F.Ziad.

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
COMISIÓN AUTONÓMICA CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO
Advertisements

DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS PACIENTES Y PERSONAL DE SALUD
Riberalta, Beni – Bolivia.
XI Reunión de Responsables de Sistemas de Información
Presentación Derechos sexuales y reproductivos
LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
1ª SESIÓN LOS DERECHOS DE LAS MUJERES Y LA IGUALDAD
Curso Taller de Fortalecimiento Ético
Vigilancia de la salud: reconocimientos médicos
IMPLICANCIA LEGAL EN EL CUIDADO DE ENFERMERÍA
Las ETT ( Empresas de Trabajo Temporal)
RELACION MEDICO PACIENTE
III Congreso Nacional FAISS Murcia, 26 de septiembre de 2008
Una posibilidad de mejora.
REFLEXIONES PREVIAS Es una actividad sujeta a una normativa específica. Seguridad y Salud basada en la Conducta.
DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS
Decisiones sanitarias en adolescentes: aspectos éticos y legales
Convenio sobre libertad sindical y protección del derecho de sindicación núm. 87 María Marta Travieso Servicio de Libertad Sindical OIT.
Cupo de Endeudamiento – Septiembre de La salud en Bogotá Un problema de acceso y equidad Adriana Rodríguez Castillo Adriana Rodríguez Castillo Secretaría.
Ética y Humanismo en Cuidados Paliativos
ASPECTOS ETICOS INVOLUCRADOS EN LA INVESTIGACION
Diane Richler Presidenta Inclusion International
Las MATEPSS Y LA IT por contingencia común
E. RIAL-SEBBAG, F. TABOULET CALASS, Bruxelles sept.2008
JUAN VILLENA VIZCARRA HNGAI UNMSM
EL DERECHO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
REGLAMENTO DE INVESTIGACIÓN DE LA LEY GENERAL DE SALUD 1984
EL CONCEPTO DE CONSTITUCIÓN
PROGRAMA MARCO DE PREVENCIÓN Y CONTROL DEL ABSENTISMO ESCOLAR
TEMAS FUNDAMENTALES DE LA CONVENCION: DERECHOS HUMANOS
REAL DECRETO1246/2008, DE 18 DE JULIO, POR EL QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN, REGISTRO Y FARMACOVIGILANCIA DE LOS MEDICAMENTOS VETERINARIOS.
CULENDARIO 2007 Para los Patanes.
JORNADA DE CAPACITACIÓN
La Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares.
Declaración Universal de los Derechos Humanos
Tema 7 Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Ley 54/2003, de reforma del marco normativo de la Prevención de Riesgos Laborales.
Los fundamentos éticos de las decisiones compartidas: los límites de la persuasión Màrius Morlans Molina Hospital Universitari Vall d’Hebron La decisión.
Ilustre Colegio de Abogados del Señorío de Bizkaia 5 de julio de 2013
PREGUNTAS TEST JORNADA LABORAL
EL DERECHO DEL NIÑO A SER ESCUCHADO
Confidencialidad y consentimiento en salud mental infanto-juvenil
CONSENTIMIENTO INFORMADO
DERECHOS HUMANOS Lección V.
CODIGO DE ETICA PROFESIONAL
Códigos de Bioética Medica
La bioética y sus principios
¿CUÁLES SON LOS DERECHOS FUNDAMENTALES? Los derechos fundamentales son los recogidos en los Capítulos I y II del Título I de la CE en cuanto participan.
PRESTACIONES SANITARIAS BÁSICAS
E T I C A ETICA (griego) ETHOS: Conducta, comportamiento
LA NORMALIZACIÓN DE LAS ÚLTIMAS VOLUNTADES Y EL DERECHO A LA INFORMACIÓN Dra. Esther Busquets i Bou Subdirectora General de Serveis Sanitarios Departament.
ASPECTOS ETICOS EN LA INVESTIGACION.
LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
ASPECTOS LEGALES DE LA INFORMACIÓN
EVALUACIÓN DEL IMPACTO DE GÉNERO
Aspectos éticos y legales en el cuidado del paciente crítico
AREA: FORMACIÓN CIUDADANA Y CÍVICA
Ley de Servicios Sociales de Andalucía 1 Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales Ley de Servicios Sociales de Andalucía 22 de julio de 2014.
1.2 Del Estado liberal al Estado Social de Derecho
de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad
CONSENTIMIENTO INFORMADO
PROCESO DE ATENCIÓN DE ENFERMRÍA
Existencia de una serie de derechos que surgen como consecuencia de la situación particular de la enfermedad. LA ENFERMEDAD ES UN SITUACION ESPECIAL EN.
E T I C A, BIOETICA Y LEGISLACION EN SALUD
La bioética en el ensayo clínico
Lo que se regula en el Modus Vivendi son las relaciones entre la Iglesia Católica en nuestro país y el Estado Ecuatoriano. Como se trata de un Tratado.
MÓDULO AMBIENTE TERAPÉUTICO
Consideraciones éticas
CONSENTIMIENTO INFORMADO ARTICULOS DE NUESTRO CÓDIGO DE ÉTICA.
La asistencia sanitaria a menores PAUTAS PARA LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS.
Capacidad y Consentimiento Informado Robert T. Hall, Ph.D. Facultad de Filosofía, UAQ.
Transcripción de la presentación:

