Ley de Acceso a la Información Pública

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Transcripción de la presentación:

Ley de Acceso a la Información Pública (Antecedentes – contenido – implicaciones) Presentado por: Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción

“El conocimiento es el verdadero órgano de la vista, no los ojos” Panchantantra (Siglo 5º)

CONTENIDO Concepto de Acceso a la Información Pública. Antecedentes del Acceso a la Información Pública en El Salvador. Ley de Acceso a la Información Pública. Beneficios de la Ley de Acceso a la Información Pública. Implicaciones institucionales de la Ley de Acceso a la Información Pública.

Concepto de Acceso a la Información Pública 1 Concepto de Acceso a la Información Pública “Las posibilidades de que una acción del gobierno sea exitosa e incida positivamente dentro de la sociedad, serán mayores si las razones para dicha acción son conocidas por el público, su diseño es claro en sus objetivos y su ejecución se considera necesaria y benéfica.” Rodolfo Vergara en “La transparencia como problema”

Concepto de Acceso a la Información Pública 1 “[…] la libertad de expresión es un elemento fundamental sobre el cual se basa la existencia de una sociedad democrática. Es indispensable para la formación de la opinión pública. Es también condición sine qua non para que los partidos políticos, los sindicatos, las sociedades científicas y culturales, y en general, quienes deseen influir sobre la colectividad puedan desarrollarse plenamente. Es, en fin, condición para que la comunidad, a la hora de ejercer sus opciones esté suficientemente informada. Por ende, es posible afirmar que una sociedad que no está bien informada no es plenamente libre” La libertad de expresión en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Numeral 70.

Concepto de Acceso a la Información Pública 1 Es un instrumento básico para la participación ciudadana en un sistema democrático. Fortalece la rendición de cuentas y la confianza en las instituciones públicas. Es un derecho humano fundamental. Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión. (Declaración de los Derechos Humanos UN – 1949)

Cronología de la Ley de Acceso a la Información Pública 1 AÑO PAIS 1766 Suecia 1888 Colombia 1951 Finlandia 1966 Estados Unidos 1970 Dinamarca Noruega 1978 Francia 1982 Australia Nueva Zelandia 1983 Canadá 1987 Austria Filipinas 1990 Italia 1991 Holanda 1992 Japón Leichtestein Hungría AÑO PAIS 1992 Ucrania España 1993 Portugal 1994 Belice Bélgica 1996 Islandia Lituania Corea del Sur 1997 Tailandia Irlanda 1998 Israel Letonia 1999 Rep. Checa Albania Georgia Grecia Trinidad y Tobago AÑO PAIS 1999 Sudáfrica 2000 Inglaterra Bosnia y Herzegovina Bulgaria Lituania Moldavia Eslovenia Estomia 2001 Polonia Rumania 2002 Panamá Pakistán México Jamaica Perú Tayikistán Uzbekistán AÑO PAIS 2002 Zimbawe Angola 2003 Croacia India Kosovo Armenia Eslovenia Turquía 2004 Rep.Dominicana Servia Suiza Ecuador 2005 Honduras 2007 Nicaragua 2008 Chile Guatemala 2011 El Salvador

Ley de Acceso a la Información en el Mundo (Transparencia Internacional – 2007)

Leyes de Transparencia en el Continente Americano (1) (1) Zaldivar, Trinidad en Transparencia en la República, hacia la Constitucionalización (IFAI). Disponible en Intyernet

2 Antecedentes de la Ley de Acceso a la Información Pública en El Salvador “Las Leyes de Acceso a la Información son una parte fundamental de un proyecto más grande: la creación de una sociedad plenamente transparente en todos sus aspectos.” Akkerman, John. Sandoval, Irma Emérita. (2008) Leyes de Acceso a la Informción en el Mundo”

Antecedentes de la LAIP en El Salvador 2 2009 2008 2010 2003 De las propuestas del FMLN y e FUSADES se elabora un Borrador Único de Ley APES inicia una campaña de divulgación sobre este derecho humano, a través de medios de comunicación masiva, que se consolidó junto con el trabajo de otras organizaciones de la sociedad civil salvadoreña, que en los últimos años han trabajado por poner el tema en la agenda pública, entre ellas PROBIDAD, FESPAD y FUNDAUNGO. FMLN presenta propuesta de Ley de Acceso a la Información pública FUSADES presenta propuesta de Ley de Acceso a la Información pública Se aprueba la Ley

Ley de Acceso a la Información Pública 3 Ley de Acceso a la Información Pública “Un gobierno popular sin información popular o con medios para que esta sea accesible constituye el prólogo de una farsa o de una tragedia, o quizás de ambas. El saber siempre debe gobernar a la ignorancia; y la población que busca ser su propio gobernante debe proveerse a sí misma con el poder que el conocimiento trae consigo.” John McMillan, 1980 (Presentado ante la Reunión de Ministros Jurídicos del Commonwealth

