Memorando de Entendimiento

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Transcripción de la presentación:

Memorando de Entendimiento Cláusula A. El presente documento no es un contrato. Por consiguiente, de ninguna de sus cláusulas surgen obligaciones. Cualquiera de las Partes que pretenda que este documento tiene fuerza vinculante será considerada de mala fe. Cláusula B. El presente documento tiene por objeto exclusivo describir las aspiraciones de las Partes en cuanto a la posible compra y venta de la sociedad Casa de Discos El Torero, S.A. (en adelante “El Torero”), y organizar las revisiones que El Comprador hará de todo lo relativo a El Torero para decidir si compra o no las acciones de la misma dentro del plazo previsto en la Cláusula H. Cláusula C. El Vendedor se obliga a poner a disposición del Comprador en una “data room” y por un término perentorio de 14 días contados a partir de la suscripción de esta declaración de intenciones toda la información necesaria y pertinente para que éste pueda emprender una “due diligence” y decidir si compra o no El Torero. Dicha información comprenderá respuestas de Luís Procopiak a preguntas del Comprador. Cláusula D. El Comprador se obliga a mantener toda la información que reciba del Vendedor para la revisión de El Torero estrictamente confidencial. Cláusula E. El Comprador declara que cuenta con los fondos requeridos para pagar un precio no inferior a USD 540 millones por la totalidad de las acciones de El Torero. Cláusula F. El Vendedor declara que los siguientes grupos y cantantes seguirán, dentro de los esquemas contractuales aplicables y conforme a sus mejores esfuerzos, vinculados a El Torero: Los Caminodos, Jason Mayer Felipe Merizalde, José Miguel García Restrepo, Brigita Simões y Enrique Bacano. Cláusula G. Las Partes se obligan a mantener el texto del presente contrato estrictamente confidencial, salvo las excepciones legales. Cláusula H. El Vendedor se obliga a garantizar un derecho de exclusividad a favor del Comprador por 28 días contados a partir de la firma del presente contrato. Cláusula I. Cualquier y cada incumplimiento de las obligaciones comprendidas en las cláusulas anteriores dará lugar a la resolución del contrato y al pago de una multa equivalente a los beneficios netos de un año del Torero. Cláusula J. Este contrato se regirá por los principios comunes del derecho de las obligaciones de las naciones latinoamericanas. Cláusula K. Toda desavenencia que pueda surgir del presente contrato o tenga relación con el mismo, en caso de no poder ser resuelta amistosamente mediante mediación de un árbitro calificado en un plazo de 44 días contados desde la notificación formal de dicha desavenencia, será sometida a la Asociación de la Corte de Arbitraje Internacional de Inversiones de París para su resolución contractual por tres árbitros nombrados de conformidad con el Reglamento de Arbitraje de dicha institución. La sede de ambos arbitrajes será la ciudad de Bogotá, D.C.. El idioma del arbitraje será el castellano. Toda decisión del tribunal arbitral podrá ser objeto de apelación ante la jurisdicción competente. Cláusula L. Luís Procopiak garantizará las obligaciones asumidas por el Vendedor para con el Comprador en este y futuros contratos.

Cronología del caso: “La increíble historia del olvido del Bombillo” Año 2011 Demandante atraviesa un escándalo de malversación de fondos Valuación de la Discográfica en más de U$S 400 millones. Beneficios netos para Procopiak de U$S 84 millones. Año 2012 Procopiak decide vender la Discográfica por problemas de memoria 24 de febrero de 2012 “El Día” publica rumores sobre la posible compra de la Discográfica por Off the Records y sobre la posible partida de Bacano y Los Caminodos 11-12 de octubre de 2012 Procopiak llama a Mantilla para conocer si continuaba interesado en comprar la Discográfica Mantilla toma un avión inmediatamente de París a Bogotá 13 de octubre de 2012 Reunión de 18 minutos sobre la venta del Torero entre Procopiak y Mantilla 14 de octubre de 2012 Firma del Contrato (Memorando de Entendimiento) 16 de octubre de 2012 Demandante inicia revisión del data room para hacer due diligence Procopiak entrega copia del Contrato a “El Día” 16-17-18 de octubre de 2012 “El Día” publica todo el Contrato. Insiste en que dada la salida de Procopiak del Torero, Los Caminodos y Bacano podrían firmar con Off the Records 24 de octubre de 2012 Conferencia Enrique Bacano anunciando que dada la posible venta de la Discográfica al Demandante, había firmado con Off the Records 28 de octubre de 2012 Vencimiento del plazo para que los Demandados suministren al Demandante data room para hacer due diligence 31 de octubre de 2012 Carta del Demandante al Demandado notificando incumplimiento de obligaciones contractuales e intimando a cumplir 1 de noviembre de 2012 Procopiak vende sus acciones de la Discográfica a Off The Records 4 de noviembre de 2012 Contestación de los Demandados informando sobre el “olvido” y la venta a Off the Records 6 de noviembre de 2012 “El Día” publica noticia sobre el olvido 11 de noviembre de 2012 Vencimiento del plazo de exclusividad a favor del Claustro 14 de noviembre de 2012 Presentación de solicitud de arbitraje contra Procopiak y El Torero 15 de noviembre de 2012 Notificación de la solicitud de arbitraje a los Demandados 14 de diciembre de 2012 Demandadas contestaron solicitud de arbitraje