COMISION ESTATUTOS O CREACION NUEVA ENTIDAD

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Transcripción de la presentación:

COMISION ESTATUTOS O CREACION NUEVA ENTIDAD INFORME A ASAMBLEA UBACH, TEMUCO. 8 DE ENERO 2015

COMISION ESTATUTOS O CREACION N.E. COMPONENTES: PASTOR MANUEL URBINA PASTOR CARLOS CHEA HERMANA MARÍA VASQUEZ HERMANO CRISTIAN DURAN PASTOR OTHONIEL SEPÚLVEDA

INTRODUCCION LA COMISION COMIENZA RECONOCIENDO QUE LA OBRA BAUTISTA HA ALCANZADO LOGROS IMPORTANTES EN SU DESARROLLO. RECONOCE A LOS LIDERES QUE LA HAN SERVIDO DESDE SU INICIO. HA RECIBIDO UN MANDATO PARA MEJORAR, PERFECCIONAR LOS ESTATUTOS ACTUALES. EN PUNTA ARENAS, DESPUÉS DEL ÚLTIMO INFORME DE LA COMISIÓN SE ACORDÓ CREAR UNA NUEVA ENTIDAD (Para superar aspectos legales, patrimonio y especialmente la Misión y Visión, actuales) SE HA ELABORADO UN DOCUMENTO QUE SE SUBIRÁ A LA PAGINA WEB, JUNTO A UNA PROPUESTA LEGAL. ES PRODUCTO DEL TRABAJO DE LA COMISIÓN CON ALGUNOS APORTES QUE SE HAN RECIBIDO. (Especialmente de una Comisión interna de la Corporación Educacional Bautista; cinco miembros y dos iglesias). EL DOCUMENTO CONTIENE: EN NEGRITA LOS ESTATUTOS COMO SON ACTUALMENTE EN ROJO Y AZUL, LAS PROPUESTAS EN ESTA OCASIÓN SE PRESENTA UN RESUMEN DEL DOCUMENTO. TODO EN CALIDAD DE PROPUESTA.

PROPUESTAS DE NOMBRES IEBACH. IGLESIA EVANGELICA BAUTISTA DE CHILE. CORBACH, CORPORACIÓN BAUTISTA DE CHILE. UNEBACH, UNION DE IGLESIAS EVANGELICAS BAUTISTAS DE CHILE. BAUDECH, BAUTISTAS DE CHILE FEDEBACH, FEDERACION DE IGLESIAS BAUTISTAS DE CHILE

ARTICULO PRIMERO CONSTITÚYASE LA ORGANIZACIÓN RELIGIOSA COMO PERSONA JURIDICA DE DERECHO PÚBLICO QUE SE DENOMINARÁ: “IGLESIA EVANGÉLICA BAUTISTA DE CHILE, QUE SE REGIRÁ POR LAS DISPOSICIONES DEL PRESENTE ESTATUTO, Y SUPLETORIAMENTE POR LAS NORMAS DE LA LEY NÚMERO 19.638, QUE ESTABLECIÓ NORMAS SOBRE CONSTITUCIÓN JURÍDICA DE LAS IGLESIAS Y ORGANIZACIONES RELIGIOSAS, Y QUE OPERARÁ DENTRO DE TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE CHILE.

ARTICULO SEGUNDO LA IGLESIA EVANGÉLICA BAUTISTA DE CHILE, EN ADELANTE “IEBACH” ES UNA IGLESIA DE CONFESIÓN CRISTIANA EVANGÉLICA, COMPUESTA DE PERSONAS QUE PROFESAN LA FE CRISTIANA EVANGÉLICA Y BAUTISTA DE CONFORMIDAD A LAS BASES DE FE QUE MÁS ADELANTE SE EXPRESAN, QUE SE IENTIFICAN, VINCULAN Y COMPARTEN ENTRE SÍ LA MISMA TRADICIÓN HISTÓRICA , Y SISTEMA DE GOBIERNO CONGREGACIONAL, Y QUE SE ORGANIZAN EN COMUNIDADES O IGLESIAS LOCALES A TRAVÉS DE TODO EL TERRITORIO NACIONAL, LAS QUE A SU VEZ SE ORGANIZAN TERRITORIALMENTE EN ASOCIACIONES REGIONALES Y JURÍDICAMENTE EN LA PRESENTE ORGANIZACIÓN RELIGIOSA.

ARTICULO TERCERO (La Misión) LA “IEBACH” TIENE COMO PROPÓSITO DIRECCIONAR LA OBRA BAUTISTA CHILENA, A TRAVÉS DE UN TRABAJO SISTEMATIZADO Y ORGANIZADO CON CADA UNA DE LAS IGLESIAS BAUTISTAS LOCALES QUE LA CONFORMAN, A LO LARGO DE TODA LA NACIÓN Y EN CONSECUENCIA SERÁ LA VOZ OFICIAL DE LOS BAUTISTA DE CHILE. A TRAVÉS DE SUS DIFERENTES INSTANCIAS DE ORGANIZACIÓN INTERNA, DEFINE LAS POLÍTICAS Y LA MACROPLANIFICACIÓN, DE MEDIANO Y LARGO PLAZO, PARA EL CUMPLIMIENTODE LA MISIÓN ESTABLECIDA BÍBLICAMENTE PARA LA IGLESIA. DE IGUAL FORMA, ORIENTA Y VELA POR LA APLICACIÓN DE UN ADECUADO CUERPO DOCTRINARIO, D ADORACIÓN, Y DE LOS VALORES IMPARTIDOS EN LAS IGLESIAS QUE LA CONFORMAN. PARA EFECTOS DE CUMPLIMIENTO DE LA MISIÓN DE LA IGLESIA, SE ASUME QUE ÉSTA ES LA AGENCIA RESPONSABLE DE EXTENDER EL REINO DE DIOS, A TRAVÉS DE LA EVANGELIZACIÓN, LA ADORACIÓN, LA COMUNIÓN Y EL SERVICIO A LA COMUNIDAD.

