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INFORME II TRMESTRE ABRIL – JUNIO DE 2019 Circular Externa 008 de 2019.
Transcripción de la presentación:

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Decreto 064 de 2020 Dirección de Regulación de la Operación del Aseguramiento en Salud, Riesgos Laborales y Pensiones Bogotá, Febrero de 2020

DECRETO 064 DE 2020 (Aspectos regulados) Afiliación de oficio Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia DECRETO 064 DE 2020 (Aspectos regulados) Afiliación inmediata para no afiliados o con novedad de terminación de inscripción, cuando demanden servicios de salud o al momento en que sean focalizados por la entidad territorial. Afiliación de oficio 1 Afiliación recien nacidos 2 Afiliación de todo recien nacido y de sus padres no afiliados. Migrantes venezolanos con PEP vigente y sus hijos menores de edad con documento de identificación valido. Poblaciones especiales 3 Cuando el afiliado no haya cumplido con el deber de reportar esta novedad ante la EPS, ésta entidad puede repórtala directamente a la BDUA. Novedad de movilidad 4

1. Afiliación de oficio

A CARGO DE LAS ENTIDADES TERRITORIALES, IPS, EPS (EN COORDINACIÓN) AFILIACIÓN DE OFICIO Las IPS y las Entidades Territoriales realizarán las transacciones de afiliación de oficio en el SAT, a través del portal web www.miseguridadsocial.gov.co La Entidad Territorial y el Prestador de Servicios de Salud deben registrarse en el SAT y realizar la respectiva delegación y autorización a los funcionarios que corresponda. Si no puede hacer uso del SAT, el prestador en coordinación con la Entidad Territorial deberá realizar la afiliación directamente ante la EPS, mediante el Formulario Único de Afiliación y novedades. La Entidad Territorial debe verificar en un plazo no mayor a 4 meses si la persona acredita las condiciones para pertenecer al Régimen Subsidiado.

MODIFICACIÓN DE LA AFILIACIÓN DE OFICIO Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia MODIFICACIÓN DE LA AFILIACIÓN DE OFICIO La persona que no se encuentre afiliada al SGSSS, puede afiliarse de oficio cuando: La persona Demande servicios ante una IPS Al momento en que sea focalizada por la Entidad Territorial Se podrán afiliar: Personas que se encuentren en los niveles I y II del Sisbén Poblaciones especiales Personas que no cuenten con encuesta Sisbén (afiliación temporal), Población en estado terminado en la BDUA (retirado y desafiliado). 3. Corresponde a la Entidad Territorial gestionar la aplicación de la encuesta Sisbén y verificar las condiciones para continuar como beneficiario del régimen subsidiado de la población.

Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia Aspectos Importantes Cuando la afiliación de oficio se realiza a través del SAT, a la EPS y a la Entidad Territorial les llega la novedad al día siguiente, a través del SFTP dispuesto. Las EPS NO PODRÁN NEGAR LA INSCRIPCIÓN a ninguna persona por razones de su edad o por su estado previo, actual o potencial de salud y de utilización de servicios. Tampoco podrán colocar barreras para la afiliación y la prestación de servicios que requiera el afiliado. La IPS DEBERA GARANTIZAR LA PRESTACION DE SERVICIOS una vez sea registrada la afiliación de oficio en el SAT. El documento de la persona a afiliar o inscribir debe ser válido para su edad y condición

Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia Aspectos Importantes Para el reporte de la población sin encuesta Sisbén a la BDUA por parte de las EPS, la ADRES creo en la BDUA el tipo población especial (Código 31- Afiliado de oficio sin encuesta Sisbén ni población especial). Para identificar la población que se inscriba mediante la afiliación de oficio por parte de las EPS, la ADRES creó en la BDUA de una marca especial que identifica los siguientes casos: (Afiliación de oficio sin encuesta Sisbén ni población especial, Afiliación de oficio con Sisbén - Nivel I, Afiliación de oficio con Sisbén - Nivel II, Afiliación de oficio - población especial). Las EPS, una vez notificadas de la afiliación de oficio con Formulario de afiliación, deberán reflejar en sus sistemas de información dicha novedad; reportar a la BDUA, se ún lo establecido en la Resolución 4622 de 2016

2. Afiliación de recién nacido y de padres no afiliados

AFILIACIÓN DE RECIEN NACIDO Y DE SUS PADRES NO AFILIADOS Todo recién nacido debe estar afiliado en una EPS, según las reglas vigentes. La afiliación se extendió a los padres del recién nacido no afiliados con documento valido de identificación o con novedad de terminacion de la inscripción.

