FAVOR LEER EL CASO aportado por el Colegio Costa Rica

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
Código de Infancia y Adolescencia. Ley 1098 de 2006
Advertisements

CONAPRED Teoría del Derecho.
Código de Infancia y Adolescencia. Ley
CONTENIDO DE LA LEY.
Dedicado a los niños y niñas que son los tesoros más valioso de la familia y la sociedad
Responsabilidad Penal de Adolescentes
SUBSECRETARÍA DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA Dirección de Justicia Transicional “Ley de Víctimas y Restitución de Tierras 1448 DE 2011 ”
COMISARIA DE FAMILIA MUNICIPIO DE SAN LUIS
2º Congreso Internacional sobre Conflictos y Violencia en las Escuelas
Niñas, niños y jóvenes infractores víctimas del maltrato
Beatriz Linares Cantillo “Alianza por la niñez colombiana”
DERECHOS HUMANOS Y CONSUMO DE DROGAS.
Jackeline Loaiza Monsalve
ABUSO SEXUAL.
Decreto 1965 que la reglamenta
Características de la policía administrativa
DISPOSITIVOS ejecución medidas JUSTICIA PENAL JUVENIL Especialización Intervención Técnico- Profesional Calidad Institucional Dispositivos. Establecimientos.
PRESENTACIÓN & PENAL DE LOS ALUMNOS RESPONSABILIDAD CIVIL
APROXIMACIÒN AL DECRETO 1965 DE 2013 Reglamentario Ley 1620 de 2013
COMISARIA DE FAMILIA Municipio de Génova.
“Por Junín Vamos en Serio”
Ente Costarricense de Acreditación
1. 2 Convenio 2976 Secretaría de Educación Distrital Corporación Buscando Ánimo SESIÓN 02: El Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes (SRPA)
Comparación entre paradigmas María Silvia Villaverde
El código de la infancia y la adolescencia establece los derechos y libertades que tienen los niños y adolescentes de Colombia. Entre los derechos está.
Código de infancia y adolescencia Ley 1098 de 2006
POLÍTICAS DE INTERVENCIÓN CON LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA FUNDACIÓN LAS GOLONDRINAS.
Subdirección de Responsabilidad Penal para Adolescentes
DERECHOS DE PROTECCIÓN PRIMERA INFANCIA
LEY 1620 DE MARZO15 DE 2013 SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ES COLAR Y FORMACION PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS , LA EDUCACION PARA LA SEXUALIDAD.
COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA LEY 1620 DE 2013
Ley de infancia y adolescencia
Jean-Jacques Rousseau
Generaciones DDHH – Estado de Derecho
Ponente: Abg. Gerardo Torrealba
Abg. Cecilia Bolívar Corrillo
 Principios. 1. Con el fin de hacer efectivo el principio de igualdad en el ejercicio del derecho a la educación, las Administraciones públicas desarrollarán.
La Personería de Medellín y los derechos de la niñez y la adolescencia. Balance de acciones
IMPLICACIONES LEGALES DEL BULLYING O MATONEO
Competencias de la comisaria de familia Ley ,, ley y CODIGO BIOETICO DEL PSICOLOGO.
ADOLESCENTES EN CONFLICTO CON LA LEY
LEY 1146 DE 2007 Por medio de la cual se expiden normas para la prevención de la violencia sexual y atención integral de los niños, niñas y adolescentes.
ESCUELA SUPERIOR DE POLICÍA
Katherine Tabares Trabajadora Social y Magister en Sociología
ALCALDIA MUNICIPAL DE EL ROSARIO El Gobierno de la Gente JOSE JAVIER ESPAÑA MARTINEZ Alcalde Municipal.
Los niños YY DERECHOS DE LOS NIÑOS QUE SON LOS DERECHOS REFERENCIA
Daniel Santiago Uribe Ortiz
1 Módulo de Temas críticos 7 Niñas y niños vinculados a las fuerzas armadas o grupos armados.
JUAN PABLO MARES Abogado
MARCO JURÍDICO Prof. Carmen Demárquez Bibliografía: Prats, Martín, presentación curso de Formación Docente. Blengio, Mariana, Código de los Derechos Humanos.
La violencia es una acción ejercida por una o varias personas en donde se somete de manera intencional al maltrato, presión sufrimiento, manipulación.
Violencia sexual.
INFORME COMISARÍA DE FAMILIA DE LENGUAZAQUE DRA. LILIANA PATRICIA TRIANA BARRANTES COMISARIA DE FAMILIA.
COMISARIA DE FAMILIA DE LENGUAZAQUE
COMISARIA DE FAMILIA VERSALLES VALLE INFORME RENDICION DE CUENTAS AÑO 2012.
ESCUELA SUPERIOR DE POLICÍA
Prevención y Protección frente a riesgos profesionales
PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Arequipa, 28 de marzo de 2014.
SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL PARA ADOLESCENTES Diana Patricia Molina Cordoba Estudiante Octavo Semestre Programa de Derecho Universidad Mariana.
Conjunto de derechos - privilegios y deberes - obligaciones otorgadas a una persona, ya sea de hecho o decretada por autoridad competente, ésta se asigna.
JORNADA DE TRABAJO INTERINSTITUCIONAL MALTRATO INFANTIL Y DELITOS SEXUALES Coyhaique, 5 Noviembre 2013 Unidad Especializada en Delitos Sexuales y Violencia.
WILLIAMS RINCON V República Bolivariana de Venezuela.
Breve recorrido por el Código de la Niñez y Adolescencia Taller Nacional Construcción Colectiva del Reglamento Especial para los Centros de Internamiento.
A partir de los comunicados del Presidente de la Republica sobre la erradicación de las mal llamadas “ollas” de las principales ciudades del país, se.
 En este ensayo redactaremos, analizaremos y discutiremos acerca de los diferentes modelos de justicia criminal en Puerto Rico y Estados unidos de norte.
MEDIDAS PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS DE LA INFANCIA Y ADOLESCENCIA MEDIDAS PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS DE LA INFANCIA Y ADOLESCENCIA.
R E S G U A R D O D E D E R E C H O S CAPACITACIÓN OFICINA 600 Octubre 2006.
Transcripción de la presentación:

