Sevilla, 23 de diciembre de 2010

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
TEMA 7 EL IVA EN EL PROCESO DE COMPRAVENTA
Advertisements

Obligaciones Fiscales de la Pyme
EL FRAUDE EN EL IEDMT Madrid, 23 de Octubre de 2007
Agencia Tributaria Cesión de información a las Administraciones Públicas por correo seguro - Internet Departamento de Organización,
Gestión de Registro de Contribuyentes
Ayuntamiento de Madrid – 22 de octubre de 2009 Ordenanzas Fiscales 2010.
MEDIDAS TRIBUTARIAS PARA EL 2010 S. Prudencio medidas 2010 Javier Armentia Basterra 16 de noviembre 2010.
OBLIGACIONES FORMALES DEL IVA, LOS REGIMENES ESPECIALES
UD. 12 GESTIÓN FISCAL 1. EL SISTEMA TRIBUTARIO ESPAÑOL
EL NUEVO PLAN CONTABLE PARA ENTIDADES
INCENTIVO TRIBUTARIO PARA LA INVERSIÓN PRIVADA EN I+D (LEY )
Administración Electrónica en el Servicio de Gestión Tributaria de Huelva Alba de Tormes, 3 de noviembre de 2010.
BOCG de 16 de julio de 2013 Proyecto de Ley de Impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el sector público.
Convenio para realizar la
TRIBUTACION PARA MYPES
ENTIDADES URBANÍSTICAS DE CONSERVACIÓN FUTURO Y RETOS DE LAS ENTIDADES DE GESTIÓN DE PARQUES EMPRESARIALES.
LEY GENERAL DE SUBVENCIONES COFINANCIACIÓN CON FONDOS EUROPEOS EXTREMADURA-REGIÓN OBJETIVO 1.
REGIMEN DE INCORPORACION FISCAL
Presentación telemática de declaraciones tributarias en la Oficina Virtual Subdirección General De Gestión Tributaria Octubre de 2014.
RÉGIMENES TRIBUTARIOS
VALORACIÓN DE LA REFORMA TRIBUTARIA Valoración de la reforma tributaria. IVA Fundación impuestos y competitividad Francisco Javier Sánchez Gallardo KPMG.
LA OBLIGACIÓN DE SUMINISTRO DE INFORMACIÓN POR LAS COMUNIDADES DE PROPIETARIOS DOMINGO CARBAJO VASCO INSPECTOR DE HACIENDA DEL ESTADO MADRID,
PAGOS A CUENTA DEL IMPUESTO A LA RENTA
Registro de Representación Electrónica
EL RÉGIMEN FISCAL DE LAS HERMANDADES Y COFRADÍAS
VALORACIÓN DE LA REFORMA TRIBUTARIA. Restricción del perímetro de vinculación Se considerarán personas o entidades vinculadas las siguientes: b) Una entidad.
1. MARCO TRIBUTARIO ESPAÑOL. JUSTIFICACIÓN DEL SISTEMA TRIBUTARIO
IRPF 2013 DEDUCCIONES AUTONÓMICAS EN CASTILLA Y LEON Colegio Oficial de Gestores Administrativos de C y L.
IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES CIERRE 2009 CIERRE 2009Y NOVEDADES 2010.
FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS –USAC-
Curso Gerente Pequeño Comercio
8 DE JULIO DEL 2014.
CONCEPTO DE EMPRESA Definición Objetivos.
CONCEPTO DE EMPRESA Definición Objetivos.
Obligaciones fiscales para autónomos y sociedades civiles o irregulares: Actividades empresariales Actividades profesionales.
El Registro Único Tributario de entrada de declaraciones. Integración y conexión con otras bases de datos de interés tributario. Colaboradores Sociales.
1 Transferencias Municipales 2005/2006 Dirección General de Presupuesto/Finanzas Municipales Ministerio de Hacienda y Crédito Público Enero 2006.
SUJETOS DE LAS RELACIONES TRIBUTARIAS
