María Silvia Villaverde C.A.S.I. Infancia y adolescencia La respuesta bonaerense Colegio de Abogados de San Isidro Instituto de Derecho de Familia.

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Transcripción de la presentación:

María Silvia Villaverde C.A.S.I. Infancia y adolescencia La respuesta bonaerense Colegio de Abogados de San Isidro Instituto de Derecho de Familia

María Silvia Villaverde C.A.S.I. Una nueva protección

María Silvia Villaverde C.A.S.I. HITOS

María Silvia Villaverde C.A.S.I. Doctrina de Protección Integral 1979 Año Internacional del Niño Decisión de elaborar la Convención Internacional de los Derechos del Niño: Gran debate de 10 años

María Silvia Villaverde C.A.S.I. Doctrina de Protección Integral 1985 Año Internacional de la Juventud Producción de un importante conjunto de instrumentos de la normativa internacional: –1. Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de la Justicia de Menores (Reglas de Beijing) –2. Directrices de las Naciones Unidas para la Prevención de la Delincuencia –Juvenil (Directrices de Riad) –3. Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la Protección de los Jóvenes Privados de Libertad.

María Silvia Villaverde C.A.S.I. Art.10 Ley Principios interpretativos Dec.300/05 (art.10) En cada unidad operativa del Sistema de Promoción y Protección Integral de los Derechos de los Niños definido en el art.14 Ley deberá estar a disposición de los operadores del Sistema y de las personas que requieran sus servicios: –el texto de la Convención sobre Derechos del Niño –el texto de la Ley y de su decreto reglamentario 300/05 –el texto de las reglas y directrices que la ley establece principios interpretativos en su art.10: Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de la Justicia de Menores (Reglas de Beijing) Directrices de las Naciones Unidas para la Prevención de la Delincuencia Juvenil (Directrices de Riad) Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la Protección de los Jóvenes Privados de Libertad.

María Silvia Villaverde C.A.S.I. Significado de la Convención sobre los Derechos del Niño Cambio significativo en la manera de mirar a los chicos Los niños dejan de ser “objetos de protección” y se los reconoce como “sujetos de derechos” Antes, la atención de los niños y sus problemas fue vista desde la perspectiva de la compasión, la caridad, la filantropía… Ahora, se desplaza la discrecionalidad en las intervenciones PORQUE SE PROTEGE DESDE UN ORDENAMIENTO LEGAL Guia de protección catalogo de derechos sustanciales y procesales ≠ proteger desde los derechos (protección es reglada) y desde la persona (protección es discrecional) El enfoque de derechos establece responsabilidades y obligaciones. La exigibilidad y la rendición de cuentas

María Silvia Villaverde C.A.S.I. PROTECCION REGLADA PROTECCION o tutela DISCRECIONAL PROTECCION REGLADA Para proteger a un sujeto de derechos precisamente desde un ordenamiento legal habrá que respetarle sus derechos y cuando se encontraren amenazados o vulnerados, restablecerlos Guía de la protección resulta ser el mismo catálogo de sus derechos –Procesales –Sustanciales

María Silvia Villaverde C.A.S.I. ¿Un nuevo contrato social?

María Silvia Villaverde C.A.S.I. TRIADA Sujetos protectores Familia: Objetivo del sistema (art.3 L13298 – Dec.300/05) Comunidad: de la que el niño es parte, que a través de sus redes sociales cumplirán un importante papel para integrarlo y así impedir o evitar su exclusión. Estado: habilitante –un Estado que no reemplaza a las familias que no alcanzan a dar respuesta a la crianza de sus hijos –que ante el debilitamiento y dispersión familiar, –no barre lo poco que queda, terminando de consolidar la desintegración a través de soluciones fragmentadas, –sino que apunta a su fortalecimiento (art.34 L 13298)

María Silvia Villaverde C.A.S.I. Jueces y padres Ya no son dos poderes que según las circunstancias se reemplazan el uno al otro para gobernar a un niño que no opina (art.12 CDN, arts. 4 L y 3 L13634) Sujetos que deben cumplir, si es necesario en forma conjunta, con los derechos de otro sujeto: el niño. Para ello debe reformularse el rol del Estado en la tríada propuesta y la implementación de sus políticas (L 13298)

María Silvia Villaverde C.A.S.I. Estado Para ello debe reformularse el rol del Estado en la tríada propuesta y la implementación de sus políticas.

