Obstáculos Financieros Interpuestos al DHE Programas de Estabilización Macroeconómica, Endeudamiento y Tributación – Caso Colombia César Giraldo – Coalición.

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Transcripción de la presentación:

Obstáculos Financieros Interpuestos al DHE Programas de Estabilización Macroeconómica, Endeudamiento y Tributación – Caso Colombia César Giraldo – Coalición Colombiana por el Derecho a la Educación Managua (Nicaragua), 24 agosto 2011 TALLER REGIONAL DE LA FINANCIACION DE LA EDUCACION EN AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE DESDE LA PERSPECTIVA DE DERECHOS - Casos de violación y alternativas de superación.

1.La educación (básica y media) en Colombia se financia con una regla fija, pero el FMI presionó para romperla. Aunque el modelo es subsidio a la demanda. 2.Los acreedores presionan reformas que limitan el gasto social. 3.El capital financiero, a través de los organismos financieros multilaterales (BID, Banco Mundial), mediante la condicionalidad del financiamiento se promueve una ofensiva ideológica que busca descargar en la población el pago de la educación 4.Entender la educación como derecho significa atarla al Presupuesto Público.

1. La educación (básica y media) en Colombia se financia con una regla fija, pero el FMI presionó para romperla. Aunque el modelo es subsidio a la demanda

En Colombia la educación básica y media se financia con una regla fija: un porcentaje de los ingresos corrientes de la Nación. Esta fue una conquista plasmada en la Constitución Política de 1991, esta regla fija también se extendió para los gastos de salud. El total de la asignación era el 47% de los ingresos Corrientes, pero se ha recortado hasta el 30% por presión del FMI.

Fuente: FUENTES DE RECURSOS SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES – EDUCACIÓN TIPOLOGÍAS Y ASIGNACIÓN DE RECURSOS MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL Bogotá D.C., Julio 2009 SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES ASIGNACIONES ESPECIALES 4% DISTRIBUCIÓN SECTORIAL 96% Alimentación Escolar 0.5% Ribereños Río Magdalena 0,08% Resguardos Indígenas 0,52% Fondo de Pensiones Territoriales 2,9% Educación 58,5% Salud 24,5% Agua Potable 5,4% Propósito General 11,6% Primera Infancia Puntos adicionales DISTRIBUCIÓN SECTORIAL

Fuente: FUENTES DE RECURSOS SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES – EDUCACIÓN TIPOLOGÍAS Y ASIGNACIÓN DE RECURSOS MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL Bogotá D.C., Julio 2009 Qué es el Sistema General de Participaciones? El SGP corresponde a los recursos que la Nación debe transferir a las entidades territoriales (departamentos, distritos y municipios) en cumplimiento de los Artículos 356 y 357 de la Constitución Política, que inicialmente indicaban un porcentaje filo. Fueron reformados por los Actos Legislativos 01 de 2001 y 04 de 2007, para la financiación de los servicios a su cargo en EDUCACIÓN, salud, agua potable y los definidos en el Articulo 76 de la Ley 715 de No sólo se define el monto, sino la forma cómo los recursos se asignan: Subsidio a la Demanda, en educación por capitación

Se complementa con un Impuesto de 2% nómina para el SENA, formación para el trabajo (el FMI viene insistiendo en su desmonte) Con ley (30/93) que señala que presupuesto de Universidades constante en términos reales (proceso de reforma: Universidades con lucro privado)

Después de la Constitución del 91 comienza la presión del capital internacional para reducir el Gasto social. En los acuerdos con el FMI aparece explícito

Acuerdo Extendido de Colombia con el FMI 1999: compromiso Carta de Intención con el FMI del 20 de diciembre del 2001 firmada por Juan Manuel Santos, ministro de hacienda: “La ejecución de las políticas bajo el programa del Fondo ha sido satisfactoria. El programa cuantitativo ha evolucionado como se había anticipado y varias reformas importantes han sido implementadas, incluyendo el cambio en el sistema de transferencias a los gobiernos territoriales.” Se cumplió la tarea con el Acto Legislativo 01 de 2001 que tenía vigencia hasta el 2009

