LOS SISTEMAS NACIONALES DE COOPERACIÓN CASO DE ECUADOR

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Transcripción de la presentación:

LOS SISTEMAS NACIONALES DE COOPERACIÓN CASO DE ECUADOR Antigua Guatemala, 17 de septiembre de 2012

SISTEMA ECUATORIANO DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL (SECI) Ministerio de Relaciones Exteriores SENPLADES Ministerios Coordinadores y Entidades del Gobierno Central Organismos de Cooperación Organizaciones no Gubernamentales Gobiernos Autónomos Descentralizados Sociedad Civil Y Sector Privado Consejo de Cooperación Internacional COCI Secretaría Técnica de Cooperación Internacional SETECI Actores SECI

Consejo de Cooperación Internacional en el Ecuador (COCI) Ministerio de Relaciones Exteriores* Representa CONAGOPARE Representante CONGOPE Secretario Técnico de Cooperación Internacional (SETECI) Representante AME SENPLADES Representantes de los Ministerios Coordinadores

Roles de Entidades públicas nacionales

Roles de la Definición de estrategias de cooperación No objeciones de proyectos y de ONGs extranjeras Ejecución de proyectos (CBM-CSS) Seguimiento de proyectos

Ministerios coordinados Territorios Información Ministerios coordinados Territorios Apoyo Técnico Dirección de Articulación Estratégica de la Cooperación Internacional Capacitación Unidades de Cooperación Internacional de los Ministerios Coordinadores Dirección de Gestión de la Cooperación Bimultilateral Articulación Dirección de Gestión de la Cooperación Sur-Sur Alineación Dirección de Seguimiento y Evaluación de la Cooperación Internacional Planificación Información de Gestión de la Cooperación Internacional Dirección de Gestión de la Información

Gobiernos Autónomos Descentralizados - GADs

*GESTIÓN DE LA CINR – GADS Rol de SETECI según Tipología de facultades: Nacional (competencias exclusivas del Gobierno Central). Territorial (competencias exclusivas GADS) 1) RECTORÍA: Gobierno Central - MRECI -> Rector del Sistema de CINR (Aprobar la Política Nacional Cooperación). 2) PLANIFICACIÓN: SETECI no tiene facultad de planificación pero tiene la obligación de formular planes, estrategias y agendas para organizar la gestión de la CINR y aprobarla en el MRECI. 3) REGULACIÓN: SETECI debe establecer la normativa nacional para la gestión de la cooperación internacional no reembolsable CONCURRENTES: varios niveles de gobierno. 4) CONTROL: SETECI debe establecer mecanismos de control para asegurar cumplimiento de la normativa nacional vigente 5) GESTIÓN: *GESTIÓN DE LA CINR – GADS Los GADS podrán gestionar la obtención de recursos de la CINR y asistencia técnica para el cumplimiento de sus competencias. Se mantendrá registro en la SETECI. Fuente: COOTAD

3) REGULACIÓN NACIONAL: Corresponde a la SETECI establecer la normativa nacional para la gestión de la CINR en todas sus modalidades, de acuerdo a las directrices y lineamientos definidos por el rector. La administración del sistema nacional información de la cooperación internacional no reembolsable (normativa para el registro de convenios, programas, actores, periodicidad, plazo de entrega, seguimiento y evaluación, entre otros). 2. Establecer normativa para la determinación de la información mínima que deben contener los convenios, acuerdos, proyectos respecto de la alineación a la planificación nacional. Art.8: “En el marco de la competencia de la gestión de la CI corresponde al gobierno Central a través de la entidad técnica nacional de CI (SETECI), establecer la Normativa Nacional para la gestión adecuada de la CINR, que comprenderá: - Administración del sistema nacional de información de la CINR, que incluya normativa para: registro de convenios, programas, actores, periodicidad, plazo de entrega, seguimiento y evaluación, entre otros. - Determinación de la información mínima que deberán contener los convenios, acuerdos, proyectos de cooperación internacional, referente al marco normativo, la alineación a la planificación nacional, la identificación de objetivos, metas, presupuesto, indicadores de seguimiento y evaluación.