Programa de ayuda para la elaboración de declaraciones de impuestos
LEY DE AGUAS PARA ANDALUCÍA
1. EL PROCESO DE FACTURACIÓN
INSTITUTOINTERNACIONAL INSTITUTO INTERNACIONAL SAN TELMO 1 Cierre Fiscal Novedades Tributarias 2011/2012.
AUTONOMO.
 Las personas jurídicas  Los contribuyentes que ejerzan actividades económicas, cuando satisfagan rentas en el ejercicio de sus actividades  Las personas.
REGLAMENTO DE DESARROLLO DE LA LEY 18/2001, DE 12 DE DICIEMBRE, GENERAL DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA, EN SU APLICACIÓN A LAS ENTIDADES LOCALES REPERCUSIÓN.
UNIVERSITAS XXI ECONÓMICO – GESTION DESCENTRALIZADA DE COBROS
Agencia Tributaria Implicaciones de la e-Administración Tributaria 22/ 10 / 2003 Implicaciones de la e-Administración Tributaria 22/ 10 / 2003.
Principios generales de la Ley de Aguas en Andalucía y su incidencia en la gestión administrativa en el ciclo urbano del agua 14 de octubre de 2009 ORGANIZA.
Elena Lamothe Blázquez Gemma Ramírez Pino
DOCUMENTACIÓN ECONOMICA
Obtención de datos, indicadores y cuadros de mando de apoyo a la gestión. 24 de Julio 2003 Comisión Delegada del Equipo de Gobierno de la UCA.
Características y tipos de facturas
PROCEDIMIENTOS RELACIONADOS CON EL SISTEMA De 06/03 a 22/03/2013 Los proveedores podrán:  dar su aceptación al mecanismo de financiación  dirigirse a.
1. Desglose de la cuenta Mercaderías
UNIVERSIDAD AUTONOMA SAN FRANCISCO
Infracciones y sanciones tributarias en el LGT
IMPUESTOS INDIRECTOS. EL IVA.
UNIDAD 5: EL SISTEMA TRIBUTARIO
Colaboración entre administraciones D.G. CAMBIO CLIMÁTICO Y MEDIO AMBIENTE URBANO SEVILLA. 16 DE FEBRERO 2012.
Principales modificaciones en materia fiscal introducidas por el Real Decreto-Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria,
Ministerio de Educación Nacional
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA MINISTERIO DE AMBIENTE Y VIVIENDA Y DESARROLLO TERRIOTORIAL.
FORMULARIO ÚNICO TERRITORIAL CATEGORÍA VÍCTIMAS. Artículo 2, “el Formulario Único Territorial será de obligatorio diligenciamiento y presentación por.
UNIDAD 7 “FISCALIDAD”.
TEMA 7 LOS SUJETOS DEL TRIBUTO (I). ● Sujeto activo del tributo: el ente público dotado de competencia financiera para exigirlo, aunque no ostente poder.
CAMPAÑA DE RENTA 2011 CAMPAÑA DE RENTA de mayo de 2012 Delegación Especial de Andalucía, Ceuta y Melilla.
ORDEN CRONOLOGICO DE LOS TRAMITES DE CREACION DE UNA EMPRESA para empresarios individuales y sociedades civiles basta con el DNI CERTIFICACIÓN NEGATIVA.
Resolución DGI Nº 890/012 Montevideo, 22 de mayo de 2012 VISTO: el artículo 68 literal E) del Código Tributario. RESULTANDO: I) que la Administración.
¿QUÉ SON LOS TRIBUTOS? Son pagos en dinero que los ciudadanos están obligados por ley hacer al estado o a otras administraciones publicas, con el objeto.
Esquemas del Capítulo III Preparación de los contratos Curso de Experto Universitario en Contratación del Sector Público.
Transcripción de la presentación:

Sevilla, 23 de diciembre de 2010

Objetivos de la reunión Presentar, con carácter institucional, el Modelo de Gestión del Canon de Mejora Autonómico Justificar el canon de mejora local: Financiación de infraestructuras Precisar los Obligados tributarios, la estructura y los tipos del canon

Financiación de infraestructuras: canon de mejora local Actualmente tienen infraestructuras de depuración el 83,5% de la población andaluza. Las infraestructuras existentes en Andalucía se han financiado: Por el Estado las de interés general Mediante Convenios de colaboración: Junta de Andalucía 60% Administraciones Locales 40% (cánones de mejora)

Canon de mejora local. Definición La Ley 7/1996, de 31 de julio, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 1996, faculta a las entidades locales titulares de las competencias de suministro domiciliario del agua potable, saneamiento y depuración, para solicitar a la Comunidad Autónoma el establecimiento de un canon de mejora, fijando: Cuantía Régimen de aplicación Vigencia Mediante Convenios de colaboración descritos en la diapositiva anterior

Avance de la gestión del nuevo canon de mejora autonómico Ley 9/2010 de 30 de julio, de Aguas para Andalucía, define el Canon de mejora de infraestructuras hidráulicas de depuración de interés de la Comunidad Autónoma como un tributo propio de carácter finalista. Corresponde la interpretación sustantiva de la norma a la Dirección General de Financiación y Tributos. El soporte técnico estará constituido por los medios de que dispone la Dirección General de Tecnologías para Hacienda y la Administración Electrónica. La administración gestora es la Agencia Andaluza del Agua de la Consejería de Medio Ambiente.

Hecho Imponible, Base Imponible y Obligados Tributarios Naturaleza: Ingreso propio tributario de la Comunidad Autónoma Afectación: A la financiación de las infraestructuras de depuración de interés de la Comunidad Autónoma. Hecho Imponible: La disponibilidad y el uso urbano del agua de cualquier procedencia suministrada por redes de abastecimiento públicas o privadas. Se asimilan a uso urbano las pérdidas de agua en las redes de abastecimiento en los términos en que disponga la Ley Exenciones: Canon de control de vertidos e impuesto sobre vertidos a las aguas litorales. La base Imponible esta constituida por el volumen de agua facturado por las entidades suministradoras durante el período impositivo, expresado en metros cúbicos.

Obligados tributarios Dispone el art. 82. que son sujetos pasivos, las personas físicas o jurídicas, (…) usuarias del agua de las redes de abastecimiento Según el art. 82.1 En el supuesto de pérdidas de agua en redes de abastecimiento, el sujeto pasivo es la entidad suministradora Y concluye el art. 82.2 que tendrán la consideración de sujetos pasivos, como sustitutos del contribuyente, las entidades suministradoras. Siendo el servicio de abastecimiento y saneamiento de agua potable a poblaciones competencia de las entidades locales, la gestión de este impuesto repercute en los Ayuntamientos que gestionan directamente el Servicio o en las entidades gestoras cuando se utiliza alguna de las formas de gestión indirecta

Obligados tributarios GESTIÓN DIRECTA GESTIÓN INDIRECTA MEDIANTE ENTIDADES SUPRAMUNICIPALES O EMPRESAS GESTORAS TOTAL Nº de Entidades 328 63 391 Nº de Municipios 443 771 Población 812.634 7.490.289 8.302.923

Cuota íntegra Cuota fija por disponibilidad: 1€ al mes por vivienda (solo usos domésticos). Cuota variable por consumo, en función del uso: Domésticos: mínimo exento (2 m3/viv./mes); tarifa progresiva por tramos (variables en función del número de personas por vivienda) De 2m3 a 10m3: 0,10 De 10m3 a 18m3: 0,20 Mas de 18m3: 0,60 Consideraciones especiales: En los casos de contadores generales se tendrá en consideración el número de viviendas No domésticos: tipo único 0,25 € /m3

PORCENTAJE DE IMPLANTACIÓN Entrada en vigor Para la disponibilidad y el uso urbano del agua de cualquier procedencia suministrada por redes de abastecimiento públicas o privadas: 1 de enero de 2011. La cuota fija entra en vigor al 100% el 1 de enero de 2011. La cuota variable ira incrementando de forma progresiva según los porcentajes siguientes: Para las pérdidas de agua en las redes de abastecimiento en los términos en que disponga la Ley, cuando se apruebe el desarrollo reglamentario. El numero de viviendas abastecidas por contador general dejara de tenerse en cuenta a partir del 1 de enero de 2013. AÑO PORCENTAJE DE IMPLANTACIÓN 2.011 30% 2.012 45% 2.013 60% 2.014 80% 2.015 100%