“Agosto 31, 2006: Presentar al Congreso una reforma a las transferencias.” Se cumplió con el Acuerdo Legislativo 04 del 2007 que tiene vigencia hasta el 2016

Fuente: Metodologías, asignación y usos de los recursos del SGP – vigencia 2011, Ministerio de Educación Nacional RECURSOS DISPONIBLES PARA 2010 ¿QUÉ DICE EL ACTO LEGISLATIVO 04 DE 2007 FRENTE A LA BOLSA DE RECURSOS ? Tiene aplicación a partir del 1° de enero de 2008 Mantiene un Crecimiento sostenido hasta 2016 (hacen base) 2008 y 2009Inflación + 4 % 2010 Inflación % 2011 – 2016Inflación % Asigna recursos adicionales para educación - sobre el total de la bolsa (no hacen base) 2008 y % % 2011 – % Otorga recursos adicionales si la economía crece por encima del 4% destinados a Primera Infancia

Fuente: FUENTES DE RECURSOS SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES – EDUCACIÓN TIPOLOGÍAS Y ASIGNACIÓN DE RECURSOS MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL Bogotá D.C., Julio 2009 FUENTES DE FINANCIACIÓN SOLO BOGOTÁ PUEDE OBTENER RENTAS PROPIAS SIGNIFICATICAS, LAS REGALÍAS ESTÁN PERMEADAS POR CORRUPCIÓN

Fuente: Presentación de Andrés Escobar Arango (DNP), en 9 de julio 2008, en Reñaca, Chile en "Primera Reunión de Ministros y altas autoridades en Desarrollo Social" Pero en Colombia los gobiernos locales no tienen recursos

Fuente: FUENTES DE RECURSOS SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES – EDUCACIÓN TIPOLOGÍAS Y ASIGNACIÓN DE RECURSOS MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL Bogotá D.C., Julio 2009 DESTINACIÓN DE RECURSOS SGP CALIDAD Provisión de la canasta educativa (dotación mobiliarios, textos, bibliotecas, materiales audiovisuales y didácticos). Construcción, mantenimiento y adecuación de establecimientos educativos. Pago de servicios públicos y funcionamiento de los establecimientos educativos oficiales. Acciones de mejoramiento de la gestión académica enmarcadas en planes de mejoramiento. No pueden usarse para beneficios individuales tales como el kid escolar, aplicación pruebas tipo ICFES. No puede usarse para gastos que generen recurrencia, como compra de vehículos. LA MAYORÍA SE QUEDA EN EL PAGO DE LA NÓMINA

CANASTA EDUCATIVA COMPONENTE PARTICIPA CION personal docente73,7% personal directivo docente3,0% personal administrativo3,9% capacitación docentes0,4% aseo y vigilancia (planta o contratado)3,2% COMPONENTE REC HUMANO84,1% Mantenimiento planta física1,0% Mejoramiento5,4% Dotación básica planta física1,2% Recursos pedagógicos0,8% Servicios Públicos1,0% COMPONENTE REC FISICO10,2% COMPONENTE PARTICIPACI ON Transporte escolar1,1% Componente nutricional2,3% Otros1,0% COMPONENTE ALUMNO3,7% personal administrativo1,4% gastos generales0,4% COMPONENTE ADMON2,0% TOTAL100,0% Cálculos TAQUI señalan que sólo cubre 1/3 de lo necesario

Como los recursos se giran por capitación: (inicialmente se quería el modelo de Vouchers pero la negociación política llevó a la capitación) -Los rectores se convierten en gerentes -Gradualmente los cupos los oferta los establecimientos privados: convenios, plan becario … Se pasó de una oferta privada de educación pública cercana a 0% al 20% para el 2011, y la tendencia creciente aumenta y se refuerza (esto es independiente de la educación privada como tal).