3. Afiliación a migrantes venezolanos

POBLACIÓN ESPECIAL AFILIADA AL RÉGIMEN SUBSIDIADO Venezolanos con PEP vigente e hijos menores con identificación valida POBLACIÓN ESPECIAL Focalizada mediante listado censal . PERMANENCIA Acreditar cada 4 meses Actualizando información de domicilio LISTADO CENSAL Verificado y elaborado por la Entidad Territorial (Resolución 1838 de 2019) REPORTE DE PERMANENCIA La Entidad Territorial debe reportar la permanencia en el SAT CANCELACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN La no acreditación de la permanencia es causal de terminación de la inscripción

Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia Aspectos Importantes Se establece la población especial para migrantes venezolanos con PEP vigente y sus hijos menores de edad con documento válido que se encuentren en el país; no requieren la encuesta del Sisbén para su afiliación al SGSSS. La Entidad Territorial será la encargada de verificar y elaborar el listado censal de esta población. El listado censal de esta población se presentará por los territorios según establece la Resolución 1838 de 2019. Para verificar la permanencia en el país, los migrantes venezolanos que sean afiliados deberán presentarse a la entidad territorial cada 4 meses, para actualizar la información de su domicilio; en caso de no hacerlo será terminada la inscripción en la EPS.

3. Movilidad

NOVEDAD DE MOVILIDAD Las EPS deberá reportar a la BDUA la movilidad del usuario del Régimen Contributivo al Régimen Subsidiado, cuando este no lo hiciere, la EPS deberá informar de dicha novedad. Cuando un afiliado al Régimen Subsidiado se traslade de EPS, el puntaje obtenido en la última encuesta SISBEN será valido hasta tanto se realice una nueva encuesta.

Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia Aspectos Importantes Se solicitó a la ADRES la implementación de validaciones en la BDUA, que verifiquen que el periodo de protección laboral o protección al cesante se cumpla por parte de la EPS, antes de aplicar la novedad de movilidad. Las EPS que apliquen esta novedad deberán remitir una certificación a la ADRES, respecto de los afiliados a quienes les aplicó la novedad de movilidad. Las EPS del Régimen Contributivo no podrán terminar la inscripción de sus afiliados que cumplan con los requisitos para aplicar la novedad de movilidad al Régimen Subsidiado.

Nuevas acciones para las Entidades Territoriales

Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia Aspectos Importantes Gestionar la aplicación de la encuesta Sisbén a aquellos que no cuenten con ella (aplica tanto para los que se inscribieron por la IPS como por la ET). La terminación de la inscripción de oficio cuando determinen que la persona no es elegible para pertenecer en el Régimen Subsidiado Seguimiento a la permanencia de los migrantes venezolanos domiciliados en la Entidad Territorial (cada 4 meses) y la vigencia del PEP de los mismos. La terminación de la inscripción de oficio cuando los migrantes venezolanos con PEP no acrediten su permanencia en el país o no cumplan con mantener vigente el documento de identidad PEP.

4. Funcionalidad SAT

AGENDA DESCRIPCIÓN GENERAL - SAT FUNCIONALIDADES - SAT OPERACIÓN - SAT Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia AGENDA DESCRIPCIÓN GENERAL - SAT FUNCIONALIDADES - SAT OPERACIÓN - SAT

Afiliación y novedades en el SGSSS Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia Registrar y Consultar Conjunto de procesos, procedimientos e instrumentos de órden técnico y administrativo ¿QUÉ ES SAT? En tiempo real Afiliación y novedades en el SGSSS Datos de información básica y compmentaria de afiliados Esta presentación es propiedad intelectual controlada y producida por el Ministerio de Salud y Protección Social.

Qué se puede hacer en SAT? 👨 👨👩 👩 Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia Facilitar a los ciudadanos la afiliación al SGSSS La inclusión y exclusión de beneficiarios Consultar el estado actual de su afiliación El historial de inscripciones realizado a diferentes EPS El reporte de traslado para usted y todo su grupo familiar Esta presentación es propiedad intelectual controlada y producida por el Ministerio de Salud y Protección Social.

Qué se puede hacer en SAT? Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia Qué se puede hacer en SAT? Empresas ET/EPS/IPS Instituciones Públicas Personas Naturales Actualizar información y reportar novedades del Régimen Contributivo Rol Emplead or Persona Jurídica Reportar y Consultar informació n de Afiliación Esta presentación es propIieNdadTinEtelRectOual PconEtroRladaAy RprodCucidOa pNor elMMinIisSterEio dGe SUaluRd y IPDroteAccDión SSociOal. CIAL

Fuentes de información Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia TABLA DE EVOLUCIÓN RUAF Esta presentación es propiedad intelectual controlada y producida por el Ministerio de Salud y Protección Social.

Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia www.miseguridadsocial.gov.co Esta presentación es propiedad intelectual controlada y producida por el Ministerio de Salud y Protección Social.

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ROLES Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia Esta presentación es propiedad intelectual controlada y producida por el Ministerio de Salud y Protección Social.

Funcionalidades SAT Fase 1: Registro Fase 2: Validaciones Fase 3: Proceso de Afiliación

FASE 1: REGISTRO

¿QUIÉNES DEBEN REGISTRARSE? Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia ¿QUIÉNES DEBEN REGISTRARSE? ? ? www.miseguridadsocial.gov.co Esta presentación es propiedad intelectual controlada y producida por el Ministerio de Salud y Protección Social.

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Fin Registro del Ciudadano Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia Fin Registro del Ciudadano Esta presentación es propiedad intelectu al controlada y producida por el Ministerio de Salud y Protección Social.

REPRESENTANTE LEGAL (Alcalde – Gerente IPS) Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia REPRESENTANTE LEGAL (Alcalde – Gerente IPS) Registro del Representante Legal DELEGADO AUTORIZADO Esta presentación es propiedad intelectual controlada y producida por el Ministerio de Salud y Protección Social.

Registro del Representante Legal Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia Registro del Representante Legal Esta validación consiste en el reconocimiento de texto presente en imágenes que se activarán automáticamente con el fin de que sean seleccionadas de acuerdo al patrón que se genere. Se incluye esta validación, con el fin de brindar seguridad y protección en la autenticación de Usuarios, limitando con esto, el ingreso automatizado de robots en la aplicación. Esta presentación es propiedad intelectual controlada y producida por el Ministerio de Salud y Protección Social.

Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia Representante Legal Esta presentación es propiedad intelectual controlada y producida por el Ministerio de Salud y Protección Social.

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Registro del Representante Legal Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia Registro del Representante Legal Esta presentación es propiedad intelectual controlada y producida por el Ministerio de Salud y Protección Social.

Registro del Representante Legal Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia Correo Institucional Esta presentación es propiedad intelectual controlada y producida por el Ministerio de Salud y Protección Social.

Fin Registro del Representante Legal Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia Fin Registro del Representante Legal Esta presentación es propiedad intelectual controlada y producida por el Ministerio de Salud y Protección Social.

Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia Registro del Delegado Esta presentación es propiedad intelectual controlada y producida por el Ministerio de Salud y Protección Social.

Delegado Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia Esta presentación es propiedad intelectual controlada y producida por el Ministerio de Salud y Protección Social.

Habilitación de la funcionalidad de Afiliación de Oficio Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia Habilitación de la funcionalidad de Afiliación de Oficio Esta presentación es propiedad intelectual controlada y producida por el Ministerio de Salud y Protección Social.

Fin Registro del Autorizado Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia Fin Registro del Autorizado Esta presentación es propiedad intelectu al controlada y producida por el Ministerio de Salud y Protección Social.

¿QUIÉN ES EL AUTORIZADO? Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia Es el funcionario al que se le va a habilitar la de Oficio en funcionalidad de Afiliación www.miseguridadsocial.gov.co ¿Quién debe registrar al autorizado para hacer Afiliaciones de Oficio? ¿Se pueden autorizar a varios funcionarios para hacer ¿El representante legal y el delegado pueden hacer Afiliaciones de Oficio? Esta presentación es propiedad intelectual controlada y producida por el Ministerio de Salud y Protección Social.

Registro del Autorizado Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia Registro del Autorizado Esta presentación es propiedad intelectual controlada y producida por el Ministerio de Salud y Protección Social.

Autorizado Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia Esta presentación es propiedad intelectual controlada y producida por el Ministerio de Salud y Protección Social.

FASE 3: PROCESO DE AFILIACIÓN

PROCESO DE AFILIACIÓN Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia https://www.adres.gov.co/BDUA/Consulta-Afiliados-BDUA Esta presentación es propiedad intelectual controlada y producida por el Ministerio de Salud y Protección Social.

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Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia Esta presentación es propiedad intelectual controlada y producida por el Ministerio de Salud y Protección So Notificación al Autorizado cial.

Punto de atención presencial: Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia Mesa de ayuda: miseguridadsocial@minsalud.gov.co Canal Telefónico: Bogotá (57-1) 5893750 - Línea gratuita 01 8000 96 00 20 de lunes a viernes entre las 7:00 am – 6:00 pm y sábados de 8:00 am a 1:00 pm Punto de atención presencial: Carrera 13 No. 32 – 76 Piso 2 de lunes a viernes entre las 8:00 am – 4:00 pm Esta presentación es propiedad intelectual controlada y producida por el Ministerio de Salud y Protección Social.

GRACIAS