Teología Sacramentaria 2019
Clase 1
SACRAMENTOS, 1 CULTO CRISTIANO CCE 1076 Por medio de los sacramentos, “Cristo manifiesta, hace presente y comunica su obra de salvación mediante la liturgia de su Iglesia” (CCE 1076). CCE 1099 “La liturgia es memorial del misterio de la salvación” (CCE 1099). “La liturgia cristiana no sólo recuerda los acontecimientos que nos salvaron, sino que los actualiza, los hace CCE 1104 presentes” (CCE 1104).
SACRAMENTOS, 2
SACRAMENTOS, 3
SACRAMENTOS, 4 “Los sacramentos son: signos eficaces de la gracia, instituidos por Cristo y confiados a la Iglesia, por los cuales nos es dispensada CCE 1131 la vida divina” (CCE 1131)
SACRAMENTOS, 5 Signo sacramental No es puramente convencional (no como los signos de la escritura) Se basa en una cierta aptitud para significar: Ejemplo: lavar el cuerpo - lavar el alma ungir el cuerpo - alivio del alma Signo sensible: razón pedagógica (nos ayuda a comprender lo espiritual) = la realidad sobrenatural se nos hace asequible a través de los sentidos.
SACRAMENTOS, 6 Los sacramentos son signos sensibles. Estructura del signo sacramental (analogía): - materia (acción o gesto material sensible) - forma (palabras que acompañan y declaran el sentido especial de la materia). Materia y forma deben estar unidas para que se dé el signo sacramental. El tipo de unión necesario depende de cada sacramento.
SACRAMENTOS, 7 Institución de los sacramentos 1. Nadie sino Dios puede dar a unos meros signos la capacidad de conferir la gracia sobrenatural: Autor principal: Cristo con su divinidad Autor instrumental: Cristo con su humanidad 2. La Iglesia no puede cambiar lo que se refiere a lo esencial del signo sacramental. 3. Cambio substancial o no en la materia según la común estimación de los hombres. En la forma según si las palabras son o no aptas para manifestar el sentido de la acción.
SACRAMENTOS, 8 EFECTOS DE LOS SACRAMENTOS CCE 1127 A. CCE 1127: “confieren la gracia que significan. Son ‘eficaces’ porque en ellos actúa Cristo mismo”. Comunican la gracia ex opere operato. Pero no automatismo. B. Efectos principales: - Gracia santificante - Gracia sacramental - Carácter en algunos C. Otros efectos: - expresar y fortalecer la fe - rendir culto a Dios - realizar la santificación de los hombres - crear y manifestar la comunión eclesiástica
SACRAMENTOS, 9 EFECTOS DE LOS SACRAMENTOS LA GRACIA SANTIFICANTE = Don gratuito de Dios que produce una participación sobrenatural en la naturaleza divina y nos hace hijos de Dios = adopción divina: mucho más allá de la humana. Los sacramentos la comunican o aumentan: - Sacramentos de muertos: de por sí comunican la primera comunicación de la gracia (gracia primera); ocasionalmente su aumento (gracia secunda) - Sacramentos de vivos: para producir la gracia, exigen el estado de gracia. Accidentalmente pueden producir la gracia primera (si buena fe: no adhesión voluntaria al pecado)
SACRAMENTOS, 10 EFECTOS DE LOS SACRAMENTOS LA GRACIA SACRAMENTAL = “la gracia del Espíritu Santo dada por Cristo y propia de cada sacramento” CCE 1129 (CCE 1129). Se puede entender como un derecho a recibir las gracias actuales necesarias para alcanzar mejor el fin propio del sacramento o para cumplir con las obligaciones que nacen de él.
SACRAMENTOS, 11 EFECTOS DE LOS SACRAMENTOS EL CARACTER = sello por el cual el cristiano participa del sacerdocio de Cristo y forma parte de la Iglesia según estados y funciones diversos. - bautismo, confirmación, orden sacerdotal. - indeleble: esos sacramentos no pueden ser reiterados. - producen un parecido con Cristo según su función sacerdotal.
SACRAMENTOS, 12 EFECTOS DE LOS SACRAMENTOS ESQUEMA
SACRAMENTOS, 13 REVIVISCENCIA DE LOS SACRAMENTOS 1. No producen la gracia si se pone un obstáculo (falta de las disposiciones necesarias: fe, estado de gracia para los de vivos). 2. Pueden revivir los que no se pueden recibir más de una vez o muy pocas veces. No reviven la eucaristía ni la penitencia. 3. Los que reviven lo hacen en el momento en que se da aquella buena disposición que habría sido necesaria cuando se recibió mal el sacramento.
SACRAMENTOS, 14 MINISTRO DE LOS SACRAMENTOS Sólo el hombre debidamente ordenado, o el legítimamente elegido con este fin por la legítima autoridad, puede ser ministro. Cristo es siempre el ministro principal. El ministro ha de tener la intención de hacer lo que hace la Iglesia y realizar debidamente el signo sacramental. Ministro ordinario: aquel a quien por oficio incumbe administrar un sacramento. El extraordinario: necesidad o delegación. Para la validez no se requiere la fe ni el estado de gracia en el ministro. Sí para la licitud, excepto en caso de grave necesidad.
SACRAMENTOS, 15 INTENCION DEL MINISTRO Una intención puede ser: - actual (se explicita aquí y ahora); - virtual (se tuvo como actual, no se ha retractado, influye en la acción); - habitual (igual, pero no influye en la acción). Para administrar un sacramento, el ministro ha de tener intención actual o virtual. Para recibirlo válidamente, suele ser suficiente la habitual.
SACRAMENTOS, 16 ATENCION DEL MINISTRO I. Atención interna = aplicación de la mente a lo que se hace, ausencia de distracciones voluntarias. Atención externa = ausencia de otra acción simultánea que haga imposible la atención interior. II. Para la validez: basta la atención externa. Para la licitud: necesaria la atención interna.
SACRAMENTOS, 17 OBLIGACION DE DENEGAR LOS SACRAMENTOS I. A. Nunca es lícito administrar un sacramento a un sujeto incapaz de recibirlo. B. No es lícito administrar un sacramento a un sujeto indigno, a no ser que haya una causa gravísima. (indigno: excomulgado, hereje, pecador público, no estado de gracia para un sacramento de vivos, etc.) II. Dos reglas: 1. Denegar al pecador público del que no consta el arrepentimiento, y al pecador oculto que los pide privadamente; 2. No hay que negar los sacramentos al pecador oculto que los pida públicamente. Si dudas de la capacidad del sujeto: forma condicionada
Clase 2
BAUTISMO, 1 ANUNCIOS Y FIGURAS DEL BAUTISMO Los cristianos los han visto en: - la salvación del diluvio de ocho personas en el arca de Noé; - el paso del Mar Rojo; - el paso del Jordán; - el rito de la circuncisión. CCE 1223 “Todas las prefiguraciones de la Antigua Alianza culminan en Cristo Jesús” (CCE 1223). (sangre y agua de su costado traspasado en la Cruz)
BAUTISMO, 2 - Es “el pórtico de la vida en el espíritu y la puerta que abre el acceso a los otros sacramentos” CCE 1213 = “el sacramento de la regeneración por el agua con la palabra” (CCE 1213). Rito esencial Rito esencial = lavado por agua y palabras. Lavado = triple inmersión; efusión o infusión de modo que el agua corra en contacto con la piel. Palabras = “N., yo te bautizo en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo”. Caso de necesidad Caso de necesidad: lo que según la apreciación común sigue siendo agua.
BAUTISMO, 3 Los padrinos Los padrinos: Un hombre, una mujer o un hombre y una mujer. Han de: ser católicos, estar confirmados, haber recibido la primera comunión, llevar una vida cristiana y haber cumplido los 16 años.