F.Ziad

La autonomía del paciente ¿El paciente decide? Perspectivas históricas de la autonomía del paciente en la práctica médica F.Ziad

Relación médico-paciente Muchos siglos Tradición hipocrática Modelo vertical ¿Si hay que conseguir La salud del enfermo a toda costa? Paternalismo médico Gira alrededor del médico Principio de la beneficencia * Genuino * Solicitado * No solicitado Testigo de Jehová Información Elemento accesorio. Información terapéutica EEUU Usuarios Modelo horizontal F.Ziad

Relación médico-paciente EEUU Usuarios Modelo horizontal España Paciente como centro de decisión CE 78 LGS de 1986 Principio de la autonomía Ley 41/2002 Información Jurisprudencia “dio realidad legislativa al” Consentimiento informado 1995 F.Ziad

El término “autonomía” Del griego: Significa literalmente “darse a sí mismo o regirse por normas propias” F.Ziad

El principio de autonomía Kant : La capacidad del sujeto para gobernarse por una norma que él mismo acepta sin coacción externa , una norma que debe ser universalizada por la razón humana. Mill: La ausencia de coacción en la capacidad de acción y pensamiento del individuo. F.Ziad

El principio de autonomía Engelhardt: “Todo hombre merece ser respetado en las decisiones no perjudiciales a otros”. Llega a la formulación: “No hagas a otros lo que ellos no harían a si mismos y haz por ellos lo que te has puesto de acuerdo mutuamente en hacer”. F.Ziad

Requisitos Una acción autónoma no debe ser forzada. La noción de autonomía supone que para poder tomar una decisión se necesita poseer opciones reales. Para que la toma de decisiones sea autónoma, el paciente deberá poseer toda la información relevante. F.Ziad

Relación médico-paciente Modelo vertical El médico cono eje de la situación. Principio de beneficencia La información pasa a un segundo plano. Información terapéutica. Modelo horizontal El paciente como centro de decisión. Principio de autonomía La información pasa a primer plano. Consentimiento informado. F.Ziad

Normativas relacionadas con la autonomía del paciente Ámbito Internacional Ámbito estatal Ámbito autonómico F.Ziad

Ámbito Internacional La Carta de las Naciones Unidas, firmada en San Francisco el 26 de julio de 1945. “Reafirmar su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana, en la igualdad de los derechos de hombres y mujeres y de las naciones grandes y pequeñas”. F.Ziad

Ámbito Internacional Declaración Universal de Derechos Humanos del año 1948. Adoptada y proclamada por la Asamblea General de las N.U. Ha sido punto de referencia obligado para todos los textos constitucionales promulgados posteriormente. F.Ziad

Ámbito Internacional Código de Nürenberg de 1946. Una clara afirmación de que cualquier investigación debe tener en cuanta el verdadero consentimiento. Que no basta con una libre aceptación de la participación en la investigación sino que , además , el que va a ser sometido a ella debe ser adecuadamente informado. F.Ziad

Ámbito Internacional El Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales de 4 de noviembre de 1950. Carta Social Europea de 8 de octubre de 1961 Declaración de Helsinki de 1964(revisada en Tokio el año 1975). Pacto Internacional de derechos civiles y políticos y el Pacto Internacional de derechos económicos, sociales y culturales de 16 de diciembre de 1966. F.Ziad

Ámbito Internacional Informe Belmont , 30 de septiembre de 1978 (Principios éticos y orientación para la protección de sujetos humanos en la experimentación) Límites entre práctica e investigación. Principios éticos básicos. Respeto a las personas. Aplicaciones. Consentimiento informado. F.Ziad

Informe Belmont-1978 Principios éticos básicos. Respeto a las personas. (dos convicciones): Que todos los individuos deben ser tratados como agentes autónomos. Que todas las personas cuya autonomía está disminuida tienen derecho a la protección. F.Ziad

Informe Belmont-1978 Aplicaciones . Consentimiento informado. (tres elementos): Información: Compresión: Voluntariedad: F.Ziad

Ámbito Internacional La Convención Europea para la Protección de los Derechos Humanos y de la Dignidad del Ser Humano frente a las aplicaciones de la Biología y de la Medicina, del Consejo de Europa.(Convenio de Oviedo / 4 de abril de 1997). F.Ziad

