REFORMA DE TELECOMUNICACIONES PREPONDERANCIA Francisco Búrquez Valenzuela S E N A D O R.

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Transcripción de la presentación:

REFORMA DE TELECOMUNICACIONES PREPONDERANCIA Francisco Búrquez Valenzuela S E N A D O R

Monopolios: Preponderancia Ejecutivo y PRI mandan una señal clara de pacto a favor de los monopolios, dándoles oportunidad de seguir defendiéndose al amparo de redacciones ambiguas que provocarán litigiosidad como el caso de la preponderancia. EMPRESAS PREPONDERANTES EMPRESAS MONOPÓLICAS EMPRESAS CON PODER SUSTANCIAL EN EL MERCADO

Empresas Monopólicas: Preponderancia Dado que el objetivo es combatir monopolios, la redacción del artículo 3 fracción XLV es el corazón de la Reforma; fallar en este artículo es fallar en la Reforma. El poder monopólico se ejerce en mercados específicos; es decir, en donde se tienen productos y/o servicios similares que se sustituyen entre sí.

Dado que el objetivo es combatir monopolios, la redacción del artículo 3 fracción XLV es el corazón de la Reforma, fallar en este artículo es fallar en la Reforma. La Ley de Competencia define a un mercado relevante sujeto de análisis como aquel cuyos productos y servicios sean similares o que se sustituyan entre sí. Empresas Monopólicas: Preponderancia

Redacción Constitucional VS Redacción Proyecto de Dictamen En la redacción del proyecto de dictamen de la iniciativa del ejecutivo se utilizó la misma definición de preponderancia que en la Constitución, donde se expresa claramente que la preponderancia es por servicio, solo que se intercambia ilógicamente la palabra servicio por sector. Redacción Constitucional vs Redacción de Proyecto de Dictamen

Redacción Constitucional VS Redacción Proyecto de Dictamen Redacción Constitucional vs Redacción Proyecto de Dictamen Octavo Transitorio Fracción III Se considerará como agente económico preponderante, en razón de su participación nacional en la prestación de los servicios de radiodifusión o telecomunicaciones, a cualquiera que cuente, directa o indirectamente, con una participación nacional mayor al cincuenta por ciento, medido este porcentaje ya sea por el número de usuarios, suscriptores, audiencia, por el tráfico en sus redes o por la capacidad utilizada de las mismas, de acuerdo con los datos con que disponga el Instituto Federal de Telecomunicaciones. REFORMA CONSTITUCIONAL Art. 3.- … XLV. Preponderancia: Participación nacional en los sectores de radiodifusión o telecomunicaciones de cualquier agente económico que cuente, directa o indirectamente, con una participación mayor al cincuenta por ciento en el sector que corresponda, medido este porcentaje ya sea por el número de usuarios, suscriptores, audiencia, por el tráfico en sus redes o por la capacidad utilizada de las mismas, de acuerdo con los datos con que disponga el Instituto. PROYECTO DE DICTAMEN A LA INICIATIVA DEL EJECUTIVO

VIDRIO VARILLAS AZULEJO CEMENTO Ejemplo: SECTOR CONSTRUCCIÓN Si se considera analizar el poder monopólico de cementeras se debe hacer analizando el mercado del cemento y no todo el sector de la construcción. … no se pueda sustituir un saco de cemento por una varilla de hierro.

TORTA BEBIDA ALCOHÓLICA AGUA EMBOTELLADA REFRESCOS Si se quisiera analizar el poder monopólico de las refresqueras, habría que hacerlo analizando el mercado de los refrescos; hacerlo por sector sería un esfuerzo infructuoso. …el producto refresco nada tiene que ver con una torta. Ejemplo: SECTOR DE ALIMENTOS Y BEBIDAS

TELEFONÍA FIJA TV RESTRINGIDA TELEFONÍA MÓVIL INTERNET Tampoco se debería considerar al sector de telecomunicaciones como un todo. …existen claras diferencias en ver televisión que hacer una llamada telefónica. Ejemplo: SECTOR TELECOMUNICACIONES

RADIO TV ABIERTA Si se quisiera establecer un monopolio preponderante en el sector de radiodifusión, jamás podría considerarse preponderante por no tener el 50% del sector. … existe una clara diferencia entre ver televisión y escuchar la radio. Ejemplo: SECTOR RADIODIFUSIÓN

SECTOR TELECOMUNICACIONES SECTOR RADIODIFUSIÓN Una nueva tendencia de la industria es la convergencia que está generando un nuevo mercado que ofrece servicios integrados como cuádruple play y que no pertenece exclusivamente al sector telecomunicaciones y radiodifusión; a los monopolios de este nuevo mercado tampoco se les podrá aplicar la preponderancia si se hace por sector. SERVICIO CONVERGENTE

POR SECTORPOR SERVICIO Agentes monopólicos Evitan ser regulados como preponderantes. Serán regulados como preponderantes en todos aquellos servicios donde tengan más del 50%. Empresas medianas y nuevos entrantes No podrán competir efectivamente en algunos mercados contra empresas monopólicas. Podrán competir efectivamente en mercados donde hay preponderantes que estarían regulados. Consumidores En algunos mercados se enfrentarían con poca competencia y precios altos. Contarían con mercados competitivos con precios bajos y buena calidad. PREPONDERANCIA, ¿QUIÉNES GANAN?

Sen. Francisco Búrquez Valenzuela REFORMA DE TELECOMUNICACIONES PREPONDERANCIA Francisco Búrquez Valenzuela S E N A D O R