BAUTISMO, 4 MINISTRO DEL BAUTISMO † Solemne † Solemne (con todas las ceremonias prescritas): Obispo, sacerdote o diácono. PERO se reserva al párroco su administración (cualquier otro: su permiso para la licitud). † No solemne † No solemne (ej.: caso urgente con peligro de muerte): cualquier persona que tenga la intención de hacer lo que hace la Iglesia, aunque ni siquiera sea cristiano. En este caso: rito esencial.
BAUTISMO, 5 SUJETO Sujeto capaz de recibirlo: “todo ser humano aún no CIC 864 bautizado y sólo él” (CIC 864) Adultos Adultos: intención al menos habitual de recibirlo. Niños y amentes Niños y amentes: ninguna condición especial.
BAUTISMO, 6 SUJETO ADULTO VALIDEZ: intención de recibirlo que puede ser implícita. LICITUD: 1. Conocer las principales verdades de la fe (existencia de Dios, remunerador, que se ha encarnado, Trinidad); 2. Conocer las principales obligaciones cristianas; 3. Tener dolor de sus pecados; 4. Catecumenado. Caso de los bautizados fuera de la Iglesia católica: - No volver a bautizarlos; - Si duda seria de la validez de su bautismo, bautizar condicionalmente.
BAUTISMO, 7 SUJETO NIÑO CIC 867 CIC 867: los padres católicos “tienen obligación de hacer que sus hijos sean bautizados en las primeras semanas”. No administrarlo a los hijos de padres que no den su consentimiento o si no hay esperanza de educación en la fe. En peligro de muerte, bautizar, a pesar de la oposición de sus padres. Fetos abortivos y no nacidos que se prevé que no van a nacer vivos: deben ser bautizados, y si duda de vida, hacerlo condicionalmente.
BAUTISMO, 8 EFECTOS Regenera 1. Regenera a la vida nueva, por la cual el hombre es hecho hijo de Dios: confiere la gracia santificante, a la que acompañan las virtudes infusas y los dones del Espíritu Santo. Perdona 2. Perdona todos los pecados: original y actuales (arrepentirse). Permanece la inclinación al pecado (concupiscencia). Perdona 3. Perdona toda pena debida por los pecados: también temporal. Imprime 4. Imprime el carácter, que nos asemeja a Cristo y da la capacidad de recibir los otros sacramentos. Imborrable. Da 5. Da la gracia sacramental: derecho a especiales ayudas para ejercitar la fe, llevar una vida cristiana y recibir bien los demás sacramentos. Incorporaconstituye 6. Incorpora a la Iglesia (Cuerpo de Cristo), constituye un vínculo sacramental de unidad de los cristianos.
BAUTISMO, 9 NECESIDAD = Necesidad de medio, para la salvación eterna. En cuanto a la infusión de la gracia y al perdón de los pecados (no en cuanto al carácter), el bautismo de agua puede ser suplido por: - el bautismo de sangre (martirio) - el bautismo de deseo (acto de amor de Dios unido al deseo, al menos implícito, del bautismo).
BAUTISMO, 10 NECESIDAD niños muertos sin bautismo “En cuanto a los niños muertos sin bautismo, la Iglesia sólo puede confiarlos a la misericordia divina, como hace en el rito de las exequias por ellos. En efecto, la gran misericordia de Dios, que quiere que todos los hombres se salven y la ternura de Jesús con los niños, que le hizo decir: <<Dejad que los niños se acerquen a mí, no se lo impidáis>>, nos permiten confiar en que haya un camino de salva- ción para los niños que mueren sin bautismo. Por esto es más apremiante aún la llamada de la Iglesia a no impedir que los niños pequeños vengan a Cristo CCE 1261 por el don del santo bautismo” (CCE 1261).
OBCBUU
Clase 3
CONFIRMACION, 1 INSTITUCION + Como todos los sacramentos: CRISTO. No se sabe cuando No se sabe cuando: quizás en la Ultima Cena (consagración del crisma), quizás después de la resurrección. + No se administró + No se administró hasta después de Pentecostés (plenitud del Espíritu Santo).
CONFIRMACION, 2 TESTIMONIOS ANTIGUOS Hechos de los Apóstoles: diácono Felipe = enviaron a Pedro y a Juan para que los que bautizó recibieran el Espíritu Santo. Diversidad de nombres: - imposición de las manos, - sacramento del crisma, - sacramento de plenitud. Primero a aplicar el nombre de confirmación: San Ambrosio.
CONFIRMACION, 3 SIGNO SACRAMENTAL Lo esencialcrisma Lo esencial: “la unción con el crisma en la frente, que se CIC 880 hace con la imposición de la mano” (CIC 880). Para la validez, la imposición de la mano no es necesaria. Crisma = aceite consagrado por el obispo en la misa crismal del Jueves Santo: aceite de oliva mezclado con una pequeña cantidad de bálsamo. Forma en el rito latino: N. “recibe por esta señal el don del Espíritu Santo”.
CONFIRMACION, 4 MINISTRO CCE 1312 CCE 1312: “El ministro originario de la confirmación es el obispo” (caso Felipe). Rito latino Rito latino: ministro ordinario = obispo ministro extra ordinario = “el presbítero dotado de facultad por el derecho común o por concesión peculiar de la autoridad competente” (CIC 882). Por el derecho: - los que se equiparan al obispo diocesano; - bautizo o recepción en la Iglesia de un adulto; - en peligro de muerte. Oriente Oriente: el presbítero que bautiza confiere la confirmación. Lo hace con el crisma consagrado por el obispo.
CONFIRMACION, 5 SUJETO CCE 1306 CCE 1306: “Todo bautizado, aún no confirmado, puede y debe recibir el sacramento de la confirmación”. con uso de razón Bautizado con uso de razón: VALIDEZ: intención al menos habitual. LICITUD: instrucción y estado de gracia. Iglesia latina EDAD: Iglesia latina =“en torno a la edad CIC 891 de la discreción” (CIC 891). Pero la conferencia episcopal puede determinar una edad mayor. Si peligro de muerte u otra razón justa: Se puede anticipar su administración.
CONFIRMACION, 6 EFECTOS 1.Aumento de la gracia santificante y, especialmente, de los Dones del Espíritu Santo Dones del Espíritu Santo. “Nos introduce más profundamente CCE 1303 en la filiación divina” (CCE 1303). 2. Gracia sacramental: derecho a las ayudas ayudas necesarias para ejercitar la profesar fortaleza en lo que se refiere a profesar la fe públicamente la fe. lucha espiritual. También para la lucha espiritual. = cierta consagración a servir a Cristo como soldado soldado, a ser miles Christi. pertenencia total a CristoCCE Carácter: sello del Espíritu Santo que “marca la pertenencia total a Cristo, la puesta a su servicio para siempre” (CCE 1296).
CONFIRMACION, 7 NECESIDAD No necesaria con necesidad de medio. Pero es muy conveniente para el desarrollo de la vida cristiana: de otro modo no habría sido instituida por Cristo. CCE 1285 CCE 1285: “es preciso explicar a los fieles que la recepción de este sacramento es necesaria para la plenitud de la gracia bautismal”. “Los fieles están obligados” a recibirlo “en el tiempo CIC 890 oportuno” (CIC 890).