SIGUE EL ARTICULO TERCERO (LA Misión) PARA EFECTOS DE ORGANIZACIÓN INTERNA, CADA IGLESIA, INDEPENDIENTE DE SU TRABAJO LOCAL, ASUME Y CUMPLE INTEGRALMENTE LAS DIRECTRICES Y LINEAMIENTOS QUE EMANAN DE LA N.E. (IEBACH), DE IGUAL FORMA SI ESTO NO OCURRIESE, SE SOMETE AL REGLAMENTO INTERNO DE ESTA ENTIDAD, QUE ESTIPULA ACCIONES Y/O SANCIONES, SEGÚN SEA EL CASO.

ARTICULO CUART0 SEGÚN LA BIBLIA, ÚNICA AUTORIDAD DE DOCTRINA Y PRÁCTICA PARA LOS CREYENTES E IGLESIAS, LA N.E (IEBACH), DECLARA Y SOSTIENE LOS SIGUIENTES PRINCIPIOS DE FE. PRINCIPIO CRISTOLÓGICO.- CRISTO ES EL SEÑOR DE CADA CREYENTE, DE LA IGLEAIA OCAL Y UNIVERSAL, Y DEL UNIVERSO. (Hchos 2:36; Filipenses 2:5-11. PRINCIPIO BÍBLICO.- LA BIBLIA ES LA PALABRA DE DIOS, ÚNICA FUENTE DE AUTORIDAD, DOCTRINA Y PRÁCTICAS CRISTIANAS. PRINCIPIO ECLESIÁSTICO.- LA IGLESIA LOCAL SE FORMA CON CREYENTES REGENERADOS, BAUTIZADOS, QUE ADORAN Y TESTIFICAN DE CRISTO. LA CENA DEL SEÑOR ES EL SÍMBOLO DE CONTINUO CRECIMIENTOEN OBEDIENCIA Y SANTIFICACIÓN, QUE PRCLAMA LA MUERTE DE CRISTO Y SU REGRESO. (Mateo 16:18)

ARTICULO CUARTO (Continuación) 4. PRINCIPIO CONGREGACIONALISTA. HECHOS 11:21-26. ANTE EL SEÑOR TODOS LOS CREYENTES SON IGUALES 5. PRINCIPIO DE LIBERTAD RELIGIOSA Y DE CONCIENCIA.- ESTE PRINCIPIO SURGE DE LA CONVICCIÓNDE QUE CADA UNO ES RESPONSABLE ANTE DIOS POR SU VIDA. PUEDE DECIDIR ANTE LAS ALTERNATIVAS DE SEGUIR AL SEÑOR O NO HACERLO, ASUMIENDO LAS CONSECUENCIAS DE SUS DECISINES. ABOGANMOS POR LA LIBERTAD DE CULTO, Y DE CONCIENCIA. CADA UNO DEBE SER LIBRE Y ACTUAR SEGÚN SUS CONVICCIONES. 6. PRINCIPIO DE SEPARACIÓN IGLESIA-ESTADO.- EL ESTADO ES UN INSTRUMENTO AUTÓNOMO RESPECTO A LA IGLESIA Y TIENE UN ÁMBITO DE ACCIÓN PROPIO, EN BIEN DE LOS CIUDADANOS. LA IGLESIA DEBE ESTAR SEPARADA DEL ESTADO PARA PROCLAMAR EL EVANGELIO Y SUS VALORES EN BIEN DE LA COMUNIDAD TODA, Y PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA MISIÓN QUE DIOS LE HA EBTREGADO EN LA BIBLIA. NO DEBE RECIBIR FONDOS PÚBLICOS Y/O SER SUBVENCIONADA EN EL CUMPLIMIENTO DE SU MISIÓN. 7. PRINCIPIO EVANGELIZADOR.- CADA MIEMBRO DE LA IGLESI, DEBE SER UN EVANGELIZADOR, PROMOTOR DEL EVANGELIO, Y TAMBIÉN CADA IGLESIA, YA QUE DE SA FORMA SE INSTAURA Y ACRECIENTA EL REINO DE DIOS EN EL MUNDO. MATEO 28:18. UNA ESTRATEGIA DE EVANGELIZACIÓN Y CRECIMIENTO DE LA IGLESIA SE RELATA EN HECHOS 8:4… “LOS QUE FUERON ESPARCIDOS FUERON PORTODAS PARTES ANUNCIANDO EL EVANGELIO”

ARTICULOS QUINTO AL OCTAVO ESTOS ARTICULOS TRATAN LOS TEMAS DE: - REPRESENTACION ANTE EL ESTADO - FIDELIDAD CON LA DOCTRINA… - EL DOMICILIO PRINCIPAL….. MIGUEL CLARO 755 COMUNA DE PROVIDENCIA…. Y OTRAS QUE PUEDAN ESTABLECERSE EN EL ECTRANJERO. .LA DURACION DE LA N.E. SERÁ INDEFINIDA.