3.1 Objeto - Fin Fines: (Art. 3) Objeto: (Art. 1) Facilitar a toda persona el derecho de acceso a la información pública mediante procedimientos sencillos y expeditos. Propiciar la transparencia de la gestión pública mediante la difusión de la información que generen los entes obligados. Impulsar la rendición de cuentas de las instituciones y dependencias públicas. Promoción de la participación ciudadana en el control de la gestión gubernamental y la fiscalización ciudadana al ejercicio de la función pública. Modernizar la organización de la información pública. Promover la eficiencia de las instituciones públicas. Promover el uso de las tecnologías de la información y comunicación y la implementación del gobierno electrónico. Proteger los datos personales en posesión de los entes obligados y garantizar su exactitud. Contribuir a la prevención y combate de la corrupción. Fomentar la cultura de transparencia. Facilitar la participación de los ciudadanos en los procesos de toma de decisiones concernientes a los asuntos públicos. La presente ley tiene como objeto garantizar el derecho de acceso de toda persona a la información pública, a fin de contribuir con la transparencia de las actuaciones de las instituciones del Estado. Garantizar el derecho de acceso de toda persona a la información pública, a fin de contribuir con la transparencia de las actuaciones de las instituciones del Estado.

3.2 Sujetos (Entes obligados - Art. 7) Se incluye dentro de los recursos públicos aquellos fondos provenientes de Convenios o Tratados que celebre el Estado con otros Estados o con Organismos Internacionales, a menos que el Convenio o Tratado determine otro régimen de acceso a la información. Los órganos del Estado, sus dependencias Las instituciones autónomas Las municipalidades Cualquier otra entidad u organismo que administre recursos públicos, bienes del Estado o ejecute actos de la administración pública en general

3.2 Sujetos (Entes obligados - Art. 7 y 8) El ámbito de la obligación de estos entes se limita a permitir el acceso a la información concerniente a la administración de los fondos o información pública otorgados y a la función pública conferida, en su caso. Las sociedades de economía mixta y las personas naturales o jurídicas que manejen recursos o información pública o ejecuten actos de la función estatal, nacional o local tales como las contrataciones públicas, concesiones de obras o servicios públicos Las instituciones públicas cuyas leyes orgánicas o especiales estipulen que para adquirir obligaciones mediante otra ley deben ser nombradas expresamente, tales como la Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Lempa y el Instituto Salvadoreño del Seguro Social. (Art. 8) En consecuencia, todos los servidores públicos, dentro o fuera del territorio de la República, y las personas que laboren en las entidades mencionadas en este artículo, están obligados al cumplimiento de la presente ley.

Información pública (Art. 6) 3.3 Definiciones información privada concerniente a una persona, identificada o identificable, relativa a su nacionalidad, domicilio, patrimonio, dirección electrónica, número telefónico u otra análoga. Datos personales (Art. 6) (Art. 31 – 39) Información pública (Art. 6) aquella en poder de los entes obligados contenida en documentos, archivos, datos, bases de datos, comunicaciones y todo tipo de registros que documenten el ejercicio de sus facultades o actividades, que consten en cualquier medio, ya sea impreso, óptico o electrónico, independientemente de su fuente, fecha de elaboración, y que no sea confidencial. Dicha información podrá haber sido generada, obtenida, transformada o conservada por éstos a cualquier título.

3.3 Definiciones Información reservada (Art. 6) información pública que los entes obligados deberán difundir al público en virtud de esta ley sin necesidad de solicitud directa Información oficiosa (Art. 6) información pública cuyo acceso se restringe de manera expresa de conformidad con esta ley, en razón de un interés general durante un período determinado y por causas justificadas. Información reservada (Art. 6) información privada en poder del Estado cuyo acceso público se prohíbe por mandato constitucional o legal en razón de un interés personal jurídicamente protegido. Información confidencial (Art. 6)

3.4 Tipos de información Oficiosa Reservada Confidencial (Art. 10) Reservada (Art. 19 – 23) (Art. 26- 30) Confidencial (Art. 24 y 25) (Art. 26- 30)

3.3 Estructura institucional A nivel institucional Unidades de Acceso a la Información Pública (Art. 48) Instituto de Acceso a la Información Pública (Art. 51, 52, 58, 60) A nivel de recurso humano Comisionados (Art. 52-57) Todo el resto del personal Oficial de Información (Art. 49) Encargado de Archivos (Art. 43)

3.3 Estructura directiva del IAIP y de las UAI Conformación del Consejo del IAIP (Art. 53) Cinco consejales prop. y cinco suplentes (Art. 53) Conformación de las UAIP (Art. 48)