Clase 4
EUCARISTIA, 1 PASCUA: fiesta más grande del calendario judío. Recuerdan como la sangre de cordero con la que habían señalado sus casas los había librado del castigo. Era el anuncio de otra Pascua en la que la sangre del “cordero de Dios que quita el pecado del mundo”, Jesucristo, nos libraría de la esclavitud del demonio y del pecado
EUCARISTIA, 2 CEREMONIA DE LA PASCUA EN TIEMPOS DE JESUS 1. Antes de comer el cordero se decía una bendición y se bebía una copa de vino mezclado con agua. 2. Se llevaban a la mesa las hierbas, el pan y el cordero asado. 3. Se explicaba el significado de lo que se hacía, se recitaban unos salmos, se tomaba una segunda copa de vino. 4. Se bendecía, partía y comía el pan sin fermentar. 5. Después de comer el cordero con las hierbas, lavadas ya las manos, se bendecía una tercera copa de vino y se bebía. 6. Se recitaban otros salmos. 7. Se bendecía y se bebía una cuarta copa de vino. 8. Acción de gracias final. En 4. Jesús dijo: “esto es mi cuerpo”. En 5.: “ésta es mi sangre”. No se hizo 7.: “recitado el himno, salieron...” (Mt 26, 30).
EUCARISTIA, 3 Al dar el cáliz, dijo: “Hacedlo en conmemoración mía”. Da al mismo tiempo a sus Apóstoles la capacidad de producir la transubstanciación, y el encargo de continuar ofreciendo este sacrificio a lo largo de los siglos. En la misma acción instituyó la eucaristía y el sacerdocio ministerial (= de servicio).
EUCARISTIA, 4 PRESENCIA REAL Cristo presente todo entero en cada una de las especies: Puesto que ha resucitado, con cuerpo su cuerpo está su sangrealma sangre, su alma y su divinidad divinidad. ad modum Presencia ad modum substantiae substantiae = entero en cada una de las partes de las especies. En la eucaristía, Cristo verdaderareal está verdadera, real ysubstancialmente presente. Fundamentado Fundamentado en 5 textos del Nuevo Testamento: Jn 6, Mt 26, Mc 14, Lc 22, 1 Cor 11, 23.
EUCARISTIA, 5 MATERIA PAN PAN: - de trigo. - licitud: rito latino: sin fermentar; rito oriental: fermentado. - hecho recientemente: sin peligro de corrupción. VINO VINO: - de la vid y no corrompido. - obligación grave de añadirle un poco de agua:. Así lo hizo Cristo;. Recuerda que le salió de su costado junto con su sangre;. Representa la unión del pueblo fiel con su cabeza Jesucristo.
EUCARISTIA, 6 SACRIFICIO DE LA MISA, 1 De fe De fe: la misa es un verdadero sacrificio. Instituido por Cristo en la Última Cena, pero no sólo ni principalmente una renovación de esta cena, sino una renovación mística y real de la muerte de Cristo en la cruz. De fe De fe: es la renovación incruenta del sacrificio cruento del Calvario.
EUCARISTIA, 7 SACRIFICIO DE LA MISA, 2 Identidad misa-cruz: - idéntica ofrenda: Cristo (en la misa realmente presente de modo sacramental); - idéntico sacerdote principal: Cristo (en la misa el ministro actúa en el nombre y en la persona de Cristo). Sólo la manera en que Cristo ofrece el sacrificio de la cruz y el de la misa difiere: en la cruz sacrificio con derramamiento de sangre, en la misa sacrificio incruento.
EUCARISTIA, 8 SACRIFICIO DE LA MISA, 3 Diferencias accidentales entre cruz y misa:
EUCARISTIA, 9 SACRIFICIO DE LA MISA, 4 Su esencia consiste en la separación sacramental entre el cuerpo y la san- gre del Señor por la doble consagración del pan y del vino, con el consiguiente significado de su muerte, aunque en la realidad, bajo ambas especies está Cristo entero. momento esencial El momento esencial de la misa es por tanto la consagración. La comunión del sacerdote no pertenece a la esencia de la misa, aunque sí a la integridad del rito: por esto ha de sumir ambas especies.
EUCARISTIA, 10 OBLIGACION DE CELEBRAR MISA Los sacerdotes deben celebrar el sacrificio eucarístico “frecuentemente; es más, se recomienda encarecidamente la celebración diaria, aunque no pueda tenerse con asisten- CIC 904 cia de fieles” (CIC 904). Antigua disciplina: obligación varias veces cada año; se recomendaba por lo menos los domingos y fiestas de precepto. Por razón del oficio eclesiástico, obli- gación de decirla y ofrecerla por el pueblo todos los domingos y días im- portantes señalados en general y para cada diócesis.
EUCARISTIA, 11 FINES DE LA SANTA MISA Son cuatro: 1) latréutico (adoración) 2) eucarístico (acción de gracias) 3) propiciatorio (desagravio por los pecados) 4) impetratorio (petición) Corresponden con los fines del sacrificio del Calvario. El 1 y 2 se producen infali- blemente (referencia directa a Dios). El 3 y 4, no (refe- rencia a los hombres: dispo- siciones, pedir lo provecho- so, etc.).
EUCARISTIA, 12 FRUTOS DE LA SANTA MISA Son cuatro: 1) General (aprovecha al conjunto de la Iglesia militante y purgante) 2) Especial (aprovecha a los asistentes) 3) Especialísimo (aprovecha al sacerdote celebrante) 4) Ministerial (aprovecha a aquellos por quienes se ofrece la misa. La aplicación del ministerial, la puede hacer sólo el sacerdote ce- lebrante: por los vivos o por los difuntos (a modo de sufragio).
EUCARISTIA, 13 ESTRUCTURA DE LA MISA, 1 Fundamentalmente, la misa consiste en re-presentar (“volver a hacer presente”) el sacrificio de Cristo en la cruz, ofrecido de una vez para siempre a Dios Padre en remisión de los pecados. El sacrificio de la cruz es siempre actual: se renueva en cada misa por medio de los signos sacramentales (hacen realmente presente el cuerpo y la sangre de Cristo y místicamente los separan, como se separaron físicamente en su muerte). En el altar, el sacerdote ministro hace las veces de Cristo, actúa en su nombre y persona.
EUCARISTIA, 14 ESTRUCTURA DE LA MISA, 2 Dos grandes partes que forman una unidad indisoluble: 1. Liturgia eucarística: núcleo central, actualización del sacrificio de la cruz; 2. Liturgia de la palabra: previa reunión de los fieles a través de la lectura y consideración de la palabra de Dios contenida en las Escrituras. Constituyen un solo acto de culto
EUCARISTIA, 15 PLEGARIAS EUCARISTICAS, 1 Elementos que no faltan nunca Elementos que no faltan nunca: 1. Una acción de gracias: prefacio; 2. Una invocación al Espíritu Santo: epiclesis; 3. Un relato de la institución de la eucaristía, con las palabras de Cristo sobre el pan y el vino, dichas con sentido de presente, y que los convierten en el cuerpo Y la sangre de Cristo: consagración; 4. Un recuerdo de la pasión y resurrección de Cristo: anamnesis; 5. Una oblación por la que la Iglesia ofrece a Dios Padre el sacrificio de su Hijo; 6. Unas intercesiones a favor de los vivos y los difuntos; 7. Una última acción de gracias a la Trinidad: doxología.
EUCARISTIA, 16 PLEGARIAS EUCARISTICAS, 2 P. E. 1 P. E. 1 :- formación hacia el siglo IV; - forma definitiva en el siglo VI; - en toda la Iglesia de rito latino: hacia los siglos IX a XI. Son cuatro principales y varias más de reciente incorporación. P. E. 2 P. E. 2: se inspira en la de San Hipólito: de dos o tres siglos Anterior al canon romano y es compartida con algunos ritos orientales.