Autoliquidaciones y declaraciones Declaración de actividades  modelo 760 Autoliquidación semestral  modelo 761 Declaración anual  modelo 762 Autoliquidación de pérdidas  modelo 763

Declaración de actividades (760) Utilidad: Comunicación del comienzo, modificación o cese de una actividad de suministro de agua, sujeta al canon de mejora autonómico. Fecha de presentación: Con el comienzo, modificación o cese de la actividad. Para las entidades suministradoras que vinieran prestando el servicio antes de la entrada en vigor del canon, se comunicará el plazo para efectuar la presentación de inicio. Forma de presentación: Confección y presentación telemática obligatoria. Contenido: Información por municipios de la actividad de abastecimiento en baja y en alta (captaciones propias y compras a terceros)

Declaración de actividades (760)

Declaración de actividades (760)

Autoliquidación semestral (761) Utilidad: Autoliquidar el canon de mejora correspondiente al periodo de liquidación del semestre declarado Fecha presentación: Primer semestre  Hasta el 20 de julio Segundo semestre  Hasta el 20 de enero Forma de presentación: Confección telemática obligatoria Presentación y pago: Telemática (cuentas no mancomunadas) Entidades colaboradoras (cuentas mancomunadas) Contenido: Resumen de los hechos imponibles del semestre y los importes de las cuotas ingresadas

Autoliquidación semestral (761)

Autoliquidación semestral (761)

Declaración anual (762) Utilidad: Descripción completa de todos los hechos imponibles del ejercicio Fecha presentación: Hasta el 20 de marzo Forma de presentación: Confección y presentación telemática obligatoria Contenido: La declaración irá acompañada de un anexo, que consistirá en un fichero de texto, en el que se detallarán todos y cada uno de los hechos imponibles del ejercicio de la declaración. Se incluirán tanto las sujeciones al canon, como las exenciones, como las reducciones en la base imponible

Declaración anual (762) - Anexo Registros de contratos Identificador del contrato Cliente: identificador y NIF Contador: individual o colectivo Tipo de uso: doméstico o no doméstico Número de viviendas Número de habitantes Aprobación de tramo incrementado Registros de facturas (exentas y no exentas) Periodo de facturación Consumo por cada tramo (uso doméstico) Consumo total (uso no doméstico) Exención: Si o No Reducciones

Autoliquidación de pérdidas (763) Utilidad: Autoliquidar la cuota correspondiente a las pérdidas de agua producidas en la red de la que es titular Fecha presentación: Hasta el 20 de marzo Forma de presentación: Confección telemática obligatoria Presentación y pago: Telemática (cuentas no mancomunadas) Entidades colaboradoras (cuentas mancomunadas) Contenido: Pendiente de definir

Gestión del canon Registro de entidades Otras fuentes 760 Registro de entidades suministradoras Autoliquidaciones y declaraciones Otras fuentes de información 761, 762 y 763 Cuadres Periodo de autoliquidación Seguimiento Liquidación

Para la confección web Requisitos técnicos I Navegadores: Internet explorer, Firefox, Chrome, Apple Safari Sistemas operativos: Windows, Linux, MacOS Visor de PDFs Certificado digital admitido por la Junta de Andalucía Máquina Virtual Sun JRE 6 de Java Componente de firma electrónica proporcionado por la Consejería de Hacienda y Administración Pública Para más detalles consultar: www.juntadeandalucia.es/economiayhacienda/apl/surweb/ayuda/requisitosTecnicos.jsp

Requisitos técnicos II Para el pago telemático Disponer de cuenta bancaria, sobre la que el encargado de realizar los pagos disponga de poderes, en alguna de las entidades bancarias adscritas Para la presentación del anexo al modelo 762 El tamaño máximo del fichero de texto debe ser de 10Mb. Se podrá utilizar un compresor para que el tamaño del fichero esté dentro de los límites definidos. En un futuro se indicarán los compresores aceptados, pero en cualquier caso corresponderán a los habituales del mercado. Para más detalles consultar: www.juntadeandalucia.es/economiayhacienda/apl/surnet/views/index.jsp

GRACIAS POR LA ASISTENCIA Y PARTICIPACIÓN