Ing. José de Jesús Orenday Carrillo Mtro. en Valuación

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
Gobernanza Ambiental Democrática
Advertisements

METODOLOGIA DE LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y SU RELACIÓN CON LA TESIS PROFESIONAL: FUNDAMENTOS TEÓRICOS Y LAS FASES DE DISEÑO DE INVESTIGACIÓN Docente.
CONSEJO DIRECTIVO Presidente: M. en Val. Ing. José de Jesús Orenday Carrillo Vicepresidente: M. en Val. Arq. Héctor Daniel García Díaz Secretario: M. en.
CONSIDERACIONES JURÍDICAS DE SEGURIDAD SOCIAL EN MÉXICO
Valoración Psiquiátrico-Legal
El procedimiento Administrativo de Ejecución
Pasos para formar un sindicato
PROCEDIMIENTOS APLICABLE A LOS JUZGADOS DE FAMILIA
PROCEDIMIENTO TRILATERAL
ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN COLEGIO DE ARQUITECTOS LUIS F. MOLINA, A. C
RECONOCIMIENTO ADUANERO
FONDO DE APOYO A LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN EL DISTRITO FEDERAL
Responsabilidad en los Juicios de Amparo
Cómo leer un artículo científico
. MEDIOS DE PRUEBA.
CONSULTORIA ALTERVIDA /BID Julio de 2008
Cómo Redactar y Preparar un Ensayo
DE LA ENTREGA-RECEPCION DE LA ADMINISTRACION PUBLICA MUNICIPAL
TEMARIO JORNADA DE CAPACITACIÓN SOBRE PERITAJES JUDICIALES.
Prueba pericial Edinson Lara Aguayo.
A cargo del: Dr. Carlos Lifchitz Autor del Libro: “Derecho Procesal del Trabajo Dicta Cursos de Práctica de Derecho Laboral mail:
Coordinación General Administrativa Proyecto de Reglamento de Obras y Servicios relacionados con las mismas de la Universidad de Guadalajara Oficina del.
FACULTADES OMBUDSMAN (Defensa de los Derechos Fundamentales)
CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS:
Interpretación de la constitución ART
Mg. OMAR TOLEDO TORIBIO PROCESO ORDINARIO LABORAL
PARENTALIDAD EN LAS RELACIONES DE FAMILIA EN EL CONTEXTO DEL PERITAJE SOCIAL PAOLA ROJAS MARÍN Trabajadora Social Docente: Docente: UCSH / UAHC/ UAH 2010.
Prueba pericial Edinson Lara Aguayo.
LA prueba pericial Carolina Bustamante Sasmay
LA HORA DE LA VERDAD. EL PERITO EN LA VISTA ORAL. Antonio Gómez Canal 8 de abril de 2011.
¿QUE ES UNA INSPECCIÓN DEL TRABAJO?
TEMARIO: ANALISIS DE LA RESOLUCION 1093/05 Comisión Técnica de Tributaria del CCEAU DESDE 3 PUNTOS DE VISTA: 1-PRONUNCIAMIENTO N° 12 CCEAU 2-RESPONSABILIDAD.
 La razón social se forma con el nombre de uno o más socios.  La denominación se forma libremente, pero debe ser distinta a la de cualquiera sociedad.
LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL
MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES
MATERIA: ENF. FUNDAMENTAL EN EL ADULTO HOSPITALIZADO Docente:Lic. Enf. Alicia González Rosas.
El Peritaje como Medio Probatorio
Siendo de mi conocimiento y aceptación las siguientes condiciones, importes, plazos e intereses; así como la obligación de cumplir los pagos con puntualidad.