EUCARISTIA, 17 PLEGARIAS EUCARISTICAS, 3 P. E. 3 P. E. 3: - con reminiscencias de antiguas liturgias; - acentúa el aspecto sacrificial de la eucaristía; - destacan en ella la universalidad, el ecumenismo y la escatología, así como el sacerdocio común de los fieles. P. E. 4 P. E. 4: - prefacio fijo: no se puede usar cuando las rúbricas exigen uno distinto; - antes del sanctus: contempla Dios en sí mismo, antes de la creación; - después: larga acción de gracias por el conjunto de la historia de la salvación.
EUCARISTIA, 18 RECEPCION DE LA EUCARISTIA, 1 Al recibir la eucaristía se establece una íntima unión entre el hombre y Dios (Jn 6, 57). A esto alude el nombre de comunión que recibe este sacramento. Por esa unión con Cristo, los cristianos que participan en la eucaristía se unen además entre sí.
EUCARISTIA, 19 RECEPCION DE LA EUCARISTIA, 2 Es el perfecto alimento de la vida sobrenatural: a. sustenta la vida espiritual como lo hacen los alimentos materiales con la vida corporal. Al robustecerla, aleja del peligro de cometer pecados; b. al aumentar la gracia santificante, aumentan todas las virtudes, especialmente la caridad; c. perdona las culpas veniales y reduce las penas temporales; d. es prenda de vida eterna, que incoa; e. como resultado de la unión con el Señor, construye la Iglesia, cuerpo místico de Cristo, y es vínculo de unidad con los demás cristianos.
EUCARISTIA, 20 RECEPCION DE LA EUCARISTIA, 3 Es capaz de recibir con fruto la eucaristía todo hombre vivo y bautizado que no ponga obstáculo a la gracia por el pecado mortal. Rito latino: desde el siglo XII, no se da la comunión a los niños antes del uso de razón. Tampoco a los amentes y a los que están sin sentido. Si conciencia de pecado mortal, no basta para comulgar que haga un acto de contrición perfecta, a no ser necesidad grave, lo cual raramente sucede. Ayuno eucarístico.
EUCARISTIA, 21 RECEPCION DE LA EUCARISTIA, 4 No es necesario con necesidad de medio recibirla de hecho. Sí lo es in voto, es decir, desear recibirla. Si bau- tizado con uso de razón: deseo explícito. Con necesidad de precepto di- vino: algunas veces en la vida y ante la inmi- nencia de la muerte. Con necesidad de precepto eclesiástico: que todos los católicos que han hecho la primera comunión la reciban al menos una vez al año, y precisamente en el tiempo pascual, si esto es posible (amplio: desde el Miércoles de Ceniza hasta el domingo de la Santísima Trinidad).
EUCARISTIA, 22 RECEPCION DE LA EUCARISTIA, 5 Primera comunión de los niños: cuando tengan suficiente conocimiento (preparación cuidadosa) de manera que en- tiendan el misterio de Cristo en la medida de su capacidad, y puedan recibir el cuerpo del Señor con fe y devoción CIC 913 (cfr. CIC 913). Peligro de muerte: basta que sean capaces de distinguir el Cuerpo de Cristo del alimento común y de recibir la comunión con reverencia. Suficiente conocimiento = uso de razón (se presume hacia los 7 años). Primera confesión antes de recibir CIC 914 la primera comunión (cfr. CIC 914).
EUCARISTIA, 23 RECEPCION DE LA EUCARISTIA, 6 Lo ordinario Lo ordinario: no comulgar más de una vez en un mismo día. Quien ya ha comulgado puede volver a hacerlo el mismo día siempre que sea dentro de una misa a la que asista. Ej.: por la tarde matrimonio, funeral; mañana si misa de media- noche (Navidad, Pascua); incendio; profanación; peligro muerte.
EUCARISTIA, 24 DISTRIBUCION DE LA EUCARISTIA ordinarios Ministros ordinarios: obispo, presbítero, diácono. extraordinario Ministro extraordinario: acólito u otro fiel que “donde lo aconseje la necesidad de la Iglesia y no haya ministro” haya CIC 910 y 230 sido legítimamente delegado (cfr. CIC 910 y 230). Criterios para estimar la necesidad de de- legar en un laico: 1) ausencia de ministro ordinario y acólito; 2) exigencia del mi- nisterio pastoral, enfermedad o vejez; 3) gran número de personas. Obispo puede conceder la facultad de de- legar: obispos auxiliares, vicarios episco- pales y delegados episcopales. Otros: 1 vez
EUCARISTIA, 25 RESERVA DE LA EUCARISTIA CIC (CIC ) Sólo en un lugar digno y seguro; En un tabernáculo, dentro de un copón y sobre un corporal; Con lámpara continuamente ardiendo ante él; Renovar las formas consagradas con frecuencia, al menos cada quince días.
NEw-NAvY
Clase 5
PENITENCIA, 1 PRIMERA Y SEGUNDA CONVERSIÓN CCE 1427 CCE 1427: “Jesús llama a la conversión (...). El bautismo es el lugar principal de la conversión primera y fundamental. Por la fe en la Buena Nueva y por el bautismo se renuncia al mal y se alcanza la salvación, es decir, la remisión de todos los pecados y el don de la vida nueva”. Lumen gentium 8 Lumen gentium 8: “La llamada de Cristo a la conversión sigue resonando en la vida de los cristianos. Esta segunda conversión es una tarea ininterrumpida para toda la Iglesia que recibe en su propio seno a los pecadores y que Siendo santa al mismo tiempo que necesitada de purificación constante, busca sin cesar la penitencia y la renovación”.
PENITENCIA, 2 NATURALEZA DE ESTE SACRAMENTO 1 Es un sacramento instituido por Cristo, 2 a modo de juicio, 3 para perdonar, por medio de la absolución sacramental, 4 los pecados cometidos después del bautismo, 5 al hombre debidamente arrepentido 6 y que los ha confesado.
PENITENCIA, 3 INSTITUCION Después de la resurrección I. Después de la resurrección: Jn 20, 21-23: “a quienes les perdonéis los pecados, les son perdonados; a quienes se los retengáis, les son retenidos”. Instituido a modo de juicio: poder de atar o desatar: facultad de juzgar y de perdonar o no perdonar. Por eso, el ministro ha de conocer la causa que juzga: el penitente le debe dar a conocer sus pecados y sus disposiciones mediante su confesión.
PENITENCIA, 4 ESTRUCTURA DE ESTE SACRAMENTO, 1 Comprende dos elementos igualmente esenciales: 1. los actos del penitente: contrición, confesión de los pecados y satisfacción. Si no hay verdadero arrepentimiento tampoco existe el sacramento. Objeto sobre el que versan los actos del penitente = los pecados cometidos después del bautismo en cuanto se detestan o se quieren destruir. 2. la acción de Dios por ministerio de la Iglesia.
PENITENCIA, 5 ESTRUCTURA DE ESTE SACRAMENTO, 2 Confesión de los pecados: Necesario confesar todos los pecados mortales cometidos después del bautismo y aún no manifestados en la confe- sión ni perdonados por la absolución. Se pueden confesar los pecados veniales cometidos después del bautismo; y todos los pecados, tanto veniales como mortales, posteriores al bautismo y ya absueltos.
PENITENCIA, 6 ESTRUCTURA DE ESTE SACRAMENTO, 3 En cuanto al confesor: Núcleo fundamental de la absolución: “Yo te absuelvo de tus pecados, en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo. La absolución debe: 1) ser oral, 2) darse al penitente estan- do él presente, 3) ser condicionada sólo si hay razones graves (duda de si penitente vivo o muerto, de si tiene su- ficiente uso de razón,...).