3.3 Obligaciones de los entes obligados y de las Unidades de Acceso a Información Oficial de Información (Art. 49) Encargado de Archivos (Art. 43) RRHH Lineamientos para la administración de archivos (Art. 40, 41) Disposición y actualización de archivos (Art. 44) Capacitación (Art. 45) Ventanillas (Art. 48) Gestión de la información (Art. 66-75) Clasificación de información (Art. 19, 21,22, 27, 30)(establecimiento de inf. Reservada, confidencial, versiones públicas, etc.) Procesos Adopción de medidas de protección de los datos personales (Art. 32) Creación de un Sistema de Archivos (Art. 42) Disponibilidad de la Información oficiosa en la web Digitalización de documentos Tecnología

3.4 Otros aspectos centrales 3.4 Administración de archivos Formas (Art. 40-44) Responsable (Art. 40 -44) 3.5 Procedimientos (Art. 61-75) 3.6 Sanciones (Art. 76-102)

3.7 Plazos establecidos en la Ley de Acceso a la Información Pública Asamblea Legislativa Asamblea Legislativa Asamblea Legislativa Presidente de la República Entes responsables Entes responsables Presidente de la República Presidente de la República El Instituto CIUDADANÍA Cada ente Organización y funcionamiento de los archivos (Art. 107) Aprobación de la Ley de Acceso a la Información Pública Publicación en el Diario Oficial Entrada en vigencia de la Ley (Art. 111) Emisión del Reglamento para Asambleas Sectoriales (Art. 53) Convocatoria a Asambleas Sectoriales (Art. 53) Selección de los miembros propietarios y suplentes de l IAIP (Art. 53) Designación de Comisionados (Art. 105) Inicio de funciones de Comisionados (Art. 53) Solicitud de información pública y datos personales (Art. 106) Desarrollo de Asambleas Sectoriales (Art. 53) 30 días Art. 109 30 días Art. 111 Sin plazo 15 días 30 días Día 0 Día 30 Día 90 Día 120 Día 180 Día 365 60 días 90 días 245 días Presidente de la República Cada ente Emisión del Reglamento para la Aplicación de la Ley (Art. 109) Publicación de información oficiosa (Art. 106) Cada ente Informe público que se ha establecido la estructura institucional correspondiente (Art. 106) El Instituto Cada ente Emisión de lineamientos sobre manejos de archivos y otras competencias Nombramiento del Oficial de Información (Art. 104)

Beneficios y dificultades al interior de las instituciones 4 Beneficios y dificultades al interior de las instituciones “El acceso a la información y la transparencia gubernamental vuelven más eficaces a las instituciones porque “ayudan a que las dependencias del gobierno no sean desviadas de sus objetivos públicos para servir a intereses privados, por ejemplo, los intereses de los funcionarios que las controlan”. Rodolfo Vergara en “La transparencia como problema”

Beneficios al interior de las instituciones 4 Facilita el funcionamiento organizacional. Simplifica la coordinación gubernamental. Mejora la relación sociedad – Estado.

Implicaciones y estrategia al interior de las instituciones 5 Implicaciones y estrategia al interior de las instituciones “Uno de los principales factores en el desempeño de una organización radica en un adecuado flujo de la información entre los miembros.” “Desde la perspectiva organizacional la transparencia es positiva para el desempeño de las organizaciones, sin embargo, su puesta en práctica no es sencilla e implica costos.”

Instituciones más democráticas y mas modernas 4 Implicaciones al interior de las instituciones Infraestructura Personal Procesos Cultura Financieros Tecnológicos Instituciones más democráticas y mas modernas

Implicaciones al interior de las instituciones 5 5 Implicaciones al interior de las instituciones Implicaciones al interior de las instituciones Tecnología Ámbito de los procesos Divulgación Infraestructura Gestión documental

Implicaciones al interior de las instituciones 5 Implicaciones al interior de las instituciones RRHH Oficial de Información (Art. 49) Encargado de Archivos Oficina de Información y Respuesta Centro de documentación Ventanillas Instancias Oficina de Información y Respuesta Centro de documentación Gestión de la Información Atención al usuario (ventanillas) Relaciones públicas y comunicación Monitoreo y evaluación Participación ciudadana Procesos

5 Estrategia de implementación de las instituciones (Acciones de la SSTA) Diseño y conceptualización de las Oficinas de Información y Respuesta (OIR). Enmarcar la LAIP en la política del gobierno y no la política del gobierno en la LAIP.

Estrategia de implementación de las instituciones (Propuesta SSTA) 5 Estrategia de implementación de las instituciones (Propuesta SSTA) 1 Establecimiento de mecanismo de comunicación y coordinación Levantamiento de diagnóstico institucional 2 Levantamiento de diagnóstico del estado de los archivos 3 Definición de acciones a desarrollar, responsables y fuentes de financiamiento 4 5 Ejecución (de las acciones necesarias) Implementación (de la LAIP) 6

PREGUNTAS “En todo caso la inversión vale la pena, un gobierno más transparente será también un gobierno mas eficaz, más receptivo y más cercano a la sociedad.” Rodolfo Vergara en “La transparencia como problema”