HISTORIA DE LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO origen romano. Se mantiene en la actualidad en los códigos moderno, como el código civil en Francia, Italia,

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
Interpretación Jurídica Electoral
Advertisements

BLOQUE II: FUENTES DEL DERECHO TEMA: FUENTES DEL DERECHO Maestra: Alejandra Meza.
INTRODUCCIÓN Se exponen cuestiones básicas de Derecho provenientes del Título preliminar del Código civil Título preliminar.
REGLAS TÉCNICAS Y NORMAS DE CONDUCTA LUIS ENRIQUE ALCANTAR ROMÁN ESCUELA DE ESTUDIOS SUPERIORES DE YAUTEPEC.
G UILLERMO G ÁLVEZ C ASTRO DERECHO PROCESAL CIVIL.
CONCEPTO DE DERECHO ADMINISTRATIVO
Derecho e información jurídica
COMPENDIO DSI FORO DE REFLEXIÓN Y ESTUDIO SOBRE COMPENDIO DSI
ÉTICA Y DEONTOLOGIA PROFESIONAL CIENCIAS DE LA SALUD
PRINCIPIOS DE ORGANIZACIÓN DEL ESTADO
Tema VI La aplicación de las normas jurídicas
Límites a la facultad de imponer sanciones por la Administración dispuestos por el Decreto 1410/2014 Andrés Ruiz Ibáñez.
INTERPRETACIÓN DE LA LEY
Introducción a sus relaciones
FUENTES DEL DERECHO.
(1632 – 1694) Filosofía del Derecho II Licda. María José de Mendoza Lic. Juan Pablo Gramajo Castro.
INTERPRETACIÒN DE LA LEY PENAL
TEORIA DEL ORDENAMIENTO JURIDICO
UNSA DERECHO PROCESAL PENAL I DOCENTE : JOAQUIN MATEO TICONA RONDAN.
Introducción General a la Moral
ELEMENTOS DEL ACTO JURÍDICO
INTERPRETACIÓN, INTEGRACIÓN & APLICACIÓN DEL DERECHO
TEORÍAS DE LA INTERPRETACIÓN constitucional
RESPONSABILIDAD DEL ESTADO
APUNTES DE LEGISLACIÓN COMERCIAL I
ESCUELA DE DERECHO IDEOLOGÍA Y ESTADO Dra. Claudia M Alvarado H. Abg.
Presenta: DR. EN D. J. Héctor M. Aparicio González
Unidad 1 El vocablo Derecho.
UNIDAD XVIII DEL DERECHO DE ACCIÓN.
Dra. Claudia M Alvarado H. Abg.
ÉTICA SOCIAL DIMENSIÓN SOCIAL DE LA ÉTICA ÁMBITOS DE LA VIDA SOCIAL
Tema 5. Cultura y sociedad.
Unidad VI: Técnica jurídica.
5.6.- ERASMO DE ROTTERDAM EL DERECHO NATURAL Y PODER.
ÉTICA Y DEONTOLOGIA PROFESIONAL CIENCIAS DE LA SALUD LIC. LUIS A. BERTHOUD.
INTRODUCCION AL DERECHO UNIDAD XX APLICACIÓN, INTERPRETACION E INTEGRACION DEL DERECHO.
Filosofía común Cuarto medio
ESTADO DE DERECHO Clases Clases Material Material Formal Formal Regulación en CE 1978 Regulación en CE 1978 Interdicción arbitrariedad y seguridad jurídica.
ESTADO DE DERECHO Clases Clases Material Material Formal Formal Regulación en CE 1978 Regulación en CE 1978 Interdicción arbitrariedad y seguridad jurídica.
FUENTES DEL DERECHO CIVIL TIC Y HERRAMIENTAS DE LA INVESTIGACION Joseline Barraza Javiera Iglesias.
Las Fuentes del Derecho. Sistema Jurídico - El fenomeno jurídico consiste de una serie de reglas institucionales y organizativas, que exprimen determinados.
INDEPENDENCIA Cuando ejerce su función con libertad e independencia sin otros limites que la Ley y las Normas. Evitar cualquier influencia externa que.
LA ETICA DEL ABOGADO. ASIGNATURA: ETICA JURIDICA Integrantes: 1.Olga Esther Canales Palencia.
Compromisos y obligaciones del poder legislativo estatal en materia electoral frente a la reforma constitucional en derechos humanos.
TEMA 3: LA APLICACIÓN DE LAS NORMAS JURÍDICAS
FILOSOFÍA DEL DERECHO NOCIONES PRELIMINARES
LOS LÍMITES DE DISPONIBILIDAD DEL TESTAMENTO VITAL
FUNDAMENTOS SOCIALES Y
Mg. Edgar Cruz Acuña ¿De qué se trata? Mg. Edgar Cruz Acuña DERECHO: IUS LEX y IUS FACULTAS "Derecho como sistema jurídico de un Estado” "Derecho como.
La norma penal.
PRINCIPIOS PROCESALES EN MATERIA PENAL REYNA CALDERÓN PRINCIPIOS PROCESALES EN MATERIA PENAL.
FUENTES DEL DERECHO ADMINISTATIVO
ESTADO DE DERECHO Clases Clases Material Material Formal Formal Regulación en CE 1978 Regulación en CE 1978 Interdicción arbitrariedad y seguridad jurídica.
Derecho fiscal Fuentes. Fuentes del derecho fiscal Formales Materiales Históricas Ley Decreto Reglamento Circular Jurisprudencia Doctrina Tratados Costumbre.
MULTIVERSIDAD LATINOAMERICANA CAMPUS VERACRUZ
LINA HERNANDEZ SANTIAGO REY LAURA CARO MARCELA MONTAÑO ANGELA SIERRA.
Aplicación del derecho
Website
ÉTICA Y DEONTOLOGIA PROFESIONAL CIENCIAS DE LA SALUD LIC. LUIS A. BERTHOUD.
DEONTOLOGIA PROFESIONAL ÉTICA Y MORAL. Ciencia que estudia los deberes y el comportamiento de los profesionales, según la posición que ocupe en la vida,
POLÍTICA.
ACTO ADMINISTRATIVO: DELIMITACIÓN CONCEPTUAL, CONCEPTO Y CARACTERÍSTICAS. ELEMENTOS ESENCIALES: COMPETENCIA: CONCEPTO, PRINCIPIOS Y CLASES.
Multivocidad. Concepto abstracto y, muchas veces, subjetivo.
ÉTICA Y DEONTOLOGIA PROFESIONAL. INTRODUCCIÓN: Toda actividad profesional, tiene un significado moral porque beneficia o perjudica la vida de las personas.
PRINCIPIO DE LA OBLIGATORIEDAD DE ADMINISTRAR JUSTICIA VERBOS RECTORES: Interpretar, integrar y aplicación del ordenamiento legal. Análisis: Ningún caso.
Las leyes solo pueden ser derogadas por otras leyes
CONCEPTOS DE INTERPRETACION Y HERMENEUTICA. Interpretacion ◦ Buscarle sentido a algo (Darle sentido) ¿Quiénes interpretaban en el comienzo ? Rta: Los.
LA PERSONALIDAD Y REPRESENTACIÓN ORGÁNICA EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Mgs. Emy vilchez cerna.
ISAE UNIVERSIDAD DERECHO CIVIL III LA OBLIGACION JURIDICA Y SUS PRESUPUESTOS POR: DEL CID MILENA NORMA BEITIA.
Transcripción de la presentación:

HISTORIA DE LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO origen romano. Se mantiene en la actualidad en los códigos moderno, como el código civil en Francia, Italia, Austria, España y Latinoamérica. - Los clásicos civilista franceses en el Art. 4 del código napoleónico al establecer que ante el silencio legal, el juez decide positivamente acudir a los preceptos de la razón y la equidad por haber incorporado la norma implícitamente a los principios del derecho natural.

En otro de los clásicos francés boulonger, de 1945 fue sugerida otra formula para el derecho supletorio, esto es la costumbre. Para el sistema peruano es contradictorio que se indica en la constitución 1993 y el código civil El derecho español, los principios básicos se consideraron siempre a la católica de la vida, el respeto al decoro, al honor a la palabra etc. Reconociéndose también los principios políticos y objetivos.

PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO Sonlasideas,postuladoséticos, positivisadosono,queinspiran, condicionanyorientanlacreación, interpretacióneintegracióndel ordenamiento jurídico escrito (legal y jurisprudencial) y consuetudinario demás constituyen bases teórica y razones lógicas en sentido ético..

utilizados por los jueces, los legisladores, los creadores de doctrina y por los juristas en general, sea para integrar lagunas legales o para interpretar normas jurídicas.normas Ejemplos:losprincipiosdebuenafe, justicia,equidad,libertad,confianza. principioquedice“loquenoesta jurídicamenteprohibidoesta permitido” etc.

CARACTERÍSTICAS Son enunciados normativos que expresan un juicio deontológico. Cada uno de estos principios generales del Derecho, es un criterio que expresa un deber de conducta para los individuos en cada situación, el principio o un estándar para el resto de las normas.

NATURALEZA Y FUNDAMENTO -Desarrolla polémica acerca de si ellos son extraños o externos derecho positivo, o si son una parte de él. - La posición racionalista.- un derecho natural, que escinde el Derecho en dos órdenes jurídicos específicos y distintos: natural, ( razón ) y positivo, ( voluntad del sistema político) -Derecho es producto de la inteligencia humana que descubre, desarrolla y combina criterios que enuncian un comportamiento entendida como justo; su efectivo cumplimiento, acuerdo a los criterios jurídicos, es obra de la voluntad.