ARTICULOS NOVENO AL DECIMO TERCERO ESTOS ARTICULOS TRATAN LOS SIGUIENTES TEMAS: LOS MIEMBROS DE LA N.E SON PERSONAS QUE REPRESENTAN A IGLESIAS BAUTISTAS , EN CALIDAD DE MENSAJEROS. LOS MENSAJEROS DURARÁN EN SUS FUNCIONES EL TIEMPO QUE DETERMINEN SUS RESPECTIVAS IGLESIAS CADA IGLESIA SERÁ REPRESENTADA POR TRES MENSAJEROS, PUDIENDO AUMENTAR UNO POR CADA 50 SOBRE 100. LOS MENSAJEROS DE IGLESIAS QUE NO APORTAN AL P,C. NO TENDRAN DERECHO A VOZ NI A VOTO Y NO PODRAN SER ELEGIDOS EN LOS ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN. SE DEFINEN LAS ATRIBUCIONES…. SE DEFINEN LAS OBLIGACIONES ….

SE ELIMINAN LOS ARTICULOS DECIMO CUARTO Y DECIMO QUINTO ESTOS ARTICULOS TRATABAN EL TEMA DE LOS DELEGADOS, PUES LA UBACH ESTABA FORMADA POR IGLESIAS Y NO POR PERSONAS. LAS IGLESIA NOMINABAN DELEGADOS PERMANENTES EN LA NUEVA ENTIDAD SERÁN LOS MENSAJEROS DEIGNADOS POR LAS IGLESIAS QUIENES LAS REPRESENTARÁN.

ARTICULO DECIMO SEXTO ARTÍCULO DECIMOSEXTO. Las iglesias bautistas locales podrán ser desafiliadas de la "N.E" por: Haber sido desafiliadas en su entidad Regional respectiva. Inobservancia grave a las doctrinas y principios de fe expuestos en el artículo cuarto. Por incumplimiento reiterado (Un año) a las responsabilidades económicas y financieras establecidas por la "N.E". La decisión de desafiliación será adoptada en Asamblea General por mayoría absoluta de los mensajeros presentes. La decisión de la Asamblea será comunicada oficialmente a la iglesia local, la que podrá apelar, ante el directorio "N.E", presentando sus descargos, en un plazo no superior a los 90 días.

ARTICULOS DÉCIMO SEPTIMO AL VIGESIMO CUARTO ESTOS ARTICULOS TRATAN LOS SIGUIENTES TEMAS: LAS ASAMBLEAS GENERALES ORDINARIAS. LAS ASMBLEAS ECTRAORDINARIAS LAS CITACIONES A ASAMBLEAS LOS QUORUN PARA LAS ASAMBLEAS LAS ANOTACIONES EN ACTAS DE LOS ACUERDOS

ARTICULO VIGÉSIMO QUINTO ARTÍCULO VIGÉSIMO QUINTO. Son órganos de Administración   El Directorio : Ejecutivo (5) formado por : Presidente; Vicepresidente; Secretario ; Tesorero, y, Presidente de la Unapab Ampliado, (12), formado por el ejecutivo más los Directores: ; Evangelismo; Misiones; Educación Cristiana; , Mayordomía-Administración, Servicio y Acción Social, Comunicaciones y Dirección Teológica. NOTA.- LA¿DIRECCION TEOLOGICA DEBERIA ESTAR EN LA DIVISION CORPORTIVA PROFESIONAL O EN LA MINISTERIAL CLESIASTICA? Consejo de Planificación y Coordinación: (33) Directorio Ampliado (12) Un representante por División (Ministerial Eclesiástica y Corporativa Profesional) y cuatro por Direcciones (Educación, Salud, Juridica), y Hogares(6 Asociaciones (15), Aquellos que establezca la Asamblea General.

ARTICULO VIGESIMO SEXTO ARTÍCULO VIGÉSIMO SEXTO. La dirección y administración superior de la "N.E" estará a cargo de Un Directorio ejecutivo, integrado por Presidente; Vicepresidente, Secretario, Tesorero, y, PRESIDENTE DE LA UNAPAB Un Directorio Ampliado: Integrado por el Ejecutivo (Presidente, Vicepresidente; Secretario, Tesorero, Presidente de la Unapab) y 7 Directores (Evangelismo, Misiones, Educación Cristiana; Servicio y Acción social, Comunicaciones, Mayordomía -Administración, y Teológica El presidente del Directorio lo será también de la "N.E" y la representará judicial y extrajudicialmente y tendrá las demás atribuciones que los estatutos le encomienden.

ARTICULO VIGESIMO SEPTIMO ARTICULO VIGÉSIMO SEPTIMO. Los integrantes del Directorio serán elegidos en elección directa por la asamblea general ordinaria y durarán cuatro años (DOS AÑOS) en sus funciones, a contar de la fecha de su elección, pudiendo ser reelegidos en sus cargos sólo para el período siguiente. En dicha asamblea general ordinaria cada delegado sufragará por una sola persona para cada uno de los cargos, proclamándose elegidos quienes en una misma y única votación resulten con mayoría absoluta de votos, hasta completar el número de miembros que componen el Directorio. No completándose el número necesario de personas que componen el Directorio, deberá procederse a tantas votaciones como sea necesario. En este último caso la elección se hará por mayoría simple de votos.