PENITENCIA, 7 NECESIDAD, 1 Recibirlo, o al menos la intención eficaz de recibirlo, es tan necesario para todos los que han cometido un pecado mortal después del bautismo como el mismo bautismo para los no bautizados. Por precepto divino, este sacramento obliga, de por sí, al pecador en peligro inminente de muerte, y algunas veces en la vida. Ocasionalmente obliga para recibir un sacra- mento de vivos. Por precepto eclesiástico, “todo fiel que haya llegado al uso de razón está obligado a confesar fielmente sus CIC 989CCE 1457 Pecados graves al menos una vez al año” (CIC 989; CCE 1457). En sentido estricto, obliga si pecado mortal. Pero...
PENITENCIA, 8 NECESIDAD, 2 “Quien tenga conciencia de hallarse en pecado grave no celebre la misa ni comulgue el cuerpo del Señor sin acudir antes a la confesión sacramen- tal, a no ser que concurra un motivo grave y no haya posibilidad de confesarse; y, en este caso, tenga presente que está obligado a hacer un acto de contrición perfecta, que incluye el propósito de confesarse CCE 1457 cuanto antes” (CCE 1457).
PENITENCIA, 9 EFECTOS Puede perdonar todos los pecados, tanto mortales como veniales. 1 Los veniales se pueden perdonar también con actos de arrepentimiento fuera del sacramento + no se perdonan ni siquiera con el sacramento aquellos de los cuales no se está arrepentido. 2 Se infunde la gracia santificante, si se había perdido. Por eso los pecados mortales se perdonan todos o ninguno. Se perdona la pena eterna, pero no necesariamente toda la temporal. También reviven los méritos si se habían perdido. 3 Gracia sacramental: ayuda para enfrentarse con éxito a las ten- taciones que versen sobre pecados análogos a los confesados.
PENITENCIA, 10 ACTOS DEL PENITENTE, 1 Sujeto de este sacramento = el bautizado que después del bau- tismo ha cometido algún pecado y que es capaz de arrepentirse. Los actos del penitente son parte constituyente del sacramento. Son tres: 1) arrepentimiento, 2) confesión, 3) satisfacción.
PENITENCIA, 11 ACTOS DEL PENITENTE, 2 ARREPENTIMIENTO, 1 = Dolor del ánimo y detestación del pecado cometido, junto con el propósito de no pecar más. Contrición (perfecta): nace de la caridad. Perdona los pecados veniales, y también los mortales si unida al deseo eficaz de confesarse. Atrición (contrición imperfecta): nace de la consideración de la fealdad del pecado o del miedo al castigo. Suficiente para perdonar los pecados mortales sólo si unida a la confesión y absolución.
PENITENCIA, 12 ACTOS DEL PENITENTE, 3 ARREPENTIMIENTO, 2 El arrepentimiento (tanto de contrición como de atrición) ha de: - ser interno, - estar basado en motivos sobrenaturales, - extenderse a todos los pecados mortales aún no perdonados, - ser “máximo” (juzgar el pecado como el peor mal y estar dispuesto a sufrir lo que haga falta antes de volver a cometerlo).
PENITENCIA, 13 ACTOS DEL PENITENTE, 4 ARREPENTIMIENTO, 3 Para la validez, se requiere el propósito, al menos implícito, de no pecar más. El propósito de no pecar ha de ser: - firme: no significa que ya no se cometerá nunca más ningún pecado. Basta que en el momento de la confesión se tenga una decidida voluntad de luchar para no cometerlo. - eficaz: estar dispuesto a poner los medios necesarios para no pecar, evitar las ocasiones, querer reparar el daño posible a otros. - universal: querer evitar todo pecado mortal. Si se confiesan sólo pecados mortales ya absueltos o veniales aún no perdonados, se extiende a los confesados (todo mortal o un venial o tipos de veniales).
PENITENCIA, 14 ACTOS DEL PENITENTE, 5 CONFESION, 1 = acusación de pecados propios cometidos después del bautismo, hecha al confesor para que los perdone. Necesaria por precepto divino: sacra- mento instituido por Cristo a manera de juicio, y no se puede juzgar lo que se desconoce. Necesaria por precepto eclesiástico: ya en el concilio IV de Letrán (1215).
PENITENCIA, 15 ACTOS DEL PENITENTE, 6 CONFESION, 2 La confesión debe ser: - sencilla (sin explicaciones inútiles) y humilde (para pedir perdón), - hecha con intención recta (no para impresionar...), - hecha para acusarse (no informar), - veraz (número, especie y circunstancias que mudan la especie de los pecados), - hecha con discreción y delicadeza (palabras escandalosas o revelar los pecados de otros) - hecha oralmente (no gestos ni por escrito, salvo caso de necesidad), - secreta.
PENITENCIA, 16 ACTOS DEL PENITENTE, 7 CONFESION, 3 La confesión ha de ser íntegra = en la medida en que le sea posible, el penitente ha de confesar todos los pecados mortales Cometidos después del bautismo y aún no confesados. Integridad material Integridad material = de hecho todos estos pecados. No es siempre necesaria. Integridad formal Integridad formal = todos los pecados mortales que, vistas las cir- cunstancias, el penitente debe confesar aquí y ahora. Es siempre necesaria.
PENITENCIA, 17 ACTOS DEL PENITENTE, 8 CONFESION, 4 Excusa de la integridad material Excusa de la integridad material de la confesión: 1 Imposibilidad física: Ej.: moribundo sin hablar; persona muda o que ignora el idioma; falta tiempo en peligro de muerte; ignorancia u olvido invencibles. 2 Imposibilidad moral: Ej.: escrupulosos; si se pudieran seguir graves inconvenientes para el penitente, el confesor o un tercero; si se pusiera en peligro la fama del penitente ante otras personas por causas extrínsecas a la mera confe- sión (sospechas, no pudiendo evitar que otros oigan, lla- mando excesivamente la atención); si pudiera peligrar el sigilo sacramental.
PENITENCIA, 18 ACTOS DEL PENITENTE, 9 CONFESION, 5 PECADOS DUDOSOS Si el penitente duda si ha hecho o no la acción que es pecado: no obligación de confesarla. Aconsejable que lo haga, diciendo que no está seguro (consejos para el futuro). 1 Si duda sobre el consentimiento o la advertencia: confesarlo si con alguna frecuencia y más bien de conciencia ancha; sino no necesario confesarlo. 2 Si seguro que pecado, pero no sabe si grave o no: confesarlo para salir de la duda. 3 Si seguro que pecado mortal, pero duda si ya confesado o no: confesarlo, a no ser que el motivo de la duda fuera muy débil. 4
PENITENCIA, 19 ACTOS DEL PENITENTE, 10 SATISFACCION CCE 1459 CCE 1459: “El pecado hiere y debilita al pecador mismo, así como sus relaciones con Dios y con el prójimo. La absolución quita el pecado, pero no remedia todos los desórdenes que el pecado causó. Liberado del pecado, el pecador debe todavía recobrar la plena salud espiritual. Por tanto, debe hacer algo más para reparar sus pecados: debe ‘satisfacer’ de manera apropiada o ‘expiar’ sus pecados. Esta satisfacción se llama también ‘penitencia’”. El confesor tiene que imponer esta penitencia: proporcio- nada al número y gravedad de los pecados confesados y a la capacidad del penitente. Para la validez: el penitente debe aceptar la penitencia y de- sear cumplirla. Si de hecho no la cumple: válido pero pecado.
PENITENCIA, 20 MINISTRO, 1 Para administrar válidamente, por derecho divino se requiere la potestad del orden sacerdotal y la jurisdicción sobre el penitente. La jurisdicción es necesaria debido a la índole judicial del sacramento de la penitencia, pues el juez sólo puede juzgar a quien está bajo su jurisdicción.