4) CONTROL NACIONAL: Corresponde a la SETECI establecer los mecanismos de control para asegurar el cumplimiento de la normativa nacional y la articulación de la gestión de la CINR con los lineamientos y políticas nacionales. Realizar evaluaciones a programas y proyectos de cooperación en ejecución a nivel nacional y local; Evaluaciones del cumplimiento en la entrega de información para mantenimiento del Sistema Información; Suscribir convenios básicos con ONG extranjeras y autorizar inicio de actividades; Definir y diseñar mecanismos de rendición de cuentas, transparencia y acceso a la información para medir los resultados de la gestión e impacto. Art. 9: “En el marco de la competencia de la gestión de la CI corresponde al gobierno Central a través de la entidad técnica nacional de CI (SETECI) establecer mecanismos de control para asegurar el cumplimiento de la normativa nacional vigente y articulación de la gestión de la CINR con los lineamientos y políticas nacionales mediante dos tipos de evaluaciones: -Realizar evaluaciones periódicas a programas y proyectos en ejecución de CINR -Evaluaciones periódicas sobre cumplimiento a la entrega de información para la actualización y mantenimiento del Sistema Nacional de Información de la CINR -Suscribir convenios básicos de funcionamiento y autorizar el inicio de actividades y registro de ONGs extranjeras. -Definir y diseñar mecanismos de rendición de cuentas, transparencia y acceso a la información para medir los resultados de la gestión e impacto de la CINR en el territorio nacional”. Art. 16: (Control-GADS) “Realizar evaluaciones de impacto sobre programas y proyectos realizados con CINR”. Art. 17: (Gestión-GADS) “Informar periódicamente a la entidad técnica nacional de CI sobre los resultados de evaluaciones efectuadas, sin perjuicio de la facultad de esta entidad para realizar la evaluación y el seguimiento de la CINR”. Decreto 699: Evaluar y organizar la demanda de financiamiento externo no reembolsable, teniendo en cuenta las prioridades definidas Función Senplades: A solicitud del CODCI, elaborar directrices para la preparación y evaluación de proyectos y programas que demanden recursos de CI.

5) GESTIÓN DE LA COOPERACION INTERNACIONAL Planificación y negociación de la cooperación Registro de cooperación internacional Seguimiento y evaluación de la cooperación internacional Rendición de cuentas Articulación SECI nacional y territorial Art. 9: “En el marco de la competencia de la gestión de la CI corresponde al gobierno Central a través de la entidad técnica nacional de CI (SETECI) establecer mecanismos de control para asegurar el cumplimiento de la normativa nacional vigente y articulación de la gestión de la CINR con los lineamientos y políticas nacionales mediante dos tipos de evaluaciones: -Realizar evaluaciones periódicas a programas y proyectos en ejecución de CINR -Evaluaciones periódicas sobre cumplimiento a la entrega de información para la actualización y mantenimiento del Sistema Nacional de Información de la CINR -Suscribir convenios básicos de funcionamiento y autorizar el inicio de actividades y registro de ONGs extranjeras. -Definir y diseñar mecanismos de rendición de cuentas, transparencia y acceso a la información para medir los resultados de la gestión e impacto de la CINR en el territorio nacional”. Art. 16: (Control-GADS) “Realizar evaluaciones de impacto sobre programas y proyectos realizados con CINR”. Art. 17: (Gestión-GADS) “Informar periódicamente a la entidad técnica nacional de CI sobre los resultados de evaluaciones efectuadas, sin perjuicio de la facultad de esta entidad para realizar la evaluación y el seguimiento de la CINR”. Decreto 699: Evaluar y organizar la demanda de financiamiento externo no reembolsable, teniendo en cuenta las prioridades definidas Función Senplades: A solicitud del CODCI, elaborar directrices para la preparación y evaluación de proyectos y programas que demanden recursos de CI.

Reflexiones Fortalecimiento de las capacidades institucionales de los actores del Sistema. Procesos de capacitación. Catálogo de Asistencia Técnica