ARTICULO VIGÉSIMO OCTAVO Sin perjuicio de lo preceptuado en el artículo vigésimo séptimo, la asamblea general ordinaria podrá reemplazar en sus cargos, a uno o más integrantes del Directorio, antes de completar sus respectivos períodos, por votación de dos tercios o más de los mensajeros. Los integrantes del Directorio ejercerán sus funciones en forma absolutamente gratuita. Sin embargo, el Presidente podría ser remunerado por acuerdo adoptado por la mayoría absoluta de los miembros de la "N.E"

ARTICULO VIGESIMO NOVENO . En caso de fallecimiento, ausencia prolongada, renuncia o imposibilidad de un integrante del Directorio para el desempeño de su cargo, el Directorio nombrará un director suplente que durará en funciones sólo hasta la asamblea general más próxima.

ARTICULO TRIGÉSIMO ARTÍCULO TRIGÉSIMO. Si quedare vacante en forma transitoria o definitiva el cargo de Presidente, lo asumirá el Vicepresidente; hasta el término del período y deberá elegirse un nuevo Vice presidente en la Asamblea más próxima.

ARTICULOS TRIGÉIMO SEGUNDO AL TRIGÉSIMO NOVENO ESTOS ARTICULOS TRATAN LOS SIGUIENTES TEMAS: 1- ATRIBUCIONES Y DEBERES DEL DIRECTORIO 2. OTRAS ATRIBUCINES Y DEBERES DEL DIRECTORIO 3.LAS ATRIBUCIONES DEL ARTICULO TRIGÉSIMO SEGUNDO, SERÁN REALIZADAS POR EL PRESIDENTE EN CONJUNTO CON EL TESORERO 4. SESIONES DEL DIRECORIO, CADA DOS MESES. 5. SE DEBE LLEVAR UNLIBRO ESPECIAL DE ACTAS CON LAS DELIBERACIONES DEL DIRECTORIO. 6. FUNCIONES DEL PRESIDENTE 7. FUNCIONES DEL VICEPRESIDENTE 8. FUNCIONES DEL SECRETARIO.- EN ESTE ARTICULO LA COMISIÓN ESTIMA QUE EL SECRETARIO DEBE ACTUAR TA,MBIÉN COMO SECRETARIO ESTADÍSTICO, MANTENIENDO L A INFORMACIÓN ESTADÍSTICA AL DÍA. 9. FUNCIONES DEL TESORERO.

ARTICULO CUADRAGÉSIMO (Este artículo deberá perfeccionarse y reglamentarse para cada Dirección) Las Direcciones deberán desarrollar las siguientes funciones:   EVANGELIZACIÓN.- ) Proponer acciones de evangelización a las Asociaciones Regionales a ejecutar en las Iglesias locales. Preparar y ofrecer materiales a las mismas instancias . Coordinar acciones que permitan cumplir con metas nacionales y/o regionales de crecimiento en nuevos miembros. Realizar talleres de capacitación en evangelización a Asociaciones y/o Iglesias locales MISIONES.-) Realizar con participación de las Asociaciones un diagnóstico de Ciudades, Pueblos, Comunas y sectores sin obra bautista. Preparar y ofrecer proyectos que las iglesias puedan realizar, para establecer nuevas obras. ENSEÑANZA O EDUCACIÓN CRISTIANA. . Definir un proyecto educativo y buscar o preparar material de educación cristiana que pueda ofrecerse a las Iglesias y que se orienten a objetivos nacionales específicos. Realizar con y por medio de las Asociaciones, talleres de capacitación y preparación de especialistas en el tema (acuerdos con STB: e Institutos). SERVICIO y ACCION SOCIAL Proponer a las Iglesia por medio de las Asociaciones proyectos de ayuda social, extensiva a la comunidad COMUNICACIONES.- Desarrollar las actuales funciones de la Dirección de Comunicaciones ADMINISTRACION -MAYORDOMÍA .- 1. Promover el Programa Cooperativo de la obra 2. Estimular mediante acciones de capacitación, materiales, talleres etc. la mayordomía del diezmo, y la contribución de las iglesias y buscar fuentes de financiamiento para proyectos en desarrollo. 3. Atender lo relacionado con las propiedades de la Obra 4. Administración del Centro Bautista.

ARTICULO CUADRAGÉSIMOPRIMERO ARTICULO CUADRAGÉSIMO PRIMERO.- El Consejo de Planificación y Coordinación, que también se denominará “Coplancor”, estará integrado por el Directorio de la "N.E" (5) los Directores de la División Ministerial Eclesiástica (7) Los directores de Divisiones (2)los directores de la División Corporativa Profesional (Educación, Salud, y Jurídica y Hogares) (4) y los presidentes de las asociaciones de iglesias (15). TOTAL 33 PERSONAS PENDIENTE EL ESTUDIO, DEFINICIONES Y PARTICIPACIÓN DE LAS ORGANIZACIONES (UNIONES) EN LA ESTRUCTURA Y COPLANCOR

CUADRAGÉSIMO SEGUNDO (También este artículo debe adecuarse a la nueva entidad) ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO SEGUNDO. Son funciones del Consejo de Planificación y Coordinación: a) Conocer de los planes y programas del Directorio; proponer y planificar todas las medidas que estime pertinentes para su perfeccionamiento o enmienda; b) Resolver la adquisición, hipoteca, venta, permuta, cesión o transferencia de bienes raíces de la "N.E", y la constitución de servidumbres, prohibiciones de gravar y enajenar y arrendar inmuebles por un plazo superior a cinco años; c) Conocer de la marcha de las asociaciones de iglesias, de las uniones y direcciones nacionales, e instituciones auxiliares; coordinar sus actividades y sugerir a éstas las medidas correctivas que se estimen convenientes; d) Compartir y evaluar las políticas y estrategias generales de la obra bautista; y e) Cumplir con todas las tareas que le encomienden la Asamblea General, el Directorio, los estatutos y los reglamentos. Sin perjuicio de lo expuesto en la letra b) del inciso anterior, la asamblea general podrá, por su importancia, declarar como estratégicos determinados bienes. En tal caso, la enajenación, gravamen y arrendamiento de dichos bienes será resuelto por la asamblea general.  

