DERECHO DEL TRABAJO DEL FUERO:

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Transcripción de la presentación:

DERECHO DEL TRABAJO DEL FUERO: Es una especial forma de protección que establece la ley para ciertos trabajadores y trabajadoras que se encuentran en un especial estado de vulnerabilidad y que consiste fundamentalmente en que aquéllos no podrán ser despedidos, sino previa autorización judicial por alguna de las causales que dispone la ley. Casos de fuero en la legislación: Directores de las organizaciones sindicales, quienes concurren a la formación de un sindicato, miembro del comité paritario, trabajadores en proceso de negociación colectivo, maternal, delegados del personal.

DERECHO DEL TRABAJO FUERO MATERNAL: El Fuero maternal es la protección que la ley le entrega a la mujer embarazada, y tiene por finalidad que la embarazada mantenga su empleo y asegure de esa manera la mantención y crianza de su hijo. Este beneficio rige para la trabajadora con contrato indefinido, plazo fijo, por obra o faena determinada, así como para la trabajadoras del sector público y municipal.

DERECHO DEL TRABAJO Duración Alcance extiende desde el inicio de su embarazo y hasta un año después de expirado el descanso de maternidad, excluido el permiso postnatal parental establecido en el artículo 197 bis.(el hijo tendría 1 año 84, salvo licencia suplementaria) Se termina el fuero en caso de muerte del feto o del hijo Alcance A toda madre trabajadora (plazo fijo, indefinido, casa particular, etc)

DERECHO DEL TRABAJO PROTECCION A LOS TRABAJADORES Ley acoso sexual (ley 20.005) Concepto Acoso Sexual: Los requerimientos de carácter sexual que un hombre o una mujer realizan  a otra persona, sin su consentimiento, y que amenazan  o perjudican su situación laboral u oportunidades en el empleo. Tipos de acoso Vertical: Cuando el denunciado es el empleador/a. En este caso, la denuncia por acoso sexual deberá ser interpuesta ante la Inspección del Trabajo, la que investigará los hechos. Horizontal: Cuando las conductas de acoso sexual se presenten entre pares dentro de la empresa.La denuncia se realiza al empleador.

DERECHO DEL TRABAJO Procedimiento : Sanciones: ES RESERVADO Después de recepcionada la denuncia, se lleva a cabo una investigación que dura 30 días, contando desde el día que se recibió la demanda que realizará el empleador. Si se comprueba que hubo acoso sexual, el empleador debe aplicar las medidas o sanciones que correspondan dentro de un plazo de 15 días, desde el día que finalizó la investigación. Sanciones: Las sanciones deben estar contenidas en el respectivo reglamento interno de la empresa y pueden consistir en el despido del trabajador o trabajadora acosador, sin derecho a indemnización. En caso de acoso vertical, puede dar lugar al despido indirecto o autodespido

DERECHO DEL TRABAJO Ley de carga, descarga y manipulación manual (Ley 20.001) “Ley del saco” La normativa establece que el empleador tiene la responsabilidad de que en su organización, para la realización del trabajo, se utilicen medios adecuados a la labor, especialmente mecánicos, para evitar la manipulación manual habitual de las cargas. En aquellas labores en la cual la manipulación manual de cargas se hace inevitable y las ayudas mecánicas no pueden usarse, los trabajadores no deberán operar cargas superiores a 50 kilos. Para los menores de 18 años y las mujeres no podrán llevar, transportar, cargar, arrastrar o empujar manualmente, y sin ayuda mecánica, cargas superiores a los 20 kilos. En el caso de las mujeres embarazadas, tienen prohibidas las operaciones de carga y descarga manual. No obstante lo anterior, se hace necesario señalar que los pesos de carga señalados precedentemente, son pesos de carga máxima, lo cual no implica que necesariamente se deba cargar dichos pesos. La manipulación de carga con esos pesos debe quedar a las condiciones físicas del trabajador que realizará la labor, factor que debe considerar el empleador al momento de ordenar la ejecución del trabajo.