2 - Los acreedores presionan reformas que limitan el gasto social

Además de la Presión del capital para la reducción del gasto social a través de la negociación del programa económico (los acuerdos con el FMI), y en general la condicionalidad para acceder a los recursos externos, como son los provenientes del BID y el BM, existe presión por los representantes del capital financiero internacional para que se hagan reformas institucionales que limiten el gasto social.

La Constitución colombiana promulga los derechos sociales (DESC) pero en capítulo económico bloquea su financiamiento → Se produce una tensión entre el poder judicial y autoridades económicas, pero se tutela (amparo) el derecho a la Salud no el de la educación (no es derecho fundamental, nadie se muere porque falta). En educación la norma sólo reconoce hasta noveno grado, y no como derecho. → EL gobierno en respuesta a las presiones de los acreedores procede a crear límites constitucionales y legales al gasto público social (no se pone límite al servicio de la deuda, con el tecnisismo de que sólo importa el déficit primario) (Los derechos sociales además de promulgarlos hay que materializarlos con Presupuesto Público)

Ya se adoptaron una serie de reformas constitucionales – presupuestales que le ponen tope la gasto público -Ley de Responsabilidad Fiscal (2003) -Ley de Regla Fiscal (2011) -Reforma Constitucional “Sostenibilidad Fiscal” El gasto social debe someterse a la sostenibilidad fiscal: esta no tiene en cuenta la deuda pública porque se la define sobre el déficit primario.

Gracias a esas reformas el país adquirió el grado de inversión REDACCIÓN ELTIEMPO.COM | 9:52 p.m. | 16 de Marzo del 2011: ”Standard & Poor's vuelve a calificar la deuda colombiana como 'inversión'. S&P señaló que un nuevo movimiento en la calificación dependerá del crecimiento de la economía, de la aprobación e implementación de las reformas fiscales y del déficit “Otras calificadoras -Moody's y Fitch Ratings- mejoraron la perspectiva del país, pero aún no le otorgan el grado de inversión. Para aumentar la nota, insisten en una serie de ajustes en las rigideces del gasto relacionadas con salud, pensiones y transferencias (aquí está la educación y la salud), y en la inflexibilidad en el gasto del Gobierno” Entrevista con Joydeep Mukherji, el experto a cargo de la calificación para Colombia (S&P): “Inquietan fallos de la Corte … un factor que sí miramos es el poder de la Corte Constitucional para tomar decisiones que tienen impacto fiscal”.

Portafolio mayo 16 de :39 am ELTIEMPO.COM | 9:31 p.m. | 15 de Mayo del 2011: “Sin regalías ni regla fiscal, Fitch no daría el grado de inversión- Esta compañía en octubre elevó la perspectiva de crédito del país de estable a positiva. "Estamos monitoreando muy de cerca a Colombia. Es importante ver qué va a pasar realmente. Qué pasará con estas medidas es uno de los factores que tendremos en cuenta. Nos da mayor claridad sobre cómo serán las finanzas fiscales", dijo Arispe. “ A la espera de que el Congreso de la República vote los proyectos de ley con los que el Gobierno busca limitar el gasto y reducir la deuda, está Fitch Ratings, para decidir si eleva la calificación del país a grado de inversión, dijo el analista Erich Arispe. En el Congreso se discute el proyecto de ley de la regla fiscal, que intenta reducir la deuda, limita el gasto y facilita las alzas del peso, creando un fondo de estabilización en el exterior.” LAS REFORMAS YA ESTÁN HECHAS Y TENEMOS EL GRADO DE INVERSIÓN DE FITCH lo que significa que hasta los inversionistas institucionales pueden invertir en el país, tales como los Fondos de Pensiones de USA.