CUADRAGÉSIMO TERCERO ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO TERCERO. De las deliberaciones y acuerdos del Consejo de Planificación y Coordinación se dejará constancia en un libro especial de actas, que será llevado por el Secretario del Directorio, siguiendo el mismo procedimiento mencionado en el inciso segundo del artículo vigésimo cuarto.

CUADRAGÉSIMO CUARTO EL TEMA DE LAS UNIONES NACIONALES SERÁ ESTUDIADO CON LAS ACTUALES UNIONES PARA CONOCER Y CONSENSUAR UNA PROPUESTA DE PARTICIPACIÓN EN LA ESTRUCTURA DE LA OBRA. EL TEMA SERÁ CONVERSADO EL PRIMER SEMESTRE DEL 2015. TAMBIÉN SE CONVERSARÁ CON LAS ACTUALES ENTIDADES: Fedit, Corporación Educacional, Fundación para Amar, Consultorio etc)

CUADRAGÉSIMO QUINTO ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO QUINTO. Las asociaciones de iglesias son agrupaciones de iglesias evangélicas bautistas locales, que tienen por objeto promover la comunión y colaboración entre sus integrantes; y desarrollar planes de acción de la obra bautista, considerando la Misión y Visión de la Obra. Y SER LOS BRAZOS DE EJECUCIÓN A NIVEL REGIONAL DE LOS PLANES Y PROYECTOS DE LA NUEVA ENTIDAD  SE SUGIERE QUE CADA ASOCIACIÓN ADECÚE SUS ESTATUITOS /REGLAMENTOS PARA ALINEARLOS CON LA N.E.

CUADRAGÉSIMO SEXTO LOS TEMAS DE LAS UNIONES NACIONALES Y ASOCIACIONES DEBEN SEGUIR EN ESTUDIO Y CONVERSACIONES PARA ENCONTRAR LA MEJOR MANERA DE LOGRAR LA INTEGRACIÓN Y UNIDAD DE LA OBRA DE FORMA POSITIVA, CONSTRUCTIVA Y GENEROSA.

DIVISIONES Y DIRECCIONES ORGANIGRAMA EN ESTUDIO.- TIENE SU ORIGEN EN LA COMISIÓN D EDUCACIÓN NOMBRADA POR LA UBACH. ESTE ORGANIGRAMA HA SIDO CONSIDERADO Y ADECUADO POR LA COMISIÓN, EN CONSULTA CON EL ABOGADO ASESOR Y SU CREADOR ORINIGINAL , HNO IVÁN BETANCOURT EL ORGANIGRAMA CONSIDERA LA IDEA DE RECUPERAR EL TRABAJO POR MINISTERIOS O AREAS ESPECIFICAS QUE TENÍA LA CEBAH (Ministerios, Juntas etc.) TAMBIÉN PROPONE UN TRABAJO ESPIRITUAL INTERIOR Y UN TRABAJO INTEGRADO HACIA LA SOCIEDAD, CON LOS VALORES DEL REINO. FUE ENVIADO AL LIDERASGO NACIONAL POR EL PRESIDENTE DE UBACH, SOLICITANDO OPINIONES. ESTABLECE QUE LA AUTORIDAD MÁXIMA ES LA N.E. CON SU DIRECTORIO. Y UN ORGANO ASESOR PARTICIPATIVO, EL COPLANCOR.

ORGANIGRAMA NUEVA ENTIDAD COPLANCOR Div. Corp. Direcc. Min. Profesional Eclesiástica Direc. Educac Direc Teológica Colegios , Universidades etc Seminarios; Institutos Direc. Salud Direc. Evangelización Clinicas , Consultorios etc Direc. de Misiones Direc. Jurídica Direc. E Cristiana y Enseñanza Direc.Hogares ,Casas Acogida etc Direc. Servicio y A. Soc. Direc. Comunicaciones. ASOCIACIONES Direc, de administración ORGANIZACIONES ?

DIVISIONES SE PROPONEN DOS GRANDES DIVISIONES; DIVISIÓN DOCTRINARIA ESPIRITUAL (ECLESIÁSTICA), DIVISIÓN CORPORATIVA PROFESIONAL. - LA PRIMERA TRABAJANDO POR AREAS O DIRECCIONES (MINISTERIOS) PROCURARÁ DIRECCIONAR, ORIENTAR, ESTIMULAR , PROPONER ETC. PARA FORTALECER A LAS IGLESIAS LOCALES, QUIENES SON LAS QUE TRABAJAN LAS AREAS O MINISTERIOS. SON ELLAS LAS QUE REALIZAN LA OBRA DEL MINISTERIO. - LA SEGUNDA, REALIZA EN PARALELO UN TRABAJO CONCRETO, PROFESIONAL Y DE TRASCENDENCIA EN LA SOCIEDAD. TAMBIÉN TRABAJA POR MEDIO DE DIRECCIONES QUE ATIENDEN LAS DIVERSAS AREAS DE SERVICIO HACIA LA SOCIEDAD.

