DEBIDO PROCESO:. El debido proceso tiene su origen en el due process of law anglosajón, se descompone en: el debido proceso sustantivo, que protege de.

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Transcripción de la presentación:

DEBIDO PROCESO:

El debido proceso tiene su origen en el due process of law anglosajón, se descompone en: el debido proceso sustantivo, que protege de las leyes contrarias a los derechos fundamentales. Y el debido proceso adjetivo, referido a garantías procesales que aseguran los derechos fundamentales El debido proceso tiene su origen en el due process of law anglosajón, se descompone en: el debido proceso sustantivo, que protege de las leyes contrarias a los derechos fundamentales. Y el debido proceso adjetivo, referido a garantías procesales que aseguran los derechos fundamentales Todo ciudadano tiene derecho a ser juzgado imparcialmente por un juez y colocado por el en pie de perfecta igualdad frente a su contradictor Todo ciudadano tiene derecho a ser juzgado imparcialmente por un juez y colocado por el en pie de perfecta igualdad frente a su contradictor

El debido proceso sustantivo, se refiere a la necesidad de que las sentencias sean valiosas en sí mismas, es decir, que sean razonables y en el debido proceso adjetivo alude al cumplimiento de ciertas recaudas formales, de tramite y procedimiento, para llegar a una solución judicial mediante la sentencia El debido proceso sustantivo, se refiere a la necesidad de que las sentencias sean valiosas en sí mismas, es decir, que sean razonables y en el debido proceso adjetivo alude al cumplimiento de ciertas recaudas formales, de tramite y procedimiento, para llegar a una solución judicial mediante la sentencia Por su parte la doctrina y la jurisprudencia nacionales han convenido en que el debido proceso es un derecho fundamental de toda persona -peruana o extranjera, natural o jurídica- y no sólo un principio o derecho de quienes ejercen la función jurisdiccional Por su parte la doctrina y la jurisprudencia nacionales han convenido en que el debido proceso es un derecho fundamental de toda persona -peruana o extranjera, natural o jurídica- y no sólo un principio o derecho de quienes ejercen la función jurisdiccional

En consecuencia: El debido proceso encierra en sí un conjunto de garantías constitucionales que se pueden perfilar a través de identificar las cuatro etapas esenciales de un proceso: acusación, defensa, prueba y sentencia El debido proceso encierra en sí un conjunto de garantías constitucionales que se pueden perfilar a través de identificar las cuatro etapas esenciales de un proceso: acusación, defensa, prueba y sentencia

Derecho a la presunción de inocencia.- A la persona humana se le presume inocente mientras la autoridad no le haya demostrado su culpabilidad judicialmente, de conformidad con el Art. 2º, inciso 24º-e de la Constitución. Derecho a la presunción de inocencia.- A la persona humana se le presume inocente mientras la autoridad no le haya demostrado su culpabilidad judicialmente, de conformidad con el Art. 2º, inciso 24º-e de la Constitución. Derecho de información. Es el derecho a ser informado de las causas de la demanda o acusación, en forma inmediata y por escrito, según se desprende reiterativamente de los incisos 14 y 15 del artículo 139º de la Constitución Derecho de información. Es el derecho a ser informado de las causas de la demanda o acusación, en forma inmediata y por escrito, según se desprende reiterativamente de los incisos 14 y 15 del artículo 139º de la Constitución

Derecho de defensa.- Es el derecho a defenderse de la demanda de un tercero o acusación policial, fiscal o judicial, mediante la asistencia de un abogado. Este derecho a su vez se descompone en el derecho a ser oído, derecho a elegir a su defensor, obligatoriedad del defensor. Comprendidas en el inciso 14 del artículo 139º de la Constitución Derecho de defensa.- Es el derecho a defenderse de la demanda de un tercero o acusación policial, fiscal o judicial, mediante la asistencia de un abogado. Este derecho a su vez se descompone en el derecho a ser oído, derecho a elegir a su defensor, obligatoriedad del defensor. Comprendidas en el inciso 14 del artículo 139º de la Constitución