- Segúnladoctrinapositivista,los principiosprincipios mencionados serían una parte del Derecho positivo. Sin embargo, nunca podrían imponer una obligación que no fuera sancionada por el mismo ordenamiento positivo, por lo que se entiende que cada ordenamiento positivo tiene sus particulares principios generales y que no existen principios jurídicos de carácter universal.Derecho positivo carácter

PROBLEMA TEORICO Y PRACTICO - Desde un punto teórico. (investigador jurídico), deben conocer la referencia a teorías del derecho natural, la equidad y la teórico de justicia que es el mas importante, cuando haya necesidad de aplicar los principios generales de derecho. -Desde el punto de vista practico. los jueces para aplicar una norma debe saber primero, “todas” las leyes y ante su insuficiencia, vacío o ausencia, aplicar los principios generales del derecho.

FUNCIONES DE LOS PRINCIPIOS Tienen tres funciones normativas, creativa, interpretativa, integradora. son la causa y el fin, el origen y el término del derecho.

FUNCIÓN CREADORA ( fuente material) Señalan pautas de elaboración, modificación, y derogación de las normas. Los principios son los postulados éticos que informan, inspiran, y orientan a la actividad del órgano constituyente, legislativo y ejecutivo etc., por lo tanto constituyen la base. Ordenamiento jurídico que origina la formación de leyes, reglamentos y sentencias la cual forma parte de la materia, (derecho positivo). Porellolegisladordebeconocerlosprincipios para inspirarse en ellos y poder positivizarlos.poder

LA FUNCIÓN INTERPRETATIVA: Son pautas o criterios de interpretación de las normas jurídicas. Por ejemplo: el principio de interpretar los textos de acuerdo con el fin pretendido por las partes, el principio de la interpretación sistemática de un texto (ley, contrato, testamento, etc.). Implica que al interpretar la norma, el operador debe inspirarse en los principios, para garantizar una cabal interpretación.interpretación

LA FUNCIÓN INTEGRADORA: Los principios generales son fuentes formales de aplicación subsidiaria a la falta de ley o costumbre. Constitución en su art. 139 dice: “son principios y derechos de la función judicial …el principio de no dejar de administrar justicia por vacío o deficiencia de la ley:” en tal caso deben aplicase los principio generales del derecho. Los miembros judiciales para interpretar una norma ya creada deben adaptarla según los principios generales, lo que garantiza una seguridad jurídica. seguridad

PRINCIPIO DE BUENA FE La buena fe (bona fides), consistente en el estado mental de honradez, de convicción en cuanto a la verdad o exactitud de un asunto, hecho u opinión, título de propiedad, o la rectitud de una conducta. En ocasiones se le denomina principio de probidad.

Derecho procesalDerecho procesal,Eduardo Couture loCouture definía como la "calidad jurídica de la conducta legalmente exigida de actuar en el proceso con probidad, con el sincero convencimiento de hallarse asistido de razón". En este sentido, este principio busca impedir las actuaciones abusivas de las partes, que tengan por finalidad dilatar un juicio.juicio La buena fe es aplicada en diversas ramas del Derecho. En el Derecho civil, por ejemplo, a efectos de la prescripción adquisitiva.Derecho civilprescripción adquisitiva

PRINCIPIO DE EQUIDAD Aristóteles consideraba lo equitativo y lo justo como una misma cosa; pero para él, aún siendo ambos buenos, la diferencia existente entre ellos es que lo equitativo es mejor aún para la interpretación del derecho natural. -La Equidad es la dichosa rectificación de la justicia, es la obediencia a las leyes (lo justo legal) -La justicia, entendida como dar a cada uno lo que le corresponde, (concepto general y abstracto) aplicada a los casos concretos.

PRINCIPIO DE LA CONFIANZA Consiste en una proyección de la buena fe que debe gobernar la relación entre las autoridades y los particulares, partiendo de la necesidad que tienen los administrados de ser protegidos frente a actos arbitrarios, repentinos, improvisados o similares por parte del Estado. Ejemplo desalojo de puestos ambulatorios.

Principiodelibertad atr.2 de la constitución toda persona tiene derecho a la libertad y seguridad. En consecuencia : nadie esta obligado a hacer lo que la ley no manda, ni impedido de hacer lo que ella no prohíbe.

CONCLUSIONES 1.- los principios generales de derecho constituyen para el derecho comparado un tema básico de los ordenamientos jurídicos con base de la familia romántica. 2.- Las funciones creativas, interpretativas, integradoras, no actúan independientemente, sino que en la aplicación del Derecho, operan auxiliándose una a otra, así cada interpretación de una norma, basada en los principios, es una nueva creación. Para colmar una laguna legal es necesario interpretar el Derecho ya existente según los principios.

3.- Los principios generales que constituyen normas aplicables subsidiarias por falta o deficiencia de la ley, no se encuentra dentro sino fuera del ordenamiento positivo y han de estar en esas aspiraciones naturales, ideales de justicia, las convicciones sociales, económicas, culturales, religiosas, morales y políticas por lo tanto constituyen la base de todo sistema de derecho. 4.- Los principios generales del derecho en nuestro país son problemas tanto teórico, como practico.