María Silvia Villaverde C.A.S.I. “El Comité considera que cuando se reconoce el derecho de la niñez a expresar sus opiniones y a participar en varias actividades, conforme a su capacidad en evolución, se benefician la niña, el niño, la familia, la comunidad, la escuela, el Estado y la democracia. Hablar, participar, que las opiniones de una/o se tomen en cuenta. Estas tres frases secuencian el goce del derecho a participar desde un punto de vista funcional. Lo que significa este derecho, con un cariz nuevo y más profundo, es que se debe establecer un nuevo contrato social. Un contrato por el cual se reconoce plenamente que la niñez está endilgada de derechos, que no solamente tiene derecho a ser protegida sino también a participar en todo asunto que le afecta; un derecho que puede considerarse simbólico del reconocimiento de que la niñez está dotada de derechos. A la larga, esto conlleva cambios en las estructuras políticas, sociales, institucionales y culturales”.

María Silvia Villaverde C.A.S.I. Niñas, niños y adolescentes que participan Art.12 CDN Recomendaciones del Comité de los derechos del niño (ONU) luego del Día de Debate General sobre el derecho del niño a ser escuchado (29/9/2006) Para profundizar el debate de estos temas, el Comité formó dos grupos de trabajo sobre los siguientes subtemas que conciernen al artículo 12: – La niñez como participante activa en la sociedad – El derecho de la niñez a ser escuchada en procedimientos judiciales y administrativos

María Silvia Villaverde C.A.S.I. CDN CDN es mayor de edad: Cumplió los dieciocho el 20 de noviembre pasado  Pero  Se siguen aplicando leyes tutelares  Persisten prácticas de la doctrina de la situación irregular: institucionalización sanciones extremas  Falta información y formación suficiente y adecuada

María Silvia Villaverde C.A.S.I. Responsabilidad internacional del Estado Control de constitucionalidad: –CDN (art.75 inc.22 CN) Control de convencionalidad: –Art.27 de la Convención de Viena

María Silvia Villaverde C.A.S.I. Adecuación local a la CDN Art.4 de la CDN Principios Generales de la CDN –Art.2 –Art.3 –Art.6 –Art.12 Leyes + Prácticas –CorteIDH y CDN

María Silvia Villaverde C.A.S.I. SISTEMA PROTECCIÓN INTEGRAL DE DERECHOS

María Silvia Villaverde C.A.S.I. LEYES + INSTITUCIONES

María Silvia Villaverde C.A.S.I. LEYES

María Silvia Villaverde C.A.S.I. Ley de Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia Sistema de responsabilidad penal para adolescentes Otras leyes relacionadas: revisión en clave de CDN Adecuación legislativa a la CDN

María Silvia Villaverde C.A.S.I. Ley de Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia Sistema de responsabilidad penal para adolescentes Otras leyes relacionadas: revisión en clave de CDN Adecuación legislativa a la CDN Ley Código Civil Código Procesal Ley