Derecho a un proceso publico.- La publicidad de los procesos permite el control de la eventual actuación parcial de los jueces. Podrían existir etapas de un proceso reservadas a criterio del juez, de acuerdo a ley, sin embargo, los procesos judiciales por responsabilidad de funcionarios públicos, por delitos de prensa o por derechos fundamentales, son siempre públicos, según establece el inciso 4 del articulo 139 de la Constitución Derecho a un proceso publico.- La publicidad de los procesos permite el control de la eventual actuación parcial de los jueces. Podrían existir etapas de un proceso reservadas a criterio del juez, de acuerdo a ley, sin embargo, los procesos judiciales por responsabilidad de funcionarios públicos, por delitos de prensa o por derechos fundamentales, son siempre públicos, según establece el inciso 4 del articulo 139 de la Constitución

Derecho a la libertad probatoria.- Todo hecho circunstancia o elemento contenido en el objeto del procedimiento y, por ello, importante para la decisión final, puede ser probado y lo puede ser por cualquier medio de prueba: Se pueden probar todos los hechos de intereses para la solución del caso. El principio admite la posibilidad de utilizar cualesquiera de los medios de investigación lícitos para cumplir con el objetivo de justicia Derecho a la libertad probatoria.- Todo hecho circunstancia o elemento contenido en el objeto del procedimiento y, por ello, importante para la decisión final, puede ser probado y lo puede ser por cualquier medio de prueba: Se pueden probar todos los hechos de intereses para la solución del caso. El principio admite la posibilidad de utilizar cualesquiera de los medios de investigación lícitos para cumplir con el objetivo de justicia

Derecho a declarar libremente.- No sólo es la facultad de declarar sin presión, ni malos tratos, tratos humillantes degradantes o tortura, sino que las pruebas obtenidas de esta manera son ilícitas. En ese sentido, estas confesiones o testimonios inconstitucionales, producen la nulidad de un proceso. según lo establece el artículo 2º-24-h de la Constitución. Derecho a declarar libremente.- No sólo es la facultad de declarar sin presión, ni malos tratos, tratos humillantes degradantes o tortura, sino que las pruebas obtenidas de esta manera son ilícitas. En ese sentido, estas confesiones o testimonios inconstitucionales, producen la nulidad de un proceso. según lo establece el artículo 2º-24-h de la Constitución.

Derecho a la certeza.- Es el derecho de todo procesado a que las sentencias o resoluciones estén motivadas, es decir que haya un razonamiento jurídico explícito entre los hechos y las leyes que se aplican. De aquí se desprende el derecho de cualquier persona a no ser juzgado dos veces por el mismo hecho delictivo “ne bis in ídem” Derecho a la certeza.- Es el derecho de todo procesado a que las sentencias o resoluciones estén motivadas, es decir que haya un razonamiento jurídico explícito entre los hechos y las leyes que se aplican. De aquí se desprende el derecho de cualquier persona a no ser juzgado dos veces por el mismo hecho delictivo “ne bis in ídem”

Indubio pro reo.- Es un derecho del justiciable para que el juez interprete la norma a su favor, en aquellos casos en los que una nueva ley favorezca al reo, a pesar de haberse iniciado el proceso en función de una ley anterior que estaba vigente al momento de cometerse la infracción. En este supuesto, el juez por humanidad y justicia interpreta que debe aplicar la ley retroactivamente, siempre que la segunda ley sea más benigna que la primera Indubio pro reo.- Es un derecho del justiciable para que el juez interprete la norma a su favor, en aquellos casos en los que una nueva ley favorezca al reo, a pesar de haberse iniciado el proceso en función de una ley anterior que estaba vigente al momento de cometerse la infracción. En este supuesto, el juez por humanidad y justicia interpreta que debe aplicar la ley retroactivamente, siempre que la segunda ley sea más benigna que la primera

Derecho a la cosa juzgada.- La prohibición de revivir procesos fenecidos con resolución ejecutoria, y para que sea válido constitucionalmente tiene que ser cosa juzgada material, es decir arreglado y de conformidad con el derecho y no sólo con la ley. Derecho a la cosa juzgada.- La prohibición de revivir procesos fenecidos con resolución ejecutoria, y para que sea válido constitucionalmente tiene que ser cosa juzgada material, es decir arreglado y de conformidad con el derecho y no sólo con la ley.