PENITENCIA, 21 MINISTRO, 2 A Es el obispo quien faculta o concede licencias para oír confesiones. En algunos casos, lo hace implícitamente (canónigo penitenciario, párroco) porque estas licencias van anejas al oficio. B Quien tiene la facultad para una circunscripción eclesiás- PERO tica la tiene automáticamente para todo el mundo. PERO el ordinario del lugar la puede limitar a los obispos foras- teros (en cuanto a la licitud) y a los presbíteros (en cuanto a la validez). C Peligro de muerte del penitente: todo presbítero aunque sin facultades y aún si está presente otro sacerdote que sí las tenga.
PENITENCIA, 22 MINISTRO, 3 1 Ya no hay “pecados reservados”, pero sí “penas eclesiás- ticas”. Pueden ser un castigo para reparar el orden lesionado y producir un saludable horror a aquel delito (degradación, deposición de un cargo, etc.) y se levantan por dispensa, o pueden ser medicinales para la corrección del que ha incurri- do en ellas (censuras: excomunión, entredicho y suspensión) y se levantan por absolución. 2 Absolución de excomuniones reservada al Sumo Pontífice: 1) profanación de la Eucaristía, 2) violencia física contra el Papa, 3) ordenación de un obispo sin mandato pontificio, 4) violación del sigilo sacramental, 5) absolver al cómplice. 3 Peligro de muerte: cualquier sacerdote puede absolver de todas las censuras y pecados.
PENITENCIA, 23 RITO DE ESTE SACRAMENTO tres ritos Actualmente, hay tres ritos: Rito para la reconciliación de un solo penitente: manera usual de recibir el sacramento. Rito para la reconciliación de diversos penitentes, con confe- sión y absolución individual: junto con 1 constituye el único medio ordinario de reconciliación con Dios y con la Iglesia. Rito para la reconciliación de muchos penitentes, con confe- sión y absolución general (se impone una penitencia con carac- ter general). Está hecho para casos muy excepcionales. Los fieles que han recibido una absolución general están obligados a confesar individualmente cuanto antes los pecados que les fueron ab- sueltos. Además no se cumple el precepto de confesar al menos una vez al año
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Clase 6
UNCION DE LOS ENFERMOS, 1 NATURALEZA E INSTITUCION CCE 1511 CCE 1511: “La Iglesia cree y confiesa que, entre los siete sacramentos, existe un sacramento especialmente destinado a reconfortar a los atribulados por la enfermedad: la unción de los enfermos”. Nuevo Testamento Nuevo Testamento: insinuado por Marcos (6, 7-13); recomendado y promulgado por Santiago (5, 14-15).
UNCION DE LOS ENFERMOS, 2 RITO ESENCIAL Se administra: a. A los gravemente enfermos, b. Ungiéndolos en la frente y en las manos con aceite de oliva debidamente bendecido, c. Pronunciando una sola vez la forma. Según las circunstancias, puede ser otro aceite vegetal. El aceite es el que bendice el obispo en la misa crismal del Jueves Santo. En caso de necesidad, el sacerdote puede bendecir aceite corriente dentro de la celebración del sacramento.
UNCION DE LOS ENFERMOS, 3 SUJETO = “el fiel que, habiendo llegado al uso de razón, comienza a estar en peligro por CIC 1004 enfermedad o por vejez” (CIC 1004). comienza “comienza”: CCE CCE 1514: “no es un sacramento sólo para aquellos que están a punto de morir”. - puede repetirse cuando otra enfermedad grave o dentro de la misma si aumenta el peligro. - apropiado “antes de una operación importante” CCE 1515 (CCE 1515) o más de una vez a ancianos.
UNCION DE LOS ENFERMOS, 4 MINISTRO Y CELEBRACION Todo sacerdote, y sólo él, la administra válidamente. Varias formas de administrarla: la más usual = confesión, unción y viático. Si duda que aún vivo o que uso de razón: administrar condicional- mente con la cláusula “si eres capaz”.
UNCION DE LOS ENFERMOS, 5 EFECTOS - llena de paz, excita una gran confianza en la misericordia divina; - da más fuerza para rechazar las tentaciones del demonio (suele redoblar sus esfuerzos); - causa la desaparición de las reliquias de pecado y el perdón de los pecados veniales (indirectamente los mortales); - causa la salud del cuerpo, si es conveniente para la salud del alma.
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Clase 7
EL SACERDOCIO CRISTIANO, 1 Jesucristo es el “único mediador entre Dios y los hombres” (1 Tim 2, 5). = único sacerdote de la Nueva Ley, que nos ha redi- mido mediante su sacrificio. El sacrificio de la cruz se hace presente en el sacrificio euca- rístico: el único sacerdocio se hace presente por el sacerdocio ministerial = sólo Cristo es el verdadero sacerdote; los demás son ministros suyos.
EL SACERDOCIO CRISTIANO, 2 Dos modos de participar en el único sacerdocio de Cristo: - sacerdocio común a todos los fieles; - sacerdocio específico de los ministros ordenados. El común se realiza en el desarrollo de la gracia bautismal. El ministerial es transmitido mediante un sacramento propio, el sacramento del orden. Lumen gentium Lumen gentium 10: “Aunque su diferencia es esencial y no sólo en grado, están ordenados el uno al otro”.
EL SACERDOCIO CRISTIANO, 3 Igualdad fundamental de todos los fieles cristianos: todos están radicalmente capacitados para colaborar a la santifi- cación de los miembros de la Iglesia, que es su misión. = reciben esta capacitación por medio del bautismo. PERO, hay funciones sacerdotales que requieren una ulterior capacitación radical, distinta de las de los demás fieles no ya en grado sino en esencia y otorgada por el carácter propio que confiere el sacramento del orden. Estas funciones están dirigidas primariamente a la euca- ristía y, en relación con ella, al perdón de los pecados y a los demás sacramentos. Estas funciones comprenden también predicar con autoridad la palabra de Dios y dirigir a los fieles en las cosas que se refieren al reino de los cielos.
SACERDOCIO MINISTERIAL A través del ministro ordenado, Cristo se hace presente en su Iglesia como cabeza de su cuerpo, pastor de su rebaño, sumo sacerdote del sacrificio redentor, maestro de la verdad. = “Es lo que la Iglesia expresa al decir que el sacerdote, en virtud del sacramento del orden, ‘in persona Christi Capitis’CCE 1548 actúa ‘in persona Christi Capitis’” (CCE 1548)..
NATURALEZA DE ESTE SACRAMENTO CCE 1536 CCE 1536: “El orden es el sacramento gracias al cual la misión confiada por Cristo a sus apóstoles sigue siendo ejercida en la Iglesia hasta el fin de los tiempos”. è Comprende tres grados: episcopado, presbiterado y diaconado. La ordenación no es una delegación o elección o designación por la comunidad. = “confiere un poder sagrado que sólo puede venir CCE 1538 de Cristo a través de su Iglesia” (CCE 1538)..
LOS OBISPOS Lumen gentium 20: “a través de una sucesión que se remonta hasta el principio, son los transmisores de la semilla apostólica”. Su potestad no excede a la de los presbíteros en lo referente a la consagración de la eucaristía, pero sí para otros sacra- mentos, la enseñanza y el gobierno de los fieles: Les pertenece: 1) conferir el orden, 2) ordinariamente administrar la confirmación y bendecir los óleos, 3) gobernar sus diócesis con potestad ordinaria bajo la autoridad del Papa, 4) conferir a los presbíteros cualquier potestad de regir, 5) tener “colegialmente con todos sus hermanos en el episco- CCE 1560 pado la solicitud de todas las Iglesias” (CCE 1560)..