FAVOR LEER EL CASO aportado por el Colegio Costa Rica ESTUDIO DE CASO: FAVOR LEER EL CASO aportado por el Colegio Costa Rica

Analizar la viabilidad de las siguientes decisiones: ¿Qué establece el Manual de Convivencia? Sobre el porte, consumo y distribución… ¿Sería solución cambiarla de jornada? Realizado el Debido Proceso ¿qué ventajas y desventajas tiene la cancelación de la matrícula? ¿Qué hacer frente al retiro voluntario? Además de establecer el reintegro. ¿En qué consiste el programa de apoyo del ICBF?

Ley 1098 de 2006 Código de Infancia y Adolescencia Artículo 19 Artículo 20 numeral 3 Artículo 42 numeral 12 Artículo 44 numeral 7 Artículo 51 Artículo 139 Artículo 140

Ley 1098 de 2006 Código de Infancia y Adolescencia Artículo 19 DERECHO A LA REHABILITACIÓN Y LA RESOCIALIZACIÓN. Los niños, las niñas y los adolescentes que hayan cometido una infracción a la ley tienen derecho a la rehabilitación y resocialización, mediante planes y programas garantizados por el Estado e implementados por las instituciones y organizaciones que este determine en desarrollo de las correspondientes políticas públicas. Artículo 20 numeral 3 DERECHOS DE PROTECCIÓN. Los niños, las niñas y los adolescentes serán, protegidos contra: 3. El consumo de tabaco, sustancias psicoactivas, estupefacientes o alcohólicas y la utilización, el reclutamiento o la oferta de menores en actividades de promoción, producción, recolección, tráfico, distribución y comercialización.

Ley 1098 de 2006 Código de Infancia y Adolescencia Artículo 42 OBLIGACIONES ESPECIALES DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS. Para cumplir con su misión las instituciones educativas tendrán entre otras las siguientes obligaciones: 12. Evitar cualquier conducta discriminatoria por razones de sexo, etnia, credo, condición socio-económica o cualquier otra que afecte el ejercicio de sus derechos

Ley 1098 de 2006 Código de Infancia y Adolescencia Artículo 44. OBLIGACIONES COMPLEMENTARIAS DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS. numeral 7 Prevenir el tráfico y consumo de todo tipo de sustancias psicoactivas que producen dependencia dentro de las instalaciones educativas y solicitar a las autoridades competentes acciones efectivas contra el tráfico, venta y consumo alrededor de las instalaciones educativas. Artículo 51. OBLIGACIÓN DEL RESTABLECIMIENTO DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS, LAS NIÑAS Y LOS ADOLESCENTES. El restablecimiento de los derechos de los niños, las niñas o los adolescentes es responsabilidad del Estado en su conjunto a través de las autoridades públicas, quienes tienen la obligación de informar, oficiar o conducir ante la policía, las defensorías de familia, las comisarías de familia o en su defecto, los inspectores de policía o las personerías municipales o distritales, a todos los niños, las niñas o los adolescentes que se encuentren en condiciones de riesgo o vulnerabilidad. Cuando esto ocurra, la autoridad competente deberá asegurarse de que el Sistema Nacional de Bienestar Familiar garantice su vinculación a los servicios sociales.

Ley 1098 de 2006 Código de Infancia y Adolescencia Artículo 139 SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL PARA ADOLESCENTES. El sistema de responsabilidad penal para adolescentes es el conjunto de principios, normas, procedimientos, autoridades judiciales especializadas y entes administrativos que rigen o intervienen en la investigación y juzgamiento de delitos cometidos por personas que tengan entre catorce (14) Y dieciocho (18) años al momento de cometer el hecho punible.

Ley 1098 de 2006 Código de Infancia y Adolescencia Artículo 140 FINALIDAD DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD, PENAL PARA ADOLESCENTES. En materia de responsabilidad penal para adolescentes tanto el proceso como las medidas que se tomen son de carácter pedagógico, específico y diferenciado respecto del sistema de adultos, conforme a la protección integral. El proceso deberá garantizar la justicia restaurativa, la verdad y la reparación del daño. En caso de conflictos normativos entre las disposiciones de esta ley y otras leyes, así como para todo efecto hermenéutico, las autoridades judiciales deberán siempre privilegiar el interés superior del niño y orientarse por los principios de la protección integral, así como los pedagógicos, específicos y diferenciados que rigen este sistema. PARÁGRAFO.- En ningún caso, la protección integral puede servir de excusa para violar los derechos y garantías de los niños, las niñas y los adolescentes

Analizar la viabilidad de las siguientes decisiones: ¿Qué establece el Manual de Convivencia? Además de establecer el reintegro. ¿En qué consiste el programa de apoyo del ICBF? ¿Sería solución cambiarla de jornada? Realizado el Debido Proceso ¿qué ventajas y desventajas tiene la cancelación de la matrícula? ¿Qué hacer frente al retiro voluntario?