SU ESTRUCTURA UN DIRECTORIO FORMADO POR: PRESIDENTE, VICEPRESIDENTE, SECRETARIO, TESORERO, Y PRESIDENTE DE LOS PASTORES. DIRECCIONES DE LA DIVISIÓN DOCTRINARIA ESPIRITUAL (ECLESIÁSTICA) - EVANGELIZACIÓN. - MISIONES - EDUCACIÓN CRISTTIANA O ENSEÑANZA BÍBLICA. - SERVICIO Y ACCION SOCIAL - MAYORDOMIA Y ADMINISTRACIÓN - COMUNICACIONES - TEOLOGICA ESTAS DIRECCIONES TENDRÁN LA MISIÓN DE ESTIMULAR Y FORTALECER A LAS IGLESIAS LOCALES, MEDIANTE ESTRATEGIAS, MÉTODOS QUE SE ESTABLEZCAN , USANDO CAMINOS Y NEXOS PARTICIPATIVOS.

SIGUE DIRECCIONES DE LA DIVISION CORPORATIVA PROFESIONAL: DIRECCION HOGARES O CASAS DE ACOGIDA (Hogar de Niñas de Temuco; Hogares de Ancianos (as) Santiago, Concepción Etc. DIRECCION DE EDUCACIÓN (Corporaciones educacionales (Colegios) Temuco, Santiago etc. DIRECCI0N DE SALUD: Clínicas Bautistas: Temuco; Santiago, Antofagasta etc. DIRECCION TEOLOGICA-DOCTRINARIA; Seminarios Teológicos: Santiago, (Temuco); Institutos teológicos regionales etc. NOTA.- ESTA DIRECCIÓN PODRÁ ESTAR EN LA DIVISIÓN MINISTERIAL ECLESIÁSTICA DIVISIÓN JURÍDICA

MIEMBROS INTEGRANTES DIVISIONES : DOS POR DIVISIÓN: TOTAL 4 DIRECCIONES: DOS POR DIRECCIÓNES DE LA DIVISION ESPIRITUAL: TOTAL 14 DOS POR DIRECCIONES DE LA DIVISIÓN CORPORATIVA PROFESIONAL: TOTAL 8 TOTAL INTEGRANTES: 26 LA IDEA ES QUE EXISTA UN TITULAR Y UN ASOCIADO.

MIEMBROS INTEGRANTES DE COPLANCOR: 33 PERSONAS - DIRECTORIO EJECUTIVO: 5 PERSONAS - UN REPRESENTANTE DE CADA DIRECCION : 11 PERSONAS - UN REPRESENTANTE DE CADA DIVISIÓN: 2 PERSONAS - UN REPRESENTANTE DE CADA ASOCIACIÓN REGIONAL: 15 PERSONAS PENDIENTE LA SITUACIÓN DE LAS UNIONES

RECURSOS ECONOMICOS. POSIBLES FUENTES RECURSOS PARA DIRECTORIO: PRESUPUESTO ASIGNADO DE UN PROGRAMA COOPERATIVO NACIONAL. RECURSOS PARA LAS DIRECCIONES DE LA DIVISIÓN MINISTERIAL ECLESIASTICA : PRESUPUESTO ASIGNADO DE UN PROGRAMA COOPERATIVO NACIONAL. RECURSOS PARA LAS DIVISIONES Y DIRECCIONES DE LA DIVISIÓN CORPORATIVA PROFESIONAL PRESUPUESTO ASIGNADO DE UN PROGRAMA COOPERATIVO NACIONAL. MAS RECURSOS PROPIOS PROVENIENTES DE SU SERVICIO Y PROYECTOS COMPARTIDOS. OTRAS FUENTES NACIONALES Y/O EXTRANJERAS.  

TAREAS Y ACCIONES PARA LAS DIVISIONES Y DIRECCIONES DE LA DIVISIÓN ESPIRITUAL-DOCTRINARIA 2 PERSONAS POR DIRECION A NIVEL NACIONAL TEOLOGICA-DOCTRINARIA; Seminarios Teológicos: Santiago, (Temuco); Institutos teológicos regionales etc. NOTA.- ESTA DIRECCIÓN PODRÁ ESTAR EN LA DIVISIÓN MINISTERIAL ECLESIÁSTICA EVANGELIZACIÓN.- )Proponer acciones de evangelización a las Asociaciones Regionales a ejecutar en las Iglesias locales. Preparar y ofrecer materiales a las mismas instancias . Coordinar acciones que permitan cumplir con metas nacionales y/o regionales de crecimiento en nuevos miembros. Realizar talleres de capacitación en evangelización a Asociaciones y/o Iglesias locales MISIONES.- Realizar con participación de las Asociaciones un diagnóstico de Ciudades, Pueblos, Comunas y sectores sin obra bautista. Preparar y ofrecer proyectos que las iglesias puedan realizar, para establecer nuevas obras. ENSEÑANZA O EDUCACIÓN CRISTIANA. Definir un proyecto educativo y buscar o preparar material de educación cristiana que pueda ofrecerse a las Iglesias y que se orienten a objetivos nacionales específicos. Realizar con y por medio de las Asociaciones, talleres de capacitación y preparación de especialistas en el tema (acuerdos con STB: e Institutos) SERVICIO Y ACCION SOCIAL- Proponer a las Iglesia por medio de las Asociaciones proyectos de ayuda social, extensiva a la comunidad COMUNICACIONES.- Desarrollar las actuales funciones de la Dirección de Comunicaciones MAYORDOMÍA Y ADMINISTRACIÓN 1. Promover el Programa Cooperativo de la obra 2. Estimular mediante acciones de capacitación, materiales, talleres etc. la mayordomía del diezmo, y la contribución de las iglesias y buscar fuentes de financiamiento para proyectos en desarrollo. 3. Atender lo relacionado con las propiedades de la Obra