ORDEN, 7 LOS PRESBITEROS Son los colaboradores del orden episcopal. “En virtud del sacramento del orden, quedan consagrados como verdaderos sacerdotes de la Nueva Alianza” (Lumen gentium 28). Sólo pueden ejercer su ministerio en dependencia del obispo y en comunión con él. “Forman un único presbiterio especial- mente en la diócesis a cuyo servicio se dedican bajo la direc- ción de su obispo” (Presbyterorum ordinis 8). Su potestad se extiende a 1) consagrar el cuerpo y la sangre del Señor, 2) perdonar los pecados, 3) apacentar sus súbditos con las obras y con la doctrina, 4) administrar los sacramentos que no requieren el orden episcopal.
LOS DIACONOS “En el grado inferior de la jerarquía están los diáconos, a los que se les imponen las manos para realizar un servicio y no para ejercer un sacerdocio” (Lumen gentium 29). Su potestad consiste en 1) asistir al obispo y al presbítero en las funciones litúrgicas, sobre todo en la celebración de la eucaristía, 2) administrar el bautismo solemne, 3) asistir al matrimonio cuando les sea debidamente delegado, 4) procla- mar el evangelio y predicar, 5) presidir las exequias, etc..
CELEBRACION DE ESTE SACRAMENTO Ordenación = consagración (participación en el sacerdocio sacro de Cristo como cabeza de su cuerpo, que es la Iglesia). Signo visible de esta consagración: la imposición de manos del obispo, con la oración consecratoria = lo esencial. 1. Obispo y presbítero: unción con el santo crisma. 2. Entrega de los instrumentos: - obispo = evangelios, anillo, mitra y báculo; - presbítero = patena y cáliz; - diácono = evangelios.
MINISTRO Sólo el obispo puede ordenar válidamente. Si ordena de diácono a un laico, ha de incardinarlo a su diócesis o ha de recibir dimisorias del ordinario que lo va a incardinar. Si ordena sacerdote a un diácono, ha de tener jurisdicción sobre él o ser requerido para que lo ordene por quien la tiene. Si ordena obispo a un sacerdote, debe asociar al rito al menos a otros dos obispos y le tiene que constar el manda- to pontificio de hacerlo.
ORDEN, 11 SUJETO, 1 Nadie tiene derecho a recibir el sacramento del orden: es una llamada de Dios. Quien cree tener esta llamada debe someter su deseo a la autoridad de la Iglesia. Para la validez: tener intención de recibirlo. Para la licitud: estar confirmado y en gracia de Dios.
ORDEN, 12 SUJETO, 2 Por voluntad divina, sólo el varón bautizado recibe válidamente la sagrada ordenación. Cristo sólo eligió a los apóstoles entre sus discípulos varones. De hecho, ni los apóstoles, ni sus sucesores administraron nunca el orden sagrado a las mujeres. Cabe pensar que con esta decisión Cristo quiso recalcar que el sacerdote celebra la misa in persona Christi y que, por el simbolismo sacramental, conviene que haya una semejanza natural entre él y Cristo, que fue y permanece varón. La Santísima Virgen María.
ORDEN, 13 SUJETO, 3 CCE 1579 CCE 1579: “Todos los ministros ordenados en la Iglesia latina, excepto los diáconos permanentes, son ordinariamente elegidos entre hombres creyentes que viven como célibes y que tienen la voluntad de guardar el celibato por el Reino de los cielos”. La Iglesia reserva el sacerdocio a los que han recibido el don del celibato, gratuitamente concedido por Dios y libremente ejercido por el que lo recibe. Implica: 1) mayor entrega a Cristo, 2) mayor entrega a la Iglesia y a todas las almas, 3) testimonio escatológico.
ORDEN, 14 EFECTOS A Él carácter: consiste en una especial configuración del ordenado con Cristo en cuanto cabeza del Cuerpo Místico y le faculta para participar de un modo especial en su sacerdocio. Por el carácter, el sacerdote se convierte en: - ministro autorizado de la palabra de Dios (función de enseñar); - ministro de los sacramentos y, en especial, de la eucaristía (función de santificar); - ministro del pueblo de Dios: entra a formar parte de la jerarquía (función de regir). B La gracia: aumentada para que el ordenado pueda ser un ministro idóneo de Cristo: gracia del Espíritu Santo “de ser configurado CCE 1585 con Cristo Sacerdote, Maestro y Pastor” (CCE 1585).
ORDEN, 15 OBLIGACIONES DE LOS CLÉRIGOS (CIC) A. Especial obediencia al papa y al propio obispo; B. Disponibilidad para desempeñar los cargos que se les confieran; C. Santidad de vida (incluye el oficio divino); D. Continuación de sus estudios; CIC 284 E. Uso del traje eclesiástico (CIC 284); F. Abstenerse de algunos tipos de trabajo y CIC 285- ocupaciones que les están prohibido (CIC ).
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Clase 8
Matrimonio
¿Qué es el matrimonio? Sacramento que santifica la unión indisoluble entre un hombre y una mujer cristianos y les concede la gracia para cumplir fielmente sus deberes de esposos y de padres.
Origen El Matrimonio fue instituido por Dios cuando creó al hombre y a la mujer. Para los cristianos, Jesucristo lo elevó a la dignidad de sacramento.
Forma Los novios se toman de las manos y dicen: El novio Yo “X” te quiero a ti, como mi esposa y me entrego a ti Y prometo serte fiel en las alegrías y en las penas, en la salud y en la enfermedad, todos los días de mi vida. La novia Yo “X” te quiero a ti, como mi esposo y me entrego a ti Y prometo serte fiel en las alegrías y en las penas, en la salud y en la enfermedad, todos los días de mi vida.
Requisitos para recibirlo Si al menos uno de los dos contrayentes esta bautizado en la iglesia católica o recibido en ella. Si no se ha apartado de ella mediante acto formal Edad mínima: haber cumplido 18 años; si está emancipado, o a partir de los 14 años, con dispensa del juez Estado civil: no podrán contraer matrimonio las personas que ya estén casadas en ese momento. El matrimonio no se disuelve por divorcio si por la muerte. Relación de parentesco entre los contrayentes: se impide contraer matrimonio entre parientes en línea recta por consanguinidad o adopción sin límite alguno.
Impedimentos Impedimento de crimen: se impide el matrimonio a la persona condenada como autor o cómplice de la muerte dolosa del cónyuge de cualquiera de los contrayentes. Disminución psíquica: las personas afectadas por deficiencias psíquicas deberán aportar un dictamen médico en el que se determinen si son aptas o no para contraer matrimonio El consentimiento debe prestarse por los contrayentes de forma libre sin ningún tipo de coacción para que ese matrimonio sea válido.
Finalidad del matrimonio El destino de Dios, el matrimonio es el fundamento de la comunidad más amplia que es la familia, ya que la institución misma del matrimonio y el amor conyugal están ordenados a la procreación y educación de la prole, en la que se encuentra su coronación.
Propiedades esenciales del matrimonio Unidad Indisolubilidad Apertura a la fecundidad
Padrinos Los padrinos y los testigos tienen un papel importante en las bodas, aunque su función ha perdido protagonismo con el tiempo. Los padrinos son los que " oficialmente" entregan los novios a la "otra parte", y los testigos se encargan de testificar, con su firma, que el matrimonio se ha celebrado. No escoger a última hora los padrinos ya que es un cargo de mucho honor aunque es costumbre que sea la madre del novio y el padre de la novia. Que haya sido elegido por quien va a casarse.