María Silvia Villaverde C.A.S.I. Ley originaria Título I Principios Generales Capítulo Único: Objeto y finalidad (arts. 1 a 13) Título II –Capítulo I Del Sistema de Promoción y Protección Integral de Derechos (arts.14-15) –Capítulo II De los Órganos Administrativos (arts. 16 a 28) Servicios Locales de Protección de Derechos (arts.18 a 22) Comisión de Coordinación y Optimización de Recursos (art.23) Observatorio Social (art.24) Del Registro de Organizaciones (arts. 25 a 28) –Capítulo III De los Programas de Promoción y Protección de Derechos (arts.29 a 31) –Capítulo IV Medidas de Protección Integral de Derechos (arts.32 a 36) –Capítulo V Del procedimiento (arts.37 a 39) Parte Segunda Órganos y competencias judiciales (arts.40 a 62) –Capítulo I Del Fuero del Niño (arts.40 a 41) –Capítulo II Principios Generales del Procedimiento (arts.42 a 46) –Capítulo III Competencia Civil (arts.47 a 52) –Capítulo V Procedimiento Penal (arts.53 a 62) Disposiciones complementarias y transitorias (arts.64 a 71)

María Silvia Villaverde C.A.S.I. Su historia sancionada el 29/12/2004 publicada B.O. 27/1/2005 promulgada por el decreto 66/2005[1] que la vetó parcialmente el 14/1/2005[1] reglamentada por el decreto 300/2005, publicado B.O: 23/3/2005[2].[2] suspensión cautelar por SCBA: desde el 7/2/2005 hasta el 18/4/ /4/2007: SCBA rechazó el recurso de revocatoria in extremis interpuesto por la Procuradora General contra la Resolución Nro. 55 del 28/2/2007 el art.67 deroga el Decreto-ley /83 sobre el Patronato de Menores bonaerense.

María Silvia Villaverde C.A.S.I. Ley B.O. 2/12/2007 Vigencia arts.92 y 93 1/12/2007 art. 98: esta ley es complementaria de la ley modificó los arts. 33, y 35 inc.h derogó el segundo párrafo del art. 22, el art.28 inc.d y los arts. 63, 65 y 66

María Silvia Villaverde C.A.S.I. Ley Título I Principios generales del fuero de familia y del fuero penal del niño. (arts.1 a 7) Título II Fuero de familia –Capítulo I De los órganos jurisdiccionales (arts.8 a 14) –Capítulo II Del Proceso de Familia (arts.15 a 17) Título III Fuero de la responsabilidad penal juvenil –Capítulo I De los órganos judiciales (arts.18 a 31) –Capítulo II Disposiciones generales del proceso penal (arts.32 a 37) –Capítulo III Investigación Preliminar Preparatoria (arts.38 a 51) –Capítulo IV Juicio (arts. 52 a 58) –Capítulo V De los recursos Sección I Recurso de apelación (arts. 59 y 60) Sección II Recurso contra el fallo (arts.61 y 62) –Capítulo IV De los niños inimputables (arts.63 a 65) –Capítulo VII De las causas seguidas a niños y mayores (arts. 66 y 67) –Capítulo VIII Medidas judiciales de integración (arts.68 a 85) Disposiciones finales (arts.86 a 110)

María Silvia Villaverde C.A.S.I. Prórrogas Dec.3438 B.O. 30/11/2007 –1/6/2008 Arts.92 y 95 Ley B.O. 28/1/2008 –1/12/2008 Art.95 Ley B.O. 13/5/2008 –1/12/2008 Arts.92, 93 y 95

María Silvia Villaverde C.A.S.I. INSTITUCIONES

María Silvia Villaverde C.A.S.I. Las personas pasan LAS INSTITUCIONES QUEDAN… ¿COMO QUEDAN?… DEPENDE DE las personas que pasan…

María Silvia Villaverde C.A.S.I. La adecuación legislativa no alcanza Creación y reforma de las instituciones harán posible ponerla en vigencia

María Silvia Villaverde C.A.S.I. Clave de la ampliación y reforma de las instituciones del sistema

María Silvia Villaverde C.A.S.I. Principio de corresponsabilidad Reforma y ampliación de red institucional en clave de corresponsabilidad Art y 4 Dec.300/05 Derivación

María Silvia Villaverde C.A.S.I. Un sistema de protección crea condiciones para actuar en red Exige protocolos de acción institucional en el ámbito local

María Silvia Villaverde C.A.S.I. Muchas gracias San Isidro 20/5/2008