TAREAS Y ACCIONES PARA LA DIVISION Y DIRECCIONES DE LA DIVISIÓN CORPORATIVA PROFESIONAL DIVISION CORPORATIVA PROFESIONAL DIRECCIÓN HOGARES O CASAS DE ACOGIDA (Hogar de Niñas de Temuco; Hogares de Ancianos (as) Santiago, Concepción Etc. DIRECCION DE EDUCACIÓN (Corporaciones educacionales (Colegios) Temuco, Santiago etc. DIVIRECCIÓN DE SALUD: Clínicas Bautistas: Temuco; Santiago, Antofagasta etc. DIVISIÓN JURÍDICA ES NECESARIO DEFINIR ESTATUTOS INTERNOS PARA CADA DIRECCION DE LA DIVISIÓN CORPORATIVA PROFESIONAL QUE SEAN DEPENDIENTES DEL PARAGUA JURÍDICO DE LA NUEVA ENTIDAD, Y CUYAS FUNCIONES ESTEN DETERMINADA POR LA OBRA DENOMINACIONAL

ARTICULOS CUADRAGÉSIMO SÉPTIMO. OCTAVO Y NOVENO ESTA SECCIÓN CUARTA DE LOS ACTUALES ESTATUTOS: SE TRABAJARÁ EN CONJUNTO CON LAS ENTIDADES. LA COMISIÓN ESTIMA HACERLO EL PRIMER SEMESTRE DEL AÑO 2015

SECCION QUINTA (SECRETARIOGENERAL) ARTÍCULO QUINCUAGÉSIMO PRIMERO. El Directorio podrá contratar un Secretario General para atender materias de gestión y optimización de recursos. El Directorio fijará las funciones, atribuciones y deberes del Secretario General, pudiendo sustituirlo a su arbitrio. Cualquier integrante del Directorio tendrá derecho a ser informado plena, documentadamente y en cualquier tiempo, por el Secretario General de todo lo relacionado con los asuntos que se le encomiende. ARTÍCULO QUINCUAGÉSIMO SEGUNDO. El Directorio no podrá contratar como Secretario General a uno de sus integrante, ni a sus cónyuges o a alguno de sus ascendientes y descendientes, hasta el segundo grado inclusive.

SECCION QUINTA ( Comisión Revisora de Cuentas) ARTÍCULO QUINCUAGÉSIMO TERCERO. La asamblea general ordinaria designará una Comisión Revisora de Cuentas compuesta por tres delegados, que serán nombrados en la forma establecida en el artículo vigésimo séptimo, cuyas obligaciones y atribuciones serán las siguientes: a) Revisar semestralmente los libros de contabilidad y los comprobantes de ingresos y egresos que el Tesorero debe exhibirle; b) Informar al Directorio sobre la marcha de la Tesorería y el estado de las finanzas y dar cuenta de cualquier irregularidad que notare para que se adopten de inmediato las medidas que correspondan a fin de evitar daños al patrimonio a la Unión; c) Presentar a la asamblea general un informe escrito sobre las finanzas de la entidad, sobre la forma que se ha llevado la Tesorería durante el año y sobre el balance que el Tesorero confeccione del ejercicio anual, recomendando a la asamblea la aprobación o rechazo total del mismo; y d) Comprobar la exactitud del inventario.

SIGUE ARTÍCULO QUINCUAGÉSIMO CUARTO. La Comisión Revisora de Cuentas será presidida por quien sea designado para estos efectos. Si se produjere la vacancia de dos cargos en la Comisión Revisora de Cuentas se nombrarán reemplazantes en una asamblea general. Si la vacante fuere de un solo miembro la comisión continuará en sus funciones

TITULO QUINTO. EL PATRIMONIO ARTICULO VIGESIMO QUINTO.- EL PATRIMONIO DE LA ENTIDAD CONSIDERACIONES PREVIAS: - SI SE MANTIENE LA UBACH MODIFICANDO TOTALMENTE SU ESTRUCTURA MISION, ORGANIZACIÓN Y POR LO TANTO SUS ESTATUTOS, EL COSTO DE TRASPASO DE LOS BIENES DE CEBACH. SEB, TENDRÍA UN COSTO ELEVADO, COMO SE HA INFORMADO ANTES (80-120 MILLONES), PORQUE NO OPERARÍA LA EXENCIÓN. - SI SE CREA UNA NUEVA ENTIDAD, ENTONCES SE PUEDE TRASPASAR LOS BIENES DE CEBACH, UBACH, SEB, ACOGIENDOSE A LA EXENCIÓN, SEGÚN SE INDICA EN LA LEY. EN TAL CASO EL COSTO ES BAJO.

INDICACIONES DE LA LEY 1)Art. 18 de la Ley Nº 19.638 sobre organizaciones y asociaciones religiosas que dispone textualmente: “Las personas jurídicas religiosas que a la época de su inscripción en el registro público, hubieren declarado ser propietarias de inmuebles u otros bienes sujetos a registro público, cuyo dominio aparezca a nombre de personas naturales o jurídicas distintas de ellas podrán, en el plazo de un año contado desde la constitución, regularizar la situación usando los procedimientos de la legislación común hasta obtener la inscripción correspondiente a su nombre. Si optaren por la donación, estarán exentas del trámite de insinuación.“ 2)El art. Único de la Ley Nº 20.094 que agregó el siguiente artículo 30bis en la ley Nº 16.271: “Artículo 30 bis.- Las actuaciones de los conservadores de bienes raíces a que den lugar las posesiones efectivas de herencias cuya masa de bienes no exceda de 15 unidades tributarias anuales, estarán liberadas del pago de los derechos arancelarios correspondientes. Asimismo, aquéllas cuya masa de bienes exceda de dicho monto y no supere las 45 unidades tributarias anuales, estarán liberadas del 50% del pago de dichos derechos. Estarán también totalmente exentas del pago de derechos las inscripciones, sub inscripciones y anotaciones que deban practicar los conservadores de bienes raíces referidas a bienes inmuebles que se traspasen a las iglesias y entidades religiosas constituidas como personas jurídicas de derecho público."