. Se requiere edad suficiente El tercer requisito es consecuente, y es que el padrino tiene que ser católico, estar confirmado y haber recibido el Sacramento Santísimo de la Eucaristía, Asimismo no ha de estar afectado por una pena canónica. La misión de padrino no puede ejercerla el padre, por lo que se indica que tiene que ser diferente.
En el Genesis: Hombre y mujer los creó. Dios los bendijo y les dijo: sean fecundos y multipliquense..¨ Por eso deja el hombre a su padre y a su madre para unirse a su mujer..¨
Dificicultades El egoismo, el rencor y los celos rompen con este plan de Dios sobre los hombres y el sacramento se distorsiona.
Importancia del matrimonio y la familia Jesús: Nace en el seno de una familia Inaugura su actuación pública en Caná, en una boda Instituye el sacramento del Matrimonio
Los apostoles, siguiendo las enseñanzas de Jesus, desde un principio presentan el amor de Cristo a su Iglesia como modelo para los esposos cristianos.
Los fines del matrimonio son: La fidelidad en el amor: Exigencia que surge del amor verdadero.| La fecundidad: Los esposos son colaboradores de Dios al servicio de la vida.
Ministro y sujeto del matrimonio Ministro: los mismos contrayentes Sujeto: cualquier bautizado con uso de razón que no tenga ningún impedimento.
Los impedimentos matrimoniales - Por razón de incapacidad física edad impotencia - Por incompatibilidad jurídica ligamen o vínculo disparidad de culto ordenación sacerdotal profesión religiosa
. - Por razón de delito rapto crimen - Por razón de parentesco consanguinidad afinidad pública honestidad parentesco legal
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Clase 9
ORTODOXOS, 1 1 Doctrina sacramentaria generalmente igual a la católica. Diferencias más bien disciplinarias. La definición de sacramento coincide. 2 Algunos modernos sostienen no poder asegurarse con certeza que haya siete sacramentos (este número no consta ni en la Escritura ni en los Santos Padres y no ven ninguna razón para aceptar el decreto tridentino). 3 Otros quieren incluir como sacramento el Santo Hábito, la virginidad, la profesión monástica, la consagración y dedicación de las iglesias, etc..
ORTODOXOS, 2 BAUTISMO Reconocen solamente la triple inmersión. En nuestros días llegan a admitir la validez del Bautismo por ablución o por aspersión pero no su licitud. Niegan la validez del Bautismo ad- ministrado por herejes, incluso por católicos (en algunas comunidades incluso rebautizan a los mismos orientales católicos cuando alguno pasa a la ortodoxia).
ORTODOXOS, 3 CONFIRMACION Niegan el carácter definitivo de la Confirmación. Pero, por considerarla como complemento del Bautismo, entre ellos no es menester repetirla. En cambio sí la repiten con los conversos a la Iglesia ortodoxa, o con los apóstatas.
ORTODOXOS, 4 EUCARISTIA Consideran ilícito el uso del pan ázimo (algunos han defendido incluso su invalidez). Sostienen que la transustanciación se opera definitivamente no por las palabras mismas de la Consagración, sino por la epiclesis que las sigue (epiclesis = invocación para a pedir a Dios Padre que se digne enviar al Espíritu Santo sobre el pan y el vino a fin de que los transforme en el Cuerpo y la Sangre de Cristo). Comunión bajo ambas especies: ilegitimidad de lo que ha prevalecido en la Iglesia latina. Necesario en orden a la salud eterna.
ORTODOXOS, 5 PENITENCIA Mismo núcleo que en la Iglesia católica, pero se advierte cierta influencia protestante: el que absuelve invisiblemente los pecados es el mismo Cristo, y el sacerdote sólo se limita a anunciar el perdón. Las penitencias que impone el confesor no tienen valor satisfactorio, sino única- mente pedagógico o medicinal.
ORTODOXOS, 6 UNCION DE LOS ENFERMOS 1. Para ellos, efecto principal = la salud corporal. 2. Rechazan como efecto la confortación del alma en las luchas de la agonía. No hacen mención de la supresión de las reliquias del pecado y de la remisión de la pena temporal. No niegan los efectos sobrena- turales de perdonar los pecados, pero no como efecto primario. 3. Como consecuencia, se administra no sólo a los enfermos graves, sino a toda clase de enfermos. A veces incluso a los sanos como remedio preventivo de la misma enfermedad.
ORTODOXOS, 7 ORDEN Sin diferencia excepto en el siglo 19, cuando se cuestionó el carácter indeleble. Vuelven a admitirlo nuevamente. Aspecto disciplinar: el celibato es opcio- nal. Si quieren, los candidatos pueden contraer matrimonio antes de recibir el diaconado, pero no después.
ORTODOXOS, 8 MATRIMONIO 1. Ministro: después de algún tiempo, apareció la doctrina de que el ministro es el sacerdote. 2. Principal divergencia: el alcance que dan a la indisolubilidad. Admiten el divorcio por razones de adulterio, de enfermedad incurable o contagiosa y otras causas. 3. Más rigidez respecto a ulteriores enlaces tras el fallecimiento de uno de los cónyuges: autorizan el tercero con restricciones y equiparan el cuarto a la poligamia.
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Clase 10
COMMUNICATIO IN SACRIS, 1 CIC 844 Norma general (p. 1): “Los ministros católicos administran los sacramentos lícitamente sólo a los fieles católicos, los cuales, a su vez, sólo los reciben lícitamente de los ministros católicos, salvo lo establecido en los p. 2, 3 y 4 de este canon, y en el canon 861, p. 2” (c. 861, p. 2 = bautismo en caso de necesidad). Excepción: para los sacramentos de la penitencia, Eucaristía y Unción de los enfermos: p. 2, 3 y 4: lo que sigue. Antes de dar normas generales, el Obispo o la Conferencia Epis- copal deben consultar a las autoridades, por lo menos a la local, de estas otras confesiones cristianas: para evitar herir la sensibi- lidad de alguien, por dar la impresión de un proselitismo desviado o de que se desprecien los usos y la disciplina propios de las Iglesias sobre los sacramentos (p. 5).
COMMUNICATIO IN SACRIS, 2 CIC 844, P. 2 Casos en que un católico recibe lícitamente esos sacramentos de un ministro acatólico: 1. Que le sea imposible física o moralmente acudir a un ministro católico (imposibilidad moral = grave dificultad: lejanía, peligro,...). 2. Que le sea necesario o, al menos, verdaderamente útil para su alma recibir el sacramento. 3. Que se evite el peligro de error o indiferentismo. 4. Que estos sacramentos “existan válidamente” en la Iglesia del ministro de quien se reciben: no basta que sean considerados válidos en esa Iglesia, sino que deben serlo en realidad. Sin esta seguridad no sería lícito recibirlos.
COMMUNICATIO IN SACRIS, 3 CIC 844, P Casos en que un ministro católico administra lícitamente esos sacramentos a cristianos no católicos sacramentos a cristianos no católicos: distinguir entre los cristia- nos orientales de los demás cristianos separados: 1. A los cristianos orientales y equiparados a ellos en materia sacra- mental a juicio de la Santa Sede (ej.: los viejos católicos): a. Que los pidan espontáneamente. b. Que estén debidamente dispuestos (fe, condiciones personales...). 2. Para los demás cristianos separados (además de las anteriores, condiciones más severas): a. Que se encuentran en peligro de muerte o que, a juicio del obispo diocesano o de la Conferencia Episcopal, urja otra necesidad grave. b. Que no puedan acudir a un ministro propio. c. Que profesen la fe católica respecto a esos sacramentos.
documenta-theologica/iure- canonico/item/371-sobre-la- communicatio-in-sacris-antonio-s- s%C3%A1nchez-gil
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