Civil: Sociedad Civil: Se constituye mediante un contrato por el cual los socios se obligan a combinar sus recursos o sus esfuerzos para la realización.
Fines educativos.  En Colombia, el Derecho de Autor se registra en la Dirección Nacional de Derechos de Autor, unidad administrativa especial del Ministerio.
Aspectos éticos y legales asociados a la información digital.
PROPIEDAD INTELECTUAL Y DERECHO DE AUTOR
INTRODUCCION A LA PROPIEDAD INTELECTUAL Dr. Juan Josè Pàez Rivadeneira.
TRABAJO1: DERECHOS DE AUTOR
 NORMAS INTERNACIONALES DE LAS LICENCIOAS Y LOS DERECHOS DE AUTOR PARA PODER DESCARGAR E INSTALAR SOFTWARE.
Unidad Nro 4 Profesor: Ingeniero Juan Encina Escuela Superior de Gendarmería “Grl Br D Manuel María Calderón Curso de Oficial de Plana Mayor 2011.
SECRETARIA NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR, CIENCIA,TECNOLOGIA E INNOVACIÓN (SENESCYT) Bibliotecología digital “Limitaciones y excepciones al derecho de.
Derecho de autor y Licencia Creative Commons Martha Zapata Rendón Programa Integración de TIC a la Docencia Vicerrectoría de Docencia, Universidad de Antioquia.
Aspectos éticos y legales asociados a la información digital
Derecho de Autor en Internet y el Software
LEGISLACION COMERCIAL JAMES CARBONÓ ARTICULO 1 AL 9 DE LA LEY 44 DE 1993 ANGELYN BRAVO LINA PAVA.
DIPLOMADO EN PROPIEDAD INTELECTUAL. PROPIEDAD INTELECTUAL.
Fecha: 5 de diciembre de 2011 Periodo#:2 Objetivo: identificar los principios que deciden cuándo la información puede o no puede ser considerada personal.
DERECHOS DE AUTOR VALENTINA CASTRILLON ANDRADE
Corporaciones Municipales DIVISIÓN DE MUNICIPALIDADES.
Derecho de autor y Licencia Creative Commons Martha Zapata Rendón Programa Integración de TIC a la Docencia Vicerrectoría de Docencia, Universidad de Antioquia.
Secretos Empresariales LUIS H. LOPEZ ORIHUELA HUANCAYO, NOVIEMBRE DEL 2009.
PATENTE Y SUS TIPOS CONTABILIDAD III.
DERECHOS DE AUTOR Por: Fabio Torres Medina.. El congreso de la republica en la ley numero 23 de 1982 sobre derechos de autor, donde el congreso de Colombia.
DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
Transcripción de la presentación:

Sebastian montoya cardona Angie paola urrea ruiz 10ºA Carlos Fernández I.E La Salle de campo amor 2014

a. ¿Cuál es la norma que regula los derechos de autor en COLOMBIA? Artículo 61 de la Constitución Política de Colombia; Decisión Andina 351 de 1993; Código Civil, Artículo 671; Ley 23 de 1982; Ley 44 de 1993; Ley 599 de 2000 (Código Penal Colombiano), Título VIII; Ley 603 de 2000 Decreto 1360 de 1989; Decreto 460 de 1995; Decreto 162 de 1996.

b. ¿De la ley de derechos de autor de Colombia analiza los siguientes artículos, 1,2,3,4,6,7,8,21,23,31,32,36,38,40,41,43,46,47,190,192,195,196,204? ARTICULO 1 Y 2 (PC 1) Que los autores de obres, literarias y artísticas tienen protección para sus obras por la ley ARTICULO 3 (PC 2) Los derechos del autor son las que comprende las facultades exclusivas ARTICULO 5 (PC 3) Son los protegidos por el derecho de autor y que si usted le hace arreglos originales que se pueden poner producciones de otras personas ARTICULO 6 (PC 4) Las ideas o contenido conceptual de obras literarias, artísticas y científicas no son objeto de apropiación; Las obras solo son protegidas en la medida de que su valor artístico sea separado por su carácter ARTICULO 7 (PC 5) Los nombres de revistas, periódicos y demás medio de comunicación no dan derechos de autos salvo que se trate de una publicación o programa anual ARTICULO 8 (PC 6) Por ley se entiende que hay diferentes obras como OBRA COLECTIVA, OBRA INDIVUAL, OBRA EN COLABORACION, OBRA ANONIMA, OBRA ORIGINARIA, ETC.

ARTICULO 21 (PC 7) Los derechos de autor corresponden durante la vida y después de fallecer lo disfrutan quieres legítimamente los hayan adquirido ARTICULO 23 Y 24 (PC 8) Si no hay herederos la obra será dominio público desde que fallece este en los casos en que los derechos del autor fueran trasmitidos por un acto entre vivos. Para la protección de las compilaciones, enciclopedias y diccionarios entre otras cosas será de 80 años a partir de la publicación

ARTICULO 31(PC 9) Es permitido citar al autor siempre y cuando transcribiendo los pasajes no sean tantos y sea razonable y pueda considerarse simulada y sustancial ARTICULO 32 (PC 10) Se explica que el autor tiene permiso usar parte de obras literarias o artísticas o parte de ellas a títulos de la enseñanza ARTICULO 36 (PC 11) E l retrato es libre cuando es asimilado con fine científicos, didácticos o con hecho o acontecimientos

ARTICULO 38 (PC 12) Las bibliotecas públicas pueden reproducirse para el uso exclusivo de sus lectores y para ello su conversación o para préstamos a otras bibliotecas etc. ARTICULO 40 (PC 13) La enseñanza a secundaria y a primaria se explica que estas pueden se anotadas y recogidas ARTICULO 41 (PC 14) Permite que todos hablen de las constituciones , leyes, decretos etc, bajo la obligación de conformarse con el orden oficial ARTICULO 43 (PC 15) Que el autor de un proyecto no puede impedir las modificaciones pero tampoco puede impedir que su nombre sea asociado en la obra

ARTICULO 46 (PC 16) Toda persona natural después de 7 años de su primera publicación puede pedir licencia para traducir una obra al español ARTICULO 47 (PC 17) Es la que concede una licencia social de acuerdo al artículo dirigido ARTICULO 190 (PC 18) En la oficina de registros se llevara a cabo los libros de registros de las distintas obras y producciones ARTICULO 195 (PC 19) Para llevar a cabo el registro se debe determinar lo siguiente 1. Sus datos personales 2. Datos personales del autor 3. El titulo de la obra y la producción

ARTICULO 196 (PC 20) El depósito será hecho por el autor dentro del plazo de 60 días después de la publicación de dichas obras ARTICULO 204 (PC 21) La diligencia consta de 1. Datos personales de solicitante 2. Datos personales del autor 3. Dia, mes y año en que se hace 4. Una descripción de la obra o producción con todos los detalles que la identifique