¿CÓMO OPERA ESTE MECANISMO? La nueva organización religiosa Bautista, en su acto de constitución (artículos transitorios), declara que posee cierto número de propiedades en todo el país y las enumera e identifica una a una, declarando, además, que estas se encuentran actualmente inscritas a nombre de las siguientes personas jurídicas y naturales, indicando a la Convención, a la Ubach y a la Sociedad Evangélica, y a cualquier persona natural que tenga a su nombre alguna propiedad de la obra. Enseguida, en escritura pública aparte, cada persona (Convención, Ubach, etc,) suscribe una escritura de donación, que de acuerdo a la ley está exenta del trámite judicial de la insinuación y exenta del impuesto a las donaciones, procede a transferir todas y cada una de las propiedades que la nueva organización religiosa declaró como suyas en los artículos transitorios de su constitución. Se hace una sola escritura pública por cada persona jurídica que transfiere, y no una escritura por cada inmueble. Por último, se obtienen tantas copias autorizadas como Conservadores existan que deban inscribir propiedades, y se ingresan en cada Registro de Propiedad, con una nota explicativa y fotocopia de la ley donde aparece la exención. Una vez inscritas las propiedades, se recogen las copias autorizadas de todas las inscripciones de dominio a nombre de la nueva organización religiosa en todos los conservadores de bienes raíces, para la debida constancia y catastro. Estos son los aspectos formales de lo que serían los o el mecanismo de una reestructuración de la obra Bautista en Chile, siendo de mayor trascendencia el reordenamiento de fondo más que los mecanismos jurídicos, que es a lo que habría que avocarse en las próximas sesiones. 

ARTICULO QUINCUAGÉSIMO SEXTO Las iglesias locales deberán aportar, a la "N.E", el diez por ciento del total de sus ingresos mensuales regulares. La contribución señalada se denominará “aporte programa cooperativo”. Las iglesias locales que no cumplan la obligación mencionada en los dos incisos anteriores podrán ser privadas de apoyos económicos y de otros beneficios por parte de la N.E.

TITULO SEXTO CONSTITUCIÓN DE ENTIDADES CON PERSONALIDAD JURÍDICA PROPIA. ESTE TEMA DEBE SEGUIR EN ESTUDIO

TÍTULO SÉPTIMO MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS Y DISOLUCIÓN ARTÍCULO QUINCUAGÉSIMO NOVENO. La "N.E "podrá modificar sus estatutos por acuerdo de una Asamblea General Extraordinaria, adoptado en votación por los dos tercios de los MENSAJEROS presentes.   ARTÍCULO SEXAGÉSIMO. La N.E. podrá disolverse por acuerdo de una Asamblea General Extraordinaria adoptado por los tres cuartos de los mensajeros asistentes. Acordada la disolución de la "N.E" sus bienes pasarán a la institución que la reemplace.

SUGERENCIAS DE TEMAS A DEFINIR .- Definiciones y trabajos pendientes para la Comisión. Estimado pastor, a la Comisión que Ud. preside, le queda un arduo trabajo por hacer, no solo en orden a establecer la estructura definitiva de la obra bautista en adelante, sino principalmente en definir sus funciones y sistemas de jerarquía. Además, deberán establecer y definir conceptos, requisitos, prohibiciones, inhabilidades, etc. Solo para comenzar, le dejo los siguientes temas sobre los que deberán trabajar. Definir, precisar y establecer: Definir concepto de miembro de una iglesia. Definir concepto de iglesia local. Definir concepto de pastor. Definir concepto de diacono. Definir funciones del pastor. Definir funciones del diacono.

sigue Establecer las funciones del Directorio Nacional. Establecer las funciones del Consejo de Planificación y Coordinación. Establecer las funciones del Directorio Local. Establecer las funciones de cada una de las organizaciones que se van a crear al amparo de las dos divisiones de trabajo. Establecer los requisitos para ser miembro de una iglesia. Establecer los requisitos para ser pastor. Establecer los requisitos para ser diacono. Establecer los requisitos para ser miembro de un directorio local. Establecer los requisitos para ser miembro de un directorio nacional y del Consejo de Planificación y Coordinación.

sigue Establecer los requisitos para ser miembro de una organización creada al amparo de cualquiera de las dos divisiones de trabajo de la Organización. Establecer las prohibiciones a que está sujeto un miembro de una iglesia. Establecer las prohibiciones a que está sujeto un pastor. Establecer las prohibiciones a que está sujeto un diacono. Establecer las prohibiciones a que está sujeto un miembro de un directorio local. Establecer las prohibiciones a que está sujeto un miembro de un directorio nacional y del Consejo de Planificación y Coordinación. Establecer las prohibiciones a que está sujeto un miembro de una organización creada al amparo de cualquiera de las dos divisiones de trabajo de la Organización. Etc.