La Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares.

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La Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares.
Transcripción de la presentación:

La Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares

Trabajadores Migratorios Movimientos migratorios Aproximadamente 175 millones de migrantes internacionales* Aproximadamente el 2.0 % de la población mundial (1 de cada 35 personas) es un migrante internacional** * Naciones Unidas División de la Población, 2000 ** Organización Internacional para la Migración, 2003

Trabajadores Migratorios Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas Relator Especial sobre los derechos humanos de los migrantes Relator Especial sobre el tráfico de personas, en especial mujeres y niños Nota No. 1 Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas a) Relator Especial sobre los derechos humanos de los migrantes: Sr. J.A. Bustamante (México) desde agosto 2005. El mandato del Relator Especial sobre los derechos humanos de los migrantes fue creado en 1999 por la Comisión de Derechos Humanos. La Comisión pidió al Relator Especial que "examinara los medios necesarios para superar los obstáculos a la protección plena y efectiva de los derechos humanos de los migrantes, incluso los obstáculos y las dificultades para el regreso de los migrantes que no poseen documentos o que se encuentran en una situación irregular". b) Relatora Especial sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños: Sra. Sigma Huda (Bangladesh). El mandato del Relator Especial sobre la trata de personas fue creado en 2004 por la Comisión de Derechos Humanos. El Relator Especial tiene el mandato de formular recomendaciones acerca de los medios de proteger los derechos de las personas víctimas de trata sobre la base de la información que reúne y recibe de fuentes pertinentes. El Relator Especial también tiene el mandato de responder de manera eficaz a información fiable sobre posibles violaciones de los derechos humanos con el fin de proteger los derechos humanos de las víctimas reales o potenciales de trata.

Trabajadores Migratorios Sobre la Convención En Diciembre de 1990, La Asamblea general aprobó la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y miembros de sus familias, que quedó abierta a la firma de todos los Estados Miembros.

Trabajadores Migratorios Entrada en vigor La Convención entró en vigor el 1 de Julio de 2003 32 Estados son parte de la Convención (al 14 de septiembre de 2005) Ratificaciones

Trabajadores Migratorios Alcance de la Convención Establece un amplio Tratado Internacional Establece normas aplicables en los Estados Partes Recoge los principios establecidos en los instrumentos de derechos humanos creados con anterioridad

Trabajadores Migratorios Alcance de la Convención Define los derechos de los trabajadores migratorios antes de partir, en el tránsito, en el estado de empleo Establece obligaciones para los paises de origen, tránsito, empleo

Trabajadores Migratorios Definición del “Trabajador Migratorio” Artículo 2, Pàrra. 1: “toda persona que vaya a realizar, realice o haya realizado una actividad remunerada en un Estado del que no sea nacional”

Trabajadores Migratorios Son considerados trabajadores migratorios: Artículo 5: (a) documentados o en situación regular si han sido autorizados a ingresar, a permanecer y a ejercer una actividad remunerada en el Estado de empleo de conformidad con las leyes de ese Estado y los acuerdos internacionales en que ese Estado sea parte;

Trabajadores Migratorios Son considerados trabajadores migratorios: Artículo 5: (b) No documentados o en situación irregular si no cumplen las condiciones establecidas en el inciso (a) de este artículo

Trabajadores Migratorios Principio Básico No discriminación

Trabajadores Migratorios Derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares Derechos Humanos básicos: Tales como… Derecho a la vida (Art. 9) Prohibición de la tortura y tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (Art. 10) Prohibición de la esclavitud (Art. 11) Libertad de pensamiento, de conciencia y de religión (Art. 12) Libertad de opinión y de expresión (Art. 13) Derecho a la libertad y la seguridad personales (Art. 16)

Trabajadores Migratorios Derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares Derechos Humanos Especificos : Tales como… -Protección contra la destrucción de los documentos de identitad y de otros documentos(Art. 21) Prohibición de expulsión colectiva (Art. 22) Derecho a afiliarse libremente a cualquier sindicato (Art. 26) Derecho a recibir atención médica urgente (Art. 28) Derecho del niño a tener un nombre, al registro de su nacimiento, a tener una nacionalidad y de acceso a la educación (Art. 29, 30)

Trabajadores Migratorios Derechos de los trabajadores migratorios documentados y de sus familiares Tales como… Derecho a establecer asociaciones y sindicatos (Art. 40) Derecho a participar en los asuntos públicos de su Estado de origen (Art. 41) Protección de la unidad de la familia del trabajador migratorio (Art. 44)

Trabajadores Migratorios Comité sobre los Trabajadores Migratorios: Artículo 72, Párra. 1: El CTM es el órgano integrado por expertos independientes que controla el cumplimiento y la aplicación de la Convención por los Estados Partes

Trabajadores Migratorios Comité sobre los Trabajadores Migratorios: Artículo 72, Párra. 1: El CTM está integrado por 10 expertos Sus miembros son elegidos por los Estados Partes

Trabajadores Migratorios Comité sobre los Trabajadores Migratorios: El CTM celebró su sesión inaugural en Marzo de 2004 El CTM examina los informes remitidos por los Estados Partes El CTM coopera con otras agencias de las Naciones Unidas y organizaciones intergubernamentales

Trabajadores Migratorios Obligaciones de los Estados Partes Artículo 7: Los Estados Partes se comprometerán, de conformidad con los instrumentos internacionales sobre derechos humanos, A respetar y asegurar a todos los trabajadores migratorios y sus familiares que se hallen dentro de su territorio o sometidos a su jurisdicción los derechos previstos en la presente Convención…

Trabajadores Migratorios Obligaciones de los Estados Partes Artículo 83: Los Estados Partes en la presente Convención se comprometen a garantizar que: Toda persona cuyos derechos o libertades reconocidos en la presente Convención hayan sido violados pueda obtener una reparación efectiva

Trabajadores Migratorios Obligaciones de los Estados Partes Artículo 84: Los Estados Partes en la presente Convención se comprometen a: Adoptar las medidas necesarias para aplicar las disposiciones de la presente Convención

Trabajadores Migratorios Obligaciones de los Estados Partes Artículo 73: Los Estados Partes en la presente Convención se comprometen a: Remitir informes periódicos al Comité sobre los Trabajadores Migratorios (CTM) acerca de la implementación de los derechos garantizados por la Convención

Trabajadores Migratorios Desafíos 1- Promover los derechos establecidos por la Convención 2- Eliminar los obstáculos que dificulten la ratificación de la Convención 3- Realización de la Convención