ANDRES SALAZAR Evaluación interna NIVEL SUPERIOR.
Como Procedimiento Especial. Artículo 22 Código del Procedimiento Civil: Las disposiciones y los procedimientos especiales del presente Código se observarán.
LA ORALIDAD EN LAS ETAPAS PREVIAS AL JUICIO
Programas Maestros de Desarrollo Portuario Conforme a la Ley de Puertos (vigente), los programas maestros de desarrollo portuario: Deben formar parte.
Colegio de Ingenieros Civiles del Estado de Jalisco, A. C. Propuesta de Flujo grama Para el Proceso de Certificación De los Ingenieros Civiles. ING. ALEJANDRO.
IMPLICACIONES ETICO – LEGALES TRABAJO SOCIAL
TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
TITULOS SUPLETORIOS 1.
Proceso Ordinario Laboral
X JORNADAS CGPJ - CSCAE La confección de las listas de peritos arquitectos a disposición de Juzgados y Tribunales. Criterios objetivos de selección. La.
Psicología Jurídica y Forense El Psicólogo en el ámbito Judicial Módulo 3: Abordaje pericial en contexto jurídico.
EL INFORME MEDICO LEGAL
ORGANISMOS CONSTITUCIONALES AUTÓNOMOS
Marco Jurídico Mexicano
Lugar: Colegio de Contadores Públicos del Valle de Toluca A.C. Fecha: Jueves 16 de Julio de 2015 Horario: 16:00 a 21:00 p.m. Segmentos costo Inversion.
LA PERICIA Este medio de prueba puede definirse como la opinión que sobre determinada materia del conocimiento emiten personas especialistas en la misma.
Fecha de actualización: 01 julio de 2015 Unidad Administrativa Responsable: Dirección General Jurídica, de Derechos Humanos y Consultiva a través de la.
-DILIGENCIAS FINALES- (Sólo en juicio ordinario) Arts. 435 y 436 LEC
Nombre del Alumno: José de Jesús Raygoza Armas. Tutora: Myriam Jimenez. Materia: Formulación y Evaluación de Proyectos. Actividad Independiente 2. Universidad.
problemas de la calidad del software
IMPUTADO – DERECHOS DEL IMPUTADO (Art. 60 CPP)
Grupo: 07 Integrantes: -Abarca Campos,Juan Jose -Bonilla Mendoza,Melvin Wilson -Sanchez Calderon, Candida Marleny -Sorto Gascia, Isabel.
UNIVERSIDAD DE EL SALVADOR FACULTAD DE CIECIAS ECONOMICAS
Funciones del Ingeniero en su ejercicio profesional
Semblanza del Articulo 16 y 17 constitucional.
Daños en la vivienda. Responsabilidad civil en la construcción tras el terremoto del 27 de febrero de 2010 Hernán Corral Talciani Profesor de Derecho Civil.
CAJA DE PREVISION SOCIAL PARA ABOGADOS DE LA PROV. DE BS. AS. LEY 6716.
IV. Los hechos que den motivo a la demanda. V. Las pruebas que ofrezca. En caso de que se ofrezca prueba pericial o testimonial se precisarán los hechos.
Colegio de Abogados de Minas y Petróleos Tema: Arbitramento en Petróleos Juan Manuel Garrido Diaz 2009.
La Prueba Pericial.
Ley Código Procesal Laboral La Prueba Pericial Artículos 76 al 83.
1.8. Competencia anexa o auxiliar La jurisdicción concurrente.
Transcripción de la presentación:

Ing. José de Jesús Orenday Carrillo Mtro. en Valuación COLEGIO DE VALUADORES DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES LA PRUEBA PERICIAL EN MATERIA JUDICIAL, UN CAMPO DE ACTIVIDAD DE INGENIEROS Y ARQUITECTOS Ing. José de Jesús Orenday Carrillo Mtro. en Valuación

I.- OBJETIVO Dar a conocer a los especialistas en la valuación, construcción, topografía y otras, el campo de trabajo que se puede desarrollar en el ámbito judicial como perito que emite dictámenes técnicos que auxilian al juez, para que éste emita su resolución. Se presenta un ejemplo práctico.

II.- INTRODUCCIÓN Frecuentemente, en los trámites judiciales que involucran inmuebles, el Juez requiere de contar con la opinión de expertos en la materia que proporcionen información técnica de esos bienes, sobre valuación, rentabilidad, construcción, topografía, entre otros. Estas opiniones técnicas, llamadas dictámenes periciales, están establecidos en los ordenamientos legales estatales y federales del país.

II.- INTRODUCCIÓN Estos dictámenes técnicos a que nos estamos refiriendo, deben ser sustentados y justificados por trabajos que serán llevados a cabo de forma correcta, apoyándose las mas de las veces en documentos tales como escrituras, títulos, contratos, planos y trabajos de campo; posteriormente se lleva a cabo el análisis y procesamiento de la información, elaboración de planos, replanteo de puntos en campo y por supuesto la rendición de un dictamen pericial.

II.- INTRODUCCIÓN Es el caso que muchas veces los arquitectos e ingenieros no están enterados que pueden participar en estos asuntos, o no conocen lo suficiente sobre cómo involucrarse en ellos. Debido a lo anterior, el suscrito consideró importante dar a conocer ante el Colegio de Valuadores de Aguascalientes, algunos aspectos relacionados con la prueba pericial en asuntos judiciales.

III.- LA PRUEBA PERICIAL En los asuntos judiciales, una de las pruebas que ofrecen los abogados y que en muchos de los casos es determinante en un juicio, es la “prueba pericial”. Esta prueba tiene como objetivo que la parte que la ofrece pueda probar lo que a su interés convenga, acerca de situaciones específicas referentes en este caso a inmuebles, sobre construcción, medidas, superficie, linderos, valor, renta, etc.; la prueba pericial tiene relación con la persona que la realiza.

III.- LA PRUEBA PERICIAL: III.1. EL PERITO El perito, es una persona especializada en alguna ciencia, arte u oficio, que con sus conocimientos y experiencia, puede emitir su opinión técnica sobre terrenos y construcciones ante quien lo solicite.

III.- LA PRUEBA PERICIAL: III.1. EL PERITO OPINIÓN ACERCA DE PROFESIONISTA ESPECIALIZADO INMUEBLES ARQUITECTOS ING. CIVILES ING.TOPÓGRAFOS

III.- LA PRUEBA PERICIAL: III.2. REQUISITOS PARA SER PERITO. Cada legislación estatal o federal, según a donde corresponda el juicio, establece con claridad estos requisitos, sin embargo como mínimo se requiere: ser mayor de edad gozar de buena reputación conocer la ciencia, arte u oficio de que se trate el peritaje y, acreditar sus conocimientos y experiencia con título y cédula profesional en el campo en que vaya a participar.

IV.- TIPOS DE PRUEBAS PERICIALES Los peritos pueden participar en varias áreas, las más comunes son y frecuentes son: 2.1 Prueba pericial en topografía.- Se aplica en juicios reivindicatorios, traslapes de terrenos, afectaciones, apeo y deslinde, servidumbres de paso, etc. 2.2 Prueba pericial en Construcción.- tiene como propósito dictaminar el proceso constructivo, calidad de los materiales, construcción según el proyecto propuesto, daños a construcciones colindantes, obra peligrosa, etc.

IV.- TIPOS DE PRUEBAS PERICIALES 2.3 Prueba pericial en Valuación.- Tiene como propósito determinar el valor de inmuebles (terrenos, casas habitación y construcciones en general), siendo los avalúos dictámenes de valor 2.4 Prueba pericial en geología.- Se aplica en asuntos relacionados con inmuebles que están afectados parcial ó totalmente por subsidencias del suelo.

V.- TRIBUNALES ESTATALES Y FEDERALES 3.1 Supremos Tribunales de Justicia de los Estados.- Principalmente en los Juzgados Civiles, Penales y Familiares. 3.2 Juzgados de Distrito.- Son juzgados del fuero federal donde también se puede incursionar como perito sobre inmuebles. Las reglas son parecidas a las que se llevan a cabo en los juzgados del fuero común.