En Colombia además de los límites Fiscales, también el ejecutivo tiene la iniciativa en Gasto Público (la cual se había superado con la fórmula de las Transferencias). Pero con la sostenibilidad fiscal (es un derecho constitucional que está por encima de la educación) y la iniciativa del Gobierno el gasto social está condenado

3. El capital financiero, a través de los organismos financieros multilaterales (BID, Banco Mundial), mediante la condicionalidad del financiamiento se promueve una ofensiva ideológica que busca descargar en la población el pago de la educación

La dependencia de los acreedores privados es consecuencia de la renuncia a la soberanía monetaria, resultado de la “autonomía” de los Bancos Centrales (Ortiz). Los representantes de los acreedores presionan una reducción del Gasto Público distinto al pago de la deuda y la guerra, y conducen a un marco institucional que garantice que sea así. Pero también promueven una ofensiva ideológica, que la refuerzan con el financiamiento, en esto es clave la banca multilateral (BID, BM)

La ofensiva ideológica, vista desde sus implicaciones financieras, está orientada a: 1. Que individuo asuma el costo de la educación porque está haciendo una inversión que va a redituar en el mercado (capital humano). 2. Los establecimientos educativos se deben autofinanciar en el mercado porque están proveyendo un servicio y deben hacerlo en condiciones de competencia. Se trata de argumentos que justifican el traslado al mercado la provisión de la educación, y desvincularla de una obligación del Estado.

DISCURSO AL INDIVIDUO (cada uno debe pagar por su educación) La educación es un bien individual que capitaliza la persona y que explota en el mercado, y por tanto se debe pagar por ella. La gratuidad se justifica en el caso de la educación básica para los pobres (oportunidades) La educación es considera como una inversión que hace el individuo en su dotación en capital humano, la cual redituará en el mercado a través de los mayores ingresos laborales que obtendrá gracias a dicho capital. Las personas (salvo los pobres para la básica) deben pagar la educación, lo que el Estado puede promover es el crédito educativo (El sistema financiero diseña paquetes de crédito, incluso mercado de bonos educativos (los TADES en Colombia)

La educación se convierte en instrucción de técnicas y aprendizajes para ser aplicados en el mundo económico, entendido este último, como la actividad que debe realizar el individuo en el mercado para garantirar sus ingresos monetarios que le permiten resolver sus necesidades materiales Renán Vega (2008) "el sistema educativo debe proporcionar un conjunto de destrezas para que los estudiantes enfrenten los retos del mundo del trabajo“. Instruir, no formar

La educación debe orientarse a la articulación de las personas al mercado: se borra la diferencia entre la educación para el trabajo y la académica. Se borra la diferencia entre educación universitaria y formación para el trabajo El cambio continuo del conocimiento indica que la política educativa debe dirigirse hacia la capacitación continua del recurso humano para que sea empleable: trabajador polivalente, sumiso, desechable, y reutilizable

DISCURSO PARA LAS INSTITUCIONES (los establecimientos educativos deben competir y cobrar por los servicios) -La eficiencia la genera el mercado, de manera que las instituciones deben competir buscando clientes -El subisido debe ser a la demanda (vouchers, capitación) para los más pobres. Los recursos a la institución llegan vía facturación. -El rector es un gerente que debe buscar alumnos (clientes) y que debe racionalizar gasto para maximizar el resultado financiero.

Enfoque de mercado Proceso de producción: – Infraestructura ≡ Capital fijo – Docente ≡ Insumo laboral → Pago por logros – Estudiante ≡ Producto → Competencias Manejo gerencial: – Rector ≡ Gerente – Estudiantes y padres ≡ Clientes – Presupuesto atado a cantidad de alumnos – Objetivo: Maximizar los resultados educativos con los menores recursos financieros posibles Competencia mercantil → CALIDAD Organización mercantil de la prestación 04/04/ Simulador Integral para el cálculo del Costo de una Educación de Calidad - SICEC

4. Entender la educación como derecho significa atarla al Presupuesto Público.

-Servicio → Mercancía → Precio (hay relación entre lo que se paga y lo que se recibe, media una relación comercia, derecho contractual) -Derecho social → Bien Social → Tributación (No hay relación entre lo que se paga y lo que se recibe, media una relación política, derecho social)

Impuestos indirectos Privatización del recaudo Informalidad TODO ESTO PRODUCE UN PROBLEMA DE LEGITIMIDAD El derecho tiene un techo presupuestal → discutir las prioridades del Presupuesto Nacional → Proyecto de sociedad