Convenio de Oviedo 4 de abril de 1997 Ha entrado en vigor en el Reino de España el 1 de enero de 2000. Es el primer instrumento internacional con carácter jurídico vinculante para los países que lo suscriben. Su especial valía reside en el hecho de que establece un marco común para la protección de los derechos humanos y la dignidad humana en la aplicación de la biología y la medicina. F.Ziad

Convenio de Oviedo 4 de abril de 1997 Capítulo I / Disposiciones generales: Art. 2 Primacía del ser humano. “El interés y el bienestar del ser humano deberán prevalecer sobre el interés exclusivo de la sociedad o de la ciencia”. Capítulo II / Consentimiento: Regla general. Deseos expresados anteriormente. F.Ziad

Ámbito Nacional CE de 1978: Art. 43.2 “Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. La ley establecerá los derechos y deberes de todos al respecto”. F.Ziad

Ámbito Nacional CE de 1978: Art. 51.2 “Los poderes públicos promoverán la información y la educación de los consumidores y usuarios, fomentarán sus organizaciones y oirán a éstas en las cuestiones que puedan afectar a aquellos , en los términos que la ley establezca”. F.Ziad

Ámbito Nacional Ley 14/1986 LGS, 25 de abril : Art. 9 “Los poderes públicos deberán informar a los usuarios de los servicios del sistema sanitario público o vinculado a él, de sus derechos y deberes”. F.Ziad

Ámbito Nacional Ley 14/1986 LGS, 25 de abril : Art. 10 . Todos tienen los siguientes derechos con respecto a las distintas administraciones públicas sanitarias: 5. “A que se le dé en términos comprensibles, a él y a sus familiares o allegados, información completa y continuada, verbal y escrita sobre su proceso, incluyendo diagnóstico, pronóstico y alternativas de tratamiento”. F.Ziad

Ámbito Nacional Ley 14/1986 LGS, 25 de abril : Art. 10 . Todos tienen los siguientes derechos con respecto a las distintas administraciones públicas sanitarias: 6. “A la libre elección entre las opciones que le presente el responsable médico de su caso, siendo preciso el previo consentimiento escrito del usuario para la realización de cualquier intervención , excepto en los siguientes casos: F.Ziad

Ámbito Nacional Ley 14/1986 LGS, 25 de abril : Cuando la no intervención suponga un riesgo para la salud pública. Cuando no esté capacitado para tomar decisiones, en cuyo caso el derecho corresponderá a sus familiares o personas a él allegadas. Cuando la urgencia no permita demoras por poderse ocasionar lesiones irreversibles o existir peligro de fallecimiento. F.Ziad

Ámbito Nacional Ley 14/1986 LGS, 25 de abril : Art. 61 “En cada Área de Salud debe procurarse la máxima integración de la información relativa a cada paciente,.....” F.Ziad

Ámbito Nacional Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter personal. Ley 41/2002 ,de 14 de noviembre,la Ley de Autonomía. Ley 44/2003 de 22 de noviembre de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (art.5.e). Ley 55/2003 de 16 de diciembre , de Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud(art.19). F.Ziad

Ámbito autonómicas Cataluña: Ley 21/2000, 29 de diciembre Galicia: Ley 3/2001, de 28 de mayo, Aragón: Ley 6/2002, de 15 de abril Aragón: Decreto 100/2003, de 6 de mayo C.Valenciana: Ley 1/2003 F.Ziad

Ámbito autonómicas Cataluña: Ley 21/2000, 29 de diciembre, sobre los derechos de información concernientes a la salud y la autonomía del paciente, y la documentación clínica. F.Ziad

Ámbito autonómicas Galicia: Ley 3/2001, de 28 de mayo, reguladora del consentimiento informado y de la historia clínica de los pacientes. F.Ziad

Ámbito autonómicas Aragón: Ley 6/2002, de 15 de abril, Capitulo III. Del respeto al derecho a la autonomía del paciente. art. 12.- El consentimiento informado. art. 15.- las voluntades anticipadas. F.Ziad

Ámbito autonómicas Decreto 100/2003, de 6 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y el funcionamiento del Registro de Voluntades Anticipadas. F.Ziad

Ámbito autonómicas C.Valenciana: Ley 1/2003, de derechos e información al paciente dispone que “la información se facilitará con la antelación suficiente para que el paciente pueda reflexionar con calma y decidir libre y responsablemente, Y en todo caso, al menos 24h. antes del procedimiento correspondiente, siempre que no se trate de actividades urgentes......”. F.Ziad

Relación médico-paciente EEUU Modelo vertical Modelo horizontal España Paciente como centro de decisión ¿Vía intermedia? Principio de la autonomía Información ¿Es contrario a nuestra Cultura mediterránea y latina? Consentimiento informado F.Ziad

¿Doctor, si usted fuera yo, que haría? F.Ziad