VI.- TIPOS DE NOMBRAMIENTO PARA ACTUAR COMO PERITO 1.- Perito nombrado por las partes.- Lo nombra la parte actora o parte demandada. Los honorarios los paga la parte que los nombró. 2.- Perito nombrado por el Juzgado como tercero en discordia.- Los nombra el Juez si de la actuación de los peritos de las partes, existiera discrepancia en sus opiniones. Los honorarios de estos peritos serán pagados por las dos partes que intervienen en el juicio al 50% cada una.

Tipos de nombramiento para actuar como perito Nombrados por las partes Nombrados por el juez actora demandada Tercero en discordia En rebeldía

VII.- TIPOS DE NOMBRAMIENTO PARA ACTUAR COMO PERITO Para participar como perito tercero en discordia, se necesita acudir a los Tribunales de Justicia para ser incluidos en las listas de peritos. Concretamente en el estado de Aguascalientes, el Código de Procedimientos Civiles del Estado, en el Capítulo V, relativo a la prueba pericial, del artículo 294 al 307, regula todo lo relacionado con los peritos, desde que son nombrados hasta que emiten su dictamen.

VIII.- EL CUESTIONARIO PERICIAL El dictamen pericial se elabora tomando en cuenta un escrito donde aparecen las preguntas centrales que el perito debe responder, llamado “cuestionario pericial” Algunas preguntas del cuestionario pueden ser: Que el perito tenga a la vista la escritura Pública ……. Que el perito se constituya en el inmueble materia del juicio. Que el perito lleve a cabo la medición física del inmueble. Que el perito compare las medidas físicas con los datos de la escritura y establezca y diga si el predio es el mismo que reclama la parte actora.

IX.- EL DICTAMEN PERICIAL. El dictamen pericial es una opinión que emite el perito nombrado sobre determinado asunto. En asuntos de topografía, valuación y construcción, es bastante amplia la gama de trabajos que se realizan durante un proceso judicial, sobre todo en los Juzgados Civiles. Los dictámenes periciales se redactan siguiendo una metodología acorde al tema, se van contestando las preguntas que plantean las partes, pero además presenta todos los elementos a su alcance que fundamentan su opinión, como planos, cálculos, avalúos, cartografía, entre otros.

X.- EL DICTAMEN PERICIAL. Los dictámenes periciales van dirigidos a la autoridad judicial donde se encuentre en proceso el juicio dentro del término legal que el juzgado le haya fijado. Es importante mencionar que una vez que el perito haya aceptado el cargo y no rinda su dictamen dentro del término legal, puede ser destituido del mismo, pero también puede ser que se le fije una multa en los términos establecido por el juez.

XI.- INSPECCIONES JUDICIALES CON PERITOS Es inspeccionar físicamente, a través de los sentidos, alguna situación de un inmueble, como defectos de construcción, calidad del proyecto, ubicación de las construcciones, etc. La inspección judicial no tiene como propósito el levantamiento de medidas y superficies de campo, ya que éstos datos se aportan en la prueba pericial. Tanto la prueba pericial como la inspección judicial son elementos que son tomados en cuenta, junto con otras pruebas por el Juez, para emitir su resolución en un juicio.

XII.- CONCLUSIONES Existe un campo de acción amplio dentro de los procesos judiciales en los cuáles los Ingenieros y Arquitectos pueden incursionar como peritos; es importante comentar que los peritos deberán conducirse con honestidad y profesionalismo para la realización de su dictamen, ya que el no hacerlo estarán expuestos a ser interrogados y en caso extremo hasta procesados por el daño que puedan causar a alguna de las partes, por su falta de ética profesional.

XI.- CONCLUSIONES Honestidad Preparación Experiencia Peritos incursionar como Honestidad Preparación Experiencia Profesionistas De lo contrario

EJEMPLO PRÁCTICO DE UN DICTAMEN PERICIAL DESARROLLO DE UN CASO PRÁCTICO